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jueves, 21 de junio de 2012

La Fundación Filia protege a los menores de las manipulaciones en los conflictos parentales



Fundación Filia de amparo al menor

"Estimado amigo:

Tenemos el placer de invitaros a la Gala de presentación de la Fundacion Filia de Amparo al Menor, dedicada a defender los derechos de miles de niños separados de sus familias tras el divorcio.

El acto será en Madrid el próximo día 25 de junio en la Sala Joy Eslava a las 21 horas y será presentado por Pedro García Aguado y Alejandra Grepi. Además de otras muchas caras conocidas que apoyan la causa.

Quien quiera asistir, ruego se ponga en contacto con nosotros, para confirmar asistencia. (Contacta)

Te adjunto la invitación."

El juez Francisco Serrano y el psiquiatra José Miguel Gaona Cartolano, en la presentación de la Fundación Filia


PSICOLOGIA | Maltrato en la familia

Dejen de manipular a sus hijos

  • Una fundación les protege de las tensiones que surgen en una ruptura
  • Algunas personas utilizan a los niños como arma arrojadiza contra sus ex
Patricia Matey | Madrid
Actualizado viernes 15/06/2012 EL MUNDO.es Salud

'A quién quieres más, ¿a papá o a mamá?'. 'Tu padre no te quiere, ¿no ves que no me da dinero?'... Ningún menor debería nunca escuchar frases como éstas, y para luchar contra ello nació precisamente la Fundación Filia de Amparo al Menor, que "lucha por la concienciación de la sociedad frente a un tipo de maltrato disfrazado y ejercido por los padres a sus propios hijos, a los que somete a un conflicto parental a través de la manipulación tras el divorcio".
Como explica su presidenta, Lucía del Prado, "esta iniciativa surge hace ya más de un año, a través de un grupo de profesionales expertos en la materia, que están tratando a padres y madres que sufren esta dramática situación. Algunos de ellos han perdido el contacto completamente con sus hijos, debido a que uno de los progenitores, a través de la manipulación, los utiliza como armas arrojadizas, alejándoles del otro y llegando a perder el vínculo para siempre. Hay muchas pequeñas asociaciones, pero no existía nada que relamente luchara por la protección del menor, en este ámbito, de ahí que creáramos la Fundación".
Cada año se producen en España una media de 150.000 procesos de divorcio, de los cuales casi un 30% son de tipo contencioso: 30.000 menores se ven afectados por ello. "Esto son las estadísticas oficiales, y no tienen nada que ver con la realidad. Sabemos que los casos van en aumento. De hecho, podemos decir que estamos ante una nueva alarma social. Tanto es así que hemos iniciado la creación de una Comisión de Investigación para dar a conocer esta realidad, prevenir y paliar las consecuencias que se producen en los menores", argumenta Lucía del Prado.

Una experiencia estresante

La Asociación Americana de Psiquiatría considera la ruptura conyugal "una experiencia muy estresante para los hijos que puede tener consecuencias a corto, medio y largo plazo y que es capaz, además, de generar problemas físicos, emocionales, escolares y sociales".
Si a ello se suma que muchos de estos padres 'utilizan a sus hijos' como armas arrojadizas contra sus ex parejas, las 'secuelas' para el menor pueden ser aún más graves.
Como denuncia Ramón, en la sección 'Ser joven' de la página web de la Asociación Española de Pediatría de Atención Primaria (AEPap). "Me sentía como un traidor. Cuando volvía a casa el domingo por la noche, mi madre me sometía a un 'tercer grado': que cómo era la nueva novia de papá, que si me reñía, que si tenían lavavajillas o si iban al cine. En fin, quería saberlo todo. Un día me harté y le contesté: Yo no soy un espía, soy vuestro hijo. De los dos. Esas preguntas tuyas me hacen sentir mal. Si quieres saber esos detalles, llama a papá".
Según la Fundación Filia, "se entiende que el menor tras una separación tiene la necesidad de estar con ambos padres con independencia de cuál de los dos ejerza la guarda y custodia. El problema surge cuando uno o ambos progenitores no ha superando dicho duelo de separación y hacen partícipes a sus hijos de los problemas que pudieran existir en la pareja y que ha forzado su ruptura, obligándoles a tomar partido, triangulándolos en definitiva en el conflicto de la pareja".
Es en estos casos cuando "decimos que lo que opinan los menores está sugestionado y/o mediatizado por su progenitor, formando alianzas a favor de uno u otro, entrando en la disputa como si fuera uno de los adultos", denuncia esta institución formada por un equipo multidisciplinar.

