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domingo, 3 de mayo de 2015

Un padre vence a los apáticos simpatizantes del sistema tras ser "triturado" más de una década

Francisco Fontcubierta

"Nadie vino a preguntarme: 'Oye, ¿esto es cierto?"

Francisco Fontcubierta quiere contar su historia. Fue absuelto de una acusación de abusos a su hija y ahora tiene la custodia compartida
 
D. C. Algeciras | Actualizado 03.05.2015

Francisco Fontcubierta señala que quiere contar lo ocurrido. Asegura que padeció un "vía crucis" tras ser imputado por abusos a su hija, acusación de la que fue absuelto, y, tras obtener la custodia compartida, desea exponer su historia. Lamenta que nadie quiso escucharlo nunca.

"La historia es universal, si bien tiene ciertos ribetes de anormalidad, aunque en estos tiempos no tanto. La de un padre que lucha por su hija, con una conciencia muy aguda de los vínculos existentes y con un ánimo de conquistar ese espacio enormemente".

"Esto parte de una separación de una convivencia muy breve. Hay una sentencia en 2002 en la que se establece el régimen que iba a imperar durante el tiempo que estuviese la niña en la guardería. Yo veía a mi hija 3 días en semana y los fines de semana. La madre me pide que renuncie a los tres días para verla solamente un fin de semana alterno. Yo digo que no renuncio y a partir de ahí se inicia una tensión soterrada en principio que se va incrementando hasta acabar en la acusación por abusos sexuales", indica Fontcubierta, que añade que la acusación fue cursada a través del Servicio de Asistencia a Víctimas en Andalucía (SAVA), censurando y criticando cómo se hizo y que por ello reclamó ante diversas instancias e instituciones.

"Solo entrevistan a mi hija y a la madre y a mí me ignoran, a pesar de que yo curso petición para que puedan valorar el perfil que yo presento".

"El juzgado aplica medidas cautelares y estoy un año sin ver a mi hija. Se produce el juicio, salgo absuelto en la sentencia posterior y recupero los derechos de visita. Pero eso se vuelve a trastocar cuando hay otra acusación por malos tratos. Paso por calabozos. Inmediatamente después se aclara la situación".

"Como todo esto es una maquinaria, esta maquinaria se pone en marcha y ya no hay más apelación. En ese ínterin, hasta que yo llego al juicio, acudo a todas las instituciones que puedo acudir, el Defensor del Pueblo, Junta de Andalucía, Consejería de Justicia, Dirección General de la Policía, Consejo General del Poder Judicial, haciendo referencia a lo que yo considero abusos, pero la maquinaria institucional tiene otra manera de enfocarlo".

"No hay ningún tipo de apoyo institucional y acudo finalmente a una psicóloga que trabaja en Valencia, del Instituto Sobre la Violencia, que tiene un equipo puntero que ha definido los protocolos que hay que seguir", continúa Fontcubierta, que expone que este apoyo le ayuda a rechazar un informe de una trabajadora social emitido en el curso de la instrucción judicial y cuya validez puso en duda.

Estos hechos acontecen entre 2004 y 2006.

"En la actualidad hay un convenio de mutuo acuerdo en el cual se regula el régimen de estancia y convivencia con nuestra hija que consiste en una semana con uno y otra semana con otro. Los gastos cada uno los soporta en esa semana y los extraordinarios a medias. Algo tan sencillo como esto me ha costado casi 13 años alcanzarlo. Mi hija, con su crecimiento y edad, ha colaborado que las cosas vayan a su sitio, reivindicando que tiene derecho a su padre".

"Tengo ahora regularizadas y normalizadas las relaciones con mi hija, pero eso a base de un sufrimiento mayúsculo, nauseabundo, que no tiene ningún sentido desde el convenio que ahora regula las relaciones entre mi hija y yo. Como yo he tenido que sufrir escarnio público y social ahora quiero públicamente presentar mi testimonio a la sociedad. Es mi manera de reivindicar que yo he tenido un comportamiento honesto, que he sido un padre ejemplar y que finalmente he alcanzado lo que yo venía pretendiendo, que era tener una convivencia normalizada y equilibrada con mi hija".

"Yo salgo hoy y doy la cara y eso supone para mí someterme de nuevo al escrutinio social, cosa que no me preocupa ni me asusta".

"Me vi afectado en todos los órdenes, a nivel de amistades, a nivel familiar, laboral, de todo, porque la gente te mira y lo primero que se plantea no es si tú eres inocente o no, sino este tío qué habrá hecho".

"El sistema actúa como una picadora de carne. Yo percibí una total falta de interés por el testimonio que yo podía prestar. Hubo un desamparo absoluto", abunda Fontcubierta.

"No hubo una sola persona, excepción gloriosa del abuelo materno, que se acercara a mí a preguntarme si yo había cometido abusos sexuales".

"Nadie vino a preguntarme: 'Oye, ¿esto es cierto?' Es imposible levantar la voz en esta sociedad cuando nadie te quiere escuchar y yo no la dejé de levantar en ningún momento. Tuve un año de alejamiento de mi hija, nadie se preocupó si yo sufría o no. Descubrí un fondo mío que no tenía conciencia de que existía, me crecí con la lucha, me cultivé con la lucha y me curtí con la lucha y eso dio como resultado una presencia de ánimo y una conciencia muy aguda de lo que es el sistema y de cómo hay que actuar. El sistema está previsto para unas determinadas cuestiones. Si tú no tienes los requisitos que esas cuestiones establecen, el sistema no hace nada por ti; al contrario, te tritura. Es la realidad que yo he vivido".
 
Fuente: EuropaSur

domingo, 8 de febrero de 2015

El Gobierno del PP frena la Ley de Custodia Compartida por orden del lobby feminista



En octubre de 2014 UPyD exigió al actual ministro de Justicia la presentación de la Ley de Custodia Compartida que el Ejecutivo se había comprometido (en junio de 2012) a presentar ante el Congreso antes de que se iniciase 2013, tras serle encomendada tal Ley por ese mismo Congreso. En junio de 2013 el Congreso había respaldado a UPyD cuando había recordado al Ejecutivo del PP ese compromiso incumplido.

Lo que se pide es una Ley de Custodia Compartida que permita a las familias españolas vivir de acuerdo con lo que el Tribunal Constitucional y el Tribunal Supremo entienden que ha de ser lo normal de acuerdo a los derechos fundamentales de todos los españoles y al interés de los menores.

Sin embargo, el Gobierno del PP se pliega ahora a los dogmas del PSOE y de las asociaciones del lobby feminista, que una vez más pretenden ocultar sus intereses sectarios tras la demagógica pantalla de la violencia de género

Hoy resulta muy oportuno recordar que EL PAÍS trató de hacer creer a la opinión pública (en mayo de 2013) que el lobby feminista era favorable a la custodia compartida, lo cual parecería de sentido común. Pero a la hora de la verdad el tiempo pone a cada uno en su sitio.


LEGISLACIÓN El proyecto se encuentra actualmente en trámite de consultas

La Ley de Custodia Compartida, en el aire


Actualizado: 08/02/2015

El Gobierno no tiene claro si continuar o no con una la Ley de Custodia Compartida, actualmente en trámite de consultas, al no haber hallado hasta el momento una fórmula que satisfaga a todos los colectivos afectados, desde padres procustodia compartida hasta las organizaciones feministas, que precisamente la semana pasada pidieron la retirada de la ley.
Según informaron fuentes parlamentarias, el Ejecutivo se encuentra actualmente buscando una fórmula que satisfaga a todos los sectores afectados por la custodia compartida y, hasta no encontrar la mencionada fórmula, no saldrá adelante esta ley.
El problema se encuentra, según revelan estas fuentes, en que todos los sectores implicados quieren soluciones "radicales" y, por ello, Justicia se está reuniendo con los colectivos para encontrar esa receta que permita satisfacer al mismo número de personas.
De hecho, esta ley no se encuentra en el calendario legislativo del ministerio para lo que queda de legislatura, a expensas de lo que vaya a suceder en estos meses.
La Ley de Custodia Compartida lleva pendiente desde 2013. Fue un compromiso del anterior ministro de Justicia, Alberto Ruíz-Gallardón y una demanda del grupo parlamentario de UPyD, que forzó el compromiso del ministro en sede parlamentaria sobre este asunto.
Un polémica sobre esta ley surgió la semana pasada cuando la secretaria de Igualdad del PSOE, Carmen Montón, alertó en el Congreso de que el Gobierno estaba preparando un anteproyecto de ley de corresponsabilidad parental, o custodia compartida, que era "peligroso" al poner en riesgo a los menores y a las mujeres víctimas de violencia de género por permitir que el maltratador, "que se sabe que no es un buen padre", pueda cuidar y educar a su hijo.
Un día más tarde, medio centenar de organizaciones de mujeres denunciaron esta redacción y pidieron al Gobierno que no continúe con la tramitación del texto, retirando el anteproyecto de ley al considerarlo "innecesario" por poner en peligro a madres e hijos.
El ministro de Justicia, Rafael Catalá, ha afirmado que "no es razonable" dar la custodia de los hijos a un hombre condenado por violencia de género, si bien también ha precisado que no hay ninguna decisión adoptada al respecto, al tiempo que apuntó que tampoco existe un anteproyecto como tal que recoja esta situación, sino "borradores de trabajo" que se están discutiendo con los sectores sociales implicados.

