Juez de Familia Francisco Serrano Castro |
Como estaba previsto, el Tribunal Supremo ha revisado hoy miércoles (30 de mayo) en vista pública la condena por prevaricación "culposa" que el TSJA sentenció contra el juez Serrano.
El pasado día 27 de mayo Europa Press publicaba que la vista tendría lugar el 29 de mayo (pincha), contra lo publicado quince días antes por todos los medios, incluida la agencia Europa Press, y lo difundido el 26 de mayo por el resto de la prensa, es decir, que la fecha de la revisión de la sentencia en el Supremo sería el 30 de mayo, como así ha sido. Hoy, 30 de mayo, Europa Press se hace eco de la vista y no hace mención alguna a su metedura de pata... Sin comentarios...
Por su parte, el juez Serrano hizo público un comunicado el 24 de mayo (difundido en la edición impresa del diario ABC el 26 de mayo -pincha-), en el que pedía que no se hicieran manifestaciones ruidosas durante la vista y se respetase la independencia del Tribunal en la sesión de hoy. A lo mejor, sólo a lo mejor, la actitud negligente, contradictoria e infantil de Europa Press en la forma de transmitir la información relativa a la fecha de la vista guarda relación con el nerviosismo de algunos en torno a este caso, del que en los próximos días tendremos un desenlace definitivo.
En la vista de hoy (pincha), el fiscal del Supremo, Luis Navajas, ha sostenido una posición contraria a la de la fiscalía del TSJA (¿esquizofrenia en la fiscalía?), que pidió ante el TSJA la absolución de Serrano por entender que, si bien podría vislumbrarse cierta negligencia, en ningún caso se trata de una resolución manifiestamente injusta. Esta elemental condición para poder hablar de "prevaricación", siquiera sea "culposa" (no intencionada), parece que el fiscal del Supremo se la pasa por el forro de sus caprichos. Y allí donde el fiscal cree que Serrano "podría" haber hecho esto o lo otro y no lo hizo, concluye que hay ya, por ello, una prevaricación... Claro que para forzar esa acusación se ve en la obligación de MENTIR, porque es falso que Serrano "modificara" el turno de visitas "cuatro días antes de la procesión". Serrano dicta su auto de ampliación del turno de visitas el martes 30 de marzo de 2010, y es un auto de medidas urgentes, pues el niño (11 años) estaría con su madre desde el mismo miércoles, al día siguiente, y la procesión tiene lugar la madrugada del jueves al viernes, sin garantías de que el menor pueda participar en ella como es su deseo y la sentencia de divorcio establece que ha de respetarse.
Por lo demás, la apreciación del fiscal acerca del carácter "trivial" del deseo del menor de procesionar en la madrugá sevillana ya raya en lo caprichoso (algunos se creen el ombligo del mundo, desde el que dictan lo que tiene importancia y lo que no la tiene)... ¿Acaso ignora este fiscal que el convenio de divorcio establecía que "ambos cónyuges acuerdan respetar el deseo del menor de procesionar"? ¿Significa esa cláusula que para ambos cónyuges es "trivial" ese deseo del menor o, más bien, significa exactamente lo contrario, señor Navajas?
Eso sí, al fiscal Navajas parece que no le preocupa cumplir con su obligación (velar por el respeto a la ley) en este caso, pues la sentencia del TSJA se salta la ley al condenar a Serrano por un delito distinto al que le llevó ante el TSJA. La acusación era por prevaricación dolosa (de lo que fue absuelto) y la condena fue por prevaricación "culposa" (no intencionada). Pero no hay prevaricación dolosa ni culposa, señor Navajas, pues, como dejó claro la fiscalía del TSJA, no hay resolución manifiestamente injusta. Y no la hay sencillamente porque no es evidente que sea injusta, por más que a usted le cueste entenderlo, que ya me doy cuenta de por dónde van sus "triviales" (evidentes) intereses...
Luis Navajas. Fiscal del Tribunal Supremo |
Tribunales
El Supremo revisa este miércoles en vista pública la condena por prevaricación del juez Serrano
Fue inhabilitado dos años por modificar el turno de custodia de un niño para garantizar su salida como paje en una cofradía de la 'Madrugá'
MADRID, 30 May. (EUROPA PRESS) -
El Tribunal Supremo revisará este
miércoles, 30 de mayo, la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de
Andalucía (TSJA) que el pasado mes de octubre condenó a dos años de
inhabilitación al juez de familia de Sevilla Francisco Serrano por un
delito de prevaricación culposa tras modificar el turno de custodia de
un niño de once años para garantizar su salida como paje en una cofradía
de la 'Madrugá'.