Niños manipulados

Y así es como el sufrimiento del menor se hace visible. Los síntomas de la manipulación van desde "encerrarse en el cuarto, no comunicarse con la familia, tener ira, hasta mentir habitualmente, tener sentimientos de culpa y abandono, rechazo, impotencia, indefensión, ansiedad, depresión o bajo rendimiento escolar".
En palabras de la presidenta de la Fundación se "trata de un proceso largo. Las campañas de descrédito hacia la ex pareja empiezan generando desconfianza, introversión que con el tiempo se convierten en miedo. Y posteriormente rechazo, para terminar en la pérdida del vínculo".
A través de un equipo de profesionales, "la fundación Filia proporciona terapias de apoyo a los menores y al resto de la familia y cuenta con una 'escuela de padres' e intervención 'online' y telefónica. Se suma a todo ello su asesoramiento jurídico".

Fuente: http://www.elmundo.es/elmundosalud/2012/06/14/psiquiatriainfantil/1339696641.html

Vídeo subido a youtube el 1 de septiembre de 2012. Se trata de una entrevista a miembros de la Fundación Filia en Punto Radio Euskadi ("Ciudadanos en Punto") que tuvo lugar el 24 de julio de 2012:
https://www.youtube.com/watch?v=w8jOmLcMBG0&feature=player_embedded

miércoles, 28 de septiembre de 2011

Retirado en Irlanda, por andrófobo, un anuncio contra el maltrato a menores




Un anuncio (pon el cursor sobre la imagen para verlo) que difundía una campaña contra el maltrato a los menores en el hogar ha sido retirado en Irlanda. El anuncio pertenece a la 'Sociedad irlandesa para la Prevencion de la Crueldad hacia los Niños'. El motivo de su retirada ha sido que ese anuncio daba a entender que el maltrato a los menores es ejercido exclusivamente (o fundamentalmente) por los varones. Algo que no sólo degrada la dignidad de los varones, sino que además es falso. Esa concepción ha de calificarse como un ejemplo de misandria (odio a los varones) o de androfobia (temor injustificado o rechazo a los varones), términos con los que lamentablemente ustedes irán familiarizándose, pues los mensajes y prejuicios con esa carga ideológica que atenta contra la dignidad de los varones son el pan nuestro de cada día. 
(En la noticia publicada por la prensa española para difundir la retirada de este anuncio en Irlanda (pincha) se comete un error de bulto, al calificar esta actitud prejuiciosa contra los varones como "homofobia"... Esta palabra se refiere al temor infundado o rechazo a los homosexuales. Aquí, "homo" no es la palabra latina de la que procede "hombre", que por otra parte incluye a las mujeres y a los varones, sino la palabra "homo" que procede del griego y significa "igual". Se ve que la prensa española no está aún educada para afrontar la realidad e informar acerca de los prejuicios contra los varones...).

Imagino que las feminazis que decidieron introducir ese anuncio en la campaña en la que se enmarca estarían encantadas con esta clase de basura manipuladora. Sin embargo, en Irlanda le han cortado la fiesta de cuajo a esta secta.

Lo que es más: el Proyecto de ley que se envió al Parlamento por parte del Gobierno de Zapatero cuando se tramitó la Ley Integral contra la Violencia de Género (LIVG), allá por el año 2004, estipulaba penas contra el maltrato a los menores más graves para los varones... Lo mismo que cuando la víctima es una mujer. Pero este punto fue modificado en el trámite de aprobación de esa ley en el Parlamento, y el maltrato a las "personas especialmente vulnerables" (los menores, por ejemplo) fue agravado con independencia del sexo del agresor. Fue la única modificación introducida en el Parlamento antes de aprobar esa ley sexista y abominable (la LIVG), vergüenza del Estado español que lo sitúa al margen de los Estados de derecho en el mundo. 
Pues bien. Esa modificación fue llorada por el caprichoso feminismo totalitario hispano, que no iba a quedarse de brazos cruzados al ver modificada la ley que habían diseñado ellas mismas (su ley)... Para poner las cosas en su sitio estaba, naturalmente, el PSOE (y un acomplejado e interesado PP): el control en el CGPJ y el control del Gobierno del PSOE sobre la Fiscalía. Así, en la práctica judicial y en las sentencias tomadas es palmario el sexismo que termina, de hecho, por agravar las penas a los varones y por mostrar condescendencia con las mujeres (pincha y sigue el hilo de enlaces).