Fuente: http://www.elmundo.es/espana/2015/02/08/54d7499c22601df52e8b4577.html  

Publicado el 11 de febrero de 2015
Sesión de control al Gobierno en el Congreso (11/2/2015).
 • Carmen Montón (PSOE) dirige su demagogia sectaria al ministro de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad del Gobierno del PP: 
"¿Va a permitir el Gobierno que los maltratadores condenados tengan la custodia de sus hijos e hijas?"

Para la secta en general y para el PSOE en particular:
¿Acaso alguien con sentido común puede creer que la ley para la custodia compartida tiene por objeto facilitar la custodia compartida de sus hijos a "maltratadores? ¿O más bien esta señora y su secta pretenden seguir impidiendo la custodia compartida a los hombres españoles con ese sectario y demagógico pretexto? Veamos... ¿Ha presentado el PSOE (o quienes han apoyado al PSOE en el Pleno del Congreso) alguna enmienda concreta al proyecto de ley con el fin de corregir ese supuesto defecto del proyecto del Gobierno para lograr así una buena ley de custodia compartida? No... Se han limitado a exigir la retirada de la ley. Pues eso. Están contra la custodia compartida y lo ocultan. Porque son una secta con intereses sectarios.

viernes, 29 de marzo de 2013

EL PAÍS falsea una sentencia de la Audiencia de Madrid para servir a la secta feminista

EL PAÍS. El diario de la mañana que ya no es independiente

Hay una sentencia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 3 de San Lorenzo de El Escorial, un juzgado con funciones de Violencia sobre la Mujer (tribunal "especial" de los que EL PAÍS menciona como creados para evitar "contradicciones" entre lo civil y lo penal). Ciertamente, ahí no hubo contradicción: la custodia fue para el padre y la causa penal contra él fue archivada. Eso sí, aunque la juez estimó que la madre sólo le había denunciado por "resentimiento y ánimo de venganza contra su compañero", esa juez se limitó a archivar el caso y no dedujo testimonio a la denunciante ni abrió un sumario por denuncia falsa contra ella (nunca se hace...).

Entonces la madre recurrió a la Audiencia, donde los casos civil y penal son vistos en juzgados distintos. Como hay resoluciones contradictorias, tenemos inmediatamente a la secta feminista haciendo juicios paralelos en los medios y clamando contra la contradicción (inexistente en el Juzgado de Violencia contra la Mujer, como hemos visto)... Obviamente, no se cuestionan los "difusos" informes a los que alude el auto de la sección Penal de la Audiencia para reabrir la causa penal, sino que la campaña mediática sólo cuestiona que la sentencia de la sección Civil de la Audiencia hable de una situación de riesgo para la eliminación de la figura paterna. Se cuestiona desvergonzadamente esa posibilidad exigiendo un innecesario reconocimiento de una "enfermedad" por parte de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Asociación de Psiquiatría Americana (APA), nada menos (¡!). Es la matraca de la secta feminista contra el llamado Síndrome de Alienación Parental (SAP). Con la excusa de que algunas personas lo han alegado falsamente en los tribunales, la secta feminista ha generalizado zafiamente la mendacidad de los hombres que denuncian la manipulación de sus hijos (nótese que esa acusación de mendacidad se considera por parte de la secta un insulto, o incluso un maltrato, cuando se imputa a las mujeres denunciantes). De ese modo, el SAP está hoy más en boca de la secta que en otra parte, pues se ha convertido por parte de la secta feminista en el cajón de sastre donde se meten todos los casos de manipulación de los hijos por parte de alguno de los progenitores para, negando la existencia del SAP como una enfermedad reconocida por la APA y la OMS, negar en realidad la existencia de manipulaciones o alienaciones de los hijos por parte de alguno de sus progenitores (lo cual equivale a negar que exista el cielo sobre nuestras cabezas y el suelo bajo nuestros pies). Así, y para seguir con esa línea argumental ya marcada por la secta, EL PAÍS no tiene reparo en afirmar falsamente que la Audiencia de Madrid aluda al SAF (Síndrome de Alienación Familiar), semejante al SAP. Lo cual, teniendo en cuenta la documentación aportada por el propio diario, es simplemente FALSO, como he dicho. 

Prueba:
  • Sentencia de la sección civil 24 de 14/3/2013.“No se han objetivado en los menores indicadores de malos tratos por parte de su progenitor. (...) Ambos presentan signos psicológicos compatibles con la vivencia de un clima familiar conflictivo y disfuncional del que es imprescindible que sean mantenidos al margen”. “Los hijos, en la época de dictarse la sentencia recurrida, estaban en una situación delicada que de mantenerse supondría en la práctica la eliminación de la figura paterna con el consiguiente perjuicio irreparable para su formación integral”.

  • Comentario de EL PAÍS: La Sección Civil 24 de esa misma Audiencia de Madrid que, el pasado 14 de marzo, confirmó la decisión del juzgado de violencia de dar la guarda y custodia de los menores a su presunto maltratador. “Los hijos, en la época de dictarse la sentencia recurrida” —la de la juez de San Lorenzo de El Escorial—, “estaban en una situación delicada que de mantenerse supondría en la práctica la eliminación de la figura paterna con el consiguiente perjuicio irreparable para su formación integral”, aseguran los magistrados de lo civil. La sentencia, como la de la juez de violencia, vuelve a hacer referencia al SAF aunque no sea reconocido por la comunidad médica. “La madre y los hijos forman una coalición en contra del padre, situándose como víctimas de una situación de malos tratos que no se ha objetivado de forma imparcial”, dice el tribunal que recoge de nuevo el informe del equipo psicosocial del juzgado.

¿Dónde menciona la sentencia de la Audiencia una "enfermedad" o "síndrome" de clase alguna, se llame SAF, SAP o de cualquier otra manera? ¿Por qué miente EL PAÍS? ¿Acaso sólo puede reconocerse que una madre manipula a sus hijos contra su padre si la OMS o el APA reconocen la existencia de una "enfermedad"? Señores de EL PAÍS, su discurso sexista (racista, para que lo entiendan mejor) es de un sectarismo enfermizo.

Para terminar. Veamos qué clase de argumento es el empleado por EL PAÍS (y la secta feminista). Parece ser que no se puede invocar en un tribunal que se está produciendo una alienación parental porque, atención, "no se trata de una enfermedad reconocida por la OMS ni la APA". Ya ha quedado claro que es innecesario que hablemos de "enfermedades" o "síndromes" (pues, como se ve en la sentencia de la Audiencia de Madrid, es suficiente con mostrar que hay una manipulación con resultado de alienación parental), pero aceptemos el reto... Resulta que las mismas personas (las mismas organizaciones sectarias) que rechazan tomar en consideración el llamado SAP (también conocido con otros nombres, como SAF, etc.) no ven inconveniente alguno en hablar del "Síndrome de la mujer maltratada" (una supuesta enfermedad). Pero hete aquí que esa enfermedad no está reconocida como tal ni por la OMS ni por la APA... Vaya, vaya... En el auto de la sección Penal de la Audiencia de Madrid se hacen los malabares correspondientes para decir que los síntomas (trastorno por estrés postraumático) de la denunciante "se derivan" o "están en relación" con un maltrato de pareja (una afirmación poco prudente, pues en realidad ese trastorno por estrés postraumático sería también compatible con muchas otras cosas, porque la argumentación al modo habitualmente establecido en esta clase de procedimientos sólo se basa en esa presunta "compatibilidad" entre el trastorno por estrés postraumático y los síntomas habituales de las mujeres maltratadas). Sin embargo, ni la mujer denunciante ni ninguna de las personas que tratan de ayudarla pueden decir que su padecimiento sea una enfermedad o un síndrome reconocidos como tales por la OMS o la APA. No es así... Ni siquiera EL PAÍS podría decirlo, claro está. Aunque eso no es problema para que ese periódico considere legítimo hablar del "Síndrome de la mujer maltratada" y publique constantemente noticias (como ésta) donde se habla de ese "síndrome" sin tratar de ponerle ni un solo pero...

