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viernes, 28 de octubre de 2016

Francisco Serrano es rehabilitado como juez por el TC con todas las de la ley


El juez Serrano volverá a fotografiarse como tal en los Juzgados

En julio de 2012 el Tribunal Supremo arrebató "definitivamente" al juez Serrano su cargo como juez y le condenó además a la pena de inhabilitación para cualquier cargo dentro del poder judicial durante 10 años, todo ello por un presunto delito de prevaricación dolosa (intencionada). Esa condena ya fue puesta en entredicho en este blog en aquellas mismas fechas de 2012.
Los magistrados de la Sala Primera del Tribunal Constitucional han estimado ahora el recurso de amparo presentado por Serrano en enero de 2013 al considerar que se vulneró su derecho a la tutela judicial efectiva, así como el derecho a un proceso con todas las garantías y a la presunción de inocencia.
La noticia sin duda provocará malestar en la secta feminista española. Sin embargo, en mi caso sirve como feliz colofón, al menos temporal, a este blog nacido en 2009 y que tuvo siempre en Serrano a un referente, especialmente durante los años con más entradas publicadas (2011 y 2012), que coinciden con las sentencias condenatorias contra él y con la persecución a la que le sometieron los inquisidores que hoy tienen que tragarse esto: ajo y agua. Hasta otra.

En el vídeo puedes ver la rueda de prensa que ofreció el juez Serrano tras conocer la sentencia del Tribunal Constitucional que anula la sentencia condenatoria del Supremo:



miércoles, 3 de octubre de 2012

El juez Serrano cierra el cerco contra el feminismo de género que le ha perseguido

Juez Francisco Serrano Castro
El juez Serrano ha contestado contundentemente a las declaraciones públicas (pincha) del pasado fin de semana emitidas por la mujer que recibió del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) un documento "reservado y confidencial" que fue leído en la sala del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) mientras se juzgaba al juez Serrano y con la intención de utilizarlo como prueba contra él. El pasado fin de semana, esta mujer afirmaba (pincha) que ella no había sido llamada a declarar como "imputada" sino como "testigo", y sostenía que ni ella ni su abogado habían cometido delito alguno (ambos están imputados -según Europa Press- por el juez que ha admitido a trámite la denuncia del juez Serrano contra ellos), pues habían conseguido ese documento -aseguran- tras un trámite administrativo muy difícil, de modo que habría llegado a su poder con los sellos de salida correspondientes. Todo legal, se entiende...

Pero, ¿puede alguien decirme por qué la persona que les entregó ese documento es aún un misterio? ¿Acaso no consta su nombre en el registro de salida del documento? En cualquier caso, ¿por qué se esconde y no da la cara? ¿Por qué la mujer y el abogado denunciados ocultan el nombre de esa persona? ¿Será que su nombre despejaría todas las dudas respecto a qué intereses han movido los hilos de la denuncia presentada contra Serrano desde el principio? ¿Será que su nombre está ligado sin género de dudas alguno al feminismo de género y a la defensa de la ley de violencia de género criticada por Serrano? ¿Será que ello quitará todas las caretas y antifaces en este asunto? Estamos hablando de "la máxima autoridad del CGPJ o alguien cercano a ella" (en palabras del abogado y de la mujer denunciados ahora por Serrano). ¿Cuál es su nombre?  
Quienes sospechamos que el feminismo de género está detrás de este asunto desde el principio y así lo hemos denunciado siempre tenemos una hipótesis muy definida respecto al nombre de esa "autoridad" del CGPJ. Apostamos a que su nombre empieza por "I". Si acertamos, no será por casualidad. Punto. 
(Que se agilice el esclarecimiento de algo que ya debiera saberse públicamente).

Tribunales

El juez Serrano clama contra el "victimismo" de la madre del menor

Confía en que se esclarezca "la forma" en que la denunciante obtuvo una documentación "reservada"
EP / Sevilla | Actualizado 02.10.2012 diariodesevilla.es
El juez de Familia Francisco Serrano, que fue condenado por el Tribunal Supremo a diez años de inhabilitación por un delito de prevaricación dolosa al modificar el régimen de visitas de un menor para que saliera en Semana Santa, ha trasladado a la mujer que lo denunció que "ya está bien de acogerse a un pretendido victimismo"

En declaraciones, el magistrado ha puesto de manifiesto que ha sido su familia "la que de verdad ha sufrido a consecuencia de una denuncia que la inmensa mayoría de la sociedad no entiende sino desde la perspectiva de un acto de represalia por haber sido crítico con unos determinados planteamientos de política social".

De otro lado, ha mostrado su confianza en que se esclarezca "la forma" en que el abogado y la mujer que lo denunció obtuvieron un documento que, "con carácter reservado y confidencial", había sido remitido por el propio Serrano al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).

El magistrado ha explicado que el objetivo de la denuncia interpuesta en este sentido es "esclarecer la forma en que obtuvo ese documento en agosto de 2010, cuando estaban en trámite unas diligencias previas informativas, de cuyo contenido el propio servicio de inspección tiene reconocido su carácter reservado hasta para los propios jueces a quienes se les instruyen esas diligencias". 

"En todo caso, el Consejo notifica, a efectos de posible recurso, el acuerdo de archivo o de apertura de expediente disciplinario tras la instrucción de esas diligencias previas informativas, cuyo contenido, se insiste, resulta desconocido hasta para el propio juez interesado", ha puesto de manifiesto. 

Ha señalado que, a través de esa denuncia, "se pretende esclarecer si realmente lo que se ha producido no es un ardid del juez con un abogado para conseguir que un niño saliera en una procesión, lo cual en ningún caso aparece como un hecho probado en toda la causa, sino si realmente lo que se encuentra detrás del procedimiento penal que se me ha seguido es una posible estrategia urdida para apartarme de la carrera judicial, objetivo que había hecho público de forma notoria el lobby de género".

Ha añadido que, en el juicio celebrado en el TSJA, "ya se resaltó la extrañeza que provocaba la exhibición y lectura de ese informe, que el abogado" de la denunciante "no aportó al procedimiento, lo cual llamó también la atención al propio presidente de la sala". "Cualquiera que conozca algo de derecho ha de saber que no era en ese procedimiento donde se debía hacer valer esa irregularidad constitutiva de un posible delito", ha dicho. 

Hay que recordar que un juez ha imputado tanto al abogado como a la denunciante por hacer uso durante el juicio de este documento que, "con carácter reservado y confidencial", había sido remitido por el propio Serrano al CGPJ.   

domingo, 30 de septiembre de 2012

Isabel Hinojosa dice que recibió legalmente del CGPJ el documento que utilizó contra Serrano

¿Cómo se llama la persona que dio salida al documento desde el CGPJ?

El 23 de septiembre se publicaba en la prensa (pincha) que la mujer que denunció al juez Serrano (en la causa por la que éste fue condenado en el Tribunal Supremo) y su abogado habían sido "imputados" por un juez acusados de haber recibido y utilizado para sus intereses un documento reservado que Serrano había enviado al Servicio de Inspección del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). La persona o personas que les hicieron llegar ese documento reservado permanecen aún en la sombra, pero su cara saldrá en breve en este blog, una vez que su nombre salga a la luz.
La señora Hinojosa (Isabel) ha declarado a la agencia de prensa Europa Press que ella no ha sido llamada a declarar como imputada, sino como testigo. En cualquier caso, es obvio que los intereses que su abogado defendía cuando leyó ese documento en la sala del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía eran los intereses de Isabel Hinojosa y los de nadie más. A ello hay que añadir que tanto el abogado como ella misma han declarado públicamente que les costó (en plural) mucho hacerse con esos documentos y que tuvieron que hacer múltiples gestiones administrativas para ello. Por tanto, ella tuvo una intervención directa para la obtención del documento reservado. Esto queda una vez más en evidencia en las declaraciones que ha realizado ante Europa Press y que se publican hoy. Lo que alega en su defensa es que ni ella ni su abogado habrían cometido delito alguno, pues habrían recibido ese documento de forma totalmente legal y siguiendo un largo proceso administrativo. 
Cada minuto que pasa se hace más necesario que la persona que les entregó un documento reservado desde el CGPJ salga a la palestra. ¿Cómo se las arregló esa persona para hacer salir del CGPJ un documento reservado con sellos de salida? ¿Cuál es el nombre de esa persona? ¿Por qué no ha salido ya a dar la cara diciendo que el documento salió legalmente del CGPJ por decisión suya? ¿Por qué se esconde?... ¿Empieza su nombre por "I"?