sábado, 24 de septiembre de 2011

EL PAÍS sirve al Banco Mundial y al lobby feminista llamando "asesinato" al aborto femenino

Edificio del Banco Mundial. Washington (EE.UU.)

"Estos son mis principios. Y si no le gustan, tengo otros" (Groucho Marx)


Bajo un titular que parece hablar de mujeres secuestradas o algo semejante (Más de dos millones de mujeres 'desaparecen' cada año, pincha), EL PAÍS nos transmite que se practican 1,5 millones de abortos de fetos femeninos... A esos abortos los denomina EL PAÍS "asesinatos selectivos", y a su juicio se trata, como dice en el titular, de "mujeres". 

Parece ser que EL PAÍS piensa (contra Simone de Beauvoir) que se nace mujer... Es más, piensa que se es mujer antes de nacer. Nada que objetar por mi parte, entendiendo que el sexo es algo biológico y los sexos son varón y mujer. Lo que sí me resulta sorprendente es que un periódico que ha defendido el aborto en España como un derecho de las mujeres y que incluso ha obviado las memeces de Bibiana Aído cuando dijo que un feto era "un ser vivo, pero no un ser humano", considere ahora el aborto ("feticidio", dicen ahora) un "asesinato" (lo cual da al feto no ya el rango obvio de ser humano, sino el de persona con derechos). ¿Es así porque se está hablando de fetos femeninos?... ¿O piensa EL PAÍS que es un asesinato el aborto en general? ¿Sería mucho pedir una respuesta por parte de EL PAÍS? Una de dos, por lo menos: o ese periódico ve ahora en el aborto un "asesinato" (sorprendentemente) y ha estado favoreciendo durante años lo que entiende que debería ser un delito en España, o sólo ve un "asesinato" si se trata de fetos cuyo sexo se sabe previamente que es femenino, con lo que el sexismo implícito en esa consideración no puede superar las exigencias mínimas de una ley de igualdad de trato sin discriminación por razón de sexo. Este artículo de El PAÍS está en una contradicción insalvable con las leyes que ha venido defendiendo. Sólo falta que EL PAÍS elija, entre esas dos, la ilegalidad que hace suya: ¿colaboración con el asesinato o discriminación por razón de sexo? ¿Las dos?

¿O se trata sólo, en realidad, de otra vuelta de tuerca en la campaña (todo vale) orquestada desde los poderes económicos para enturbiar las relaciones entre varones y mujeres y desviar la atención de sus mangoneos? Luego volveremos sobre esto...

Le aclaro antes a Georgina, la redactora, algunas cosas:

La principal razón por la que en India, o en cualquier otra parte del mundo donde exista un problema demográfico de exceso de población, el aborto selectivo se dirige hacia las mujeres es la misma que explica (véanse las obras del antropólogo Marvin Harris) la práctica, ejecutada a menudo por las propias madres, del infanticidio femenino allí donde el aborto es ilegal o una práctica médicamente desconocida: si por ejemplo nacieran un varón y 10 mujeres, ese varón se bastaría en el futuro para que las 10 mujeres pudieran engendrar 10 hijos cada vez. Por el contrario, si nacieran una mujer y 10 varones, por más que esa mujer tuviera relaciones con los 10 varones, sólo un hijo podría ser engendrado periódicamente.
La necesidad de un control demográfico donde eso es un problema prioritario explica la selección del sexo en el aborto. La reproducción puede estar rodeada, en algunos aspectos, de factores de género (culturales), pero es esencialmente una cuestión de sexo (biología). Por lo que ver sólo razones culturales machistas (de género) en este asunto revela una gran ignorancia y falta de atención en aspectos de la cuestión que son esenciales y elementales.

