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lunes, 9 de junio de 2014

España ratifica el Convenio del Consejo de Europa sobre violencia contra la mujer

TEXTO (sin comentarios)

JUAN CARLOS I
REY DE ESPAÑA

El día 11 de mayo de 2011, el Plenipotenciario de España firmó ad referendum en Estambul el Convenio del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la violencia contra la mujer y la violencia doméstica, hecho en la misma ciudad y fecha,
Vistos y examinados el preámbulo, los ochenta y un artículos y el anejo de dicho Convenio,
Concedida por las Cortes Generales la autorización prevista en el artículo 94.1 de la Constitución,
Manifiesto el consentimiento de España en obligarse por este Convenio y expido el presente instrumento de ratificación firmado por Mí y refrendado por el Ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación, con las siguientes Declaraciones:

«Para el caso en el que el presente Convenio sea ratificado por el Reino Unido y extendido al territorio de Gibraltar, España desea formular la siguiente Declaración:

1. Gibraltar es un territorio no autónomo de cuyas relaciones exteriores es responsable el Reino Unido y que está sometido a un proceso de descolonización de acuerdo con las decisiones y resoluciones pertinentes de la Asamblea General de las Naciones Unidas.
2. Las autoridades de Gibraltar tienen un carácter local y ejercen competencias exclusivamente internas que tienen su origen y fundamento en la distribución y atribución de competencias efectuadas por el Reino Unido, de conformidad con lo previsto en su legislación interna, en su condición de Estado soberano del que depende el citado territorio no autónomo.
3. En consecuencia, la eventual participación de las autoridades gibraltareñas en la aplicación del presente Convenio se entenderá realizada exclusivamente en el marco de las competencias internas de Gibraltar y no podrá considerarse que producen cambio alguno respecto de lo previsto en los dos párrafos precedentes.
4. El procedimiento previsto en el Régimen relativo a las autoridades de Gibraltar en el contexto de ciertos Tratados Internacionales acordados por España y el Reino Unido el 19 de diciembre de 2007 (junto al "Régimen acordado relativo a las autoridades de Gibraltar en el contexto de los instrumentos de la UE y CE y Tratados conexosˮ, de 19 de abril de 2000) se aplica al presente Convenio del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la violencia contra la mujer y la violencia doméstica, firmado ad referendum por España el 11 de mayo de 2011.
5. La aplicación a Gibraltar del presente Convenio no puede ser interpretada como reconocimiento de cualquiera derechos o situaciones relativas a los espacios que no estén comprendidos en el artículo 10 del Tratado de Utrecht, de 13 de julio de 1713, suscrito por las Coronas de España y Gran Bretaña.»

«España llevará a cabo las modificaciones que sean necesarias en su ordenamiento jurídico interno a los efectos de la aplicación del Convenio en su totalidad.»

Dado en Madrid, 18 de marzo de 2014.
JUAN CARLOS R.

El Ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación,
JOSÉ MANUEL GARCÍA-MARGALLO MARFIL

CONVENIO DEL CONSEJO DE EUROPA SOBRE PREVENCIÓN Y LUCHA CONTRA LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER Y LA VIOLENCIA DOMÉSTICA

En su integridad, pinchando aquí

http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2014-5947


Instrumento de ratificación del Convenio del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la violencia contra la mujer y la violencia doméstica, hecho en Estambul el 11 de mayo de 2011.

lunes, 11 de marzo de 2013

Toni Cantó: 'Violencia contra las mujeres' (EL MUNDO, 11/03/2013)

Toni Cantó. Diputado de UPyD

Violencia contra las mujeres

Toni Cantó 

Publicado el 11 de marzo de 2013 en EL MUNDO

El autor pide una revisión de la Ley de Violencia de Género a la vista de su fracaso
Recuerda que no ha frenado el número de víctimas y ha generado miles de pleitos 