Se da la circunstancia de que el fiscal del Tribunal Supremo Luis
Navajas, al que ha correspondido este caso en el Supremo, desistió en su
día del recurso anunciado inicialmente por la Fiscalía andaluza para
solicitar la absolución del magistrado en consonancia con su postura
durante el juicio, al término del cual retiró los cargos.
La Sala que revisará este caso estará integrada por el presidente
de lo penal del Supremo, Juan Saavedra, y los magistrados Perfecto
Andrés Ibáñez, Francisco Monterde, Antonio del Moral y Andrés Martínez
Arrieta, que será el ponente de la resolución, han informado fuentes del
alto tribunal.
La condena dictada en su día por la Sala de lo Civil y Penal del
Tribunal Superior de Justicia de Andalucía condenó también a Serrano al
pago de las costas y a una indemnizar a la madre del menor de 4.000
euros, mientras que lo ha absolvió de prevaricación dolosa, todo ello en
una sentencia en la que la Sala acuerda solicitar al Gobierno que
conceda al magistrado el indulto parcial y reduzca la condena a seis
meses de inhabilitación.
Durante el juicio, la Fiscalía modificó sus conclusiones
provisionales y pasó de pedir diez años de inhabilitación a solicitar la
libre absolución del magistrado, mientras que la acusación particular
ejercida por la madre del pequeño elevó a definitiva su petición para el
magistrado de 20 años de inhabilitación y 14.400 euros de multa, así
como el pago de una indemnización de 60.000 euros a la madre; de 100.000
euros al menor, y de 12.000 euros al otro hijo menor de la querellante.
De su lado, el abogado del juez pidió la libre absolución de su
patrocinado.
Según la sentencia del TSJA, el juez Serrano "dictó y firmó un
auto resolviendo la medida cautelar solicitada sin trámite procesal
alguno, sin dar traslado ni pedir informe al Ministerio Fiscal, sin oír
previamente, y pese a conocer sus domicilios, a ninguno de los
progenitores del menor, ni al padre ni a la madre, a quien se atribuía
una actitud reticente u obstativa al cumplimiento de lo acordado" por el
Juzgado de Violencia sobre la Mujer, que estableció que los padres
"respetarán el deseo de los hijos de tomar parte en las estaciones de
penitencia de las hermandades a que pertenecen".
El TSJA argumentaba que el objeto de enjuiciamiento "no es valorar
en abstracto la decisión de autorizar a un menor salir en la procesión
de la Hermandad del Silencio, ni tampoco si esa decisión estaba amparada
por el artículo 158.3 del Código Civil", que son, según añadía "los
únicos aspectos sobre los que se ha centrado machaconamente la prensa y
también, por cierto, los únicos valorados por la Audiencia Provincial de
Sevilla a la hora de resolver el recurso de apelación que les fue
planteado".
Fuente: http://www.europapress.es/andalucia/sevilla-00357/noticia-supremo-revisa-miercoles-vista-publica-condena-prevaricacion-juez-serrano-20120530055138.html
Modificó el turno de custodia de un niño para que asistiera a una procesión
La Fiscalía pide al Tribunal Supremo que mantenga la condena al juez Serrano
Modificó el turno de custodia de un niño para que asistiera a una procesión
MADRID, 30 May. (EUROPA PRESS) -
La Fiscalía ha pedido a la Sala Segunda
del Tribunal Supremo que confirme la sentencia del Tribunal Superior de
Justicia de Andalucía (TSJA) que condenó al juez de familia Francisco
Serrano a dos años de inhabilitación por un delito de prevaricación
culposa al modificar la custodia de un niño para que pudiera salir en
una cofradía de la 'Madrugá' sevillana, en 2010.
En la vista pública celebrada este miércoles en el Supremo, el
fiscal Luis Navajas ha considerado que Serrano omitió trámites
procesales y testimonios, que actuó con "absoluto olvido y desprecio de
la norma jurídica" y que "prejuzgó a personas sin escucharlas", en
referencia a la madre del menor.