Niega estar imputada

La madre que denunció al exjuez Serrano asegura que adquirió la documentación "de forma lícita"


SEVILLA, 30 Sep. (EUROPA PRESS) -

La madre que denunció al exjuez de Familia de Sevilla Francisco Serrano, condenado por el Tribunal Supremo (TS) a diez años de inhabilitación por un delito de prevaricación dolosa al modificar el régimen de visitas de un menor para que saliera en Semana Santa, y que presuntamente hizo uso, junto a su abogado, durante el juicio de un documento que, "con carácter reservado y confidencial", había sido remitido por el propio Serrano al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), ha asegurado que, a día de hoy, está citada como testigo y no como imputada por estos hechos, así como que el mencionado documento lo obtuvo de forma "lícita".
   En un comunicado, remitido a Europa Press, Isabel Hinojosa ha explicado que, en lo que respecta a esta citación, "única y exclusivamente me han notificado que declararé como testigo y no como imputada" lo que, ha dicho, "consta en la citación emitida por el Juzgado de Instrucción número 20 de Sevilla". No obstante, aclara que, en caso de estar imputada, "aún no he sido notificada a día de hoy".
   De esta manera, la madre del menor ha explicado que el referido documento es un informe emitido por el CPGJ, Sección de Régimen disciplinario, "obtenido de forma lícita", algo que confía que se demuestre en los tribunales, y que contaba "con registro de salida y sellado del Consejo en todas sus páginas, por la tanto demostraré que no hubo ninguna filtración". "Fue obtenido solicitándolo por los cauces legales y con los numerosas gestiones administrativas que la Justicia requiere a raíz de mi queja contra el penado exmagistrado Serrano ante el Consejo General del Poder Judicial", asevera.
   Entretanto, la mujer ha informado en dicho escrito que ha solicitado personalmente declarar como testigo ante el Juzgado número 49 de Madrid, responsable de las Diligencias de Investigación, y no en los Juzgados de Sevilla, "por considerar que en éstos no cuento con las garantías procesales oportunas".
   Cabe recordar que el exmagistrado denunció que, en el transcurso del juicio oral celebrado en el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) entre los días 3 y 5 de octubre de 2011, el letrado que ejercía la acusación particular en nombre de la madre del pequeño "dio lectura literal" a un documento que, "con carácter confidencial y reservado", se había remitido por parte de Serrano al Servicio de Inspección del CGPJ.

miércoles, 25 de julio de 2012

Serrano recibe el apoyo de sus compañeros del Juzgado y de asociaciones por la Igualdad

En la puerta del Tribunal Supremo, el 24 de julio de 2012
"Sin Serrano no hay Justicia"

 

El día 23 de julio se publicó en la prensa que compañeros de trabajo del juez Serrano en el Juzgado de Familia nº 7 de Sevilla  habían expresado por escrito su apoyo al juez y lamentaban su expulsión de la carrera judicial por parte de tres magistrados del Tribunal Supremo. Todo ello desde el "respeto a la resolución", decían. Es sabido que las personas (todas) merecen respeto, pero las opiniones, las leyes o las resoluciones judiciales siempre deben estar sometidas a la crítica. Siempre. Salvo en las tiranías, claro. En las democracias, las sentencias judiciales se acatan, pero cuando deben ser criticadas se acatan mostrando una actitud crítica y, si es lo que merecen, expresando indignación (es decir, que uno no se siente respetado, precisamente...). Apuesto a que esa alusión al respeto a la resolución del Tribunal Supremo tiene algo que ver con cierto temor a represalias no deseadas...

El 24 de julio les ha tocado mostrar su apoyo al juez Serrano a las asociaciones de ciudadanos (pincha) que exigen una ley de custodia compartida y critican la ideología de género y sus leyes sexistas en materia de violencia en la pareja y la familia. Su manifestación tuvo eco días después (29 de julio) en la prensa nacional (pincha). Esas asociaciones han tenido (y tendrán) en el juez Serrano un referente, y por eso algunos de sus miembros han querido señalar, en las mismas puertas del Tribunal Supremo (pincha para ver fotografías colgadas en facebook), al lobby feminista "de género" como responsable directo de la expulsión de Serrano de la carrera judicial y, por tanto, como un enemigo de la democracia. Cuando las sectarias asociaciones de ese lobby tenían a Serrano sometido a una amenazadora persecución judicial permanente (denunciado constantemente ante el Consejo General del Poder Judicial), es ridículo pretender que nada tienen que ver con el desenlace de una denuncia presentada, no por casualidad, en plena campaña de acoso y derribo contra Serrano en 2010 (pincha).

 

Tribunales

Excompañeros del juez Serrano lamentan la "expulsión" de la carrera de un magistrado "honesto"

SEVILLA, 23 Jul. (EUROPA PRESS) -

El personal del Juzgado de Familia número 7 de Sevilla, donde ejerció de titular el magistrado Francisco Serrano hasta ser condenado por un delito de prevaricación por modificar el régimen de visitas de un menor de edad para que pudiera salir en una cofradía de la Semana Santa sevillana, lamenta "profundamente" que Serrano, "juez de familia por vocación, haya sido expulsado de la carrera judicial".
   En un escrito remitido a Europa Press, "y desde el respeto a la resolución" dictada por el Tribunal Supremo (TS) que condena al juez Serrano a diez años de inhabilitación por un delito de prevaricación dolosa, el personal del Juzgado ha querido trasladar "su apoyo y solidaridad" con el magistrado, a quien inicialmente el TSJA condenó a dos años de inhabilitación por un delito de prevaricación culposa.
   De este modo, el personal del Juzgado de Familia número 7 de Sevilla ha querido hacer constar que Francisco Serrano "ha sido un juez trabajador, honesto y preocupado siempre por los menores, manteniendo siempre mucha empatía con el personal del Juzgado y una verdadera vocación de servicio público".
   "Igualmente, queremos manifestar que lamentamos profundamente que Francisco Serrano, juez de Familia por vocación, haya sido expulsado de la carrera judicial", concluye el personal del Juzgado en el escrito remitido a Europa Press.

RECURSO ANTE EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

   Serrano, que ya anunció que recurrirá el fallo ante el Tribunal Constitucional (TC), señaló durante una rueda de prensa que "me han apartado de juez pero no de la Justicia", por lo que a partir de ahora ejercerá como abogado "especialmente dedicado a defender la igualdad y el interés superior del menor", pues "prefiero ser un abogado libre a un juez esclavo del miedo y de la presión política".
   Asimismo, dijo que "desde el punto de vista de gran parte de la sociedad, el interés y motivo que realmente subyace en este procedimiento, ante su absurdo, incoherencia y desproporción, ha sido desde el principio el de pretender expulsarme de la carrera judicial por ser un juez molesto al lobby de género", el cual "seguro que ha brindado con champán".
   A su juicio, "esas sospechas de la opinión pública" se remontan al 24 de diciembre de 2009, cuando, en rueda de prensa, "ese lobby ya anunció que pedirían al Consejo mi expulsión de la carrera judicial por mi parcialidad en el ejercicio profesional, y que estudiarían si presentaban una denuncia por prevaricación".