También resulta como mínimo sonrojante (vergüenza ajena) leer en esta noticia lo siguiente: "Pero no todo es negativo. El informe también revela los importantes avances logrados en igualdad de género en el último medio siglo, lo que a escala global ha permitido a la mujer ser más longeva que el hombre en todas las regiones del planeta". 
Genial: es muy positivo, al parecer, que la mujer sea más longeva que el varón, y además eso es un avance para la igualdad de género... ajajajja... (simplemente esperpéntico). Recuerdo haber constatado hace unos veinte años en un informe del Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), que ya por entonces hacía informes con perspectiva de género, que para el cálculo del índice de desarrollo humano de un país en materia de igualdad de género se utilizaba (entre otros factores) la esperanza de vida. Y se hacía así: se tomaba la diferencia de 7 años favorable a la mujer como criterio de normalidad (¿natural?), y se proponía que una diferencia menor favorable a la mujer era signo de desigualdad contra la mujer en ese país. Ya entonces me pareció eso algo injustificado, pero veo que las cosas siguen poco claras, aunque van dejando en evidencia la estupidez de aquel criterio. Resulta que, dice EL PAÍS en su noticia, "en 2007, la esperanza media de vida de la mujer se situó en 71 años, frente a los 67 años de los hombres", lo cual deja las distancias en 4 años... Pero se califica eso como un signo positivo debido a los avances logrados en igualdad de género en el último medio siglo. Obsérvese que, con los criterios de hace veinte años, la ONU calificaría ese resultado de sólo 4 años de diferencia en la esperanza de vida como un signo de una mayor desigualdad hacia las mujeres en el mundo (pues la "normalidad" se establecía en 7). Pero se ve que, si bien el lobby feminista va plegándose ante la evidencia que imponen los hechos (la diferencia de 7 años no era normal -natural...-, y parece que ya no es el criterio de igualdad de género), ese lobby sigue negándose a aceptar que el criterio de igualdad de género ha de ser la completa eliminación de diferencias en la esperanza de vida. De ahí que vean positiva y, resultado de un "avance" (ni es positivo ni hay avance), la mayor longevidad femenina, siquiera sea de 4 años (¡antes eran 7 años!). 

El feminismo se ha convertido en una ideología que, a base de ser cerrada e impermeable a la crítica racional (idiota, por tanto), es hoy un pensamiento ajeno a la racionalidad crítica (ciencia y filosofía). Es una mera ideología (en el sentido peyorativo de la palabra) al servicio de los intereses del lobby de mujeres que lo dirigen y al servicio de los intereses económicos que hay detrás.

Si tenemos en cuenta que la noticia de EL PAÍS que estoy comentando se hace eco de los resultados de un informe del Banco Mundial (BM), ya podemos hacernos una idea de las relaciones entre el lobby feminista y el dinero. Una idea de quién manda aquí.

Por un lado, tenemos lo que el Banco Mundial dice que hace en favor de la igualdad de género y el desarrollo (pincha en su web, puedes elegir leerla en español). Pero veamos lo que hace en realidad leyendo este artículo de 1995 escrito por Michel Chossudovsky (pincha), profesor de Economía en la Facultad de Ciencias Sociales en la Universidad de Ottawa. Pego este artículo en su integridad debajo de la noticia de EL PAÍS, porque no tiene desperdicio. Sólo destacaré ahora unos párrafos muy significativos:
  • El Banco Mundial actúa como un custodio, determina los conceptos, las categorías metodológicas y la base de datos utilizada para analizar los temas de género. La "comunidad de donantes" controla el marco institucional (a nivel de países), incluido el Departamento de la Mujer y el Ministerio de Asuntos de la Mujer. Como el Banco Mundial constituye la fuente principal de financiamientos, las organizaciones nacionales de mujeres vinculadas al poder político con frecuencia avalarán la perspectiva del Banco Mundial acerca del género. El objetivo principal del Banco es desmovilizar el movimiento de mujeres y a la vez apoyar los intereses de los acreedores internacionales.
  • El sistema de Naciones Unidas respalda tácitamente la agenda del FMI y el Banco Mundial, incluso su perspectiva sobre el género. En el Plan de Acción de Beijing no figura ninguna crítica general al marco de política neoliberal.
  • La perspectiva del Banco Mundial sobre el género está contenida en diversas secciones de la Plataforma de Acción. Dicha Plataforma concibe la "violencia contra la mujer" y "la exclusión de la mujer de las instituciones de poder y gobierno" como las causas principales de la desigualdad de género, exigiendo "una transformación radical de la relación entre hombres y mujeres" (párrafo 19). El centro del conflicto social está desvirtuado: dentro del marco de género del Banco Mundial, la condición social de la mujer depende en gran medida de la relación del hombre y la mujer (como individuos) dentro del hogar.
  • El marco del Banco Mundial supone una sociedad de mercado "libre" compuesta de individuos de ambos sexos. En este contexto, la mujer se identifica como perteneciente a una categoría social separada, distinta de la del hombre (como si el hombre y la mujer pertenecieran a clases sociales diferentes). En otras palabras, se concibe la confrontación entre hombres y mujeres (como individuos) como la fuente principal de conflicto social. La concentración de poder y la riqueza de las empresas no tienen peso en el análisis de género. La modernidad y el "empoderamiento de la mujer" a través del proceso de mercado son los medios para lograr la igualdad de géneros.

