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jueves, 6 de octubre de 2011

Visto para sentencia el juicio a Serrano: la Fiscalía retira los cargos y pide su absolución

Jesús García Calderón. Fiscal jefe del TSJA
Mª José Segarra. Fiscal jefe de Sevilla

























La Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha decidido replegarse como acusación, dar un paso atrás y retirar los cargos contra el juez Serrano (pincha)... Esa Fiscalía pide ahora la libre absolución de Serrano. Recordemos lo sucedido en la sesión de ayer en el juicio y tal vez entendamos por qué (pincha)

Simplemente, no hay caso, y eso es lo que el fiscal designado para el mismo en el TSJA, Arturo Gómez Pardo, parece haber comprendido finalmente. No hay más que una retahila de lamentaciones teatrales y victimistas por parte de Rosario Isabel Hinojosa Picón (conocida a través de la prensa sólo con el apelativo de "la madre"), y una serie de especulaciones, teorías conspiratorias y bravuconadas del abogado de la acusación, Íñigo Moreno Lara (expulsado hoy de la sala por el magistrado Lorenzo del Río por no saber comportarse). Su última baladronada ha sido anunciar que su recurso de casación al Supremo "va a ser memorable" y que "su cliente seguirá hasta el fin", aunque memorable ha sido el ridículo que él ha hecho hoy mismo, sin ir tan lejos, y ese fin tal vez esté más cerca de lo que él desearía. 
Pero a la hora de las pruebas, nada de nada... Más bien, continuas contradicciones. No sólo no hay pruebas de que Serrano cometiera prevaricación o delito alguno. Es que ni siquiera hay daños que puedan considerarse tales daños. Al menos, daños imputables al juez Serrano. Hay, es cierto, un descuido por parte de Serrano (él mismo reconoce que ha podido cometer errores), y eso es lo que ha querido aprovecharse para montar la tragedia teatral a la que hemos asistido.

Resumiendo: tenemos a un menor cuyos padres tienen unas medidas provisionales de divorcio (un divorcio muy conflictivo) dictadas en el Juzgado de Violencia contra la Mujer número 4 de Sevilla, en las que se establece que "se deberá respetar la voluntad del niño de salir en estación de penitencia". La madre tenía pensado irse a la playa durante las vacaciones de Semana Santa que le correspondían (según declaró -¿se le escapó?- en el juicio), y ello entra en contradicción con el mencionado deseo del niño previsto en esa sentencia (le gusten las procesiones al diario EL PAÍS o le disgusten, ése es su problema). La familia paterna del menor, con la que éste estaba, tuvo constancia de los impedimentos de la madre por un mail enviado de abogado a abogado en el que se hacían preguntas improcedentes (teniendo en cuenta que no era la primera vez que el niño procesionaba de ese mismo modo), que mostraban por tanto el objetivo de obstaculizar la salida en procesión del menor. Bien con la intención de que no saliera en la procesión o, en su caso, con la intención de expresar su oposición. Ese mail existe. Y por tanto tienen fundamento los temores de la familia paterna y los temores del menor cuando deciden acudir a ver al juez Serrano. Punto. 

Sucede que Serrano no contrasta la existencia de ese mail... Ni tampoco llama a la madre (ni al padre) para contrastar lo que el niño le cuenta en compañía de su abuelo... Y claro, la acusación se fija en ese descuido... ¿Qué habría pasado si ese mail, del que el niño le habló a Serrano, nunca hubiera existido y fuese un mero invento de la familia paterna para hacer creer al menor que su madre ponía impedimentos siendo eso falso? De ser así, el temor del menor habría sido infundado, y aunque le hubiera transmitido su preocupación a Serrano cuando fue a verle acompañado de su abuelo, estaría transmitiéndole una preocupación sin base alguna... Tanto el menor como Serrano habrían estado equivocados... Añadiendo un poco más de teatralidad con nuevos personajes, y teniendo en cuenta que hay abogados que lo son de unos y de otros, la acusación prepara un guión en el que Serrano habría actuado conscientemente de forma injusta confabulándose con el abogado del padre para dañar a la madre, que (¡eureka!) además se presentará como "despreciada por ser mujer"... Ya se sabe que Serrano es para el feminismo totalitario español un "vocero de maltratadores", de modo que todos salen ganando: la señora Hinojosa, tomando ventaja en sus conflictos de divorcio; y el feminismo patrio (y el PSOE, claro), cargándose a Serrano. Bien, pues ya tenemos una acusación por una supuesta prevaricación con la que Serrano habría causado unos supuestos daños a "la madre" (y al menor, y al hermano del menor, y... bueno, esos excesos ya son cosa del abogado de la acusación, que es así, el hombre...). Esa es la estrategia de la acusación, amparada en que podría haber ocurrido que Serrano hubiese dictado su auto sin base alguna, causando con ello un daño a la madre y, quizás, intencionadamente.

Pero claro, la acusación obvia en su ensoñación que el dichoso mail sí existe (por más que Serrano no lo pidiese)... Lamentablemente para ellos. De modo que el temor de la familia paterna y, por tanto, el del menor, sí tenían una base real. Serrano debió pedir ese mail como prueba y no lo hizo, cometió un descuido... Pero Serrano no causó daño alguno a una madre que supuestamente no tendría nada que ver con los temores del menor y su familia paterna (como se presenta la señora Hinojosa de acuerdo al papel que tiene asignado en esta tragedia teatral). El mail con las preguntas improcedentes existe, repito. Y la declaración de ella en el juicio, en la sesión de ayer, afirmando que tenía planeado irse a la playa en los días de Semana Santa, también existe. Lo mismo que sus comentarios en esa misma declaración poniendo en cuestión que su hijo quisiera salir en la procesión de "El Silencio"... Todo eso existe.
Lo cierto es que el niño acudió con su abuelo a pedir ayuda al juez Serrano con un temor fundado, y el juez tomó las medidas de urgencia necesarias (dada la inminencia de la mencionada procesión) e impidió a la señora Hinojosa saltarse la vigente sentencia del Juzgado de Violencia contra la Mujer número 4 de Sevilla.  
La medida tomada en el auto de Serrano hizo, simplemente, justicia. Si se quiere, hubo un descuido al no comprobar la existencia del mail, una "imprudencia" (como dice la Fiscalía), pero no hubo ningún daño a esa señora. Y tampoco al menor, sino más bien todo lo contrario.

Ni hubo una confabulación para una supuesta prevaricación (no se ha probado tal cosa), ni hubo daño alguno provocado por el contenido del auto de Serrano. A mayor abundamiento (por usar esa coletilla tan frecuente en los juicios como rimbombante), es la propia acusación la que renuncia en el último momento a que el menor declare, cuando es el único testigo que podría probar (y se bastaría para hacerlo) que él no tenía interés en procesionar con "El Silencio", como dice su madre, con lo que que se abriría paso la versión según la cual era el padre quien habría movido todos esos hilos por su propio interés y, acaso, con la supuesta ayuda de Serrano. Obviamente, si la acusación ha renunciado a ese testimonio sólo puede ser porque las cosas no son como han declarado durante el juico, y se les iba a caer encima el telón de su representación.