"MI VIDA HA SIDO UN INFIERNO"

   Dicha rueda de prensa "se convocó justo al día siguiente" de que la vocal del CGPJ y presidenta del Observatorio de Violencia de Género "hiciera unas declaraciones en las que advertía de las posibles responsabilidades en que podría haber incurrido por las críticas a la ideología de género y advirtiera de los efectos perversos que estaba produciendo la Ley de Violencia, incluso en contra de las mujeres maltratadas".
   "Desde entonces mi vida ha sido un infierno", dijo Serrano, ya que a la denuncia por prevaricación hay que sumar la apertura de seis expedientes disciplinarios, todos archivados. "Siempre he desempeñado mi trabajo con rectitud y en conciencia, llevando con gran esfuerzo el Juzgado al día y procurando defender y dar tutelas a los intereses de los más débiles, especialmente los niños", por lo que, tras la resolución "dictada por tres magistrados" del TS --puesto que los otros se han posicionado en contra a través de un voto particular-- , "siento pena y desilusión, pero no sólo por mí, sino por el Estado de Derecho y la propia Justicia".

"RUMORES, CHISMORREOS Y HABLADURÍAS"

   A su juicio, la "politización" de la Justicia y "el sometimiento a la dictadura de lo políticamente correcto ha truncado con las garantías de independencia e imparcialidad de los jueces", añadiendo que, con la sentencia que lo condena, "se ha dado una vuelta de tuerca contra el principio de presunción de inocencia, puesto que se ha limitado a dar por probado lo que afirmaba la madre denunciante en su querella". "Esos tres magistrados dan por cierto lo que, en otras ocasiones, se han considerado meras conjeturas, suposiciones, rumores, chismorreos y habladurías", criticó.
   "Es la primera vez en España en la que Supremo dicta una sentencia condenatoria por prevaricación con votos particulares que se pronuncian incuestionablemente por la absolución", afirmó, recordando además que otro magistrado del TSJA y tres de la Audiencia Provincial de Sevilla se pronunciaron en el mismo sentido y "dictaminaron la procedencia y legalidad de la actuación y decisión adoptada, afirmando que resultaba incuestionable la competencia del Juzgado de Familia y que razones de urgencia en interés del menor la justificaban incluso sin tener que oír al padre y la madre".

Fuente: http://www.europapress.es/andalucia/sevilla-00357/noticia-excompaneros-juez-serrano-lamentan-expulsion-carrera-magistrado-honesto-20120723150705.html

 

Sevilla

Compañeros del juez Serrano lamentan "la expulsión de un magistrado honesto"

El personal del Juzgado de Familia número 7 de Sevilla ha querido hacer constar que Francisco Serrano "ha sido un juez trabajador, honesto y preocupado siempre por los menores"

abcdesevilla 

Día 23/07/2012

El personal del Juzgado de Familia número 7 de Sevilla, donde ejerció de titular el magistrado Francisco Serrano hasta ser condenado por un delito de prevaricación por modificar el régimen de visitas de un menor de edad para que pudiera salir en una cofradía de la Semana Santa sevillana, lamenta "profundamente" que Serrano, "juez de familia por vocación, haya sido expulsado de la carrera judicial".
En un escrito remitido a Europa Press, "y desde el respeto a la resolución" dictada por el Tribunal Supremo (TS) que condena al juez Serrano a diez años de inhabilitación por un delito de prevaricación dolosa, el personal del Juzgado ha querido trasladar "su apoyo y solidaridad" con el magistrado, a quien inicialmente el TSJA condenó a dos años de inhabilitación por un delito de prevaricación culposa.
De este modo, el personal del Juzgado de Familia número 7 de Sevilla ha querido hacer constar que Francisco Serrano "ha sido un juez trabajador, honesto y preocupado siempre por los menores, manteniendo siempre mucha empatía con el personal del Juzgado y una verdadera vocación de servicio público". "Igualmente, queremos manifestar que lamentamos profundamente que Francisco Serrano, juez de Familia por vocación, haya sido expulsado de la carrera judicial", concluye el personal del Juzgado en el escrito remitido a Europa Press.

Recurso ante el Constitucional

Serrano, que ya anunció que recurrirá el fallo ante el Tribunal Constitucional (TC), señaló durante una rueda de prensa que "me han apartado de juez pero no de la Justicia", por lo que a partir de ahora ejercerá como abogado "especialmente dedicado a defender la igualdad y el interés superior del menor", pues "prefiero ser un abogado libre a un juez esclavo del miedo y de la presión política".
Asimismo, dijo que "desde el punto de vista de gran parte de la sociedad, el interés y motivo que realmente subyace en este procedimiento, ante su absurdo, incoherencia y desproporción, ha sido desde el principio el de pretender expulsarme de la carrera judicial por ser un juez molesto al lobby de género", el cual "seguro que ha brindado con champán".
A su juicio, "esas sospechas de la opinión pública" se remontan al 24 de diciembre de 2009, cuando, en rueda de prensa, "ese lobby ya anunció que pedirían al Consejo mi expulsión de la carrera judicial por mi parcialidad en el ejercicio profesional, y que estudiarían si presentaban una denuncia por prevaricación".

"Mi vida ha sido un infierno"

Dicha rueda de prensa "se convocó justo al día siguiente" de que la vocal del CGPJ y presidenta del Observatorio de Violencia de Género "hiciera unas declaraciones en las que advertía de las posibles responsabilidades en que podría haber incurrido por las críticas a la ideología de género y advirtiera de los efectos perversos que estaba produciendo la Ley de Violencia, incluso en contra de las mujeres maltratadas". "Desde entonces mi vida ha sido un infierno", dijo Serrano, ya que a la denuncia por prevaricación hay que sumar la apertura de seis expedientes disciplinarios, todos archivados.
"Siempre he desempeñado mi trabajo con rectitud y en conciencia, llevando con gran esfuerzo el Juzgado al día y procurando defender y dar tutelas a los intereses de los más débiles, especialmente los niños", por lo que, tras la resolución "dictada por tres magistrados" del TS -puesto que los otros se han posicionado en contra a través de un voto particular- , "siento pena y desilusión, pero no sólo por mí, sino por el Estado de Derecho y la propia Justicia".

"Rumores, chismorreos y habladurías"


Fuente:  http://www.abcdesevilla.es/20120723/sevilla/sevi-companeros-juez-serrano-lamentan-201207231600.html


Ex compañeros del juez Serrano le muestran su "apoyo y solidaridad"

 23 Julio 12 - - La Razón 
 
Sevilla

El personal del juzgado de Familia número 7 de Sevilla, donde ejerció de titular el magistrado Francisco Serrano hasta ser condenado por un delito de prevaricación por modificar el régimen de visitas de un menor de edad para que pudiera salir en una cofradía de la Semana Santa, lamenta "profundamente" que Serrano, "juez de familia por vocación, haya sido expulsado de la carrera judicial". En un escrito remitido a Europa Press, "y desde el respeto a la resolución" dictada por el Tribunal Supremo que condena al juez Serrano a diez años de inhabilitación por un delito de prevaricación dolosa, el personal del juzgado traslada "su apoyo y solidaridad" al magistrado.
En una entrevista publicada ayer en LA RAZÓN, el juez Serrano denunció que se siente víctima del "lobby de género" y que "hay muchas mujeres que denuncian a su marido para obtener ayudas y subvenciones".


jueves, 19 de julio de 2012

El juez Serrano solicita al Supremo que aclare si mantiene la petición del TSJA de indulto parcial para él


Publicado el 19/07/2012 por
Intereconomia tv. El Gato al Agua. Jueves, 19 julio de 2012 