Seamos serios de una vez y hablemos claro. A la secta feminista (y a sus servidores de EL PAÍS) les importa muy poco lo que diga la OMS o la APA. O mejor, les importa muy poco en términos de legitimidad. Porque esa supuesta legitimidad que aparentan echar en falta para reconocer el SAP (pero no para reconocer el "Síndrome de la mujer maltratada") se la quitan a la Asociación de Psiquiatría Americana (APA) en el momento que esta asociación de psiquiatría reconoce como enfermedades aquello que la secta considera que no debe ser reconocido así... Por ejemplo, la transexualidad. Es decir, lo que dictamina la APA tiene legitimidad en cuanto que sea del agrado de la secta (y no es la secta la que se adecúa a una supuesta legitimidad de lo que diga la APA). Esto lo sabe bien EL PAÍS... Por tanto, digámoslo ya. La APA no tiene reconocido el SAP (o SAF, etc.) en su catálogo de enfermedades fundamentalmente porque a la secta no le interesa que sea así. Es de sobra conocido que existen peticiones (con fundamentación científica) para que la APA lo incluya en la nueva versión de ese catálogo de enfermedades, el DSM-V (el vigente es el DSM-IV), que saldrá próximamente tras muchos años sin modificaciones. Pues bien, a nadie se le oculta que, en España y fuera de España, la secta feminista trabaja y presiona denodadamente para que la APA no lo incluya en ese nuevo catálogo. De la misma manera que la secta ha conseguido que la transexualidad desaparezca del catálogo de enfermedades (asunto en el que ni entro ni salgo), es perfectamente posible que logre que el SAP no sea incluido. Sus intereses (legítimos o no) son los que dan legitimidad al DSM-V, y no al revés. ¿O existe alguna duda respecto a la reacción de la secta contra el DSM-V de la APA si ésta decidiera incluir el SAP en su nuevo catálogo de enfermedades? Ni la secta feminista ni tampoco EL PAÍS considerarían legítimo hablar del SAP por el mero hecho de que la APA lo incluyera, llegado el caso, en el DSM-V. Nada de esto se les escapa ni a la secta feminista ni a EL PAÍS.

Por otra parte, es notorio que no existe ninguna presión por parte del lobby feminista para que la APA o la OMS reconozcan al llamado "Síndrome de la mujer maltratada" como una enfermedad específica en sus catálogos de enfermedades... Ello es así porque, siendo conscientes de que no hay base científica para sustentar tal "enfermedad", el lobby feminista y sus correligionarios consideran completamente innecesario que ese "síndrome" aparezca reconocido como tal. Y ello es así porque está perfectamente introducido en la práctica jurídica: es suficiente con asociar la detección de una dolencia psicológica, como en este caso lo es un "trastorno por estrés postraumático", con determinados síntomas que suelen presentar las mujeres maltratadas (por lo que el maltrato sería una posible casusa del trastorno); síntomas que serían, se dice, compatibles con ese "trastorno por estrés postraumático" detectado. Eso es precisamente lo que ha hecho la sección Penal de la Audiencia de Madrid (si bien esa sección no usa la prudente palabra "compatibilidad" y se excede al afirmar que el trastorno por estrés postraumático detectado "se deriva" o "está en relación" con un maltrato sufrido por "su pareja"). Y por eso es absolutamente tramposo y una verdadera estafa a la ciudadanía que se insista en exigir que el SAP esté reconocido como una enfermedad específica por la OMS o la APA si es que se quiere invocar en los tribunales. La sección Civil de la Audiencia de Madrid ha eludido hablar de enfermedad o síndrome alguno (aunque EL PAÍS trate de engañar a sus lectores, pues todo lo más son los informes psicológicos los que acaso hablen de SAF, pero no lo hace la sección Civil de la Audiencia en su sentencia), y se ha limitado a exponer que no hay indicios objetivos de que los menores hayan sido maltratados por su padre (contra la acusación de la madre), mientras que sí se han detectado "signos psicológicos" en los niños que mostraban su situación "delicada" ("con peligro para la desaparición de la figura patrerna, necesaria para su formación integral"), añadiendo que esos signos psicológicos son "compatibles" con un "clima familiar conflictivo y disfuncional" (posible causa) que en este caso ha sido detectado sin la menor duda... Y es en base a ello por lo que determina que deben ser apartados de ese clima.  

Yo exigiría que, además, se procesase por maltrato a quien es responsable de esos daños, algo que jamás se hace y que muestra como absolutamente insuficiente la simple pérdida de la custodia de los hijos para quien es la presunta responsable de un maltrato.

A la secta feminista y a EL PAÍS les diría que dejen de dar la matraca esgrimiendo los catálogos de enfermedades del APA o la OMS cuando les conviene, y que abandonen su pretensión de tomar el pelo a los ciudadanos: sobre todo a los ciudadanos que padecen en sus propias carnes las alienaciones parentales infligidas por desalmadas (y desalmados) que, cuando tienen sexo femenino, encuentran apoyo entre las filas de la nueva secta racista... ¿Les molesta que les llame racistas? Lo sé... Sé que si les llamo sexistas ni se inmutan (uno de sus dogmas es que el feminismo no puede ser sexista), y por eso prefiero hablar en términos que puedan entender con total claridad a pesar de sus dogmas. Asuman lo que su comportamiento dice de ustedes... Y dejen de comportarse como racistas.

La Audiencia de Madrid entrega los niños a un hombre al que imputó por maltrato

La Sección 26 de lo Penal ordena investigarlo por violencia contra su compañera y los menores..

Una sección civil del mismo órgano le da la custodia de los hijos.

Manuel Altozano Madrid 28 MAR 2013 EL PAÍS

Un mismo tribunal, la Audiencia Provincial de Madrid, está dando respuestas contradictorias a un caso de violencia de género. Mientras que una sección penal de ese órgano decretó el pasado 29 de noviembre que un hombre debía ser investigado porque existían indicios de que hubiera maltratado a su excompañera y a sus dos hijos, otra sección civil de la misma audiencia acaba de otorgar la guarda y custodia de los hijos de la pareja, de 11 y 13 años, al presunto maltratador. Se trata de una de esas situaciones de riesgo que trataron de evitarse con la aprobación de la Ley Integral contra la Violencia de Género y la creación de los juzgados especializados en este fenómeno.
El caso proviene del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de San Lorenzo de El Escorial con funciones de Violencia sobre la Mujer. Su titular, María del Carmen del Val, archivó el 26 de marzo del año pasado la denuncia por maltrato de una mujer contra su compañero. La magistrada argumentaba que esa denuncia solo se debía al resentimiento o el ánimo de venganza que la mujer tenía sobre su expareja y se apoyaba en el informe del equipo psicosocial del juzgado, que aseguraba que los dos hijos de ambos sufrían un presunto síndrome de alienación familiar (SAF), una variable del llamado síndrome de alienación parental (SAP) considerado por el Observatorio contra la Violencia del Consejo General del Poder Judicial una estrategia procesal para resistirse a la aplicación de la Ley Integral contra la Violencia de Género. Ninguno de esos dos síndromes está reconocido científicamente. Ni por el repertorio más aceptado de trastornos mentales, el DSM-IV de la Asociación Americana de Psiquiatría, ni por la Organización Mundial de la Salud (OMS).