Lo que sí hay en este juicio es una serie de acusaciones falsas... No existió motivo alguno para el "terror" que la señora Hinojosa dice que el auto de Serrano le causó, pues supo en todo momento dónde estaba su hijo (el padre se lo dijo a su exsuegra al entregar a su otro hijo, así lo declaró aquél en el juicio y es de sentido común que su exsuegra se lo preguntó). Si a la madre se le notificó por escrito desde el juzgado con menos urgencia de la debida (que es algo que está por ver, ya que podría ser que la última abogada que renunció a llevar su caso sí tuviera esa notificación antes de lo que la acusación ha declarado en el juicio), es en todo caso responsabilidad de la secretaria judicial adscrita al caso, y no algo imputable al juez Serrano. Pero no hay "terror" ni nada parecido, pues no hay una ignorancia real del paradero del menor... Y si es que hay un "terror", no se trata de un terror que tenga justificación... Me inclino a pensar en cierto enfado (que es algo diferente al "terror") al ver que se tomaban decisiones que le eran impuestas contra su crierio caprichoso. En realidad, y una vez más, se trató de aprovechar un posible descuido en los juzgados (ya digo que está por ver cuándo recibió realmente ese escrito su abogada de entonces), en este caso un descuido de la secretaria judicial, para imputar a Serrano un imaginario y teatralizado "terror" que no tiene justificación real alguna.

No hay daño a la madre por parte de Serrano (ni en el contenido de su auto ni en el momento de la comunicación del mismo), ni tampoco hay daño al hermano del niño, contra las rocambolescas pretensiones de la acusación. Ni por su puesto hay daño imputable a Serrano al propio menor, que en todo caso ha venido sufriendo las consecuencias de la actitud de algunos adultos que no han demostrado estar a la altura de sus responsabilidades...



Para una lectura de lo ocurrido en la sede del TSJA de Granada hoy, recomiendo leer la crónica de Luz Camacho (publicada en facebook) que he incluido en los comentarios de este post. Sin duda mucho más fidedigna, informada y sutil que las crónicas de los diarios escritos por profesionales de la prensa interesada.

Para ejemplo de lo que digo, resulta hilarante, como viene siendo habitual desde hace ya mucho tiempo, el tratamiento de la noticia tal como la cuenta el diario EL PAÍS. ¿Qué les pasa a sus redactores? ¿No les educan bien en ese máster que organiza la casa? Esto es lo que nos dicen al final de su brevísima crónica: "El fiscal cree ahora que si hubo un comportamiento reprobable fue por dolo, pero en ningún caso prevaricación" [sic] (pincha). No hombre, no... Lo que se afirma ahora es que "no hubo dolo", sino en todo caso cierta imprudencia. Que no te enteraaaaaaasss...

El abogado de la acusación (que mantiene los cargos, por lo que habrá que esperar a la sentencia) se ha hecho acreedor hoy a un comentario aparte. Breve, porque no merece más tiempo del imprescindible: 
Resulta bochornoso que tenga la desfachatez de dirigirse a Serrano apelando a la decencia y al dolor de los padres que no pueden ver a sus hijos (más, si cabe, si ése es su caso, como ha dicho). Hace falta ser muy ignorante y desagradecido, si no algo mucho peor, para olvidar que Serrano es, hoy por hoy en España, un héroe para miles de padres (y de madres) que llevan años sin ver a sus hijos por culpa de, precisamente, la misma gentuza que ha venido aplaudiendo la acusación contra Serrano que usted ha llevado a cabo de una forma tan dañina y que, por méritos propios, ha culminado usted de un modo tan ridículo...
Íñigo Moreno Lara abandona la sala expulsado por el juez y, tras arrancarse la toga, pasea su desasosiego
Serrano y su abogado se abrazan. Moreno Lara pone cara de circunstancias. ¿Qué noticias recibirá en ese sobre?

¿Que por qué he puesto una fotografía de la fiscal jefe de Sevilla, Mª José Segarra, en la parte superior del post junto al fiscal jefe del TSJA? Es un modo de recordar que Segarra ha estado presente en el caso desde el primer instante hasta el último momento (algo que tendrá que explicar, junto a otras cosas). Su última intervención tuvo lugar recientemente, cuando solicitó (publicado en prensa el 10 de septiembre) a la Audiencia de Sevilla, sin éxito, la anulación de un auto favorable a Serrano que al parecer era incómodo para ella y para el abogado de la acusación. Pero ya hablaremos de eso tras la sentencia de este juicio. Porque en ese momento la señora Segarra y sus compañeros de Fiscalía tendrán que explicar, además, cómo es que ignoran que el juez Serrano no invadía competencias del Juzgado de Violencia contra la Mujer número 4 de Sevilla cuando modificó las medidas de divorcio establecidas allí (pincha)... La señora Segarra acusó a Serrano de esa supuesta "invasión de competencias", de la que se derivaría un acto ilegal, y resulta que, al parecer, no hay tal "invasión de competencias"... ¿No merece una penalización esa falta de rigor y de conocimiento de la legislación por parte de la Fiscalía a la hora de formular una acusación, si es que no se trata incluso de una acusación malintencionada...? Ya lo veremos después de la sentencia de este juicio (el miércoles 12 de octubre se fitró a la agencia EFE que la acusación había sido citada para recoger la sentencia el jueves día 13 a las 13:30 horas -pincha-). De momento, dejemos constancia de la ininterrumpida intervención de la señora Segarra con esa foto. Sé que será incómoda... Bien.  


La Fiscalía es una institución jerarquizada que depende del Gobierno. Su responsabilidad en este caso es prácticamente absoluta. Tanto en la decisión del procesamiento como en la filtración de los cargos a la prensa y, finalmente, la retirada de los mismos cuando la "pena de banquillo" ha sido cumplida y el caso ya no da más de sí... Por eso, la viñeta de Mingote del 18 de septiembre pasado le va a Zapatero y a sus amistades que ni pintada (pincha aquí).


Como hemos hecho durante los tres días del juicio, cedamos el primer puesto en la lista de noticias al diario EL PAÍS (ese periódico convertido en papelón...)



El fiscal retira la acusación de prevaricación contra el juez Serrano

Cambio radical en el juicio por la modificación del turno de custodia de un menor para salir en una procesión

EL PAÍS - Granada - 05/10/2011

La Fiscalía ha modificado esta mañana sus conclusiones provisionales y ha pasado de pedir diez años de inhabilitación para el juez de Familia de Sevilla Francisco Serrano por supuesta prevaricación a solicitar su libre absolución en el caso de la ampliación del turno de custodia de un menor para garantizar su salida en una cofradía de la Madrugá sevillana. El juez defendió al inicio de la vista que su actuación no causó daño.
Según ha señalado el representante del ministerio público en la última sesión del juicio que se sigue contra el magistrado en el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, el titular del Juzgado de Familia número 7 de Sevilla debería haber realizado pruebas antes de dictar su resolución.
Según el fiscal, el juez actuó de una manera "imprudente o negligente", toda vez que "obvió sin la suficiente consistencia la realización de algunos elementos de prueba como la audiencia del ministerio fiscal, de la madre e, incluso, del padre".
Sin embargo, la fiscalía no considera ninguno de los hechos como constitutivos de delito, por lo que ha dejado el caso en una situación totalmente distinta a la de su comienzo. El fiscal cree ahora que si hubo un comportamiento reprobable fue por dolo, pero en ningún caso prevaricación. La Audiencia de Sevilla ya se posicionó a favor del magistrado.