Así, ha señalado que el juez podía haber citado a la madre del
menor para escucharla porque "a ella le correspondía la decisión de
decir sí o no a que el niño saliera en la procesión" pero, sin embargo,
no lo hizo. Además, ha mantenido que el juez, mostró una "falta de
interés por penetrar en el núcleo del problema".
El representante del Ministerio Fiscal mantiene que Serrano,
que ha estado presente en la vista, no cometió una prevaricación dolosa,
porque no burló "intencionalmente" las normas pero sí "culposa"
(negligente, no intencionada) ya que "desatendió e incumplió las normas
procesales que conocía perfectamente".
Lamenta, además, que su actuación fuera "innecesariamente
precipitada" ya que autorizó la "modificación" del turno de custodia
"tres o cuatro días antes de la procesión". "Esa ausencia de sosiego es
en la que hay imprudencia grave", ha dicho.
Además, el fiscal ha reflexionado sobre cómo una cuestión tan
aparentemente "trivial" como es el deseo de un menor de acudir a una
procesión "se salió de madre de esta manera" y lo que "se tenía que
haber ventilado en el ámbito familiar o en el juzgado de violencia sobre
la mujer de Sevilla" acabara de este modo. "Solo cabe la explicación de
que cuando las relaciones (entre los cónjuges) se encrespan de tal
manera, se usa a los hijos para perjudicar al otro", ha lamentado.
PRÓRROGA DE HORAS
Por su parte, la defensa de Serrano, pidió la libre absolución
del juez al considerar que éste sufrió indefensión durante el juicio en
el TSJA ya que fue acusado de delito de prevaricación dolosa y luego
modificado a culposa. Así,ha explicado que si hubiera cometido un delito
culposo, la sentencia del tribunal sevillano sería "injusta", pero si
el delito fuera culposo, sería, además, "ilegal y grosera".
La defensa ha subrayado que el juez sevillano no modificó el
turno de custodia a favor del padre sino que "prorrogó" la estancia con
éste "unas horas" y ha considerado que no está probado que Serrano
dictara una resolución injusta o sin trámite procesal y, además, ha
defendido que la participación en la procesión tenía "verdadera
importancia para el menor" y no era "un simple deseo infantil".
Por otra parte, ha censurado la actitud "obsesiva" de la
madre, como a su juicio demuestra que llegara a pedir una orden de
alejamiento del niño para el propio juez Serrano, algo que no fue
admitido, y una cierta predilección por los pleitos y los asuntos
judiciales.
Por su lado, el abogado de la madre del niño ha pedido la
confirmación de la sentencia al considerar que Serrano actuó "a
sabiendas" de que lo hacía incorrectamente e inducido por el abogado del
padre del menor, Joaquín Moeckel, y con quien, según sus palabras,
tenía una estrecha relación personal y profesional. "Un abogado no puede
elegir un juez y un juez no puede elegir la causa y aquí se eligió la
causa", ha señalado.
Además, en una intervención plagada de referencias a la
doctrina católica y al santoral, ha censurado que la madre haya sido
"tachada de no religiosa", lo que, según ha dicho, está "lejos de la
realidad". Así, ha dicho que "la madre es una ciudadana normal que se
siente señalada como si fuera la que violentara la libertad religiosa y
como si no tuviera sentimientos religiosos".
El abogado ha intentado demostrar el sufrimiento de la madre
al "no saber el paradero (del niño) durante horas" y ha recordado que el
menor no iba a procesionar en una cofradía "más" sino en la del
Silencio, que en aquel momento "impedía acercarse a las mujeres". "Es
decir que el niño estaba en un ambiente de bullicio y el padre ni es
cofrade de esa cofradía ni iba a salir en procesión", ha concluido.
Fuente: http://www.europapress.es/andalucia/sevilla-00357/noticia-fiscalia-pide-tribunal-supremo-mantenga-condena-juez-serrano-20120530133620.html
El Ministerio Público pide la confirmación de la condena al juez Francisco Serrano
El fiscal pide al TS que confirme la inhabilitación de dos años al juez que modificó el turno de custodia de un menor para que pudiera salir en procesión
La sala de lo penal del Tribunal Supremo ha acogido la vista pública del recurso de casación presentado por el juez Francisco Serrano que fue condenado por el Tribunal de Justicia de Andalucía a dos años de inhabilitación por un delito de prevaricación culposa. La intervención del letrado de la madre del pequeño ha estado plagada de referencias al cristianismo, después de que durante la vista se cuestionaran las convicciones religiosas de su cliente.