LA VIOLENCIA infligida a las mujeres y a las niñas constituye una de las principales violaciones de los derechos humanos en el mundo. Organismos internacionales como Naciones Unidas o la Unión Europea nos advierten de que nos enfrentamos a un fenómeno mundial y sistémico y que las formas y manifestaciones de esta violencia son múltiples y diferentes según el contexto social, económico, cultural y político de las sociedades. En UPyD compartimos de principio a fin este análisis. De ahí mi error al pronunciarme acerca de otras facetas -también preocupantes- sobre este tipo de violencia, recogiendo datos no contrastados, y en Twitter, un medio que impide dar explicaciones de fondo. Así fue como se transmitió la imagen de que tratábamos a la ligera la violencia contra las mujeres, o lo que es peor, que le quitábamos importancia. Por ese error he pedido perdón a las víctimas de violencia de género y a la sociedad española. Pido perdón, pero también quiero explicar nuestras propuestas en defensa de la igualdad y la lucha contra la violencia de género. Quiero hacerlo defendiendo nuestra libertad, tanto para equivocarnos al tratar un tema (sin olvidar nuestra responsabilidad como representantes políticos), como para corregir nuestra equivocación cuando sea preciso. Esta libertad hace, sin embargo, que nos parezca inaceptable que, en nombre de lo políticamente correcto, se nos insulte, amenace, y lo peor de todo, se nos quiera hacer callar en nuestros desacuerdos con las políticas de los últimos años, reproduciendo así la larga historia inquisitorial de nuestro país. Críticas sí, todas las que merezcamos; autos de fe no. Quienes hoy anatemizan la crítica pueden terminar con la libertad de expresión de todos mañana
El uso de esa libertad parte de nuestro compromiso inequívoco con la lucha por la erradicación de la violencia de género, con su prevención y con el apoyo y protección a las víctimas. Ello no es óbice para que discrepemos con aspectos esenciales de la actual Ley de Violencia de Género. Esta ley, presentada por el PSOE y determinadas asociaciones de mujeres como una panacea que terminaría con el gravísimo problema de los asesinatos de mujeres frente a la ineficacia de los anteriores gobiernos del PP, ha resultado ser bastante ineficaz pues, desgraciadamente, no ha logrado que descienda el número de asesinadas por sus parejas o ex parejas. Aunque en 2005 (año de su entrada en vigor) se produjo un descenso significativo del número de víctimas, pasando de 72 a 57, en los años posteriores la cifra volvió a superar las 70 víctimas (el máximo en 2008, con 76), número similar a los años anteriores a la Ley. Es verdad que en 2012 hemos llegado al punto más bajo de la década con 49 asesinatos de mujeres, pero no podemos obviar el dato del descenso de la población española en casi un millón de personas.
A pesar del consenso político parlamentario con el que fue tramitada, la actual Ley de Violencia de Género fue una ley controvertida desde el ámbito de protección, las medidas punitivas propuestas y los problemas reales que de su aplicación se han derivado con casi un millón de causas judiciales en ocho años. Es, de hecho, una de las leyes sobre las que los tribunales han realizado más consultas y se han presentado un mayor número de recursos de inconstitucionalidad, aunque el Tribunal Constitucional los ha zanjado con un pronunciamiento positivo.
A nuestro juicio tiene un planteamiento desacertado desde su propio objeto. Y me explico. No sólo hace un mal uso del concepto de género no equiparando la violencia de género a la violencia contra las mujeres y, por tanto, excluyendo de protección a las miles que sufren violencia machista en nuestro país (particularmente grave es la exclusión de la trata con fines de explotación sexual de mujeres y niñas) sino que, según esta norma, la única violencia de género que existe contra la mujer es la ejercida por su compañero o ex compañero íntimo hetero- sexual. No nos han dado la oportunidad de debatir este punto, como si la interpretación que el legislador hizo del género fuera un dogma de fe. ¿Qué es el género? ¿Una religión en la que hay que creer sí o sí?
Expertos un poco más laicos lo consideran un concepto sociológico de gran interés para luchar por el objetivo de la igualdad entre mujeres y hombres. Este concepto fue asumido por todos los organismos democráticos internacionales para superar el determinismo biológico de los sexos que daría lugar a cambios revanchistas injustos y en absoluto democráticos. Los géneros son tan solo roles sociales, que al ser desiguales en las sociedades actuales discriminan a las mujeres en el ámbito público y pretenden justificar su subordinación en el privado desde una ideología machista. La relación entre géneros es modificable en un sentido equilibrado y justo, y así lo está demostrando la lucha por la igualdad, una constante en las sociedades democráticas impulsada por el feminismo y las mujeres, pero asumida por muchos hombres.

LA LÍNEA política de la Unión Europea parte de la universalidad de los derechos humanos, considerando que la violencia de género es «predominantemente» ejercida por hombres contra mujeres, pero no de forma exclusiva. Por ello insta a los gobiernos a homogeneizar la recogida de datos de agresores y víctimas por sexos, y a proteger también a los hombres víctimas de violencia de género y a otras víctimas de violencia intrafamiliar. La Ley excluye a las víctimas de violencia en parejas homosexuales. Con esta exclusión se las saca de la red de apoyo y protección, un extremo que nos parece inconcebible. El Congreso de Estados Unidos ya ha reaccionado contra esta carencia aprobando una Ley de la Violencia de Género que extiende esta protección a las víctimas homosexuales. Nosotros deberíamos hacer lo mismo.
El otro elemento esencial de la Ley que hay que revisar urgentemente es la calificación del delito según sea el género del agresor que da lugar a una asimetría penal incompatible con la igualdad por la que luchamos. Expertos cualificados, cuya pretensión no es rebajar la importancia de la violencia contra las mujeres, señalan que el diseño de la Ley ha sido esencialmente punitiva. Aquí deberíamos introducir la importancia de la educación en igualdad de los niños/niñas y jóvenes. Y es importante este punto cuando los casos de violencia de género en menores de 18 años ha subido en un 23,7% desde 2007, según datos oficiales del último Informe del Observatorio contra la Violencia Doméstica. ¿De verdad alguien con un mínimo de sensatez cree que la solución pasa por seguir endureciendo la aplicación de la actual Ley 1/2004? ¿De verdad somos Europa en este tema?