ELPAIS.com  España  Andalucía

El fiscal rectifica y retira a última hora los cargos contra el juez Serrano

El ministerio público admite que el magistrado obvió pruebas esenciales

VALME CORTÉS - Granada - 06/10/2011

La madre mantiene la petición de 20 años de inhabilitación por prevaricación

La Fiscalía Superior de Andalucía pasó en un lapso de horas de considerar prevaricadora y merecedora de 10 años de inhabilitación la decisión tomada por un juez de Sevilla de prolongar el régimen de visitas de un menor para que éste procesionara de madrugada con la familia paterna a pedir la absolución del magistrado responsable.
El fiscal Arturo Gómez sostuvo en la última de las jornadas del juicio oral contra el titular del Juzgado de Familia número 7 de Sevilla Francisco Serrano ayer que considera que el magistrado pudo actuar de forma "imprudente", pero no que cometiera delito alguno con su decisión. Un juzgado de Violencia sobre la Mujer ya había establecido el régimen de visitas que Serrano decidió modificar.
La defensa del magistrado reconoció la "satisfacción" por el repentino cambio de criterio del órgano presidido por Jesús María García Calderón, mientras que la acusación particular mantuvo los cargos, por los que pide 20 años de inhabilitación.
No obstante, el fiscal admitió que Serrano actuó de forma "imprudente o negligente" en dicha resolución, puesto que "obvió" pruebas que podía y debía haber hecho y que, si las hubiera realizado, la resolución probablemente sería "diferente". Sin embargo, como quiera que el fiscal tampoco entiende "manifiestamente injusta" la decisión del juez, pidió la libre absolución.
El juez Serrano es uno de los principales valores y promotores de algunas organizaciones contrarias a la Ley Integral contra la violencia de Género -llegó a hablar de "dictadura del feminismo radical"- y fue expedientado por el Consejo General del Poder Judicial por presidir una de ellas.
La acusación particular, ejercida por la madre del menor, acusa al magistrado de una supuesta maniobra que habría urdido en connivencia con el letrado del padre en el proceso de separación, Joaquín Moeckel -que también llevó una denuncia del propio Serrano contra la presidenta del Observatorio contra la Violencia de Género, Inmaculada Montalbán-, para hacerse con el caso. El juez no oyó, según ha reconocido él mismo en el juicio, a ninguno de los progenitores, solo al menor, que acudió al juzgado acompañado por su abuelo paterno. Las fechas "anómalas" y la "urgencia" del caso fueron su explicación.
Tras la prueba, el fiscal no considera acreditado que el magistrado "actuase con nadie", en particular con Moeckel. Ambos sostuvieron durante el juicio que no eran amigos ni habían hablado del caso con anterioridad. El fiscal tampoco cree que Serrano traspasara las fronteras de la jurisdicción al dictar la resolución. Fue más bien consecuencia de una urgencia "mal entendida" y le recrimina que no ponderara adecuadamente los intereses en juego.
En el reparto o asignación del caso, según el fiscal, "Serrano no tuvo nada que ver". "Se puede tener la sospecha de que hubiera habido algún tipo de influencia (...) pero es pura elucubración", insistió la Fiscalía Superior de Andalucía. Según relató el propio juez, tras escuchar al menor le dijo a su abuelo que tenía que dirigir un escrito al Decanato. Él mismo telefoneó al juez decano de Sevilla para advertirle de la "urgencia" del proceso, pero fue Moeckel el que entregó en el Decanato el escrito y quien dijo, según el testimonio de la funcionaria que lo recepcionó, que "tenía que ir al Juzgado de Familia 7", al que efectivamente volvió. "Ese error o manipulación, si se quiere, nada tiene que ver con la actuación de Serrano", concluyó el fiscal.




EP Social

por el caso de la custodia de un menor

El fiscal cambia su petición y solicita la libre absolución del juez Serrano

GRANADA, 5 Oct. (EUROPA PRESS) -

La Fiscalía ha modificado este miércoles sus conclusiones provisionales y ha pasado de pedir diez años de inhabilitación para el juez de Familia de Sevilla Francisco Serrano por supuesta prevaricación a solicitar su libre absolución en el caso de la ampliación del turno de custodia de un menor para garantizar su salida en una cofradía de la Madrugá sevillana.
   Según ha señalado el representante del ministerio público en la última sesión del juicio que se sigue contra el magistrado en el TSJA, el titular del Juzgado de Familia número 7 de Sevilla debería haber realizado pruebas antes de dictar su resolución. Según el fiscal, el juez actuó de una manera "imprudente o negligente", toda vez que "obvió sin la suficiente consistencia la realización de algunos elementos de prueba como la audiencia del ministerio fiscal, de la madre e, incluso, del padre".




Actuó de manera "negligente" pero no "dolosa"

El fiscal rectifica y pide la libre absolución del juez Serrano

El presidente del tribunal expulsa de la Sala al abogado de la acusación particular durante la exposición del informe del letrado de la defensa