La Sala aprecia un síndrome no reconocido científicamente

Al día siguiente de notificar esa resolución, la juez Del Val presidió la vista en la que se debía decidir cuál de los dos progenitores se quedaba con la guarda y custodia de los niños. En su sentencia, que llegó un mes después, el pasado 27 de abril, dejó a los menores a cargo del padre y suspendió las visitas de la madre durante tres meses por ese presunto síndrome no reconocido médicamente que la madre, según la magistrada, habría generado en los hijos. Esos tres meses se convirtieron en ocho gracias a las listas de espera que presentan los dos Puntos de Encuentro Familiar (en los que se llevan a cabo estas visitas cuando hay conflicto entre los padres) de la Comunidad de Madrid, tras el cierre de seis de estas instalaciones debido a los recortes en servicios sociales.
La presunta víctima del maltrato recurrió ambas resoluciones —la penal, sobre el delito de maltrato; y la civil, sobre la guarda y custodia de los niños— a la Audiencia de Madrid que, sin embargo, no ha logrado dar una solución coherente al caso. La Sección Penal número 26 ordenó el pasado 29 de noviembre a la juez de San Lorenzo de El Escorial reabrir la investigación por maltrato contra el padre.
“No podemos llegar a la conclusión de que concurre un móvil de resentimiento y venganza” que vio la instructora en la denuncia de la mujer, mantuvieron los magistrados en su auto, en el que reprocharon a la juez de violencia que no hubiera tenido en cuenta otros informes médicos y psicológicos del Observatorio de la Violencia de la Comunidad de Madrid y del Servicio madrileño de Salud Mental que sí apreciaban indicios de maltrato.
Desde entonces, el hombre permanece imputado por maltrato. Contra su expareja y contra sus hijos. Sin embargo, esa circunstancia no ha sido tenida en cuenta por la Sección Civil 24 de esa misma Audiencia de Madrid que, el pasado 14 de marzo, confirmó la decisión del juzgado de violencia de dar la guarda y custodia de los menores a su presunto maltratador.
“Los hijos, en la época de dictarse la sentencia recurrida” —la de la juez de San Lorenzo de El Escorial—, “estaban en una situación delicada que de mantenerse supondría en la práctica la eliminación de la figura paterna con el consiguiente perjuicio irreparable para su formación integral”, aseguran los magistrados de lo civil. La sentencia, como la de la juez de violencia, vuelve a hacer referencia al SAF aunque no sea reconocido por la comunidad médica. “La madre y los hijos forman una coalición en contra del padre, situándose como víctimas de una situación de malos tratos que no se ha objetivado de forma imparcial”, dice el tribunal que recoge de nuevo el informe del equipo psicosocial del juzgado.

Los juzgados especializados se crearon para evitar fallos contradictorios

La mujer y los dos menores vivieron durante dos años juntos en una casa de acogida por recomendación del Observatorio de la Violencia de la Comunidad de Madrid que examinó su caso, pero, para los magistrados, esa “experiencia” solo ha “reforzado” en los hijos “el mensaje por parte de su madre de que su padre es un hombre maltratador”. La decisión, además, se tomó en contra del criterio del fiscal, que también solicitaba que la guarda y custodia pasara a la madre.
Fuentes de la defensa de la mujer aseguran que los magistrados de la sección civil conocieron antes de dictar sentencia el auto de sus compañeros de lo penal que ordenaba seguir investigando el presunto delito de maltrato del padre contra la madre y los hijos. La abogada no lo pudo adjuntar en su recurso porque lo redactó el pasado mayo, y el auto de la sección penal tiene fecha de 29 de noviembre. A las dos de la tarde de ese mismo día, la letrada lo presentó por registro junto a un escrito en el que avisaba al tribunal de su existencia y solicitaba que el recurso civil se resolvería “a la mayor brevedad posible”. Sin embargo, la sentencia no hace referencia alguna a esa resolución ni la contempla como un hecho probado nuevo.
La creación de los juzgados de violencia sobre la mujer —con competencias civiles y penales— por la Ley Integral contra la Violencia de Género se justificó, en parte, por la necesidad de que los jueces civiles que se encargaban del divorcio y de la tutela de los hijos, y los jueces penales que investigaban los delitos de maltrato, no adoptaran decisiones contradictorias que pudieran dejar desprotegidas a las víctimas. Ocho años después, no se ha logrado evitar esas resoluciones incoherentes en los tribunales que corrigen muchas de las resoluciones de esos juzgados: las audiencias provinciales.

Los argumentos

Auto de la sección penal 26 de 29/11/2012.
“El testimonio de la víctima, al menos en esta fase procesal, resulta creíble. (...) No podemos llegar a la conclusión de que concurre un móvil de resentimiento o venganza en la mujer que haya sido el detonante o causa de la denuncia”.
La resolución hacía referencia a tres informes que aseguraban que la madre “sufre un trastorno adaptativo o de estrés postraumático derivado de la situación de maltrato sufrido por su pareja” y “trastorno adaptativo con síntomas mixtos en relación con maltrato de pareja”.
Sentencia de la sección civil 24 de 14/3/2013.
“No se han objetivado en los menores indicadores de malos tratos por parte de su progenitor. (...) Ambos presentan signos psicológicos compatibles con la vivencia de un clima familiar conflictivo y disfuncional del que es imprescindible que sean mantenidos al margen”.
“Los hijos, en la época de dictarse la sentencia recurrida, estaban en una situación delicada que de mantenerse supondría en la práctica la eliminación de la figura paterna con el consiguiente perjuicio irreparable para su formación integral”.

martes, 26 de marzo de 2013

La influencia del lobby feminista en el poder debe estar regulada, no institucionalizada

Consejo de Participación de las Mujeres
Desde hace ya varios años asistimos en España a un fenómeno político anómalo en una democracia. Determinadas asociaciones de ciudadanas (con 'a', pues es condición necesaria que se trate de asociaciones de mujeres) se han constituido en un lobby que ya no se limita a influir desde la sombra en las decisiones de los poderes del Estado por la vía de la presión social, de las relaciones de sus militantes con determinados partidos políticos o mediante campañas mediáticas desde los medios de comunicación afines. En España se ha legislado no sólo desde la influencia de este lobby, sino que se ha legislado para que este lobby tenga el control político de los temas en los que tiene interés (pincha).

El 3 de marzo de 2011 se constituyó el Consejo de Participación de las Mujeres, un "nuevo" organismo, presidido entonces por Leire Pajín, en el que las asociaciones del feminismo radical que venían diseñando y dictando a la Administración española las políticas familiares y de género desde hacía ya varios años (el PSOE es su "rehén", como declaraba Gregorio Peces Barba en 2009 -pincha-) lo harían ya de forma oficial y sin disimulo de ninguna clase.
Paralelamente, se han ido constituyendo consejos de participación de las mujeres como éste en distintas localidades y en las diferentes Comunidades Autónomas. Así, por ejemplo, el Consejo Andaluz de Participación de las Mujeres (pincha)

Tenemos, pues, a un lobby o grupo de presión (con una ideología y unos intereses determinados) que tiene no sólo reguladas sus relaciones con los poderes del Estado (lo cual siempre sería más positivo que una influencia oscurantista), sino que tiene esas relaciones perfectamente institucionalizadas. Y ello sin que nadie haya explicado nunca cuál es la legitimidad de la representación ciudadana de esas asociaciones en las instituciones... Se diría que alguien ha soñado que la ideología de estas asociaciones es ciencia infusa o verdad de la buena por alguna extraña razón. Y que los intereses de esas asociaciones son siempre legítimos y nunca espurios... O lo que es lo mismo: se diría que alguien ha soñado que cualquiera que tenga un relato de las cosas distinto al de esas asociaciones, o que tenga intereses distintos a los de las mismas, ha de ser simplemente un ignorante machista con intereses ilegítimos. Es obvio que esos sueños son los que estas asociaciones se dedican a introducir en las cabezas de los ciudadanos, como si estuviéramos en Matrix... Pero es igualmente obvio que su ideología es una forma de pensamiento acrítico (cada día más acrítico, precisamente a causa del monopolio que detentan  en el discurso) y que sus intereses legítimos van de la mano de otros que no son legítimos ni de lejos. Pero claro, para que esto sea posible razonarlo hace falta poder hablar... Y eso es lo que hoy es sencillamente imposible.  

El lobby feminista debe ser expulsado de unas instituciones de las que jamás debió formar parte. Su ideología y sus intereses deben ser escuchados por los poderes del Estado lo mismo que deben ser escuchados otros discursos y otros intereses igualmente legítimos. Quien quiera tener una ideología o unos intereses representados directamente en el Parlamento o en el Gobierno debe presentarse a unas elecciones para ello. Los lobbies no deben saltarse ese paso llegando al poder por un atajo antidemocrático. Debe superarse el oscurantismo en las relaciones de los lobbies con el poder político, pero en ningún caso ello justifica la institucionalización de la influencia de un lobby. Las relaciones de los lobbies (de cualquiera de ellos) con el poder deben estar reguladas.

