Una vez más (véase alguno de los últimos ejemplos), EL PAÍS manipula la información relevante en el debate acerca de la custodia compartida. Lo hace en beneficio de las tesis del feminismo fanático (instalado tanto en las instituciones del Estado, por ejemplo entre los vocales del mismísimo CGPJ, como en las poderosas asociaciones feministas, cuya ilegítima influencia puede rastrearse en el mismo enlace que he colgado antes). El fin es torpedear la ley nacional que está destinada a facilitar la custodia compartida en España.
Si atendemos al titular de la noticia que EL PAÍS publicó ayer (17/09/2013), hemos de concluir que ese titular no es coherente con el contenido del desarrollo de la propia noticia. EL PAÍS titula así: "El CGPJ rechaza la custodia compartida impuesta por el juez sin acuerdo parental". Pero basta leer las primeras líneas del desarrollo de la noticia para
constatar que el titular es falso. Lo que rechaza el CGPJ es que se
otorgue la custodia compartida "si ninguno de los padres la pide". Así, bastaría con que alguno de los padres la pidiera, incluso contra el criterio del otro progenitor (acaso interesado en no llegar a un acuerdo simplemente porque así la custodia sería suya, que es lo que hoy está al alcance de las madres con la legislación vigente, como bien saben la vocal del CGPJ Margarita Robles y también el propio diario EL PAÍS). Por tanto, lo que dice el informe del CGPJ no implica la exigencia de un acuerdo entre ambos progenitores de ninguna de las maneras. La conclusión de la lectura completa de la noticia de EL PAÍS no puede ser otra que ésta: la redactora (o su jefe) es una manipuladora de tomo y lomo.
Teniendo en cuenta que todo el mundo que se aproxima a una noticia lee el titular, y que sólo un pequeño porcentaje de esas personas leen con atención crítica el desarrollo completo de esa noticia, es alta la probabilidad de que esa información falsa haya sido ampliamente extendida entre la población por parte del diario de información más leído de España. Como resulta obvio que los redactores y responsables de EL PAÍS saben muy bien que es el titular lo que va a ser leído, y teniendo en cuenta que el titular elegido expresa directamente la tesis defendida por el lobby feminista (es exactamente lo que dice la ley vigente, diseñada precisamente por ese lobby), no puede considerarse que el titular sea un simple error o el resultado de la locura de la redactora o de su jefe. Es evidente que se trata de una manipulación ejecutada con plena voluntad de tergiversar la información.
Esta es la noticia publicada por EL PAÍS el día 17 de septiembre de 2013:
El CGPJ rechaza la custodia compartida impuesta por el juez sin acuerdo parental
Un informe de la Comisión de Estudios alerta de los problemas para el menor de esta decisión
“Puede ser problemático para el menor que el juez imponga la custodia
compartida si ninguno de los padres lo quiere”. Así resume Margarita Robles, vocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ),
una de las principales objeciones del órgano judicial al anteproyecto
de ley sobre el ejercicio de la corresponsabilidad parental en caso de
nulidad, separación y divorcio, recogida en un informe redactado por la
comisión de estudios. La reforma proyectada por el ministro de Justicia,
Alberto Ruiz-Gallardón permite al juez establecer la convivencia de los hijos con ambos progenitores sin tener en cuenta el criterio de los padres y atendiendo únicamente al interés superior del menor.
El documento del CGPJ alerta de los "inconvenientes" de imponer la custodia compartida sin que al menos uno de los progenitores la pida. "Esta modalidad exige un alto grado de cooperación para que resulte exitosa, toda vez que las decisiones relativas al cuidado de los menores y las pautas educativas a seguir necesariamente deberán ser consensuadas, so riesgo, en caso contrario, de revertir negativamente en el interés del menor", apunta el Consejo. Por eso, el organismo llama a “repensar” esta modificación de la ley. Fuentes del ministerio de Justicia apuntan que "el espíritu de la ley es romper con la excepcionalidad de la custodia compartida, lo que no significa que se le de prioridad". "Confiamos en que los jueces velarán siempre por el interés del menor y en que ninguno va a obligar a esta modalidad si observa que no habrá forma de mantenerla", añaden.