Toni Cantó es diputado de UPyD en el Congreso y portavoz de este partido en la Comisión de Igualdad.


Para conocer los antecedentes de la campaña desatada contra Toni Cantó tras sus comentarios en Twitter, pincha aquí.  


Sobre el artículo de Toni Cantó, comparto las inquietudes que expresa y el deseo de que la ley vigente sea reformada. La Justicia así lo exige. Sin embargo, el artículo me obliga a hacerle a Cantó algún comentario:

Toni. En tu artículo queda un tanto oscuro lo que entiendes por violencia "de género". En una ocasión dices que debe identificarse con violencia "contra las mujeres" (así titulas tu artículo), lo cual extendería el concepto a la trata de mujeres, por ejemplo, lo que ciertamente se correspondería mejor con lo que se llama normalmente "violencia de género": la violencia que sufren las mujeres por ser mujeres. Pero observa que, al identificarlo simplemente con violencia "contra las mujeres", también sería violencia de género la ejercida por un hombre -¿o una mujer?- en una discusión, pongamos, con la presidenta de la comunidad de vecinos, y acaso por causas completamente ajenas al machismo o, siquiera, a diferencias de género de ninguna clase. La violencia de género no es identificable con la "violencia contra las mujeres", a menos que la sufran "por ser mujeres".
Sin embargo, tras hacer tuya como buena esa definición, hablas  de violencia "de género" refiriéndote estrictamente a la que sufren las mujeres en pareja
(sin duda inducido a ello al criticar la ley vigente), pero añadiendo también al concepto la que tenga lugar en parejas homosexuales y la que sufren hombres en pareja heterosexual (y aquí dices recoger las recomendaciones de la UE). En realidad, esto es lo que suele llamarse violencia "doméstica" o violencia "intrafamiliar". No me consta que en la UE se llame violencia "de género" a la que sufre un hombre en pareja. Eso sí, tampoco me consta que se hagan distinciones en la UE a la hora de penar los delitos en función del sexo de las personas. Eso sólo se hace en España. Y es eso lo que sin duda estás planteando.
Por otra parte, y por darle otra vuelta de tuerca al concepto de "violencia de género", sin duda en una sociedad de tradición machista como la nuestra existe alguna clase de violencia de "género" que padecen los hombres. Una violencia que padecen por ser hombres. Puede verse en su rol ligado (aún hoy) a hacer frente a la violencia sin "huir como una mujer"; en el rol que tienen como miembros de las fuerzas armadas; en el número de hombres que mueren por accidente laboral, y en otros muchos casos. Ello se evidencia, por ejemplo, en una clamorosa diferencia en el número de suicidios que se producen en España en función del sexo de las personas (el 80% son varones), que no puede explicarse por razones biológicas (sexo) sino debidas a lo cultural (género). Se trata de un claro ejemplo de violencia con causas sociales con una clara marca de "género" (masculino). Tal vez por ello no se investiga ni se previene, pues es simplemente indudable que, si el 80% de los miles de suicidios anuales que se producen en España correspondieran a mujeres, ése sería un asunto central en la investigación sociológica (feminista y no feminista), e incluso sería un problema de Estado.
Ni siquiera descarto que hoy en día se pueda hablar de violencia de "género" en la pareja sufrida por hombres... Y ahora ya no en el contexto de una sociedad machista tradicional, sino más bien en un contexto diseñado por el feminismo real. Hablo de hombres que son agredidos por sus exparejas "por ser hombres". Eso ocurre, por ejemplo, cuando sus exparejas les impiden ver a sus hijos simplemente para hacerles daño o para someterles a sus dictados. O cuando el propio lobby de mujeres (feministas, se dicen) impone una ley injusta como la vigente sin importarle lo más mínimo el daño que causan a miles de personas cada año de forma injusta y a sabiendas. Su interés es la defensa de "las mujeres", claro, pero no ignoran el daño colateral inasumible que están causando al convertirse en cómplices necesarios de "algunas mujeres", tanto desde sus asociaciones como desde las instituciones, en esa "violencia de género" que muchos hombres sufren hoy de su expareja "por ser hombres".

Gracias, Toni. 


Añado aquí un enlace a una página con un "Análisis de 450 estudios internacionales" sobre violencia en la pareja.

ESTA ES SU CONCLUSIÓN FINAL

 
"La inevitable conclusión del presente trabajo es que existen cientos de estudios empíricos sobre la violencia perpetrada o sufrida dentro de la pareja heterosexual cuyos resultados no pueden pasarse por alto, como viene siendo habitual, a la hora de formular las políticas y normas de prevención de esa violencia.

O dicho de otro modo: no están justificadas las políticas y normas de prevención de la violencia en la pareja basadas en meros postulados ideológicos y en certezas preestablecidas, o en sus equivalentes encuestas diseñadas con sesgo ideológico y excluyente, sino que es preciso tener presentes los resultados de los cientos de estudios empíricos que analizan el fenómeno de la violencia con criterio imparcial y omnicomprensivo, es decir, teniendo en cuenta los comportamientos de hombres y mujeres".


Fuente: http://www.escorrecto.org/