FERRAN BALSELLS - Barcelona - 16/09/2011
"La orden de alejamiento, por si sola, no es eficaz", advierte un jurista
La víctima que abrió la cuestión puede ser condenada por vivir con su agresor
Un juez puede obligar a una mujer a dejar de vivir con su pareja si esta
le ha denunciado por malos tratos, incluso verbales, pese a que la
víctima decida mantener la convivencia. Así lo avala el Tribunal de
Justicia de la UE en una sentencia emitida ayer en relación con dos
causas similares de la justicia española: se trata de dos condenados por
agresión que volvieron a instalarse en el domicilio de su pareja a
petición de las víctimas. Estas reclamaron después al juez derogar la
orden de alejamiento. "Somos víctimas del sistema penal, ¿por qué no
puedo vivir con quien me agredió?", recriminó en 2009 a la Audiencia
Provincial de Tarragona E. C., una de esas víctimas. Tras escucharla, la
Audiencia consideró que este tipo de casos "cuestionan" ciertos
aspectos de la ley española, que puede atentar contra "el respeto de la
vida privada y familiar" incluido en el derecho comunitario. Por ello
elevó la cuestión al tribunal de la UE, que ha determinado que las
víctimas tienen derecho a ser escuchadas pese a que el criterio del juez
debe primar en cualquier caso.
"La protección penal no solo tiene por objeto la protección de los
intereses de la víctima, sino también la protección de otros intereses
más generales de la sociedad", justifica el fallo del organismo
comunitario. La sentencia no es vinculante para la justicia española
pero apuntala la reforma del Código Penal que el Ejecutivo español
-gobernado entonces por el PP- realizó en 2003 y que prácticamente
automatiza la imposición de órdenes de alejamiento: los magistrados
deben imponerla cautelarmente tras admitir a trámite una denuncia de
malos tratos, incluso verbales, es decir, por insultos o amenazas; y
tras una sentencia condenatoria esa orden pasa a ser definitiva y puede
imponerse con una duración de hasta 10 años. Esta disposición ha
provocado varias decenas de cuestiones de constitucionalidad de parejas
que reclamaban volver a convivir. El Tribunal Constitucional se ha
pronunciado por ahora a favor de la reforma legal, pero esta sigue
levantando controversia en el ámbito judicial.
"El sistema español
es excesivamente rígido", defiende el catedrático de Derecho Penal de
la Universidad de Barcelona, Joan Josep Queralt. "El modelo ideal es un
método mixto, con penas de alejamiento revisables cada cierto periodo de
tiempo", señala. "Por sí sola, además, la orden de alejamiento no sirve
como protección efectiva, hay muchos otros factores sociales",
advierte. En cualquier caso, la cuestión es compleja porque en algunos
casos, las parejas que han accedido a convivir con su agresor han
acabado asesinadas por su pareja. "Jurídicamente es difícil consentirlo,
porque juegan con fuego. Es como tener cáncer de pulmón y seguir
fumando", subraya. El año pasado, el 9,4% de las 120.000 víctimas de
maltratos reanudó después la convivencia con su agresor; porcentaje que
ascendió al 15,2% en 2009, según la Fiscalía General del Estado.
El
endurecimiento del Código Penal respondió a una necesidad de frenar la
sangría de asesinatos pero la generalización de las órdenes de
alejamiento no ha logrado revertir las cifras de mujeres fallecidas.
Hasta 74 víctimas fallecieron a manos de sus parejas o exparejas el año
pasado, 19 más que el año anterior. Año tras año, con ligeros aumentos o
descensos, el número de parejas asesinadas se mantiene elevado. En los
últimos cinco años, supera las 350 mujeres y se ha consolidado como la
primera causa de muerte dolosa en España. "Este desconcertante aumento
no se debe a un mal funcionamiento de la ley sino a la dificultad de
reeducar la ciudadanía", opinó ayer el Fiscal General del Estado,
Cándido Conde-Pumpido, que asumió la necesidad de mejorar la protección
de las víctimas.
Una cuestión en la que el nuevo Código Penal
puede ser contraproducente. "La reforma generalizó las órdenes de
alejamiento porque los jueces aplicaban medidas de protección con cierta
ligereza", detalla el jurista experto en derecho penal, Javier Ruiz.