El Ministerio Público ha pedido al Tribunal Supremo que confirme la condena de dos años de inhabilitación que el Tribunal de Justicia de Andalucía impuso al juez de familia,
Francisco Serrano. Serrano modificó el turno de custodia en favor del
padre de un menor para que el pequeño pudiera salir en una cofradía de
la Madrugá sevillana.
El fiscal ha subrayado durante la vista que el magistrado omitió trámites procesales y testimonios, prejuzgó a personas sin escucharlas y formuló una conclusión negativa. La defensa ha pedido la libre absolución de su patrocinado porque no modificó el turno de custodia, sino que lo amplió.
La intervención del abogado de la madre del niño, que también ha pedido que se confirme la sentencia de instancia, ha estado plagada de referencias al Santo Oral, después de que durante la vista se cuestionaran las convicciones religiosas de su defendida. El letrado ha dejado, además, una frase para la posteridad: "cuando uno se desvincula de Pedro está en fuera de juego".
Fuente: http://www.cadenaser.com/espana/articulo/ministerio-publico-pide-confirmacion-condena-juez-francisco-serrano/csrcsrpor/20120530csrcsrnac_4/Tes
El fiscal ha subrayado durante la vista que el magistrado omitió trámites procesales y testimonios, prejuzgó a personas sin escucharlas y formuló una conclusión negativa. La defensa ha pedido la libre absolución de su patrocinado porque no modificó el turno de custodia, sino que lo amplió.
La intervención del abogado de la madre del niño, que también ha pedido que se confirme la sentencia de instancia, ha estado plagada de referencias al Santo Oral, después de que durante la vista se cuestionaran las convicciones religiosas de su defendida. El letrado ha dejado, además, una frase para la posteridad: "cuando uno se desvincula de Pedro está en fuera de juego".
Fuente: http://www.cadenaser.com/espana/articulo/ministerio-publico-pide-confirmacion-condena-juez-francisco-serrano/csrcsrpor/20120530csrcsrnac_4/Tes
TRIBUNALES
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Vista pública en el Supremo
El fiscal del TS dice que el juez Serrano incurrió en un 'absoluto desprecio del Derecho
- Pide la confirmación de la condena a dos años de inhabilitación
- Serrano alteró el régimen de visitas de un menor para que saliera en procesión
- Luis Navajas cree que 'hizo una desafortunada aplicación del Derecho'
- El fiscal critica la dilapidación de esfuerzos judiciales por este caso
María Peral | Madrid EL MUNDO
Actualizado miércoles 30/05/2012
El fiscal de Sala del Tribunal Supremo (TS), Luis Navajas, ha pedido al Alto Tribunal que confirme la condena a dos años de
inhabilitación para cargo público impuesta en octubre pasado por el
Tribunal Superior de Andalucía (TSJA) al juez de familia de Sevilla
Francisco Serrano por un delito de prevaricación culposa (no intencionada).
El TSJA propuso en la propia sentencia un indulto parcial
para que se reduzca la pena a seis meses de inhabilitación, lo que
permitiría que Serrano no perdiera su condición de miembro de la carrera
judicial.
Serrano alteró el régimen de visitas que
había establecido el juez competente en un proceso de divorcio para que
uno de los dos hijos de la pareja pudiera participar en una procesión
de Semana Santa el viernes 2 de abril de 2010. Lo hizo tras
entrevistarse con los abogados del padre y sin oír ni al fiscal ni a la madre del menor, a la que el progenitor hubiera debido devolver al pequeño el miércoles anterior.
Serrano "no cometió un delito doloso, pero sí hizo una desafortunada
aplicación del derecho con un absoluto olvido y desprecio de las normas
jurídicas", dijo el fiscal, que subrayó que "correspondía a la madre la decisión sobre
la asistencia del menor a la procesión y, sin escucharla, emitió una
resolución injusta por perjudicar los derechos [de guarda y custodia]
que ella tenía".
El fiscal critica el 'uso' de los hijos por los padres
Navajas se sorprendió de que "un asunto tan trivial" como
la asistencia a una procesión, que a su juicio "no merecía una
dilapidación de esfuerzos [de la administración de justicia] tan
importante", hubiera llegado hasta el Supremo con una condena penal a un
juez. El fiscal dijo que "el culpable" es el propio Serrano y el "encrespamiento" de las relaciones entre los padres "hasta llegar al odio personal y a la utilización de los hijos como ariete contra la otra parte".