Robles, ponente del texto -todavía provisional a falta de su aprobación por el pleno del CGPJ el próximo jueves 19 y que podría sufrir modificaciones-, aboga, sin embargo, por que “se mantenga el modelo actual”. Esto es que el juez decida otorgar la custodia compartida siempre que haya acuerdo “o que al menos uno de los cónyuges lo pida y el juez valore esta opción en beneficio del menor”, señala la vocal.
“No somos partidarios de la custodia compartida impuesta por el juez porque puede generar problemas. Esto no significa que cuestionemos este régimen”, puntualiza Robles. En este sentido, el documento destaca que “en términos generales, la modalidad compartida resulta una opción ventajosa, en tanto posibilita que ambos progenitores participen activamente en el cuidado y la educación de los hijos”.
Para Robles, sin embargo, que sea el juez el que decida esta modalidad contra la voluntad de los progenitores, provocará que se “judicialicen las relaciones de los padres con los hijos”. EL CGPJ subraya los problemas que “por la experiencia” prevé que puede ocasionar una custodia compartida forzada, sobre todo, en los cambios de domicilio. “Si un juez establece que el menor pase 15 días, tres o seis meses con cada uno de los progenitores, bien sea porque el niño se mude de una casa a otra o sean los padres los que vivan ese tiempo en el hogar del hijo, es necesaria la voluntad de hacerlo”, explica la vocal del CGPJ. En su opinión, cuando las relaciones “son horrorosas” y se deterioran hasta el punto de no llegar a un acuerdo, es muy difícil que se alcance ese grado de colaboración mutua.
El informe del CGPJ también advierte de la posibilidad de que los jueces la fijen “a modo de solución salomónica” en caso de desacuerdo entre los padres. Además, al no haber sido solicitada expresamente por alguno de los progenitores, es previsible que su otorgamiento sea recurrido ante la justicia, señala el texto.
El documento del CGPJ alerta de los "inconvenientes" de imponer la custodia compartida sin que al menos uno de los progenitores la pida. "Esta modalidad exige un alto grado de cooperación para que resulte exitosa, toda vez que las decisiones relativas al cuidado de los menores y las pautas educativas a seguir necesariamente deberán ser consensuadas, so riesgo, en caso contrario, de revertir negativamente en el interés del menor", apunta el Consejo. Por eso, el organismo llama a “repensar” esta modificación de la ley. Fuentes del ministerio de Justicia apuntan que "el espíritu de la ley es romper con la excepcionalidad de la custodia compartida, lo que no significa que se le de prioridad". "Confiamos en que los jueces velarán siempre por el interés del menor y en que ninguno va a obligar a esta modalidad si observa que no habrá forma de mantenerla", añaden.
Robles, ponente del texto -todavía provisional a falta de su aprobación por el pleno del CGPJ el próximo jueves 19 y que podría sufrir modificaciones-, aboga, sin embargo, por que “se mantenga el modelo actual”. Esto es que el juez decida otorgar la custodia compartida siempre que haya acuerdo “o que al menos uno de los cónyuges lo pida y el juez valore esta opción en beneficio del menor”, señala la vocal.
“No somos partidarios de la custodia compartida impuesta por el juez porque puede generar problemas. Esto no significa que cuestionemos este régimen”, puntualiza Robles. En este sentido, el documento destaca que “en términos generales, la modalidad compartida resulta una opción ventajosa, en tanto posibilita que ambos progenitores participen activamente en el cuidado y la educación de los hijos”.
Para Robles, sin embargo, que sea el juez el que decida esta modalidad contra la voluntad de los progenitores, provocará que se “judicialicen las relaciones de los padres con los hijos”. EL CGPJ subraya los problemas que “por la experiencia” prevé que puede ocasionar una custodia compartida forzada, sobre todo, en los cambios de domicilio. “Si un juez establece que el menor pase 15 días, tres o seis meses con cada uno de los progenitores, bien sea porque el niño se mude de una casa a otra o sean los padres los que vivan ese tiempo en el hogar del hijo, es necesaria la voluntad de hacerlo”, explica la vocal del CGPJ. En su opinión, cuando las relaciones “son horrorosas” y se deterioran hasta el punto de no llegar a un acuerdo, es muy difícil que se alcance ese grado de colaboración mutua.