"Ahora son demasiado severos y en algunos casos puede resultar
perjudicial". "Incluso se condena a las mujeres que deciden convivir con
sus agresores por colaboración en el quebrantamiento de la orden de
alejamiento, lo cual resulta cuestionable", añade Queralt. Estas penas,
de 6 a 12 meses de cárcel, pueden suponer el ingreso en prisión de la
víctima si esta tiene antecedentes penales.
Se trata del tipo de
condena que afronta posiblemente a E. C., cuya defensa de la convivencia
con su pareja originó el pronunciamiento del Tribunal de la UE. Tras la
sentencia de este organismo, la víctima se ha quedado abocada a un
proceso penal pese a que su pareja la agredió en la cara y en el cuerpo y
la amenazó de muerte con un cuchillo que iba clavando en la cama y
alrededor de la mujer, relata la sentencia condenatoria. Pero ella le
solicitó expresamente que volvieran a convivir, declaró a la Audiencia
de Tarragona en 2009. "Es una agresión superada, hemos asistido a
terapias... No lo dejaré si lo dice un juez porque nos queremos",
declaró la mujer a este diario hace dos años. La Audiencia, que entonces
suspendió las actuaciones en espera de la respuesta del tribunal
comunitario, considerará ahora si la víctima ha incumplido la ley, por
lo que esta rechazó realizar declaraciones sobre el asunto. "Reúne todos
los números para que sea declarada culpable", lamentó Ruiz.
ANÁLISIS
INMACULADA MONTALBÁN 16/09/2011
¿El alejamiento del agresor en contra de la voluntad de la víctima se
ajusta al derecho comunitario? El interrogante surgió en un tribunal
español antes de decidir si existía delito de quebrantamiento de pena en
dos casos en los que las víctimas, libremente, volvieron a vivir con
los agresores, a pesar de que estos habían sido condenados a penas de
alejamiento. La respuesta del Tribunal de Justicia de la Unión Europea
ha sido clara: aun en tales casos, la pena de alejamiento es compatible
con el derecho europeo. Argumenta que las víctimas tienen derecho a
participar en el proceso penal, a ser oídas y aportar pruebas, pero no a
elegir la pena. El Estado es el único que tiene el poder de fijar la
clase y duración de las penas en función de las características de cada
delito.
La norma española anuda la pena de alejamiento a las condenas por
violencia doméstica y de género. Esta pena no solo persigue proteger a
la víctima de otras agresiones, sino también fines de interés general
como es la paz social. Es automática y el juez ha de imponerla. En
octubre de 2010 el Tribunal Constitucional avaló la constitucionalidad
de esta medida legal. Ahora se declara ajustada a la normativa europea.
El
Tribunal europeo no juzga si el alejamiento automático es conveniente o
no; pero ya tenemos experiencia en la aplicación de esta norma. La
práctica en los juzgados nos dice que el automatismo en la imposición de
la pena de alejamiento puede producir algunos efectos no deseados y
desmedidos en casos leves, ocasionales, con arrepentimiento del
infractor. Para estos casos, según los expertos del Observatorio, el
Juez debería tener la oportunidad de ponderar las circunstancias para
decidir si procede el alejamiento.Se ha cerrado la polémica jurídica y podemos aprovechar la experiencia.
Inmaculada Montalbán es presidenta del Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género.
Ésta es la noticia publicada en EL PAÍS digital el día anterior, 15 de septiembre:
Los condenados por violencia machista deberán respetar la
distancia impuesta por el juez aunque la víctima desee retomar la
relación
EFE - Bruselas - 15/09/2011
La normativa europea "no se opone a la imposición de una medida de
alejamiento preceptiva con una duración mínima, prevista por el Derecho
penal de un Estado miembro, a los autores de violencia en el ámbito
familiar, aun en el supuesto de que las víctimas de esa violencia se
opongan a la aplicación de tal medida", señala el Tribunal en un
comunicado. La sentencia argumenta que "la protección penal contra los
actos de violencia doméstica que establece un Estado miembro" no busca
únicamente proteger a las víctimas sino preservar también "otros
intereses más generales de la sociedad".