   GRANADA, 5 Oct. (EUROPA PRESS) -

La Fiscalía ha modificado este miércoles sus conclusiones provisionales y ha pasado de pedir diez años de inhabilitación para el juez de Familia de Sevilla Francisco Serrano por supuesta prevaricación a solicitar su libre absolución en el caso de la ampliación del turno de custodia de un menor para garantizar su salida en una cofradía de 'La Madrugá' sevillana.
   Según ha considerado el representante del Ministerio Público en la última sesión del juicio que se ha celebrado desde el lunes en la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), el titular del Juzgado de Familia número 7 de Sevilla dictó su resolución de una manera "imprudente o negligente" aunque no "dolosa", ya que no existen pruebas de que cometiera el delito por el que está acusado.
   Para la Fiscalía, el magistrado "debía y podía" haber realizado determinadas pruebas, que "obvió sin la suficiente consistencia", antes de decidir la prórroga de la custodia en un día y medio para el padre del niño, de 11 años, como, por ejemplo, la audiencia a un fiscal, a la madre, e incluso al padre.
   Así, según su criterio, en este asunto "existen dudas razonables" acerca de los indicios de criminalidad de la actuación del juez, del que "no se ha podido acreditar que actuara en connivencia con nadie" ni que dictase la resolución más allá de la frontera de la justicia.
   El Ministerio Público reconoce sin embargo que el magistrado actuó llevado por una "urgencia" mal entendida y, si bien el auto que dictó no puede considerarse injusto o ilegal, en la atribución de la competencia del caso o el reparto del proceso, sí quizás podría entenderse como "sobredimensionado o excesivo", porque los intereses en juego "no han sido ponderados adecuadamente".
   "Se puede tener la sospecha de que hubiera habido un poco de influencia por parte del letrado del padre del menor o de quien fuera", pero eso, ha dicho el fiscal, es "pura elucubración" que no puede valorarse como prueba de cargo. Por ello, "de ninguna prueba practicada resulta que el juez estuviera en connivencia con algún letrado", y tampoco ha quedado acreditado que Serrano se moviera "por otros intereses espurios".
LOS REPROCHES DE LA FISCALÍA
   Lo que sí le ha reprochado el fiscal es que no pidiera el email en el que la madre preguntó previamente por las circunstancias en que su hijo iba a procesionar en la Cofradía del Silencio, y que supuestamente mostraba entre líneas su disconformidad con la salida del menor, que no preguntara al padre, y que tampoco lo hiciera con la progenitora, algo que es "requisito" de la "prudencia".
   Para concluir, el Ministerio Fiscal ha incidido en que "no se ha podido acreditar que el juez Serrano actuase dolosamente al dictar su resolución o al asumir la competencia, pero no fue todo lo riguroso" que, en su opinión, debería haber sido en este caso que ha calificado como "hecho atípico". Solicita por tanto la libre absolución del procesado.
   En el punto completamente opuesto se ha pronunciado el abogado de la acusación particular, que pide 20 años de inhabilitación para el juez, además de 14.400 euros de multa, y el pago de una indemnización de 60.000 euros a la madre; de 100.000 euros al menor, y de 12.000 euros al otro hijo menor de la querellante.
   El letrado ha comenzado su informe final con las palabras de Santo Tomás de Aquino 'Corruptio optimi pessima' (la corrupción de los mejores es la peor). En su opinión jurídica, la resolución que adoptó el juez Serrano sí fue injusta y dolosa, y fruto de que "estaba todo cocinado" con su "amigo y socio", el propio abogado del padre del menor, que había sido letrado del juez, y que incluso apareció días previos informando del caso en diversos medios de comunicación.
   Además ha advertido de que esta situación puede ocurrirle a cualquiera y "de la noche a la mañana se puede encontrar sin su hijo, que ha sido arrebatado por quien lo tiene que proteger y tutelar, que es la justicia". El letrado ha dicho sentirse "harto" de escuchar acerca de "los derechos" del acusado, puesto que a su cliente --la madre del menor-- y a sus hijos "se les abdujo" y fueron llevados a "un limbo jurídico".
   Según ha considerado, el titular de Familia "fustigó" la independencia judicial de otro colega, al ampliar un turno de custodia que se había establecido en un auto previo del Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 4 de Sevilla.
ANUNCIO DE RECURSO DE CASACIÓN
   Incluso le ha llegado a acusar de "no tener decencia" y de estar "fuera de la ley desde hace años". Asimismo, y tras el anuncio del fiscal de la modificación de sus conclusiones, ya ha avanzado que "la casación va a ser memorable", en referencia al recurso que presentaría ante el Tribunal Supremo en el caso de que se dicte sentencia absolutoria. "Mi cliente seguirá hasta el fin", ha dicho.
   El letrado ha afirmado que este proceso es consecuencia del "ardid" de un abogado "expertísimo y fiero", que se ayudó de un "súper experto en Familia", todo como "cheque en blanco" con el objetivo de ganar un pleito de divorcio --el de los padres del niño--. En un momento de su exposición, el abogado de la acusación particular ha dicho que el juez Serrano "no tiene ni idea de lo que es sentir la angustia de que te quiten a tus hijos", como según ha apuntado, le pasó a él, afirmaciones tras las que ha llegado a emocionarse.
   Tras limpiarse las lágrimas con la toga, el abogado ha considerado que el que dice la verdad en este caso es "el niño" y ha pedido al tribunal que piense en las consecuencias de la sentencia. Ha señalado que, independientemente de lo que ocurra, él "ganará o perderá" con decencia, algo que, según ha indicado, no hará la defensa del magistrado.
   A continuación ha sido el turno del abogado del magistrado, que ha defendido su decencia y la del juez y ha señalado que verse sometido a este proceso "ha sido muy duro para él". Según ha mantenido, el juicio nunca debió llegar a celebrarse. "Nunca debimos venir aquí", ha sostenido el letrado, para quien las "sospechas" o las "elucubraciones" no son "lo suficientemente fuertes".
   De hecho, ha pedido una sentencia absolutoria no "por las dudas" apuntadas por el fiscal, sino porque el principio de presunción de inocencia, a su juicio, "no ha sido desvirtuado".  "No ha habido prueba, ni directa ni indirecta, capaz de desvirtuar esa presunción de inocencia y esas sospechas manipuladas han quedado disipadas", ha señalado.
   Acerca de la Semana Santa de Sevilla ha afirmado además, en referencia al letrado de la acusación particular, "que un señor de Bilbao" no puede entenderla, declaración que ha motivado que su compañero de la bancada de enfrente haya protestado fuertemente. Visto que el letrado interrumpía el informe del defensor y que no cesaba de quejarse, el presidente del tribunal, que es el presidente del TSJA, Lorenzo del Río, ha tenido que expulsarle de la Sala, advirtiéndole de que podía ser sancionado.
   Finalmente, el juez Serrano ha tomado el turno, ejerciendo su derecho a la última palabra, tras lo que el juicio ha quedado visto para sentencia, con la ausencia del letrado de la acusación particular.



Tribunales

El juez Serrano defiende su "independencia" y reconoce que ha podido cometer "errores"

GRANADA, 5 Oct. (EUROPA PRESS) -

El juez de Familia de Sevilla Francisco Serrano, que ha sido juzgado desde este lunes en el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), con sede en Granada, ha defendido en la última sesión de la vista su "independencia" y su "imparcialidad", aunque ha reconocido, que, como humano, ha podido cometer errores.
   Haciendo uso de su derecho a la última palabra, el magistrado se ha dirigido a la Sala para recordar que fue en el mismo lugar donde ha sido enjuiciado donde fue designado juez en 1990 y donde tomó posesión como titular de Familia en mayo de 1998. "Desde 1990 he procurado ser fiel y cumplir los principios que juré, de independencia, de imparcialidad, y de sometimiento al imperio de la ley", ha afirmado.
   El magistrado, suspendido cautelarmente por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), ha reconocido que, en ocasiones, la "praxis", la "lex artis" y la "ortodoxia" son difíciles de poner por delante de la tutela judicial efectiva, y ha apuntado que "en momentos de urgencia" estas premisas "no da tiempo" a llevarlas a cabo.
   Además, ha afirmado que durante todo este proceso ha "sufrido", y ha asegurado que en 21 años de profesión nunca se había dado de baja hasta el pasado 7 de julio, por un cuadro de ansiedad. Además, ha resaltado el "dolor", y el "sufrimiento" de aquellas madres, padres, y abuelos que no están separados de sus hijos tan sólo un día y medio, sino meses e incluso años.
   También ha dicho que "lo que más daño" le ha hecho ha sido el "dolor" de su familia, de su esposa, que también sufre ansiedad, y de sus hijas, que en el instituto han tenido que soportar afirmaciones como que "tu padre es un prevaricador". Pese a todo, según ha indicado, va a seguir "confiando" en la justicia y se mantendrá "fiel" a la toga que ha vestido, según ha dicho, "con orgullo y con decencia".
   El juicio ha quedado visto para sentencia con los aplausos de los asistentes, muchos miembros de colectivos por la custodia compartida, que además le han vitoreado a la salida de la Real Chancillería de Granada, teniendo en cuenta que la Fiscalía, que pedía inicialmente para él 10 años de inhabilitación, ha cambiado su acusación para solicitar su libre absolución.
Fuente: http://www.europapress.es/andalucia/noticia-juez-serrano-defiende-independencia-reconoce-podido-cometer-errores-20111005155416.html 