Tras el Comunicado hecho público el 17 de julio por el Foro Judicial Independiente (pincha), criticando el rigor técnico de la sentencia del Tribunal Supremo (TS) al día siguiente de la rueda de prensa (16 de julio) en la que el juez Serrano señalaba al lobby de género como instigador de su condena (pincha), Serrano ha pedido hoy al TS que aclare si mantiene el acuerdo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) de solicitar al Gobierno su indulto parcial.
El TS no ha dicho esta boca es mía sobre ese asunto. Eso sí, al día siguiente de publicar su sentencia (en la que inaceptablemente reconstruye las argumentaciones "poco precisas", según palabras del propio TS, de la acusación -lo cual constituye una irregularidad muy grave-), y sin que nadie se lo pidiera, hizo pública una nota para difundir entre la opinión pública (mira tú por dónde pecan estos magistrados de aquello que acusan a Serrano) algunas consideraciones relativas al caso insistiendo en dar por probados hechos que no están probados. Llamo la atención además sobre que, aunque hubieran estado probados esos hechos (que no lo están), nunca justificarían la reconstrucción por parte del TS de la argumentación de la acusación, pues, como el Tribunal Constitucional (TC) ha establecido en sus sentencias: 

1. No le está permitido al Tribunal Supremo hacer en casación una reconstrucción de la argumentación de la parte acusadora contra el reo (lo deja bien claro el voto particular firmado por dos magistrados del TS en la sentencia -pincha-, que piden la absolución de Serrano y aportan sentencias del TC en este sentido). Y no le está permitido porque, al hacer esa reconstrucción argumental (en la que el TS sustituye unas premisas erróneas introducidas por la acusación por otras distintas), el Tribunal Supremo atenta contra el principio de contradicción que asiste a Serrano como acusado.

2. La hipotética verdad de los hechos relatados en una acusación no impediría que la argumentación de la acusación cayese en el "vicio de irrazonabilidad" puramente lógico (una argumentación en la que la conclusión no se sigue de las premisas con claridad, como se pretende, y que es, por tanto, una argumentación incorrecta). Teniendo en cuenta que la argumentación ("poco precisa", dicen los magistrados condenantes) de la parte acusadora fue corregida y reconstruida por parte del TS, el recurso de amparo del juez Serrano ante el TC tendría la vía expedita incluso en el caso de que los hechos que el TS considera probados lo estuvieran efectivamente (que no lo están, pues lo cierto es que a juicio del TSJA esos hechos no quedaron probados de ninguna manera).
  • STC 247/2006, de 24 de julio: “FJ5.- (...) Resulta pertinente igualmente recordar, respecto al vicio de irrazonabilidad susceptible de tutela a través del recurso de amparo, que, como este Tribunal ha afirmado repetidamente, «la validez de un razonamiento desde el plano puramente lógico es independiente de la verdad o falsedad de sus premisas y de su conclusión, pues, en lógica, la noción fundamental es la coherencia y no la verdad del hecho, al no ocuparse esta rama del pensamiento de verdades materiales, sino de las relaciones formales existentes entre ellas. Ahora bien, dado que es imposible construir el Derecho como un sistema lógico puro este Tribunal ha unido a la exigencia de coherencia formal del razonamiento la exigencia de que el mismo, desde la perspectiva jurídica, no pueda ser tachado de irrazonable. A tal efecto, es preciso señalar, como lo ha hecho este Tribunal, que no pueden considerarse razonadas ni motivadas aquellas resoluciones que, a primera vista y sin necesidad de mayor esfuerzo intelectual y argumental, se comprueban [sic] que parten de premisas inexistentes o patentemente erróneas o siguen un desarrollo argumental que incurre en quiebras lógicas de tal magnitud que las conclusiones alcanzadas no pueden basarse en ninguna de las razones aducidas» (SSTC 164/2002, de 17 de septiembre, FJ 4; 186/2002, de 14 de octubre, FJ 5; 224/2003, de 15 de diciembre, FJ 4; y 29/2005, de 14 de febrero, FJ 4).”
El juez Serrano tenía derecho a intervenir. Así lo ha dicho la Audiencia Provincial de Sevilla y lo dicen los magistrados discrepantes tanto en el TSJA como en el TS. Son mayoría… Seis contra cinco… También esos magistrados creen que la urgencia, siendo discutible, es razonable. No hay resolución manifiestamente injusta. Tampoco hay resolución injusta, sin más, “a sabiendas” (prevaricación dolosa), en tanto los hechos supuestamente “probados” que motivarían esa sentencia no han sido probados en realidad: al menos así lo piensan tanto los magistrados del TSJA (el discrepante con la sentencia del TSJA y, también, los dos que condenaron a Serrano allí por prevaricación culposa…) como los dos discrepantes con la condena del TS. Aquí la mayoría es de 5 contra 3…
Por otra parte, el TS ha cometido una grave irregularidad al “reconstruir” la argumentación de la acusación (“poco precisa”, según el propio TS), subsanando un error de la acusación en sus premisas. Así lo explican los magistrados discrepantes en su voto particular, recordando que el T. Constitucional ha establecido que tal cosa no puede hacerse porque vulnera el principio de contradicción que asiste a un reo en casación. Teniendo en cuenta, pues, que el TS ha tomado como premisas en unos casos hechos en realidad no probados y, en otros, ha sustituido las premisas de la acusación (erróneas) por otras, sin poder hacer tal cosa, el TC no tendrá más remedio que admitir el recurso de amparo del juez Serrano por “vicio de irrazonabilidad” de la sentencia y declarar esa desproporcionada (pincha) sentencia como “no razonada y no motivada”.


Asunto aparte será exigir responsabilidades a los magistrados que han dictado esa sentencia condenatoria. Algo que, por otra parte, también deberá hacerse tanto con la acusación (el abogado de la madre que acusó a Serrano ante el TSJA reconoce que contó con colaboración desde el CGPJ -pincha- para acceder a un "documento reservado"), que podría haber vulnerado de esa manera el artículo 418 del Código Penal, como con la fiscal Mª José Segarra, que decidió elevar la denuncia ante el TSJA pronunciándose favorablemente a la misma en 2010, sin abstenerse de hacer esto como era su deber según la ley (pincha), habida cuenta su enemistad manifiesta (pública y publicada) con Serrano desde, al menos, febrero de 2009 y reeditada en diciembre de 2009 y enero de 2010 (escasos meses antes de la denuncia de 2010 contra Serrano que ella decidió elevar ante el TSJA -pincha- con los resultados que nos ocupan ahora).
  • "La fiscal jefe de Sevilla, María José Segarra, ha elevado al caso al TSJA por considerar que Serrano pudo cometer una prevaricación al invadir las competencias de otro juzgado, pues el asunto debería haber sido visto por el juzgado de Violencia sobre la Mujer 4, como encargado del proceso de divorcio de los padres".  Diario de Sevilla, 17/05/2010

Para reducir la condena a seis meses de inhabilitación

El juez Serrano pide al TS que aclare si mantiene el acuerdo del TSJA de pedir al Gobierno su indulto parcial

SEVILLA, 18 Jul. (EUROPA PRESS) -

El juez de Familia de Sevilla Francisco Serrano, que ha sido condenado por el Tribunal Supremo (TS) a diez años de inhabilitación por un delito de prevaricación dolosa al modificar el régimen de visitas de un menor para que saliera en Semana Santa, ha solicitado al tribunal que "aclare" si mantiene el acuerdo adoptado por el TSJA de solicitar al Gobierno central que concediera al magistrado el indulto parcial y redujera la condena a seis meses de inhabilitación.
   Fuentes del caso han informado a Europa Press de que en un escrito elevado este mismo lunes a la Sala Segunda del Tribunal Supremo, el abogado del juez, Miguel García Diéguez, recuerda que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía --que condenó a Serrano a dos años de inhabilitación por prevaricación culposa-- también acordó pedir al Gobierno que concediera al magistrado el indulto parcial y redujera la condena a seis meses de inhabilitación.
   En este sentido, las mismas fuentes consultadas por Europa Press han señalado que la sentencia del Tribunal Supremo no hace alusión a dicho acuerdo adoptado por el Alto Tribunal andaluz, por lo que ello hace dudar a la defensa del juez Serrano sobre si se mantiene o no el acuerdo de pedir al Gobierno central el indulto parcial de Francisco Serrano, motivo por el que se pide al Supremo que aclare dicho extremo.
   De otro lado, el abogado del juez se ha referido al comunicado emitido por el Supremo para aclarar determinados aspectos de la sentencia hecha pública el día anterior, señalando que dicha nota de prensa "constituye una insólita actuación, pues se pretende a través de ella aclarar los términos de una sentencia al margen de cualquier marco procesal y sin que ninguna de las partes legitimadas para interesar dicha aclaración lo hayan solicitado a través del marco procedimental previsto para dicho pronunciamiento judicial, que aparece expresamente regulado" en la Ley de Enjuiciamiento Criminal y en la Ley Orgánica del Poder Judicial.
   De igual modo, el letrado ha señalado en un comunicado remitido a Europa Press que la mencionada nota de prensa "supone un agravio a la situación del magistrado condenado, quien ya ha sido objeto del correspondiente pronunciamiento judicial en la sentencia, único medio a través del cual deben hablar los tribunales de Justicia, y que ha tenido su debida publicidad, siendo accesible a todos los ciudadanos a los que precisamente va dirigida la nota de prensa".