El Tribunal ha emitido su
sentencia a petición de la Audiencia Provincial de Tarragona, que había
condenado por malos tratos a dos ciudadanos, a los que había impuesto
sendas órdenes de alejamiento y la prohibición de comunicarse con sus
parejas durante 17 y 18 meses. Sin embargo,
los dos condenados se saltaron las órdenes de alejamiento
al reanudar la relación con sus parejas a petición de estas, por lo que
fueron detenidos y condenados de nuevo, en este caso por incumplimiento
de la sentencia previa.
Con el apoyo de sus compañeras
sentimentales, ambos recurrieron la decisión de la Audiencia Provincial
tarraconense alegando que la reanudación de la convivencia no puede
considerarse un delito, ya que se llevó a cabo libremente y de forma
consentida. Sin embargo, el tribunal comunitario considera que la
legislación española puede imponer el alejamiento incluso si las
víctimas desean lo contrario. "El derecho de la víctima a ser oída no se
opone a que el legislador nacional, particularmente en los supuestos en
que han de tenerse en cuenta otros intereses además de los propios de
la víctima, establezca penas preceptivas con una duración mínima",
indica la resolución judicial.
Fuente:
http://www.elpais.com/articulo/sociedad/Tribunal/UE/valida/ordenes/alejamiento/espanolas/maltratadores/elpepusoc/20110915elpepusoc_5/Tes
Pego la noticia de la aprobación, por parte de los ministros de Justicia de la UE (23 de septiembre de 2011), de la euroorden de protección a mujeres maltratadas acordada en el Parlamento Europeo el pasado martes 20 de septiembre.
Promovida por España
BRUSELAS, 23 Sep. (EUROPA PRESS) -
Los ministros de
Justicia de la Unión Europea han aprobado este viernes, tras un año y
medio de debates, crear una euroorden de protección para mujeres
víctimas de la violencia de género, una iniciativa promovida por España
durante su presidencia de la UE. La norma ya fue objeto de acuerdo con
la Eurocámara el pasado martes, lo que garantiza una rápida tramitación
final.
El objetivo de la euroorden es que cualquier medida de
seguridad dictada por un Estado miembro para proteger a una persona
amenazada, por ejemplo una orden de alejamiento para un maltratador, se
ejecute también automáticamente en cualquier otro país de la UE al que
la víctima se traslade. Si el agresor la incumple, el país encargado de
ejecutarla impondrá sanciones penales o de otro tipo.
La nueva norma "cubrirá fundamentalmente las infracciones que
pongan en peligro la vida de la víctima, su integridad física,
psicológica o sexual, e incluso su libertad individual", según ha
indicado el Consejo en un comunicado. El objetivo es el de prevenir
nuevas infracciones y atenuar las consecuencias de faltas anteriores,
añade la nota.
El compromiso final es menos ambicioso que el que promovía el
Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero ya que únicamente incluye las
medidas de protección dictadas en procedimientos penales y deja fuera
las basadas en la legislación civil.
Estas últimas quedarán cubiertas por un reglamento propuesto
por la Comisión en mayo de 2011 y que todavía está pendiente de
aprobación. Según ha explicado la eurodiputada socialista y ponente
parlamentaria de esta cuestión, Carmen Romero, "se va a llenar un vacío
legal para miles de mujeres que viven con miedo y no pueden ejercer su
derecho al libre movimiento".
"Esta directiva protegerá a las personas cuyas vidas están
amenazadas, garantizando su integridad física y psicológica, su
dignidad, y por supuesto su integridad sexual", ha subrayado.
El secretario de Estado de Justicia, Juan Carlos Campo Moreno,
ha destacado que la euroorden de protección para mujeres víctimas de la
violencia de género que este viernes han aprobado los ministros
europeos de Justicia servirá para dar "mayor respaldo y mayor
protección" a las víctimas cuando se desplacen a otros países de la UE.
Se trata de un nuevo instrumento legal que permitirá que
cuando se dicten medidas de protección para una persona amenazada "le
puedan acompañar a modo de mochila más allá del país en el que se
adoptaron", ha declarado en rueda de prensa en Bruselas, al término de
la reunión del Consejo en el que se ha respaldado la norma.
Además, ha ofrecido esta decisión como un "homenaje" a las
víctimas de la violencia de género en España, en donde se ha vivido una
semana "especialmente sonrojante" por la muerte de varias mujeres.
Fuente:
http://www.europapress.es/presidencia-eu/noticia-27-aprueban-euroorden-proteccion-mujeres-maltratadas-20110923131019.html