Sevilla

Asociación de Abuelos separados de sus nietos felicita a la Fiscalía por retirar la acusación al juez Serrano

MADRID, 6 Oct. (EUROPA PRESS) -

La asociación Abuelos Separados de sus Nietos ha felicitado a la Fiscalía por "poner cordura ante la caza de brujas" que a su juicio se había organizado en torno al juez de Familia sevillano Francisco Serrano, al haber retirado la acusación de prevaricación que pesaba sobre él por alargar la custodia del hijo de unos padres separados para que el niño pudiera salir en una procesión de Semana Santa con su abuelo.
   "La Fiscalía por fin se ha dado cuenta del error que estaban cometiendo pidiendo que se juzgue a este Juez que veló más por el interés del menor que por los de su padre y su madre", explica la organización, para incidir en que "el supuesto delito, era escuchar a un niño y a su abuelo".
   "Hoy todos los abuelos lo celebramos, y nuestra alegría sería completa si todos los gastos ocasionados por ésta, si no falsa, al menos exagerada y torticera acusación, se imputaran a quienes aprovechándose de las leyes sólo pretenden conseguir beneficios para si mismos", han añadido.

Fuente: http://www.europapress.es/andalucia/sevilla-00357/noticia-asociacion-abuelos-separados-nietos-felicita-fiscalia-retirar-acusacion-juez-serrano-20111006112359.html



España

De la procesión al juzgado

La participación de un niño con custodia compartida en una procesión y una falda «demasiado corta», motivos de denuncia en Sevilla y Granada

Día 07/10/2011 - 17.02 
Al banquillo de los acusados por una procesión. Un juez de Familia de Sevilla ha sido juzgado hasta ayer por un presunto delito de prevaricación después de que modificara en la Semana Santa de 2010 el turno de custodia de un niño de 11 años para que pudiera desfilar en una procesión en la Madrugá sevillana. El menor, hijo de una pareja divorciada, debía ser entregado a la madre el Miércoles Santo, pero el juez decidió ampliar su estancia con el padre un día y medio para que pudiera hacer estación de penitencia, al entender que la madre se oponía pese al deseo del pequeño.
Asimismo, una familia granadina ha decidido acudir a la Fiscalía de Menores después de que su hija de 15 años fuera expulsada de la procesión de la Virgen de la Angustias el 25 de septiembre. El motivo, según los padres de la joven, es que vestía una falda «demasiado corta», por lo que tres mujeres de la hermandad la instaron a abandonar el desfile cuando salía del templo.
«El vestido le llegaba por debajo de la rodilla», rebaten los progenitores, que han solicitado a la cofradía, de la que el padre es miembro desde hace treinta años, que identifique a las tres mujeres y tome medidas disciplinarías contra ellas, por quedar «abandonada en la calle varias horas».
En el caso del pequeño, ya había participado en la procesión en 2009. El Viernes de Dolores de 2010, tras una llamada del progenitor para solicitar permiso a su ex pareja, la abogada de esta escribió un email en el que exigía más información acerca del tema. Según la Fiscalía, el padre interpretó el email «como indicativo de las dificultades que la madre iba a poner a la salida procesional del menor» y respondió el Lunes Santo «en términos explicativos y un tanto irónicos».
La Fiscalía pide la absolución
Dado que el padre vio «a su hijo preocupado porque su madre pudiese poner trabas», el Martes Santo el chaval, su abuelo y un abogado acudieron al juez para solicitar una ampliación de la estancia que garantizase la participación del niño. El ahora procesado preguntó al niño en una comparecencia si tenía mucho interés en desfilar, informa Ep, a lo que contestó que le hacía mucha ilusión y que estaba preocupado porque se lo impidieran. La notificación enviada a la madre, en la que se le informaba de la ampliación del turno de custodia, no le llegó hasta que su hijo ya se encontraba con ella, una vez que había participado en la procesión de la Hermandad del Silencio.
Aunque en un primer momento la Fiscalía le imputaba un delito de prevaricación (es decir, dictar una resolución a sabiendas que lo es), ayer modificó su postura, pues considera que el juez no actuó de forma intencionada, sino «de manera imprudente». Por ello, pide su libre absolución, mientras que la acusación particular ejercida por la madre pide 20 años de inhabilitación, 14.400 euros de multa y varias indemnizaciones que sumadas alcanzan los 172.000 euros.
Risas en la Sala
El imputado argumentó que había actuado «sin hacer daño a ninguna parte» para garantizar que el chico estuviera en la salida procesional. Algunos argumentos de la madre durante el juicio provocaron risas entre los asistentes, por lo que su abogado pidió «respeto» en la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. Ella aseguró que pasó «horas de muchísima angustia» y que el niño no quería procesionar con el Silencio, sino con Los Estudiantes. Afirmó que cuando se lo devolvieron, «era un trapito y su cabeza, una olla exprés a punto de explotar».
«Él no me conocía a mí, ni conocía mi divorcio. Encima se jactaba de mí. ¿Por qué? ¿Porque soy mujer, porque soy víctima de violencia de género? Solo tenía que haberme llamado», reprochó la mujer al juez, en el último día del juicio que ha quedado visto para sentencia. Su abogado podría recibir una sanción después de que el presidente del TSJA, Lorenzo Río, le reprobara su actitud.
 Fuente: http://www.abc.es/20111006/espana/abci-procesion-juzgado-201110051910.html


 

domingo, 25 de septiembre de 2011

La fiscal Segarra debió abstenerse de acusar a Serrano (Ley O. Poder Judicial, art. 219)