    De esta manera, el sistema mundial financiero y comercial queda fuera del análisis; el papel de las instituciones mundiales (incluida la Organización Mundial de Comercio y las instituciones de Bretton Woods) no es una cuestión que motive un debate serio. Y sin embargo, este sistema económico mundial (basado en la "mano de obra barata" y la acumulación privada de riqueza) constituye en última instancia uno de los mayores obstáculos para alcanzar la igualdad de géneros.

    Al mismo tiempo, la visión neoliberal del género (bajo la tutela de los "donantes") tiende a crear divisiones dentro de las sociedades nacionales y a desmovilizar la lucha de mujeres y hombres contra el modelo macroeconómico.
     
Se puede decir más alto, pero no más claro (para saber más sobre las instituciones de Bretton Woods, pincha).


EL PAÍS no es más que un siervo muy útil para difundir la interesada ideología del lobby feminista instalado por el dinero en el poder (político y económico) de la manera que les interese en cada momento. Al diario EL PAÍS le preocupa poco si cae en contradicciones ridículas como las que he apuntado al comienzo de este post: 1. La consideración de la mayor longevidad femenina respecto a la masculina como un "avance" positivo, cuando no hay modo de justificar esa valoración positiva en esa diferencia y, encima, la realidad es que se ha pasado de 7 años a 4 años de diferencia.  2. La consideración del aborto de fetos femeninos como un "asesinato", cuando ésa es la consideración que siempre ha combatido para el aborto. ¿Recuerdan aquella frase de Groucho?: "Estos son mis principios. Y si no le gustan, tengo otros".