"DOBLE CONDENA"

   Así, el juez "ha sufrido una doble condena, en sentencia judicial y ahora además, en la opinión pública, a la que se da una opinión al margen del contenido de la sentencia, desconociendo esta parte si dicho comunicado ha sido emitido por la totalidad de los magistrados que componían la sala sentenciadora o sólo contiene la opinión de algunos de ellos".
   De igual modo, añade, la nota de prensa incluye una serie de "inexactitudes no contenidas como hechos probados en la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía", pues según el Supremo "el magistrado habla con Fiscalía, en una conversación informal, y plasma esa conversación como si se tratara de un informe del Ministerio Fiscal, para lo cual él redacta una diligencia de constancia, usurpando funciones del secretario judicial".
   "No es cierto que el juez redactara ninguna diligencia de constancia, sino que ordena que se extienda, y mucho menos cierto que usurpara la función de la secretaria", asevera el letrado, añadiendo que, con lo anterior, "se está imputando un nuevo delito sin ningún tipo de constancia probatoria, el de usurpación de funciones".

RECURSO AL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

   Serrano, que ya anunció este lunes que recurrirá el fallo ante el Tribunal Constitucional (TC), señaló durante una rueda de prensa celebrada este lunes que "me han apartado de juez pero no de la Justicia", por lo que a partir de ahora ejercerá como abogado "especialmente dedicado a defender la igualdad y el interés superior del menor", pues "prefiero ser un abogado libre a un juez esclavo del miedo y de la presión política".
   Asimismo, dijo que "desde el punto de vista de gran parte de la sociedad, el interés y motivo que realmente subyace en este procedimiento, ante su absurdo, incoherencia y desproporción, ha sido desde el principio el de pretender expulsarme de la carrera judicial por ser un juez molesto al lobby de género", el cual "seguro que ha brindado con champán".
   A su juicio, "esas sospechas de la opinión pública" se remontan al 24 de diciembre de 2009, cuando, en rueda de prensa, "ese lobby ya anunció que pedirían al Consejo mi expulsión de la carrera judicial por mi parcialidad en el ejercicio profesional, y que estudiarían si presentaban una denuncia por prevaricación".
   Dicha rueda de prensa "se convocó justo al día siguiente" de que la vocal del CGPJ y presidenta del Observatorio de Violencia de Género "hiciera unas declaraciones en las que advertía de las posibles responsabilidades en que podría haber incurrido por las críticas a la ideología de género y advirtiera de los efectos perversos que estaba produciendo la Ley de Violencia, incluso en contra de las mujeres maltratadas".

viernes, 15 de junio de 2012

El Supremo prorroga 30 días su sentencia en la causa contra Serrano

Juez de Familia Francisco Serrano Castro
Tras la vista del día 30 de mayo en el Tribunal Supremo, quince días después aún no hay sentencia. Más aún, el Supremo acaba de prorrogar 30 días el plazo de la sentencia (si bien no es preciso que el TS agote dicho período de tiempo) por la "complejidad" de la causa, dicen...
Mientras tanto, el abogado de la acusación contra Serrano (asesorado para la misma desde el CGPJ -pincha-) tiene pendiente un juicio contra él por presunto maltrato habitual a su exmujer. Ese juicio sigue sin fecha de celebración tras ser aplazada la fecha prevista que lo señalaba para enero de este año (pincha)... Otro asunto complejo, parece ser. Estaremos muy atentos en ambos casos...




Tribunales

Supremo prorroga 30 días el plazo de la sentencia del juez Serrano por la "complejidad" de la causa

SEVILLA, 15 Jun. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Supremo (TS) ha decidido prorrogar 30 días hábiles el plazo para dictar sentencia en el caso del juez de Familia de Sevilla Francisco Serrano, que fue condenado por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) a dos años de inhabilitación por un delito de prevaricación culposa tras modificar el turno de custodia de un niño de 11 años de edad para garantizar su salida como paje en una cofradía de la 'Madrugá' sevillana.
   En un auto notificado a las partes este viernes, al que ha tenido acceso Europa Press, la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo decide prorrogar 30 días hábiles el plazo para resolver los recursos de casación contra el fallo del TSJA y dictar sentencia en el caso del juez Francisco Serrano, todo ello "dada la complejidad de la causa" y "de conformidad con lo dispuesto en el artículo 899 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal".
   El pasado día 30 de mayo, el Supremo celebró una vista pública en la que revisó los recursos tanto del magistrado como de la madre afectada contra la sentencia del Alto Tribunal andaluz, que condenó también a Serrano al pago de las costas y a una indemnizar a la madre del menor de 4.000 euros, mientras que lo absolvió del delito de prevaricación dolosa, todo ello en una sentencia en la que la Sala acordó solicitar al Gobierno que conceda al magistrado el indulto parcial y reduzca la condena a seis meses de inhabilitación.
   En dicha vista, el fiscal Luis Navajas pidió a la Sala que confirme la sentencia, ya que, a su juicio, Serrano omitió trámites procesales y testimonios, actuó con "absoluto olvido y desprecio de la norma jurídica" y "prejuzgó a personas sin escucharlas", en referencia a la madre del menor.
   Así, señaló que el juez podía haber citado a la madre del menor para escucharla porque "a ella le correspondía la decisión de decir sí o no a que el niño saliera en la procesión" pero, sin embargo, no lo hizo. Además, manifestó que el juez mostró una "falta de interés por penetrar en el núcleo del problema".
   El representante del Ministerio Fiscal mantuvo que Serrano, que estuvo presente en la vista, no cometió una prevaricación dolosa, porque no burló "intencionalmente" las normas, pero sí "culposa" (negligente, no intencionada), ya que "desatendió e incumplió las normas procesales que conocía perfectamente".
   Lamentó, además, que su actuación fuera "innecesariamente precipitada" ya que autorizó la "modificación" del turno de custodia "tres o cuatro días antes de la procesión". "Esa ausencia de sosiego es en la que hay imprudencia grave", dijo.
   Además, el fiscal reflexionó sobre cómo una cuestión tan aparentemente "trivial" como es el deseo de un menor de acudir a una procesión "se salió de madre de esta manera" y lo que "se tenía que haber ventilado en el ámbito familiar o en el juzgado de violencia sobre la mujer de Sevilla" acabara de este modo. "Solo cabe la explicación de que cuando las relaciones (entre los cónjuges) se encrespan de tal manera, se usa a los hijos para perjudicar al otro", lamentó.

PRÓRROGA DE HORAS

   Por su parte, la defensa de Serrano pidió la libre absolución del juez al considerar que éste sufrió indefensión durante el juicio en el TSJA ya que fue acusado de delito de prevaricación dolosa, que luego fue modificado a culposa.
   La defensa subrayó que el juez sevillano no modificó el turno de custodia a favor del padre sino que "prorrogó" la estancia con éste "unas horas" y consideró que no está probado que Serrano dictara una resolución injusta o sin trámite procesal. Además, defendió que la participación en la procesión tenía "verdadera importancia para el menor" y no era "un simple deseo infantil".
   Por otra parte, censuró la actitud "obsesiva" de la madre, como a su juicio demuestra que llegara a pedir una orden de alejamiento del niño para el propio juez Serrano, algo que no fue admitido, y una cierta predilección por los pleitos y los asuntos judiciales.