 

Seis razones para una regulación del 'lobby' en España

Los grupos de presión deben salir de la oscuridad y actuar bajo reglas transparentes

Juan Francés 25 MAR 2013 EL PAÍS

Una reforma en la que creo que sería positivo incluir también la regulación parlamentaria de las organizaciones de intereses (los llamados lobbies), con medidas que clarifiquen cuáles pueden ser sus actividades y cuáles deben ser sus límites”. Con estas palabras, y de forma inesperada, el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, anunció el pasado 20 de febrero, en la tribuna del Congreso y durante el debate sobre el estado de la nación, una próxima regulación de la actividad de los lobbies en España.
Ocultada por la presión agobiante de los escándalos y la crisis económica y social, la noticia puede haber pasado inadvertida para muchos. Y, sin embargo, es una cuestión muy relevante, por cuanto una medida de ese tipo puede suponer un gran avance en la lucha contra la opacidad y una apuesta por la transparencia en la vida política española. ¿Por qué? Por varias razones:

Las cucarachas proliferan en la oscuridad. Es indudable que en las relaciones entre los grupos de interés y los distintos poderes públicos se pueden cometer excesos y abusos. Pero como no existe una regulación que permita aportar luz y taquígrafos al proceso decisorio, nos tenemos que mover en el terreno de las especulaciones, en el piensa mal y acertarás. Una regulación que aportara transparencia a esa relación entre lobistas y políticos permitiría separar el grano de la paja, de forma que los ciudadanos pudieran identificar aquellas conductas que son legítimas de las que no lo son y deben ser erradicadas de nuestro uso político diario.
Los lobistas son los primeros interesados en regular su actividad. Por fortuna, hoy en día la mayor parte del lobby que se practica en nuestro país es profesional y legítimo. Gente que se dedica a exponer de forma elaborada sus argumentos ante la Administración o el diputado de turno, explicando sus problemas y presentando soluciones alternativas. En la última década hemos ido dejando atrás el lobby chapucero que se practicaba en nuestro país hasta hace poco, a cargo de conseguidores que bordeaban el tráfico de influencias en sus conductas. Pero aún quedan resabios, que manchan la imagen del colectivo y provocan que esta actividad siga estando mal vista por los ciudadanos. Por eso, los lobistas son los primeros que saldrían beneficiados si se establecieran unas reglas de juego, cuyo incumplimiento incapacitara para el ejercicio de la profesión.

Hemos ido dejando atrás el 'lobby' chapucero que se hacía en España, a base de conseguidores

No regular los lobbies no va a limitar su capacidad de influencia. Uno de los argumentos que más echan para atrás a muchos es aquel que establece que si regulamos los lobbies, estaremos abriendo las puertas del templo a los mercaderes, permitiendo que las grandes corporaciones y los más poderosos grupos de presión tengan el camino expedito para medrar con los poderes públicos en su propio beneficio. Pero es un argumento cínico y falso. Porque en ausencia de esa regulación, sucede que esos grupos de presión y grandes empresas ya son capaces de ejercer su influencia ante los poderes públicos. Simplemente ocurre que como no hay regulación, no tenemos herramientas para controlar ese proceso. La solución no pasa por esconder la cabeza ante la realidad de que en España se practica el lobby, sino intentar dotarnos de herramientas que lo supervisen. Regular el lobby no va a servir para evitar la capacidad de influencia de los lobbies, pero al menos sí que va a introducir una transparencia al proceso de la que aquí hasta ahora carecemos por completo.
La regulación de los lobbies beneficiaría más a los que menos acceso tienen. Asociado al argumento anterior, se suele aducir que la práctica del lobby solo está al alcance de los más poderosos, aquellos con los suficientes recursos como para dedicar personas, medios y tiempo a tratar de influir en los poderes públicos. Y sin embargo, es justo al revés. Porque los poderosos no necesitan una regulación para garantizar su acceso a los políticos, y en cambio, los menos poderosos sí se podrían ver muy beneficiados. Si un secretario de Estado estuviera obligado a hacer públicos todos los contactos que ha tenido a la hora de realizar una legislación sobre hipotecas, y se viera que se ha reunido cinco veces con el presidente de la AEB, y ninguna con la Plataforma de Afectados por la Hipoteca, la ciudadanía tendría elementos de presión para forzar a que se escucharan al menos los argumentos de todas las partes.
Cada vez va a haber más lobby. Por dos motivos. Por un lado, porque los ciudadanos españoles poco a poco están comprendiendo que no basta con votar cada cuatro años y acudir a alguna manifestación, sino que es necesario estructurar canales de participación de la sociedad civil en la política, porque están comprobando que hoy en día si no haces política, te la hacen. Por otro lado, la crisis económica provoca que la tarta a repartir entre los distintos grupos de presión haya menguado considerablemente, y eso significa que no todos los que antes recibían su porción del poder ahora lo van a poder mantener; lo cual, inevitablemente agudiza su necesidad de establecer vínculos cada vez más estrechos con este.
Los PIGS de la opacidad. El lobby está regulado en EE UU desde 1946. Existe igualmente desde hace años una regulación sobre la materia en la Unión Europea, que se ha reforzado recientemente, y lo mismo se puede decir de prácticamente todas las democracias avanzadas del continente europeo. Solo unos pocos países vecinos cuentan con semejante ausencia de regulación en este terreno: Grecia, Italia, Portugal... ¿también en esta cuestión queremos significarnos respecto de nuestros socios comunitarios?

El ciudadano tiene derecho a conocer quién pretende influir en el poder

Por todo ello, considero llegado el momento para abordar, de una vez por todas, una regulación integral de los lobbies en España. Dicha normativa, por lo demás, no debería quedarse en un mero enunciado cosmético destinado a dar satisfacción a los que ya tienen garantizado su acceso a los poderes públicos, sino que deberíamos aprovechar la oportunidad y desterrar para siempre la opacidad en el terreno de las relaciones entre grupos de presión y poderes públicos.
Sinceramente, yo sigo siendo escéptico sobre que seamos capaces, de un día para otro, de implantar en nuestro sistema político la cultura de la transparencia con que se opera en otras latitudes. Pero que sea difícil no quiere decir que no deba intentarse, porque es absolutamente necesario avanzar hacia una mayor transparencia en el proceso de toma de decisiones públicas. Hacer públicas las actividades de aquellos que pretenden influir en el Gobierno y el Parlamento no debería ser más que el ejercicio del derecho público de los ciudadanos a tener conocimiento de los asuntos públicos. En las relaciones entre los lobbies y los poderes públicos, todo aquello que se pueda hacer ha de poder contarse. Y si algo no se puede contar, es que no debería hacerse.

Juan Francés es periodista. Ha sido jefe de prensa de José Manuel Campa, secretario de Estado de Economía desde mayo de 2009 hasta diciembre de 2011.

Fuente: http://elpais.com/elpais/2013/03/21/opinion/1363886001_439010.html

martes, 12 de febrero de 2013

Los niños rinden menos que las niñas porque creen lo que oyen: que son más "torpes"

Los chavales creen que los niños son más tontos y traviesos que las niñas

Unos ensayos británicos sugieren que la diferencia de rendimiento entre sexos obedece a los mensajes que reciben

Emilio de Benito Madrid 12 FEB 2013 EL PAÍS


Los niños (en genérico) tienden a adaptarse a lo que oyen. Y, en concreto, los chicos (varones) tienen asumido lo que se dice de ellos: que son más torpes que las niñas. Una serie de ensayos realizados en Reino Unido, y publicados en la revista Child development, pone de manifiesto que el mensaje cala en los críos desde pequeños, y que condiciona sus resultados escolares.
En uno de los trabajos realizados por Bonny Hartley, de la Universidad de Kent, los investigadores preguntaron a 238 niños y niñas de entre 4 y 10 años quién creía que era el protagonista de una historia. Para ello, usaban una formulación neutra, the child, que sirve tanto para críos como para crías. Las historias eran del tipo “the child quiere aprovechar las clases” o “the child no saca buenas notas”, y luego se les pedía que identificaran si las protagonizaba un niño o una niña. El resultado era que lo masculino se asociaba a lo negativo, y lo femenino a lo positivo.
Para saber por qué sucedía esto se hicieron dos otros dos experimentos. En uno, con 162 niños y niñas, se los dividió en dos grupos y se les pusieron unas pruebas. A uno de ellos se les dijo que los chicos lo iban a hacer peor que las chicas. Y lo hicieron no solo peor que sus compañeras, sino peor que los chicos del otro grupo, a los que no se les había dicho nada. De alguna manera, su rendimiento mostraba que habían interiorizado el mensaje.

Los varones asumen [sic, EL PAÍS debería decir "creen"] desde pequeños que su comportamiento es peor.