Más de dos millones de mujeres 'desaparecen' cada año

El feticidio de niñas se extiende al Cáucaso y a los Balcanes

GEORGINA HIGUERAS - Madrid - 21/09/2011

El avance de la tecnología en la detección del sexo de los fetos extiende la barbarie del feticidio de niñas por el Cáucaso y los Balcanes occidentales, según se desprende del 'Informe sobre el desarrollo mundial 2012: Igualdad de género y desarrollo', elaborado por el Banco Mundial (BM). El informe revela que al año se practican un millón y medio de abortos selectivos de hijas. Además, otro medio millón de niñas menores de cinco años mueren víctimas de la discriminación en hogares pobres que optan por dedicar sus escasos recursos a los varones en lugar de a las féminas.
La odiosa práctica del aborto selectivo de niñas se utiliza sobre todo en China, India y Corea del Sur, países en los que desde hace más de una década se ha prohibido el uso de ecografías para detectar el sexo del feto y los médicos cometen delito si informan al respecto. Pese a ello, en los últimos 20 años han aumentado los feticidios de niñas en China hasta más de un millón en 2008. En India, sin embargo, hubo un ligero descenso, aunque el informe revela que estos asesinatos selectivos [la negrita es mía] se realizaban antes solo en el norte de India y ahora se dan también en algunas zonas del centro y el sur del país.
Los expertos atribuyen las causas de esta barbarie a la "combinación de la fuerte preferencia por los hijos con el descenso de la natalidad y la expansión de las tecnologías que permiten a los padres conocer el sexo de los hijos antes de su nacimiento". El dato más alarmante corresponde a la región de Europa y Asia Central -en concreto a los Balcanes occidentales y a las repúblicas caucásicas-, no por su número, que sigue siendo bajo, sino porque se ha duplicado, pasando de 7.000 en 1990 a 14.000 en 2008.
En total, el informe considera que cada año se pierden cerca de cuatro millones de mujeres, porque también hay un alto número de ellas -casi un millón y medio- que mueren durante la edad reproductiva, entre los 15 y los 49 años. Primero, porque persiste una muy alta mortalidad materna en el África subsahariana y en algunas partes de Asia. Así, en Afganistán, Chad, Guinea-Bissau, Liberia, Malí, Níger, Sierra Leona y Somalia, al menos una de cada 25 mujeres muere por complicaciones del embarazo o el parto y un número aún mayor sufre distintas dolencias como consecuencia de los partos.
Pero no todo es negativo. El informe también revela los importantes avances logrados en igualdad de género en el último medio siglo, lo que a escala global ha permitido a la mujer ser más longeva que el hombre en todas las regiones del planeta. Así, en 2007, la esperanza media de vida de la mujer se situó en 71 años, frente a los 67 años de los hombres. En algunos países en desarrollo la esperanza de vida de la mujer llegó a aumentar hasta 25 años, en parte debido a la reducción de la natalidad.
En educación, los logros han sido espectaculares. Puede hablarse de casi paridad entre hombres y mujeres en educación primaria y secundaria, mientras que a nivel universitario, ya hay más mujeres que hombres en 60 países. Entre los países que han dado un salto de gigante en la escolarización de las niñas ha sido Marruecos, que ha pasado de tener escolarizadas solo el 58% en 1997, a escolarizar el 88% del total en 2008.
En el plano laboral, 500 millones de mujeres se han incorporado a los distintos puestos de trabajo desde la agricultura a la jefatura del Estado y en 2008 suponían el 40% de total de la fuerza del trabajo, aunque la ocupación por la mujer de puestos retribuidos en Oriente Próximo y Norte de África sigue siendo muy deficitaria. Persisten también fuertes diferencias salariales, con una media superior al 20%.
El Banco Mundial insta a eliminar las barreras que impiden que las mujeres trabajen en determinadas ocupaciones o sectores, "lo que reduciría las diferencias de productividad entre trabajadores hombres y mujeres entre un 33% y un 50%" y aumentaría en numerosos países la producción por trabajador entre un 3% y un 25%. Asimismo, insta a que las agricultoras tengan acceso a los recursos lo que incrementaría la producción agrícola.

Fuente: http://www.elpais.com/articulo/internacional/millones/mujeres/desaparecen/ano/elpepuint/20110921elpepuint_11/Tes





No. 73 - Primera quincena de Octubre 1995



El BM atenta contra los derechos de las mujeres

por Michel Chossudovsky (*)

El Banco Mundial, auto-postulado defensor de los derechos de la mujer, presentó dos informes en la IV Conferencia Mundial de la Mujer. El autor analiza el impacto de las políticas del Banco sobre la mujer, a partir de la premisa del BM de que el "mercado libre" ampara el protagonismo y la conquista de espacios de poder por las mujeres.
El Banco Mundial se ha convertido en el defensor de los derechos de la mujer y sugiere a los gobiernos nacionales "invertir más en la mujer para disminuir la desigualdad de género y alentar el desarrollo económico". En la Cuarta Conferencia de las Naciones Unidas sobre la Mujer, realizada en Beijing, se presentaron dos informes del BM titulados "Hacia la Igualdad de Género: El Papel de la Política Pública" e "Igualdad de Género Avanzada: Del Concepto a la Acción". "Corresponde al Banco promover la igualdad de género como materia de justicia social, y reforzar la participación de la mujer en el desarrollo económico.", sostiene el BM en el documento The Gender Issue as Key to Development (Washington, HCO, 95/01, pág. 1).



A través de su programa Mujeres en Desarrollo (WID, en inglés) adoptado en todo el mundo en desarrollo, el BM dicta normas básicas en materia de política de género. Aconseja un enfoque del género "orientado al mercado"; asigna un valor monetario a la igualdad de géneros: los programas de la mujer deben estar concebidos de manera que guarden relación con los "costos de oportunidad" y "eficiencia" de los derechos de la mujer.