El informe del CGPJ también advierte de la posibilidad de que los jueces la fijen “a modo de solución salomónica” en caso de desacuerdo entre los padres. Además, al no haber sido solicitada expresamente por alguno de los progenitores, es previsible que su otorgamiento sea recurrido ante la justicia, señala el texto.
Fuente: http://sociedad.elpais.com/sociedad/2013/09/17/actualidad/1379433617_625912.html
El día 19 de septiembre, como estaba previsto, el Pleno del CGPJ aprobó por unanimidad el informe crítico propuesto. Puede comprobarse que lo aprobado no es lo que el titular de EL PAÍS anunciaba maliciosamente:
El día 19 de septiembre, como estaba previsto, el Pleno del CGPJ aprobó por unanimidad el informe crítico propuesto. Puede comprobarse que lo aprobado no es lo que el titular de EL PAÍS anunciaba maliciosamente:
Sociedad
El CGPJ aprueba por unanimidad el informe crítico con la reforma de la custodia compartida
Día 19/09/2013El Anteproyecto prevé que un juez la pueda acordar de oficio sin que la pidan los padres
El CGPJ se muestra contrario a que un juez acuerde la custodia compartida sin que la pidan los padres
El Pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha aprobado por unanimidad el informe dela custodia compartida que el sábado adelantó ABC y
que se muestra contrario a que un juez acuerde la custodia compartida
sin que la hayan solicitado ninguno de los dos progenitores.
La adopción de esta figura cuando ninguno de los padres la
pide «puede agudizar las tensiones y controversias que suelen surgir
tras la ruptura de convivencia en aspectos tan trascendentes como,la
educación, vigilancia y cuidado de los hijos», señala.
El órgano de gobierno de los jueces informa así al Gobierno
sobre el Anteproyecto de ley de custodia compartida aprobado por el
Consejo de Ministros el pasado julio. Pese a la objeción de que un juez
la pueda acordar de oficio «en interés del menor», el dictamen, que no
es vinculante, en todo lo demás es favorable a la adopción de la
custodia compartida, pues se trata de «una opción ventajosa» que hace
posible que los dos progenitores participen activamente en el cuidado y
la educación de sus hijos, «reforzando así la cooperación entre ellos y
la percepción, por parte de los menores, de que sus padres continúan
ejerciendo su rol».
Pero también subraya sus inconvenientes, como los derivados
de los «continuos cambios de domicilio» que para el hijo supone residir
alternativamente con uno u otro progenitor, así como las «disfunciones
que pueden llegar a producirse cuando el grado de cooperación de los
cónyuges sea escaso o las pautas educativas seguidas por estos últimos
sean divergentes».
Fuente: http://www.abc.es/sociedad/20130919/abci-informe-critico-custodia-compartida-201309191232.html
CUSTODIA COMPARTIDA
El CGPJ rechaza la custodia compartida impuesta por el juez sin pedirla los padres
19/09/2013 · 16:01 · Efe
El Consejo General del Poder Judicial ha rechazado hoy que los jueces
puedan imponer la custodia compartida de los hijos, aunque los padres
se opongan, si consideran que es lo mejor para los menores, una medida
propuesta por el Gobierno.
El pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha estudiado hoy el Anteproyecto de Ley sobre el ejercicio de la corresponsabilidad parental en caso de nulidad, separación y divorcio.
La Comisión de Estudios del CGPJ había elevado al pleno sus dudas sobre algunos aspectos de este Anteproyecto y, muy en concreto, sobre la custodia compartida impuesta por el juez. El pleno ha suscrito por unanimidad ese criterio.
Así, el informe aprobado hoy considera que, respecto a la guarda y custodia compartida, la reforma analizada establece que podrá ser establecida por el juez sin que ninguno de los progenitores lo haya solicitado, con tal que ambos pidan la custodia exclusiva para sí mismos.
En la actualidad, esta posibilidad tiene un carácter excepcional, según la regulación que le otorga el vigente artículo 92.8 del Código Civil.