En el tercero de los ensayos se cogió otro grupo de 184 niños y niñas, se los dividió en dos y a unos se les dijo que se esperaba que el resultado fuera igual para ambos sexos. No fue exactamente así, pero los chicos mejoraron respecto al grupo de control.
La conclusión apunta a que los pequeños, de alguna manera, adaptan su comportamiento a lo que se espera de ellos. Y confirma otros estudios que indican que esta es la causa, por ejemplo, de que los niños se orienten más hacia carreras de ciencias y las niñas a las de letras.
También ofrece enseñanzas para el debate de la educación segregada. “En muchos países, los niños van por detrás de las niñas en el colegio”, ha dicho Hartley. “Estos estudios sugieren que los estereotipos académicos negativos referentes a los niños se adquieren en los primeros años de la educación infantil y tienen como consecuencia su autocumplimiento. También sugieren que es posible mejorar el rendimiento de los varones y así cerrar la grieta entre sexos mediante mensajes igualitarios y superando la idea de hacer clases diferenciadas”.

Francisco Serrano presenta su libro 'La Dictadura de Género' en Herrera en la Onda

Publicado por la Editorial Almuzara (pincha)

Francisco Serrano, su libro La Dictadura de Género y el caso por el que se le apartó de los tribunales.

Subido el 12/02/2013 en Mundo y sociedad por Onda Cero

Francisco Serrano ha pasado por los micrófonos de 'Herrera en la Onda' para hablar de su libro La Dictadura de Género y del caso por el que se le apartó de los tribunales.
 
Puedes acceder al programa de radio completo en este enlace:

http://www.ivoox.com/francisco-serrano-su-libro-la-dictadura-genero-audios-mp3_rf_1782269_1.html 

Francisco Serrano: "Soy un demócrata y pretendo defender a los más débiles".


Para conocer los antecedentes de este caso, pincha aquí y en los enlaces sucesivos.

domingo, 28 de octubre de 2012

Entrevista al juez Serrano en Tenerife con motivo de la presentación de su libro 'La Dictadura de Género'

Este pasado viernes el Juez Francisco Serrano estuvo en Tenerife para presentar su nuevo libro La dictadura de Género el sábado 27 a las 11:00 en el Hotel Príncipe Paz. Nada más llegar a Tenerife atendió entrevistas telefónicas y visitó la Radio Autonómica Canaria, donde fue invitado a participar en el programa “Roscas y Cotufas” respondiendo a algunas preguntas relacionadas con su situación profesional, personal y para hablar del libro.  
Puedes escuchar la entrevista en la web de la Asociación Tenerife Custodia Compartida (ATCC): http://atcc.es/2012/10/entrevista-en-la-radio-autonomica-canaria-al-juez-serrano/


TINERFE FUMERO |

Serrano: “La dictadura de género ve a la mujer siempre como víctima”


TINERFE FUMERO | Santa Cruz de Tenerife

El que fuera juez de familia Francisco Serrano, al que inhabilitó el Tribunal Supremo tras considerar que prevaricó al modificar el turno de custodia de un menor para que saliera en una cofradía de la Semana Santa sevillana, declaró ayer que lo que entiende como “la dictadura de género” parte de “la idea perversa de ver siempre a la mujer como la víctima de toda relación de pareja”. Serrano, que visita la capital tinerfeña para presentar a las once de la mañana de hoy su libro La dictadura de género: una amenaza contra la justicia y la igualdad, se proclamó como “un perseguido por disentir” sobre estos temas.
La cita con Serrano en el capitalino Hotel Príncipe Paz incluye, igualmente, su participación en unas jornadas organizadas por la Asociación Tenerife por la Custodia Compartida ¡Sí!, tema de actualidad tras la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) [el enlace es mío] que anula el artículo del Código Civil que impedía a un juez optar por dicho régimen para los hijos si no existía un informe previo favorable de la Fiscalía. Cuestionado sobre el fallo, el jurista se mostró “contentísimo porque el TC ha puesto por fin un mínimo de sentido común en la política de género”.
INDEPENDENCIA
En su opinión, la norma afectada “era un disparate jurídico que ahora, cargado de fondo, se deroga en aras del principio constitucional que consagra la independencia judicial”. Sobre los efectos de la sentencia, Francisco Serrano entiende que los tendrá sobre “no todos los divorcios celebrados desde 2005 en los que se vieran involucrados menores, pero sí en aquellos en los que se solicitó la custodia compartida y el juez en cuestión no pudo decidir al respecto porque el fiscal se ha opuesto”. “Estos procesos, a mi juicio, son radicalmente nulos”, apostilló. Similar opinión mantiene la portavoz de la federación de asociaciones por la custodia compartida, Pilar Marco.
LA IGUALDAD
En cuanto a su libro, Serrano explica que esa dictadura de género “está basada en el resentimiento y la venganza, y atenta contra los que pensamos que todos somos iguales, con independencia de su sexo. Esta dictadura, que considera que en toda relación la hembra está sometida al varón, se ha plasmado en el Ordenamiento Jurídico por las vías que utilizan todas las dictaduras: a través del miedo y de la mentira”.
A este respecto, el jurista manifiesta que “cuando los fanáticos de la dictadura de género comprueban que sus ideas no se corresponden con la realidad no rectifican, sino que niegan esa realidad e intentan falsearla porque para ellos el fin justifica los medios. Y eso no puede ser”.
Para Serrano, tales ideas “están en contra de la familia, de la maternidad y hasta de la heterosexualidad”, por lo que hay que combatirlas “con las garantías propias del estado de Derecho, que ha de corregir los excesos que se han producido”, sostuvo la misma fuente.
Asociaciones de mujeres rechazan el fallo del TC
La Federación de Mujeres Progresistas y la Fundación Mujeres calificaron de “mala noticia”, por “mermar” la protección de los menores, la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) que establece que los jueces pueden otorgar la custodia compartida de los hijos sin el informe favorable del fiscal. Así, la presidenta de la Federación de Mujeres Progresistas, Yolanda Besteiro, dijo que la existencia del informe favorable del Ministerio Fiscal “era una garantía más para el menor”.
“Se supone que el fiscal es en el juicio el que vela por los intereses de los más desprotegidos y vulnerables, en este caso por los intereses de los menores”, sostuvo Yolanda Besteiro.
  

Jorge Corsi, el experto internacional en temas de abuso ligado al lobby feminista, seguirá en prisión

Rechazan liberar al psicólogo Corsi por temor a que reincida

Por Virginia Messi

Está preso por promover la corrupción de un menor. Una perito dictaminó en su contra.
Jorge Corsi, experto internacional en temas de abuso y preso desde febrero de 2012
 
27/10/12 clarin.com

El martes 28 de febrero, el psicólogo Jorge Corsi (65) se presentó en los Tribunales para cumplir la pena de tres años de prisión que él mismo había pactado con la Fiscalía (por medio de un “juicio abreviado”) tras declararse culpable del delito de “promoción de corrupción de un menor de edad” . Su plan era pasar muy poco tiempo encerrado : como en 2008 –al principio del caso que destruyó su carrera– ya había estado detenido, los números lo dejaban muy cerca de la posibilidad de pedir la “libertad condicional” a partir del 29 de abril siguiente.
Pero el panorama se le complicó.
Clarín pudo determinar ayer que la Justicia de Ejecución Penal de Capital acaba de negarle el beneficio luego de recibir un informe negativo de la psicóloga forense y constatar que no había recibido el tratamiento psiquiátrico indicado por el Tribunal Oral N° 11, que convalidó el juicio abreviado.
Corsi era considerado el especialista número 1 del país en temas como violencia y abuso . Pero en 2007 un adolescente de 13 denunció que lo sometían a abusos en su departamento de Barrio Norte y el psicólogo terminó condenado.
El caso de Corsi (legajo 130.342) está radicado en el juzgado de Ejecución N° 1. Este está actualmente vacante y, para llevar sus casos, se rotan los dos únicos jueces del fuero. El pedido de “libertad condicional” del psicólogo cayó en el turno de Axel López, el juez duramente cuestionado por darle la libertad condicional a Juan Ernesto Cabeza (luego imputado por el crimen de Tatiana Kolodziey en el Chaco).
En este caso, López negó la solicitud de Corsi . “Reconoció que estaban dadas las condiciones de cumplimiento de la pena (las dos terceras parte de la condena) para otorgar la condicional. Pero consideró que era imposible porque mi cliente no había recibido, por parte del Servicio Penitenciario Federal, el tratamiento psiquiátrico que le impuso lo Justicia”, explicó a Clarín Sebastián Arias, abogado defensor de Corsi.
Luego de que Axel López decidiera dejar al psicólogo en la cárcel de Ezeiza, Arias presentó un recurso de Casación para que se revea la medida. Su argumento: que Corsi no tiene la culpa (y por lo tanto no debe pagar) por una falencia del Estado , al que le correspondía darle atención psicológica. A su vez, propuso que Corsi se someta a un tratamiento ambulatorio.
A la libertad del psicólogo se había opuesto primero la Fiscalía de Ejecución Penal. Desde allí el 25 de junio partieron los pedidos de informes al Cuerpo Médico Forense. Estos no lo ayudaron. La psiquiatra a cargo de la pericia sostuvo que en este tipo de casos no se puede asegurar lo que va a pasar con la persona una vez en libertad . Pero la perito psicóloga fue un poco más allá y sostuvo que no podía asegurar que Corsi no repitiera las conductas por las que fue condenado . “La posibilidad de cambio a nivel estructural es mínima, no se descarta una reiteración de conductas similares a las que dieron lugar a la presente”, dijo la psicóloga.
Así, entre los dictámenes periciales y el hecho de que el tratamiento no había sido realizado, la suerte de Corsi quedó echada. El 5 de septiembre la Fiscalía se opuso a su libertad condicional (“el pronóstico de reinserción laboral es desfavorable ”, dijo) y poco después, el 12, López la denegó.
“Resulta necesario que el interno Corsi sea incorporado a un concreto y específico tratamiento destinado a condenados por delitos de agresión sexual para, oportunamente, valorar su resultado”, dijo López en su resolución.
Fuente: http://www.clarin.com/policiales/Rechazan-liberar-psicologo-Corsi-reincida_0_799720244.html