Si bien la institución financiera reconoce la posibilidad de una "falla del mercado" (y por consiguiente la necesidad de la intervención del Estado), sostiene que los "mercados libres" van en apoyo del "empoderamiento (conquista de poder) de la mujer" y del logro de una igualdad de género: "Es crucial que los gobiernos se hagan cargo allí donde los mercados no logran captar todos los beneficios que la inversión en la mujer apareja a la sociedad (...) Invertir en la mujer es vital para lograr la eficiencia y el crecimiento económicos."



El BM quiere dictar las reglas



El Banco Mundial actúa como un custodio, determina los conceptos, las categorías metodológicas y la base de datos utilizada para analizar los temas de género. La "comunidad de donantes" controla el marco institucional (a nivel de países), incluido el Departamento de la Mujer y el Ministerio de Asuntos de la Mujer. Como el Banco Mundial constituye la fuente principal de financiamientos, las organizaciones nacionales de mujeres vinculadas al poder político con frecuencia avalarán la perspectiva del Banco Mundial acerca del género. El objetivo principal del Banco es desmovilizar el movimiento de mujeres y a la vez apoyar los intereses de los acreedores internacionales.



Bajo la tutela de las instituciones financieras internacionales, el "empoderamiento de la mujer" se hará a través de las habituales recetas macroeconómicas: devaluación, austeridad fiscal, aplicación de tarifas para el usuario en materia de salud y educación, eliminación gradual del crédito de apoyo estatal, liberalización comercial, desreglamentación de los mercados cerealeros, eliminación de las leyes que fijan un salario mínimo, y otras por el estilo. En otras palabras, el apoyo de los donantes a los programas para la mujer (a través de los proyectos financiados por el WID) es incondicional, siempre y cuando medie la derogación previa de los derechos de la mujer a través de una "adecuada aceptación" de los condicionamientos del Banco Mundial y el FMI.



Condiciones de los préstamos



Por ejemplo, la aplicación de proyectos de crédito destinados a mujeres rurales, en el marco de los programas de crédito a micro nivel del Banco Mundial, invariablemente requiere la previa desreglamentación de las instituciones financieras, drásticos aumentos de las tasas de interés y eliminación de las cooperativas de crédito rurales. Lo mismo ocurre con los "programas contra la pobreza", que están condicionados a la adopción previa de medidas macroeconómicas que generan pobreza en gran escala. Los "programas contra la pobreza", aplicados en el marco de las "redes de seguridad social", están dirigidos a los llamados "grupos vulnerables": "mujeres en inferioridad de condiciones, mujeres indígenas, mujeres cabeza de hogar, refugiadas y emigradas, y mujeres con discapacidad". Hay una negación de las causas estructurales de la pobreza y del papel de las reformas macroeconómicas.



Otra área en la que el Banco Mundial ha intervenido es la concesión de becas o subsidios a las jóvenes ("Letting Girls Learn") para financiar los costos de matrícula de la escuela primaria y secundaria, incluidos libros y material escolar. El apoyo del BM en este campo, sin embargo, está condicionado al despido previo de maestros, a una importante reducción del presupuesto destinado a la educación, a la adopción de doble carga horaria para el maestro o maestra y a que éstos deban atender simultáneamente diversos grados.



Los convenios de préstamos del Sector Educación del Banco Mundial exigen especialmente al Ministerio de Educación del país en cuestión que despida docentes y aumente el promedio de estudiantes por docente. La aplicación de "cuotas para el alquiler de libros" y matrículas, también conforme a las pautas del Banco Mundial, ha provocado una drástica reducción de la inscripción escolar tanto femenina como masculina. La atención del Banco Mundial está puesta en la implementación de programas dirigidos a las jóvenes, que resulten eficaces en función del costo, mientras aconseja al Estado que abandone su papel de financiador de la educación primaria.



Impactos en la atención de salud



La recuperación de los costos y la aplicación de cuotas para el usuario en el campo de la salud (también bajo la supervisión del Banco Mundial) es otra forma de menoscabar los derechos de la mujer en materia de salud reproductiva. Los programas de ajuste estructural han propiciado la eliminación de los programas de salud materno-infantil, y los hechos confirman un resurgimiento de la mortalidad materno-infantil.