ACTUÓ "A SABIENDAS"

   Por su lado, el abogado de la madre del niño consideró que Serrano actuó "a sabiendas" de que lo hacía incorrectamente e inducido por el abogado del padre del menor, con quien, según sus palabras, tenía una estrecha relación personal y profesional. "Un abogado no puede elegir un juez y un juez no puede elegir la causa y aquí se eligió la causa", señaló.
   Además, en una intervención plagada de referencias a la doctrina católica y al santoral, censuró que la madre haya sido "tachada de no religiosa", lo que, a su juicio, está "lejos de la realidad". Así, dijo que "la madre es una ciudadana normal que se siente señalada como si fuera la que violentara la libertad religiosa y como si no tuviera sentimientos religiosos".
   El abogado intentó demostrar el sufrimiento de la madre al "no saber el paradero (del niño) durante horas" y recordó que el menor no iba a procesionar en una cofradía "más" sino en la del Silencio, que en aquel momento "impedía acercarse a las mujeres". "Es decir, que el niño estaba en un ambiente de bullicio y el padre ni es cofrade de esa cofradía ni iba a salir en procesión", sentenció.
Fuente: http://www.europapress.es/andalucia/sevilla-00357/noticia-supremo-prorroga-30-dias-plazo-sentencia-juez-serrano-complejidad-causa-20120615191900.html



JUSTICIA | Sobre la inhabilitación de dos años por cambiar un régimen de visitas

El Supremo amplía el plazo para dictar sentencia sobre el juez Serrano

La sala de lo Penal argumenta 'la complejidad de la causa'

Efe | Sevilla
Actualizado viernes 15/06/2012
El Tribunal Supremo (TS) ha prolongado treinta días su plazo para dictar sentencia sobre la inhabilitación de dos años impuesta al juez de Familia sevillano Francisco Serrano por cambiar el régimen de visitas de un niño.
Fuentes del caso han informado de que la sala de lo Penal del Supremo, en una providencia notificada a las partes, ha decidido prolongar treinta días a partir de este viernes su plazo de resolución "dada la complejidad de la causa".
La vista de los recursos de casación tuvo lugar el pasado 30 de mayo y la ley establece un plazo legal de diez días naturales para dictar sentencia, han precisado las citadas fuentes.
Durante la vista, la Fiscalía del Supremo pidió que se confirmase la condena de dos años de inhabilitación como juez impuesta a Serrano por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) y la acusación particular que ejerció la madre afectada solicitó veinte años de inhabilitación.
El juez fue condenado por prevaricación culposa al cambiar el régimen de visitas de un niño de doce años con objeto de que pudiese salir en una procesión de la Semana Santa de Sevilla en 2010, dada la supuesta oposición de la madre.
El TSJA consideró que el magistrado actuó de manera "imprudente" al omitir varios trámites procesales, si bien fue absuelto de prevaricación dolosa pues no buscó lesionar ningún derecho "a sabiendas"
Las citadas fuentes han precisado que el nuevo plazo de 30 días naturales comienza a contar ahora, si bien no es preciso que el TS agote dicho lapso.
 Fuente: http://www.elmundo.es/elmundo/2012/06/15/andalucia_sevilla/1339783112.html

miércoles, 30 de mayo de 2012

El Tribunal Supremo ha revisado hoy la sentencia del TSJA contra el juez Serrano

Juez de Familia Francisco Serrano Castro

Como estaba previsto, el Tribunal Supremo ha revisado hoy miércoles (30 de mayo) en vista pública la condena por prevaricación "culposa" que el TSJA sentenció contra el juez Serrano.
El pasado día 27 de mayo Europa Press publicaba que la vista tendría lugar el 29 de mayo (pincha), contra lo publicado quince días antes por todos los medios, incluida la agencia Europa Press, y lo difundido el 26 de mayo por el resto de la prensa, es decir, que la fecha de la revisión de la sentencia en el Supremo sería el 30 de mayo, como así ha sido. Hoy, 30 de mayo, Europa Press se hace eco de la vista y no hace mención alguna a su metedura de pata... Sin comentarios...
Por su parte, el juez Serrano hizo público un comunicado el 24 de mayo (difundido en la edición impresa del diario ABC el 26 de mayo -pincha-), en el que pedía que no se hicieran manifestaciones ruidosas durante la vista y se respetase la independencia del Tribunal en la sesión de hoy. A lo mejor, sólo a lo mejor, la actitud negligente, contradictoria e infantil de Europa Press en la forma de transmitir la información relativa a la fecha de la vista guarda relación con el nerviosismo de algunos en torno a este caso, del que en los próximos días tendremos un desenlace definitivo.


En la vista de hoy (pincha), el fiscal del Supremo, Luis Navajas,  ha sostenido una posición contraria a la de la fiscalía del TSJA (¿esquizofrenia en la fiscalía?), que pidió ante el TSJA la absolución de Serrano por entender que, si bien podría vislumbrarse cierta negligencia, en ningún caso se trata de una resolución manifiestamente injusta. Esta elemental condición para poder hablar de "prevaricación", siquiera sea "culposa" (no intencionada), parece que el fiscal del Supremo se la pasa por el forro de sus caprichos. Y allí donde el fiscal cree que Serrano "podría" haber hecho esto o lo otro y no lo hizo, concluye que hay ya, por ello, una prevaricación... Claro que para forzar esa acusación se ve en la obligación de MENTIR, porque es falso que Serrano "modificara" el turno de visitas "cuatro días antes de la procesión". Serrano dicta su auto de ampliación del turno de visitas el martes 30 de marzo de 2010, y es un auto de medidas urgentes, pues el niño (11 años) estaría con su madre desde el mismo miércoles, al día siguiente, y la procesión tiene lugar la madrugada del jueves al viernes, sin garantías de que el menor pueda participar en ella como es su deseo y la sentencia de divorcio establece que ha de respetarse.
Por lo demás, la apreciación del fiscal acerca del carácter "trivial" del deseo del menor de procesionar en la madrugá sevillana ya raya en lo caprichoso (algunos se creen el ombligo del mundo, desde el que dictan lo que tiene importancia y lo que no la tiene)... ¿Acaso ignora este fiscal que el convenio de divorcio establecía que "ambos cónyuges acuerdan respetar el deseo del menor de procesionar"? ¿Significa esa cláusula que para ambos cónyuges es "trivial" ese deseo del menor o, más bien, significa exactamente lo contrario, señor Navajas?
Eso sí, al fiscal Navajas parece que no le preocupa cumplir con su obligación (velar por el respeto a la ley) en este caso, pues la sentencia del TSJA se salta la ley al condenar a Serrano por un delito distinto al que le llevó ante el TSJA. La acusación era por prevaricación dolosa (de lo que fue absuelto) y la condena fue por prevaricación "culposa" (no intencionada). Pero no hay prevaricación dolosa ni culposa, señor Navajas, pues, como dejó claro la fiscalía del TSJA, no hay resolución manifiestamente injusta. Y no la hay sencillamente porque no es evidente que sea injusta, por más que a usted le cueste entenderlo, que ya me doy cuenta de por dónde van sus "triviales" (evidentes) intereses...