Es en ese punto en donde el CGPJ identifica problemas porque, cree, dará lugar de manera "más que previsible" a un agudizamiento de "las tensiones y controversias que, frecuentemente, pueden surgir tras la ruptura de convivencia, en aspectos tan transcendentes como la educación, la vigilancia y el cuidado de los hijos".
Es decir, dice el informe, imponer la custodia "no comportará ventaja o utilidad alguna" y "difícilmente puede revertir en interés de los hijos".
De este modo, añade, la novedad introducida por el ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, no servirá "para que los padres puedan desempeñar de mejor manera las funciones inherentes a la guarda y custodia".
El informe del órgano de gobierno de los jueces no es, sin embargo, negativo en todos sus extremos y, de este modo, valora la relevancia que el anteproyecto confiere a la mediación en el Derecho de familia, al regular con mayor detalle la labor mediadora en supuestos de crisis matrimonial y, en general, en los diferentes conflictos que puedan suscitarse en el ámbito familiar.
El CGPJ considera que el Anteproyecto acierta en varios de los criterios que marca a los jueces para resolver cuestiones relativas a la guarda y custodia y el régimen de estancia, relación y comunicación de los padres con los hijos.
El anteproyecto de ley que regula este régimen en los casos de nulidad, separación y divorcio fue aprobado por el Ejecutivo el pasado mes de julio, por lo que debe ser sometido al CGPJ, cuyo informe, aprobado hoy, es preceptivo, pero no vincula al Gobierno ni al Parlamento.
Fuente: http://www.lexdiario.es/noticias/209811/el-cgpj-rechaza-la-custodia-compartida-impuesta-por-el-juez-sin-pedirla-los-padres
El pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha estudiado hoy el Anteproyecto de Ley sobre el ejercicio de la corresponsabilidad parental en caso de nulidad, separación y divorcio.
La Comisión de Estudios del CGPJ había elevado al pleno sus dudas sobre algunos aspectos de este Anteproyecto y, muy en concreto, sobre la custodia compartida impuesta por el juez. El pleno ha suscrito por unanimidad ese criterio.
Así, el informe aprobado hoy considera que, respecto a la guarda y custodia compartida, la reforma analizada establece que podrá ser establecida por el juez sin que ninguno de los progenitores lo haya solicitado, con tal que ambos pidan la custodia exclusiva para sí mismos.
En la actualidad, esta posibilidad tiene un carácter excepcional, según la regulación que le otorga el vigente artículo 92.8 del Código Civil.
Es en ese punto en donde el CGPJ identifica problemas porque, cree, dará lugar de manera "más que previsible" a un agudizamiento de "las tensiones y controversias que, frecuentemente, pueden surgir tras la ruptura de convivencia, en aspectos tan transcendentes como la educación, la vigilancia y el cuidado de los hijos".
Es decir, dice el informe, imponer la custodia "no comportará ventaja o utilidad alguna" y "difícilmente puede revertir en interés de los hijos".
De este modo, añade, la novedad introducida por el ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, no servirá "para que los padres puedan desempeñar de mejor manera las funciones inherentes a la guarda y custodia".
El informe del órgano de gobierno de los jueces no es, sin embargo, negativo en todos sus extremos y, de este modo, valora la relevancia que el anteproyecto confiere a la mediación en el Derecho de familia, al regular con mayor detalle la labor mediadora en supuestos de crisis matrimonial y, en general, en los diferentes conflictos que puedan suscitarse en el ámbito familiar.
El CGPJ considera que el Anteproyecto acierta en varios de los criterios que marca a los jueces para resolver cuestiones relativas a la guarda y custodia y el régimen de estancia, relación y comunicación de los padres con los hijos.
El anteproyecto de ley que regula este régimen en los casos de nulidad, separación y divorcio fue aprobado por el Ejecutivo el pasado mes de julio, por lo que debe ser sometido al CGPJ, cuyo informe, aprobado hoy, es preceptivo, pero no vincula al Gobierno ni al Parlamento.
Fuente: http://www.lexdiario.es/noticias/209811/el-cgpj-rechaza-la-custodia-compartida-impuesta-por-el-juez-sin-pedirla-los-padres