El 3 de octubre de 2011 se iniciará el juicio contra el juez Serrano en el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), con sede en Granada, ante el que ha sido llevado por iniciativa de la fiscal jefe de Sevilla, Mª José Segarra (pincha). Esa fiscal ha sido señalada por EL PAÍS como alguien que tuvo hace "un año" (2010) graves desavenencias con Serrano a raíz de las críticas del juez a la LIVG (pincha), y a su vez es la misma fiscal que solicitó el archivo directo de una denuncia de Serrano contra Inmaculada Montalbán en 2010 (pincha), caso en el que Segarra intervino como fiscal pese a haber participado en la disputa entre Serrano y Montalbán acusando al primero de "desconocer el ciclo de la violencia de género" (pincha). Para recordar los detalles y el desarrollo del enfrentamiento entre Serrano y Montalbán de hace algo más de año y medio, así como la intervención de Segarra en ese enfrentamiento, pincha aquí. En realidad, Segarra ya había arremetido contra Serrano un año antes de eso... En febrero de 2009 ya había entrado a discutir públicamente, junto a Soledad Cabezón (secretaria de Políticas de Igualdad del PSOE), las críticas de Serrano a los atropellos que provocan los excesos de la Ley de Violencia de Género. En febrero de 2009, Segarra se había permitido declarar a la prensa que Serrano era juez de "Primera Instancia" y no de "Violencia sobre la Mujer" (pincha), pretendiendo de ese modo fundamentar que Serrano no debía criticar esa ley. (Francamente, de ser juez de Violencia de Género, Serrano tendría que guardar un silencio que, precisamente por no serlo, no tiene por qué guardar, pues sólo faltaba que el derecho a la libertad de expresión lo limitase la señora Segarra, y menos con argumentos tan peregrinos).


La fiscal jefe de Sevilla, Mª José Segarra, debió abstenerse de intervenir en el presente caso (y no lo hizo, a sabiendas de que debía hacerlo) por las siguientes razones:


El Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal establece en su artículo 28 lo siguiente:

Artículo 28.
  • Los miembros del Ministerio Fiscal no podrán ser recusados. Se abstendrán de intervenir en los pleitos o causas cuando les afecten algunas de las causas de abstención establecidas para los Jueces y Magistrados en la Ley Orgánica del Poder Judicial, en cuanto les sean de aplicación. Las partes intervinientes en los referidos pleitos o causas podrán acudir al superior jerárquico del Fiscal de que se trate interesando que, en los referidos supuestos, se ordene su no intervención en el proceso
El artículo 62 de ese Estatuto considera la no abstención en los casos en que debe producirse como una falta muy grave.


Artículo 62.
Se consideran faltas muy graves:

  • Ocho. La inobservancia del deber de abstención a sabiendas de que concurre alguna de las causas legalmente previstas

Veamos entonces lo que dice la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.


CAPÍTULO V. DE LA ABSTENCIÓN Y RECUSACIÓN

Artículo 219
Son causas de abstención y, en su caso, de recusación:
  • 9. Amistad íntima o enemistad manifiesta con cualquiera de las partes. [Les recuerdo que el diario EL PAÍS ha publicado esas desavenencias (que por tanto son de dominio público y manifiesto, y no simplemente algo íntimo) hace escasas semanas. Y lo ha hecho, precisamente, para contextualizar el proceso penal iniciado por Segarra contra Serrano que se está juzgando en este momento, "un año después" de ese enfrentamiento, dice EL PAÍS. Sin duda ésta es una razón de peso, por sí sola, para una abstención obligada por parte de Segarra. A mayor abundamiento, el diario ABC ha publicado, el 4 de octubre de 2011, un artículo en el que recuerda las declaraciones de Segarra durante la disputa de Serrano con Montalbán tomando posición contra Serrano].
  • 10. Tener interés directo o indirecto en el pleito o causa. [Quiero recordar que el enfrentamiento entre Serrano y la fiscal Segarra mencionado por EL PAÍS y ABC tuvo lugar por motivos ideológicos relacionados con la LIVG. Las críticas de Serrano a la LIVG fueron también las que le llevaron al enfrentamiento con Inmaculada Montalbán. Serrano denunció a Montalbán. Segarra intervino en esa causa, pese a haber participado en la disputa, solicitando el archivo directo. Es de conocimiento público que Serrano ha sido denunciado ante el CGPJ repetidamente por el lobby feminista por sus críticas a la LIVG, y que es deseo de ese lobby cerrarle la boca y expulsarle de la carrera judicial. Pues bien: ése es el interés indirecto (un interés ideológico), de la señora Segarra en este caso].  
  • 11. Haber participado en la instrucción de la causa penal o haber resuelto el pleito o causa en anterior instancia. [Con las reservas que me imponen mi ignorancia en este tema, parece que la fiscal Segarra ha participado en la instrucción inicial de esta causa penal, y no parece que haya dejado de intervenir aún, pues el 10 de septiembre, con el proceso iniciado ya en el TSJA, solicitó la anulación de un auto de la Audiencia de Sevilla emitido en junio para que no entorpeciese los objetivos de la Fiscalía durante el juicio oral iniciado en el TSJA el 3 de octubre].
  • 13. Haber ocupado cargo público, desempeñado empleo o ejercido profesión con ocasión de los cuales haya participado directa o indirectamente en el asunto objeto del pleito o causa o en otro relacionado con el mismo. [El asunto juzgado no tiene que ver directamente con el caso de la denuncia de Serrano a Montalbán, en el que intervino Segarra. Pero sí tiene que ver "indirectamente", en la medida que es a raíz de aquel asunto cuando las desavenencias entre Segarra y Serrano se irían forjando, y precisamente, además, debido a las discrepancias ideológicas en torno a las políticas de violencia de género y de familia que estaban presentes en aquel caso y también están presentes en el caso juzgado ahora].
La fiscal Segarra nunca debió intervenir en este proceso. Sin embargo, es la fiscal que recurrió a la Audiencia Provincial de Sevilla el auto del juez Serrano (como juez de Familia) que ampliaba la estancia de un menor con su padre día y medio más allá de lo previsto en el convenio de divorcio para evitar los obstáculos que la madre ponía a que el menor saliese de procesión en la madrugá sevillana (según la fiscal Segarra, esa decisión correspondía al Juzgado de Violencia de Género nº4 que había llevado el divorcio). Segarra es asimismo la fiscal que, sin esperar la resolución de la Audiencia, decidió elevar a la fiscalía del TSJA un escrito en el que apreciaba indicios delictivos. Según leo en la prensa, "el fiscal superior del TSJA, Jesús García Calderón, designó un fiscal encargado de las diligencias de investigación". La fiscal Segarra es quien, con posterioridad a eso, y estando Serrano ya procesado en el TSJA y suspendido cautelarmente por el CGPJ, solicitó a la Audiencia Provincial de Sevilla (publicado en prensa el día 10 de septiembre de 2011) que fuera anulada la resolución de esa Audiencia Provincial en la que se resolvía favorablemente a Serrano el recurso que esa misma fiscal había llevado ante esa Audiencia. A juicio de la fiscal, la Audiencia no debía haberse pronunciado una vez que estaba abierto un proceso penal, pues ello podría dar lugar a dos resoluciones dispares. Pero sólo lo solicita una vez conocida la resolución favorable a Serrano (meses después, en realidad), y lo hace porque la fiscal porfía y trabaja (interviene, y está publicado en prensa con fecha del 10 de septiembre) con el fin de que la resolución del TSJA sea una sentencia condenatoria... La resolución de la Audiencia podría ser útil para la defensa de Serrano, y eso es lo que la fiscal Segarra trata de evitar. Ella es la fiscal que intervino en este caso penal desde el principio, elevando un escrito a la fiscalía del TSJA, y continúa interviniendo cuando el juicio está a punto de celebrarse en un tribunal superior al suyo y donde el proceso está abierto hace meses.