También dijo que la actuación de la Fiscalía del TSJA, que comenzó
pidiendo una pena de 10 años de inhabilitación por prevaricación dolosa
(intencionada) y acabó pidiendo absolución del magistrado, "me ha
despistado". Pero, en todo caso, solicitó al Supremo que desestime tanto el recurso de la acusación particular que ejerce la madre, en el que se reclama el agravamiento de la pena, como la impugnación de la defensa, que insta la revocación de la condena.
El defensor de Serrano subrayó que la Audiencia de Sevilla avaló las resoluciones del magistrado -que asistió en estrados y con toga a
la vista de casación- y se preguntó "¿qué hubiera pasado si el niño
hubiera incurrido en autolisis por participar en un acto que era
verdaderamente importante para él? ¿qué responsabilidad habría tenido
entonces el juez?".
Sevilla
El fiscal pide al TS confirmar la inhabilitación al juez Serrano
Tras la vista de ayer, la sentencia del Alto Tribunal se conocerá dentro de unos días
Día 31/05/2012
Ayer
quedó visto para sentencia tras una vista oral que duró hora y media el
recurso interpuesto ante el Tribunal Supremo (TS) contra la resolución
del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que condenó a dos
años de inhabilitación al juez de Familia Francisco Serrano por cambiar
el régimen de visitas de un niño para que pudiera salir en una procesión
de la Madrugá sevillana.
El
fiscal pidió al Supremo que confirme la condena de dos años de
inhabilitación al juez —desde agosto la está cumpliendo— al considerar
que actuó de manera «imprudente, negligente y precipitada» al cambiar el
régimen de visitas del menor.
En
la vista celebrada ayer en la sala de lo penal del TS para deliberar
sobre los recursos interpuestos contra la sentencia que condenó a
Serrano, el fiscal Luis Navajas solicitó al Alto Tribunal que desestime
todos los motivos defendidos por los recurrentes y confirme la
resolución dictada por el TSJA en 2011.
El fiscal se asombra al ver cómo una cuestión tan trivial «se sale de madre» y llega hasta el Supre
El
juez Serrano acordó el 30 de marzo de 2010 cambiar el régimen de
visitas de un niño de 12 años, con lo que, según el TSJA, actuó de forma
imprudente y con «un completo desinterés por el conocimiento exacto de
la real dimensión del conflicto» que existía entre los padres
divorciados del menor, lo que determinó la «vulneración» de las normas
«esenciales» del procedimiento.
Coincidiendo
con estos argumentos, el fiscal alegó ayer que «el juez Serrano omitió
trámites procesales y testimonios, prejuzgó a personas sin escucharlas y
formuló una conclusión negativa», aunque admitió que «se debe descartar
la versión dolosa del delito ya que no hubo intención ni burla».
Navajas rechazó los argumentos de la acusación particular, ejercida por
la madre del menor, entendiendo que son «puramente retóricos». Además ha
confesado su «sorpresa» al comprobar como una decisión «tan trivial»,
que tenía que haber sido solucionada en el ámbito familiar, «se ha
salido de madre» y ha llegado hasta el Supremo causando una dilapidación
de medios jurídicos.
Por
su parte, la acusación particular ha criticado que hasta en cinco
ocasiones la madre pidiera declarar negando el juez su petición. Para el
abogado de la madre, los efectos de la decisión de Serrano son claros:
«un niño llorando, una abuela consternada», una madre que ha visto
cuestionada su religiosidad y un «letrado insultado».
Sin
embargo, la defensa del juez Serrano ha pedido que se rechacen todos
los motivos de la madre, quien durante el juicio solicitó para el
magistrado 20 años de inhabilitación, el pago de una multa de 14.400
euros y una indemnización de 60.000 euros para ella misma por los daños
morales y físicos sufridos, 100.000 euros para su hijo y 12.000 para
otro hijo menor. Según el abogado de Serrano, Miguel Ángel García
Diéguez, que ha pedido su absolución, la madre actuó de manera
«querulante y obsesiva».
«Confío
—terminó García Diéguez— en que el Supremo estimará nuestro recurso
puesto que ya se ha pronunciado en otros casos similares con
jurisprudencia que ampara nuestra tesis».
Fuente: http://www.abcdesevilla.es/20120531/sevilla/sevp-fiscal-pide-confirmar-inhabilitacion-20120531.html