lunes, 22 de octubre de 2012

El juez Serrano presenta hoy en Sevilla su libro 'La Dictadura de Género'

El juez Serrano en el que era su lugar de trabajo

Como estaba anunciado, el juez Serrano presentará hoy lunes en Sevilla su nuevo libro: La DICTADURA de GÉNERO. Una amenaza contra la Justicia y la Igualdad. El acto tendrá lugar a las 20 h. en el Salón Guadalquivir del Hotel Macarena (San Juan de Rivera, 2, Sevilla) -pincha aquí-.

Actualmente su caso está a la espera de una resolución en el Tribunal Supremo, que ha de resolver si anula su sentencia condenatoria contra el juez o no lo hace. Paralelamente, están en marcha distintos procedimientos judiciales que investigan a la fiscal jefe de Sevilla, a miembros del CGPJ y a la mujer y el abogado que denunciaron a Serrano en la causa por la que fue condenado (pincha).

 

Sevilla

Francisco Serrano, mejor «abogado libre que un juez con miedo»

Ha exmagistrado ha dicho que el ejercicio de juez de familia se ha convertido en «una profesión de alto riesgo si no te sometes a las presiones del "looby" de género»

Día 22/10/2012

Francisco Serrano, juez de familia de Sevilla expulsado de la carrera judicial tras haber sido condenado por prevaricación al cambiar el régimen de visitas de un niño, ha asegurado hoy que prefiere "ser un abogado libre que un juez prisionero del miedo".
Sobre su nueva situación, Serrano ha dicho en una conferencia de prensa que el ejercicio de juez de familia se ha convertido en "una profesión de alto riesgo si no te sometes a las presiones del 'looby' de género".
El juez, que ha reiterado que si es preciso llevará el recurso contra su condena al Tribunal de Estrasburgo, presentará esta noche en Sevilla, acompañado por el periodista Carlos Herrera, su nuevo libro "La dictadura de género. Una amenaza contra la Justicia y la Igualdad" (Almuzara).
En la presentación intervendrán el ex ministro Manuel Pimentel, como presidente del Grupo Almuzara, y el abogado Ignacio de Juan Morón.
Sobre su condena ha recordado que la Audiencia de Sevilla refrendó su resolución, por lo que no pudo haber prevaricación, y ha añadido: "También condenaron a Jesucristo y a mí me han crucificado".
Serrano ha confesado haberse sentido perseguido desde que en 2009 Inmaculada Montalbán, vocal del Consejo General del Poder Judicial y presidenta de su Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género, "dijo que yo no podría seguir siendo juez por unas declaraciones que hice en el ejercicio de mi libertad de expresión", contrarias a la ley integral contra la violencia de género.
"En esa persecución han entrado instituciones de tan alto prestigio como el Consejo General del Poder Judicial, la Fiscalía, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y el Tribunal Supremo", sobre el que ha dicho que "no se puede inventar los hechos probados por muy Supremo que sea".
Según Serrano, la normativa "de género" no ha logrado su objetivo de reducir los casos de violencia contra las mujeres porque "no se puede fomentar la cultura del odio para evitar la violencia", ni con "un derecho penal de autor que castiga al hombre por el hecho de serlo y considera a la mujer víctima e inferior por el hecho de serlo".
El exjuez, que ha defendido la custodia compartida y ha ironizado con la inexistencia en España de hombres que cuiden de sus hijos en igualdad de condiciones que sus parejas, ha asegurado sobre su nuevo libro: "Si hubiera seguido siendo juez no hubiera tenido libertad para publicarlo", lo que ha achacado a "esta dictadura disfrazada democracia con metástasis en todas las instituciones".
"La mujer es la principal engañada por la dictadura de género, que termina reconociéndola inferior en la relación de pareja, y ha dejado de estar bajo la tutela del marido para estar bajo la del Estado" con leyes como la integral contra la violencia de género, que ha calificado de "esperpento legal".
"El principal estereotipo sexista que hay que superar es que la madre debe ser quien cuide a los niños por ser mujer", con la consiguiente reducción de los padres al papel de "visitadores, periféricos, proveedores", ha añadido. 

lunes, 15 de octubre de 2012

'La DICTADURA de GÉNERO'. Nuevo libro de Francisco Serrano


El libro será presentado en Sevilla el lunes 22 de octubre de 2012.

Una denuncia contra las injusticias de las actuales leyes sobre Género e Igualdad

Este libro quiere ser una denuncia pública sobre las políticas de "igualdad" y de "violencia de género", y, lo que es peor, de su reflejo legislativo en leyes que pueden estar siendo dramáticamente perniciosas para su objetivo fundamental, la Justicia y la Igualdad. Estas disposiciones no sólo son ineficaces sino que están basadas en el enfrentamiento y no en la conciliación, especialmente en el ámbito doméstico. El juez Serrano, que tiene tras de sí una larga e innovadora carrera judicial en el ámbito de lo familiar y ha sido pionero en España en el uso de medidas de concilicación familiar para solucionar los conflictos inherente al divorcio y la custodia de los hijos, lleva algunos años ya denunciando las aberraciones que está produciendo esta dinámica impulsada por la mano poderosa de grupos políticos y de presión.
Recientemente el juez Serrano ha sido protagonista de un proceso judicial en el que, de fondo, y por lo desproporcionado de su castigo (su apartamiento de la carrera judicial), ha estado muy presente su enfrentamiento contra esas instancias políticas y judiciales que promueven dichas leyes de género. Francisco Serrano también recorre en este libro, de primera mano, todo lo que ha rodeado su caso y los avatares de un juez castigado por su incorrección política. A pesar de todo, Francisco Serrano insiste en su denuncia mediante el análisis de una realidad poco edificante, provocada por unas políticas llamadas "de igualdad y de género" que han dado como resultado flagrantes casos de desigualdad y la injusticia.

El juez Serrano tiene tras de sí una larga e innovadora carrera judicial en el ámbito de lo familiar y ha sido pionero en España en el uso de medidas de concilicación familiar para solucionar los conflictos inherente al divorcio y la custodia de los hijos

Francisco Serrano Castro ingresó en la carrera judicial en 1990 y hasta hace poco Magistrado del Juzgado de 1ª Instancia, Familia, nº 7 de Sevilla y fiscal en excedencia. Es profesor y ponente en diversos organismos públicos y privados de formación sobre derechos de familia, protección de menores y orientación y mediación familiar. Director y coordinador y ponente habitual en jornadas de derecho de familia organizadas por el Consejo General del Poder Judicial tanto en el plan estatal de formación de Jueces y Magistrados como en el plan territorial de Andalucía, además de en las universidades de Barcelona, Madrid y Sevilla. Es miembro del grupo-comisión de trabajo de familia constituido en el Consejo General del Poder Judicial. Ha impartido numerosas conferencias, cursos y jornadas sobre Derecho de Familia, Ley Orgánica de Protección del Menor, violencia domestica y mediación familiar, en todo el ámbito nacional. Tiene numerosas publicaciones en órganos profesionales de judicatura y abogacía y es articulista semanal en el Correo de Andalucía desde julio de 2001. También colabora sobre materias de infancia y familia en tertulias radiofónicas en los programas “Hoy por hoy” y “La ventana” de la emisora Cadena Ser. En 2006 publicó Guía Práctica sobre las reformas de Derecho de Familia junto a Eduardo Perdiguero y Joaquín Delgado (El Derecho Editores). En 2009 publicó en Almuzara Un divorcio sin traumas.