Entiendo que la fiscal Segarra no se ha abstenido de intervenir en ningún momento, como parece que era su deber por muchos y muy variados motivos. Ello no sólo podría constituir una falta muy grave en virtud de las normas que hemos visto más arriba, con las consecuencias disciplinarias a que haya lugar. La parte perjudicada "puede" solicitar al superior jerárquico de la fiscal Segarra que ésta deje de intervenir, como hemos visto que la norma establece, pero es la fiscal quien tenía el "deber" de abstenerse. Teniendo en cuenta lo dicho hasta aquí, acaso debiera solicitarse la nulidad de todas aquellas iniciativas tomadas por la fiscal Segarra en este proceso que se consideren contaminadas, pues todas ellas podrían haber sido tomadas de forma ilegítima por quien debía haberse abstenido de intervenir y a sabiendas de ello.


Hasta es muy posible que la fiscal Segarra hubiera debido abstenerse de intervenir, hace más de año y medio, cuando Serrano denunció a Inmaculada Montalbán. Segarra solicitó entonces el archivo directo de la causa. En aquel momento la enemistad (art. 219.9) entre Segarra y Serrano estaba presente, pues ella estaba inmersa en la disputa entre Serrano y Montalbán y había tomado partido por la segunda con declaraciones públicas (véase el artículo de ABC antes mencionado), por lo que ya era un motivo para una abstención necesaria por parte de la fiscal: ella había descalificado a Serrano como "desconocedor del ciclo de la violencia de género". Además, el interés indirecto (ideológico) al que se alude en el art. 219.10 que he mencionado para el caso presente es exactamente el mismo para el caso de la denuncia de Serrano a Montalbán. Quiero recordar que las primeras declaraciones de Segarra contra Serrano se remontan, en realidad, a un año antes del enfrentamiento de Serrano con Montalbán en 2010. En febrero de 2009 (pincha) ya había arremetido Segarra contra Serrano señalándole que él era juez de Familia ("de Primera Instancia") y no de Violencia de Género ("Violencia contra la Mujer"). Esas declaraciones de Segarra se produjeron tras las que Soledad Cabezón, secretaria de Políticas de Igualdad del PSOE, hizo en contra de las críticas que Serrano había expresado por los atropellos que la Ley de Violencia de Género propicia.

Resulta muy curioso que el 20 de octubre de 2011, una semana después de la sentencia condenatoria contra Serrano (pincha), considerada injusta por la propia fiscalía del TSJA, se publique en la prensa que 47 fiscales salen en defensa de la fiscal Segarra (pincha), contra la que aún nadie ha hecho ninguna acusación formal, para difundir la FALSA idea de que ella nunca ha ido más allá de donde debía. Ninguna cantidad de fiscales puede borrar lo que está publicado en prensa desde febrero de 2009 hasta hoy. Les recomiendo a esos 47 fiscales (sólo "algo más de la mitad" de los fiscales subordinados a Segarra como fiscal jefe en Sevilla) que estudien el caso mejor de lo que lo han hecho... Se ha cometido una FALTA MUY GRAVE, eso es una obviedad. ¿Puede alguno de esos 47 fiscales defender lo contrario sin apelar al mero y ridículo corporativismo cuantitativo? Estoy ansioso por conocer sus argumentos. A ver.


Pego aquí esta noticia, cuya única explicación es que la Fiscalía en su conjunto (el Gobierno), y la fiscal Segarra en particular, están muy nerviosos.


Tribunales

47 fiscales atribuyen a la Fiscalía del TSJA la "competencia exclusiva" en el caso del juez Serrano

SEVILLA, 20 Oct. (EUROPA PRESS) -

   Un total de 47 fiscales de Sevilla han suscrito un comunicado en el que atribuyen a la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) la "competencia exclusiva" en las decisiones adoptadas en el seno del procedimiento seguido contra el juez de Familia Francisco Serrano, condenado a dos años de inhabilitación y al pago de una indemnización a la denunciante de 4.000 euros por un delito de prevaricación culposa.
   En un comunicado firmado por hasta 47 fiscales, éstos argumentan que la actuación de la Fiscalía de Sevilla, "y en concreto de su fiscal jefe, María José Segarra, se ha limitado" a remitir al TSJA la denuncia presentada por un particular contra el magistrado, todo ello "de conformidad con lo que establece el artículo 73.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial para los supuestos en que el denunciado sea juez o magistrado".
   "A partir de aquí", prosiguen, todas las decisiones adoptadas en el seno de este procedimiento, como son "la intervención en fase de instrucción, la formulación del escrito de acusación, la oposición al recurso de la defensa solicitando el archivo de las actuaciones y, finalmente, la retirada de la acusación", han sido "competencia exclusiva" de la Fiscalía del Alto Tribunal andaluz.
   De este modo, han querido expresar su "malestar" por la "falsa" información aparecida "en algunos medios de comunicación" sobre la actuación de la Fiscalía de Sevilla en el procedimiento seguido contra el juez de Familia de Sevilla Francisco Serrano, condenado por modificar el turno de custodia de un menor de 11 años de edad para garantizar su salida como paje en una cofradía de la 'Madrugá' sevillana.
Fuente: http://www.europapress.es/andalucia/sevilla-00357/noticia-47-fiscales-atribuyen-fiscalia-tsja-competencia-exclusiva-caso-juez-serrano-20111020153810.html

Los fiscales apoyan a su jefa en la causa del juez Serrano

El magistrado achaca su condena a una "conspiración" del "feminismo radical"
R. S. | Actualizado 21.10.2011 - 07:43 diariodesevilla.es
Los fiscales de Sevilla emitieron ayer un comunicado de apoyo a su jefa, María José Segarra, en el caso contra el juez de Familia 7, Francisco Serrano, condenado a dos años de inhabilitación por un delito de prevaricación culposa al alargar la estancia de un niño con su padre durante un día y medio para que pudiera salir en una cofradía.

La nota, firmada por 47 fiscales -algo más de la mitad de la plantilla-, expone que la fiscal jefe se limitó a remitir al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) la denuncia contra Serrano y "a partir de aquí todas las decisiones adoptadas en el seno de dicho procedimiento han sido competencia exclusiva de la Fiscalía del TSJA".

El juez Serrano achacó ayer su condena a una "conspiración" urdida por el "feminismo radical". En una rueda de prensa, Serrano anunció que ha presentado ya un recurso de casación ante el Tribunal Supremo y se negó a solicitar el indulto propuesto por el TSJA en su sentencia.

"Mi planteamiento es defender mi inocencia, no solicitar el indulto. No quiero ni un día, ni media hora de indulto", expuso el magistrado. Serrano explicó también que ha recibido el apoyo de numerosos compañeros. "Me dicen que como dejemos la prevaricación a la altura de este listón apañados vamos. Muchos jueces tendrán que colgar la toga".