Luis Navajas. Fiscal del Tribunal Supremo


Tribunales

El Supremo revisa este miércoles en vista pública la condena por prevaricación del juez Serrano

Fue inhabilitado dos años por modificar el turno de custodia de un niño para garantizar su salida como paje en una cofradía de la 'Madrugá'

   MADRID, 30 May. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Supremo revisará este miércoles, 30 de mayo, la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que el pasado mes de octubre condenó a dos años de inhabilitación al juez de familia de Sevilla Francisco Serrano por un delito de prevaricación culposa tras modificar el turno de custodia de un niño de once años para garantizar su salida como paje en una cofradía de la 'Madrugá'.
   Se da la circunstancia de que el fiscal del Tribunal Supremo Luis Navajas, al que ha correspondido este caso en el Supremo, desistió en su día del recurso anunciado inicialmente por la Fiscalía andaluza para solicitar la absolución del magistrado en consonancia con su postura durante el juicio, al término del cual retiró los cargos.
   La Sala que revisará este caso estará integrada por el presidente de lo penal del Supremo, Juan Saavedra, y los magistrados Perfecto Andrés Ibáñez, Francisco Monterde, Antonio del Moral y Andrés Martínez Arrieta, que será el ponente de la resolución, han informado fuentes del alto tribunal.
   La condena dictada en su día por la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía condenó también a Serrano al pago de las costas y a una indemnizar a la madre del menor de 4.000 euros, mientras que lo ha absolvió de prevaricación dolosa, todo ello en una sentencia en la que la Sala acuerda solicitar al Gobierno que conceda al magistrado el indulto parcial y reduzca la condena a seis meses de inhabilitación.
   Durante el juicio, la Fiscalía modificó sus conclusiones provisionales y pasó de pedir diez años de inhabilitación a solicitar la libre absolución del magistrado, mientras que la acusación particular ejercida por la madre del pequeño elevó a definitiva su petición para el magistrado de 20 años de inhabilitación y 14.400 euros de multa, así como el pago de una indemnización de 60.000 euros a la madre; de 100.000 euros al menor, y de 12.000 euros al otro hijo menor de la querellante. De su lado, el abogado del juez pidió la libre absolución de su patrocinado.
   Según la sentencia del TSJA, el juez Serrano "dictó y firmó un auto resolviendo la medida cautelar solicitada sin trámite procesal alguno, sin dar traslado ni pedir informe al Ministerio Fiscal, sin oír previamente, y pese a conocer sus domicilios, a ninguno de los progenitores del menor, ni al padre ni a la madre, a quien se atribuía una actitud reticente u obstativa al cumplimiento de lo acordado" por el Juzgado de Violencia sobre la Mujer, que estableció que los padres "respetarán el deseo de los hijos de tomar parte en las estaciones de penitencia de las hermandades a que pertenecen".
   El TSJA argumentaba que el objeto de enjuiciamiento "no es valorar en abstracto la decisión de autorizar a un menor salir en la procesión de la Hermandad del Silencio, ni tampoco si esa decisión estaba amparada por el artículo 158.3 del Código Civil", que son, según añadía "los únicos aspectos sobre los que se ha centrado machaconamente la prensa y también, por cierto, los únicos valorados por la Audiencia Provincial de Sevilla a la hora de resolver el recurso de apelación que les fue planteado".

Fuente: http://www.europapress.es/andalucia/sevilla-00357/noticia-supremo-revisa-miercoles-vista-publica-condena-prevaricacion-juez-serrano-20120530055138.html 


Modificó el turno de custodia de un niño para que asistiera a una procesión

La Fiscalía pide al Tribunal Supremo que mantenga la condena al juez Serrano

Modificó el turno de custodia de un niño para que asistiera a una procesión

   MADRID, 30 May. (EUROPA PRESS) -

La Fiscalía ha pedido a la Sala Segunda del Tribunal Supremo que confirme la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que condenó al juez de familia Francisco Serrano a dos años de inhabilitación por un delito de prevaricación culposa al modificar la custodia de un niño para que pudiera salir en una cofradía de la 'Madrugá' sevillana, en 2010.
   En la vista pública celebrada este miércoles en el Supremo, el fiscal Luis Navajas ha considerado que Serrano omitió trámites procesales y testimonios, que actuó con "absoluto olvido y desprecio de la norma jurídica" y que "prejuzgó a personas sin escucharlas", en referencia a la madre del menor.
   Así, ha señalado que el juez podía haber citado a la madre del menor para escucharla porque "a ella le correspondía la decisión de decir sí o no a que el niño saliera en la procesión" pero, sin embargo, no lo hizo. Además, ha mantenido que el juez, mostró una "falta de interés por penetrar en el núcleo del problema".
   El representante del Ministerio Fiscal mantiene que Serrano, que ha estado presente en la vista, no cometió una prevaricación dolosa, porque no burló "intencionalmente" las normas pero sí "culposa" (negligente, no intencionada) ya que "desatendió e incumplió las normas procesales que conocía perfectamente".
   Lamenta, además, que su actuación fuera "innecesariamente precipitada" ya que autorizó la "modificación" del turno de custodia "tres o cuatro días antes de la procesión". "Esa ausencia de sosiego es en la que hay imprudencia grave", ha dicho.
   Además, el fiscal ha reflexionado sobre cómo una cuestión tan aparentemente "trivial" como es el deseo de un menor de acudir a una procesión "se salió de madre de esta manera" y lo que "se tenía que haber ventilado en el ámbito familiar o en el juzgado de violencia sobre la mujer de Sevilla" acabara de este modo. "Solo cabe la explicación de que cuando las relaciones (entre los cónjuges) se encrespan de tal manera, se usa a los hijos para perjudicar al otro", ha lamentado.

PRÓRROGA DE HORAS

   Por su parte, la defensa de Serrano, pidió la libre absolución del juez al considerar que éste sufrió indefensión durante el juicio en el TSJA ya que fue acusado de delito de prevaricación dolosa y luego modificado a culposa. Así,ha explicado que si hubiera cometido un delito culposo, la sentencia del tribunal sevillano sería "injusta", pero si el delito fuera culposo, sería, además, "ilegal y grosera".
   La defensa ha subrayado que el juez sevillano no modificó el turno de custodia a favor del padre sino que "prorrogó" la estancia con éste "unas horas" y ha considerado que no está probado que Serrano dictara una resolución injusta o sin trámite procesal y, además, ha defendido que la participación en la procesión tenía "verdadera importancia para el menor" y no era "un simple deseo infantil".
   Por otra parte, ha censurado la actitud "obsesiva" de la madre, como a su juicio demuestra que llegara a pedir una orden de alejamiento del niño para el propio juez Serrano, algo que no fue admitido, y una cierta predilección por los pleitos y los asuntos judiciales.
   Por su lado, el abogado de la madre del niño ha pedido la confirmación de la sentencia al considerar que Serrano actuó "a sabiendas" de que lo hacía incorrectamente e inducido por el abogado del padre del menor, Joaquín Moeckel, y con quien, según sus palabras, tenía una estrecha relación personal y profesional. "Un abogado no puede elegir un juez y un juez no puede elegir la causa y aquí se eligió la causa", ha señalado.
   Además, en una intervención plagada de referencias a la doctrina católica y al santoral, ha censurado que la madre haya sido "tachada de no religiosa", lo que, según ha dicho, está "lejos de la realidad". Así, ha dicho que "la madre es una ciudadana normal que se siente señalada como si fuera la que violentara la libertad religiosa y como si no tuviera sentimientos religiosos".
   El abogado ha intentado demostrar el sufrimiento de la madre al "no saber el paradero (del niño) durante horas" y ha recordado que el menor no iba a procesionar en una cofradía "más" sino en la del Silencio, que en aquel momento "impedía acercarse a las mujeres". "Es decir que el niño estaba en un ambiente de bullicio y el padre ni es cofrade de esa cofradía ni iba a salir en procesión", ha concluido.