Francisco Serrano también recorre en este libro, de primera mano, todo lo que ha rodeado su caso y los avatares de un juez castigado por su incorrección política.
Fuente: http://www.editorialalmuzara.com/editorial.php?idioma=1&libro=711 

sábado, 12 de mayo de 2012

El T. Supremo revisará la condena al juez Serrano el 30 de mayo

Andrés Martínez Arrieta. Magistrado del TS y ponente del caso Serrano

 

El Tribunal Supremo ha fijado para el próximo 30 de mayo la revisión de la condena de dos años de inhabilitación que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía le impuso al juez Serrano. 

Hay que recordar que esa pena se le impuso al juez Serrano por el delito de "prevaricación culposa", algo de lo que no había sido acusado ni por el abogado de la acusación (que le achacaba una prevaricación "dolosa") ni por parte de la fiscalía, que incluso pidió finalmente la absolución del acusado respecto a todas las acusaciones. Por tanto, esa condena ha dejado en una completa indefensión al juez Serrano, que jamás fue advertido de que debía defenderse de una acusación por "prevaricación culposa", sacada de la manga del TSJA a última hora y en el momento de la sentencia.

Para recordar la sentencia emitida en octubre de 2011 por el TSJA, así como las sesiones del juicio y las irregularidades que han rodeado a todo el proceso, pincha aquí y en los enlaces subsiguientes. Serrano renunció inmediatamente a solicitar al Gobierno el indulto parcial que la propia sentencia del TSJA sugería, pues ello equivaldría a reconocer su culpabilidad (acaso el auténtico propósito de todo el aparato feminazi del Estado). 

Veremos en qué queda este asunto tras la resolución del Tribunal Supremo. La Sala que revisará este caso estará integrada por el presidente de lo penal del Supremo, Juan Saavedra, y los magistrados Perfecto Andrés Ibáñez, Francisco Monterde, Antonio del Moral y Andrés Martínez Arrieta, que será el ponente de la resolución. Juan Saavedra pertenece a la asociación moderada Francisco de Vitoria (sus miembros no son necesariamente afines al PSOE o al PP). Francisco Monterde es miembro de la conservadora Asociación Profesional de la Magistratura (PP) y próximo al Opus Dei. Perfecto Andrés Ibáñez es progresista, de la asociacion Jueces para la Democracia (PSOE). Antonio del Moral es conservador (PP) y del Opus Dei, aunque su entrada en el Supremo fue permitida por el PSOE. Finalmente, Andrés Martínez Arrieta, el ponente de la resolución, es tambien centrista (asociación Francisco de Vitoria). El día 30 de mayo de 2012 veremos lo que resuelven.

El TS fija para el día 30 la revisión de la condena al juez Serrano

Está inhabilitado por cambiar el turno de custodia de un niño para que saliera de paje

R. S. | Actualizado 12.05.2012 - 05:03 DIARIO DE SEVILLA
El Tribunal Supremo revisará el próximo 30 de mayo la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que en octubre pasado condenó a dos años de inhabilitación al juez de familia de Sevilla Francisco Serrano por un delito de prevaricación culposa tras modificar el turno de custodia de un niño de 11 años para garantizar su salida como paje en una cofradía de la Madrugada.

Se da la circunstancia de que el fiscal del Tribunal Supremo Luis Navajas, al que ha correspondido este caso en el Supremo, desistió en su día del recurso anunciado inicialmente por la Fiscalía andaluza para solicitar la absolución del magistrado en consonancia con su postura durante el juicio, al término del cual retiró los cargos.

La Sala que revisará este caso estará integrada por el presidente de lo Penal del Supremo, Juan Saavedra, y los magistrados Perfecto Andrés Ibáñez, Francisco Monterde, Antonio del Moral y Andrés Martínez Arrieta, que será el ponente de la resolución, según informaron fuentes del alto tribunal.

La sentencia dictada en su día por el TSJA condenó también a Serrano al pago de las costas y a indemnizar a la madre del menor con 4.000 euros, mientras que lo absolvió de prevaricación dolosa, todo ello en una sentencia en la que la Sala acordó solicitar al Gobierno que conceda al magistrado el indulto parcial y reduzca la condena a seis meses de inhabilitación.

En el juicio, la Fiscalía modificó sus conclusiones provisionales y pasó de pedir diez años de inhabilitación a solicitar la libre absolución del magistrado, mientras que la acusación particular ejercida por la madre del pequeño elevó a definitiva su petición para el magistrado de 20 años de inhabilitación y 14.400 euros de multa, así como el pago de una indemnización de 60.000 euros a la madre; de 100.000 euros al menor y de 12.000 euros al otro hijo menor de la querellante. De su lado, el abogado del juez pidió la libre absolución de su patrocinado.

Según la sentencia del TSJA, el juez Serrano "dictó y firmó un auto resolviendo la medida cautelar solicitada sin trámite procesal alguno, sin dar traslado ni pedir informe al Ministerio Fiscal, sin oír previamente, y pese a conocer sus domicilios, a ninguno de los progenitores del menor, ni al padre ni a la madre, a quien se atribuía una actitud reticente u obstativa". 

El Supremo revisa el 30 de mayo en vista pública la condena por prevaricación del juez Serrano

11/05/2012 21:18 | lainformacion.com 
Fue inhabilitado 2 años por modificar el turno de custodia de un niño para garantizar su salida como paje en una cofradía de la 'Madrugá'  
MADRID, 11 (EUROPA PRESS)

El Tribunal Supremo revisará el próximo 30 de mayo la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que el pasado mes de octubre condenó a 2 años de inhabilitación al juez de familia Sevilla Francisco Serrano por un delito de prevaricación culposa tras modificar el turno de custodia de un niño de 11 años para garantizar su salida como paje en una cofradía de la 'Madrugá'.
Se da la circunstancia de que el fiscal del Tribunal Supremo Luis Navajas, al que ha correspondido este caso en el Supremo, desistió en su día del recurso anunciado inicialmente por la Fiscalía andaluza para solicitar la absolución del magistrado en consonancia con su postura durante el juicio, al término del cual retiró los cargos.
La Sala que revisará este caso estará integrada por el presidente de lo penal del Supremo, Juan Saavedra, y los magistrados Perfecto Andrés Ibáñez, Francisco Monterde, Antonio del Moral y Andrés Martínez Arrieta, que será el ponente de la resolución, han informado fuentes del alto tribunal.
La condena dictada en su día La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía condenó también a Serrano al pago de las costas y a una indemnizar a la madre del menor de 4.000 euros, mientras que lo ha absolvió e prevaricación dolosa, todo ello en una sentencia en la que la Sala acuerda solicitar al Gobierno que conceda al magistrado el indulto parcial y reduzca la condena a seis meses de inhabilitación.
Durante el juicio, la Fiscalía modificó sus conclusiones provisionales y pasó de pedir diez años de inhabilitación a solicitar la libre absolución del magistrado, mientras que la acusación particular ejercida por la madre del pequeño elevó a definitiva su petición para el magistrado de 20 años de inhabilitación y 14.400 euros de multa, así como el pago de una indemnización de 60.000 euros a la madre; de 100.000 euros al menor, y de 12.000 euros al otro hijo menor de la querellante. De su lado, el abogado del juez pidió la libre absolución de su patrocinado.
Según la sentencia del TSJA, el juez Serrano "dictó y firmó un auto resolviendo la medida cautelar solicitada sin trámite procesal alguno, sin dar traslado ni pedir informe al Ministerio Fiscal, sin oír previamente, y pese a conocer sus domicilios, a ninguno de los progenitores del menor, ni al padre ni a la madre, a quien se atribuía una actitud reticente u obstativa al cumplimiento de lo acordado" por el Juzgado de Violencia sobre la Mujer, que estableció que los padres "respetarán el deseo de los hijos de tomar parte en las estaciones de penitencia de las hermandades a que pertenecen".
El TSJA argumentaba que el objeto de enjuiciamiento "no es valorar en abstracto la decisión de autorizar a un menor salir en la procesión de la Hermandad del Silencio, ni tampoco si esa decisión estaba amparada por el artículo 158.3 del Código Civil", que son, según añadía "los únicos aspectos sobre los que se ha centrado machaconamente la prensa y también, por cierto, los únicos valorados por la Audiencia Provincial de Sevilla a la hora de resolver el recurso de apelación que les fue planteado".