Serrano aseguró que ha sido condenado por ser "un juez molesto" y dijo que en todo momento ha intentado velar por el interés del menor con sus decisiones.

lunes, 18 de julio de 2011

Las filtraciones de la fiscalía a la prensa causan indefensión al juez Serrano

Jesús García Calderón. Fiscal jefe del TSJA


Bastante más importante que saber si Serrano se basó en un e-mail o en el sursum corda para considerar que la madre se oponía a que su hijo saliera en la procesión es, sin duda, saber si de hecho se oponía o no (acerca de lo cual ni la prensa ni la fiscalía parecen tener ni la menor curiosidad ni la intención de abrir una investigación). Eso sí que es importante, como lo es saber si es cierto que en el convenio de divorcio se dice que el menor saldrá de procesión si ese es su deseo, y ello con independencia del progenitor con el que ese día esté. Pero la prensa no nos cuenta nada de esto, y la fiscalía prefiere jugar al juego del feminismo totalitario.
A nadie se le escapa que el feminismo totalitario (instalado en todos los poderes del Estado, y en el Gobierno que controla a la fiscalía muy especialmente) está detrás de este caso; como tampoco se le escapa a nadie que lo que se pretende es someter a Serrano a la pena de banquillo y al escarnio público, tenga el resultado que tenga finalmente en la sentencia esta denuncia: una excusa oportunistamente instrumentalizada.

Súmate a la movilización en defensa del juez Serrano (pincha).

Tribunales

El fiscal acusa al juez Serrano de cambiar la custodia de un menor en base a un email de la madre

SEVILLA, 18 Jul. (EUROPA PRESS) -

La Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), que ha solicitado que se inhabilite durante diez años al juez de Sevilla Francisco Serrano por modificar el turno de custodia de un niño de 11 años de edad establecido por el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 4, ampliando en día y medio su estancia con el padre divorciado al objeto de garantizar su salida como paje en una cofradía de la 'Madrugá' sevillana, entiende que el magistrado tomó esta decisión sin escuchar a las partes y basándose para ello en un supuesto correo electrónico que habría enviado la madre al padre poniendo "obstáculos" a la salida como paje del menor.
   Según relata el fiscal en su escrito de acusación, consultado por Europa Press, en enero de 2010 el Juzgado de Violencia sobre la Mujer referido dictó un auto en el que acordaba que el menor permaneciera con su padre desde el Viernes de Dolores hasta el Miércoles Santo, mientras que desde el Miércoles Santo hasta el Domingo de Resurrección pasaría a estar con la madre. Recuerda que, en 2009, el menor realizó la salida procesional "hallándose conformes ambos progenitores, y sin ningún tipo de dificultades ni incidencias".
   Tras ello, indica que el Viernes de Dolores de 2010, "y al parecer como respuesta a una solicitud efectuada por vía telefónica", la abogada de la madre dirigió un email al letrado del padre "en el que se exige al padre que se le informe exacta, documental, formal y expresamente de una serie de datos relacionados con la salida procesional de su hijo en la Hermandad del Silencio", un email "que fue interpretado por el padre como indicativo de las dificultades que la madre va a poner a la salida procesional del menor, cuando no como negativa a la misma", por lo que "fue contestado en términos explicativos y un tanto irónicos mediante otro email" remitido el Lunes Santo.
   En esta situación, y como el padre del menor "viera a su hijo preocupado porque su madre pudiese poner trabas para salir en la procesión, lo comentó con su letrado". Así, en la mañana del Martes Santo se personó en el Juzgado del magistrado imputado el menor con su abuelo y un abogado "con la intención de solicitar una medida de protección que garantizase el deseo del menor de salir en una procesión, solicitando igualmente que el nieto fuera oído por el juez, presentando un escrito con dicha solicitud".
ENTREVISTA CON EL ABUELO Y EL MENOR
   El letrado, prosigue el fiscal en su escrito, entró en el despacho del juez y mantuvo una entrevista con él "durante la cual le informó del motivo por el que se acudía a su despacho, lo que condujo al imputado a la decisión de adoptar una medida cautelar para impedir que el deseo del niño se viera frustrado", tras lo cual el juez llamó tanto al abuelo como al menor. "No se acompañó, sin embargo, ningún documento que pudiera adverar 'prima facie' las discrepancias de los padres en relación con la citada estación de penitencia, ni del cual se dedujeran los obstáculos o dificultades que la madre pudiera estar poniendo", apostilla.
   Tras ello, el imputado acordó celebrar una comparecencia dando audiencia al niño, durante la cual le preguntó si tenía mucho interés en salir en la procesión, contestando el menor que sí, que estaba muy ilusionado y preocupado porque le impidieran salir, "denotando el imputado en las preguntas efectuadas al menor que era conocedor de la situación". En dicha comparecencia, el menor relata que "no entiende cómo ahora una abogada de su madre le ha dirigido un escrito a su padre poniendo todo tipo de problemas y obstáculos para poder salir".
   En esta comparecencia, no obstante, "no se exige por el magistrado a los solicitantes la exhibición del email en el que se supone constan los obstáculos opuestos por la madre para tal salida procesional, ni realiza ninguna gestión para conocer de primera mano el contenido del citado documento a fin de verificar su realidad y la exactitud de sus términos", agregando que el magistrado "decidió resolver la cuestión sin oír a ninguno de los padres del menor", a pesar de que el padre estaba en los aledaños del juzgado y la madre "podría haber sido citada de urgencia mediante una simple llamada telefónica, al menos para cerciorarse de la noticia argumentada por los solicitantes".
NO SE PUSO EN CONTACTO CON LA MADRE
   Así, dice que se podía haber puesto en contacto con la madre del menor "para conocer con precisión el alcance de las dificultades y obstáculos que pudiera estar ofreciendo para la salida procesional de su hijo, para hacerle saber en su caso la obligación de respetar su voluntad al respecto, y finalmente para que tuviera conocimiento de la solicitud deducida y de la posibilidad de que se acordara alguna medida cautelar".
   Al hilo, el fiscal dice que el juez decidió prolongar la estancia del menor con su padre y esta decisión no fue notificada a la madre el mismo día en que el niño debía haber sido retornado al domicilio materno, sino que esa mañana se le envió un correo no urgente certificado con acuse de recibo que llegó a casa de la madre el 7 de abril, "es decir, después de que el menor ya hubiera sido entregado a la madre". De esta forma, la madre "no supo absolutamente nada de su hijo desde las 14,00 horas del 31 de marzo hasta las 11,00 horas del 2 de abril, y no conoció oficialmente las razones del retraso en la entrega hasta que retiró la copia del auto remitida por correo certificado".
   Como consecuencia de todo lo anterior, la madre "sufrió un cuadro ansioso". Por estos hechos, la Fiscalía pide para el juez Francisco Serrano diez años de inhabilitación y el pago de una multa de 5.400 euros por un delito de prevaricación dolosa.