Fuente: http://www.europapress.es/andalucia/sevilla-00357/noticia-fiscalia-pide-tribunal-supremo-mantenga-condena-juez-serrano-20120530133620.html

 

El Ministerio Público pide la confirmación de la condena al juez Francisco Serrano

El fiscal pide al TS que confirme la inhabilitación de dos años al juez que modificó el turno de custodia de un menor para que pudiera salir en procesión

PEDRO JIMÉNEZ   30-05-2012 CADENA SER
La sala de lo penal del Tribunal Supremo ha acogido la vista pública del recurso de casación presentado por el juez Francisco Serrano que fue condenado por el Tribunal de Justicia de Andalucía a dos años de inhabilitación por un delito de prevaricación culposa. La intervención del letrado de la madre del pequeño ha estado plagada de referencias al cristianismo, después de que durante la vista se cuestionaran las convicciones religiosas de su cliente.
El Ministerio Público ha pedido al Tribunal Supremo que confirme la condena de dos años de inhabilitación que el Tribunal de Justicia de Andalucía impuso al juez de familia, Francisco Serrano. Serrano modificó el turno de custodia en favor del padre de un menor para que el pequeño pudiera salir en una cofradía de la Madrugá sevillana.
El fiscal ha subrayado durante la vista que el magistrado omitió trámites procesales y testimonios, prejuzgó a personas sin escucharlas y formuló una conclusión negativa. La defensa ha pedido la libre absolución de su patrocinado porque no modificó el turno de custodia, sino que lo amplió.
La intervención del abogado de la madre del niño, que también ha pedido que se confirme la sentencia de instancia, ha estado plagada de referencias al Santo Oral, después de que durante la vista se cuestionaran las convicciones religiosas de su defendida. El letrado ha dejado, además, una frase para la posteridad: "cuando uno se desvincula de Pedro está en fuera de juego". 

Fuente: http://www.cadenaser.com/espana/articulo/ministerio-publico-pide-confirmacion-condena-juez-francisco-serrano/csrcsrpor/20120530csrcsrnac_4/Tes
 




TRIBUNALES | Vista pública en el Supremo

El fiscal del TS dice que el juez Serrano incurrió en un 'absoluto desprecio del Derecho

  • Pide la confirmación de la condena a dos años de inhabilitación
  • Serrano alteró el régimen de visitas de un menor para que saliera en procesión
  • Luis Navajas cree que 'hizo una desafortunada aplicación del Derecho'
  • El fiscal critica la dilapidación de esfuerzos judiciales por este caso
María Peral | Madrid EL MUNDO
Actualizado miércoles 30/05/2012

El fiscal de Sala del Tribunal Supremo (TS), Luis Navajas, ha pedido al Alto Tribunal que confirme la condena a dos años de inhabilitación para cargo público impuesta en octubre pasado por el Tribunal Superior de Andalucía (TSJA) al juez de familia de Sevilla Francisco Serrano por un delito de prevaricación culposa (no intencionada).
El TSJA propuso en la propia sentencia un indulto parcial para que se reduzca la pena a seis meses de inhabilitación, lo que permitiría que Serrano no perdiera su condición de miembro de la carrera judicial.
Serrano alteró el régimen de visitas que había establecido el juez competente en un proceso de divorcio para que uno de los dos hijos de la pareja pudiera participar en una procesión de Semana Santa el viernes 2 de abril de 2010. Lo hizo tras entrevistarse con los abogados del padre y sin oír ni al fiscal ni a la madre del menor, a la que el progenitor hubiera debido devolver al pequeño el miércoles anterior.
Serrano "no cometió un delito doloso, pero sí hizo una desafortunada aplicación del derecho con un absoluto olvido y desprecio de las normas jurídicas", dijo el fiscal, que subrayó que "correspondía a la madre la decisión sobre la asistencia del menor a la procesión y, sin escucharla, emitió una resolución injusta por perjudicar los derechos [de guarda y custodia] que ella tenía".

El fiscal critica el 'uso' de los hijos por los padres

Navajas se sorprendió de que "un asunto tan trivial" como la asistencia a una procesión, que a su juicio "no merecía una dilapidación de esfuerzos [de la administración de justicia] tan importante", hubiera llegado hasta el Supremo con una condena penal a un juez. El fiscal dijo que "el culpable" es el propio Serrano y el "encrespamiento" de las relaciones entre los padres "hasta llegar al odio personal y a la utilización de los hijos como ariete contra la otra parte".
También dijo que la actuación de la Fiscalía del TSJA, que comenzó pidiendo una pena de 10 años de inhabilitación por prevaricación dolosa (intencionada) y acabó pidiendo absolución del magistrado, "me ha despistado". Pero, en todo caso, solicitó al Supremo que desestime tanto el recurso de la acusación particular que ejerce la madre, en el que se reclama el agravamiento de la pena, como la impugnación de la defensa, que insta la revocación de la condena.
El defensor de Serrano subrayó que la Audiencia de Sevilla avaló las resoluciones del magistrado -que asistió en estrados y con toga a la vista de casación- y se preguntó "¿qué hubiera pasado si el niño hubiera incurrido en autolisis por participar en un acto que era verdaderamente importante para él? ¿qué responsabilidad habría tenido entonces el juez?".


Sevilla

El fiscal pide al TS confirmar la inhabilitación al juez Serrano

Tras la vista de ayer, la sentencia del Alto Tribunal se conocerá dentro de unos días

Día 31/05/2012
Ayer quedó visto para sentencia tras una vista oral que duró hora y media el recurso interpuesto ante el Tribunal Supremo (TS) contra la resolución del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que condenó a dos años de inhabilitación al juez de Familia Francisco Serrano por cambiar el régimen de visitas de un niño para que pudiera salir en una procesión de la Madrugá sevillana.
El fiscal pidió al Supremo que confirme la condena de dos años de inhabilitación al juez —desde agosto la está cumpliendo— al considerar que actuó de manera «imprudente, negligente y precipitada» al cambiar el régimen de visitas del menor.
En la vista celebrada ayer en la sala de lo penal del TS para deliberar sobre los recursos interpuestos contra la sentencia que condenó a Serrano, el fiscal Luis Navajas solicitó al Alto Tribunal que desestime todos los motivos defendidos por los recurrentes y confirme la resolución dictada por el TSJA en 2011.
El juez Serrano acordó el 30 de marzo de 2010 cambiar el régimen de visitas de un niño de 12 años, con lo que, según el TSJA, actuó de forma imprudente y con «un completo desinterés por el conocimiento exacto de la real dimensión del conflicto» que existía entre los padres divorciados del menor, lo que determinó la «vulneración» de las normas «esenciales» del procedimiento.
Coincidiendo con estos argumentos, el fiscal alegó ayer que «el juez Serrano omitió trámites procesales y testimonios, prejuzgó a personas sin escucharlas y formuló una conclusión negativa», aunque admitió que «se debe descartar la versión dolosa del delito ya que no hubo intención ni burla». Navajas rechazó los argumentos de la acusación particular, ejercida por la madre del menor, entendiendo que son «puramente retóricos». Además ha confesado su «sorpresa» al comprobar como una decisión «tan trivial», que tenía que haber sido solucionada en el ámbito familiar, «se ha salido de madre» y ha llegado hasta el Supremo causando una dilapidación de medios jurídicos.
Por su parte, la acusación particular ha criticado que hasta en cinco ocasiones la madre pidiera declarar negando el juez su petición. Para el abogado de la madre, los efectos de la decisión de Serrano son claros: «un niño llorando, una abuela consternada», una madre que ha visto cuestionada su religiosidad y un «letrado insultado».
Sin embargo, la defensa del juez Serrano ha pedido que se rechacen todos los motivos de la madre, quien durante el juicio solicitó para el magistrado 20 años de inhabilitación, el pago de una multa de 14.400 euros y una indemnización de 60.000 euros para ella misma por los daños morales y físicos sufridos, 100.000 euros para su hijo y 12.000 para otro hijo menor. Según el abogado de Serrano, Miguel Ángel García Diéguez, que ha pedido su absolución, la madre actuó de manera «querulante y obsesiva».
«Confío —terminó García Diéguez— en que el Supremo estimará nuestro recurso puesto que ya se ha pronunciado en otros casos similares con jurisprudencia que ampara nuestra tesis».