En el Africa subsahariana se da una tendencia a la "pérdida de profesionalismo" de los servicios de salud, que últimamente provocaron una crisis en el área de la atención primaria. Los voluntarios de salud locales y los curanderos tradicionales han reemplazado a las enfermeras. Los ahorros del Departamento de Hacienda se destinan al pago de los servicios de la deuda externa del país.



Según el Banco Mundial, "la atención informal de la salud" no sólo es "eficaz en función del costo", sino que es más "democrática" debido a que "empodera" (proporciona poder) a las comunidades locales en el proceso de creación de centros de salud en los pueblos. Irónicamente, la pérdida de profesionalismo de la atención primaria de la salud también causó la interrupción de la recolección de datos sobre mortalidad y morbilidad. En muchos países, los voluntarios de salud locales, en su mayoría analfabetos, son responsables de juntar los datos sobre salud, con el consiguiente efecto (y conveniencia) de bajar los índices de mortalidad infantil registrados por los gobiernos y las organizaciones internacionales.



La ONU avala de hecho al BM



El sistema de Naciones Unidas respalda tácitamente la agenda del FMI y el Banco Mundial, incluso su perspectiva sobre el género. En el Plan de Acción de Beijing no figura ninguna crítica general al marco de política neoliberal. Lo que figura es una declaración de principios muy amplios donde, al igual que en la Cumbre Social de Copenhague de 1995, se eliminaron muchos de los puntos del documento oficial que figuraban entre paréntesis (referidos a algunos de los temas más cruciales).



Como en conferencias anteriores, los organizadores de Naciones Unidas mantuvieron una estructura de "apartheid físico" entre la Conferencia "oficial" y el Foro de ONGs. El proceso oficial fue mantenido a buen recaudo de las organizaciones de la sociedad civil, es decir, organizaciones de mujeres de todo el mundo.



La perspectiva del Banco Mundial sobre el género está contenida en diversas secciones de la Plataforma de Acción. Esta última propone la creación de "un entorno favorable que permita a la mujer construir y mantener estilos de vida sustentables", y reclama la evaluación del "impacto de los programas de ajuste estructural sobre el desarrollo social mediante evaluaciones del impacto social que tengan en cuenta el género, y otros métodos pertinentes, para formular políticas tendientes a reducir sus efectos negativos y mejorar su impacto positivo, asegurando que la mujer no soporte una carga desmedida de los costos de transición; y complementar los préstamos para ajuste con préstamos ampliados destinados al desarrollo social". (párrafo 61). Lo anterior, de hecho describe la práctica del Banco Mundial en materia de préstamos. La Plataforma de Acción tácitamente legitima la agenda del Banco Mundial, pues no cuestiona la validez de los programas de ajuste estructural.



Además, dicha Plataforma concibe la "violencia contra la mujer" y "la exclusión de la mujer de las instituciones de poder y gobierno" como las causas principales de la desigualdad de género, exigiendo "una transformación radical de la relación entre hombres y mujeres" (párrafo 19). El centro del conflicto social está desvirtuado: dentro del marco de género del Banco Mundial, la condición social de la mujer depende en gran medida de la relación del hombre y la mujer (como individuos) dentro del hogar.



El "libre mercado" y los géneros



El marco del Banco Mundial supone una sociedad de mercado "libre" compuesta de individuos de ambos sexos. En este contexto, la mujer se identifica como perteneciente a una categoría social separada, distinta de la del hombre (como si el hombre y la mujer pertenecieran a clases sociales diferentes). En otras palabras, se concibe la confrontación entre hombres y mujeres (como individuos) como la fuente principal de conflicto social. La concentración de poder y la riqueza de las empresas no tienen peso en el análisis de género. La modernidad y el "empoderamiento de la mujer" a través del proceso de mercado son los medios para lograr la igualdad de géneros.



De esta manera, el sistema mundial financiero y comercial queda fuera del análisis; el papel de las instituciones mundiales (incluida la Organización Mundial de Comercio y las instituciones de Bretton Woods) no es una cuestión que motive un debate serio. Y sin embargo, este sistema económico mundial (basado en la "mano de obra barata" y la acumulación privada de riqueza) constituye en última instancia uno de los mayores obstáculos para alcanzar la igualdad de géneros.



Al mismo tiempo, la visión neoliberal del género (bajo la tutela de los "donantes") tiende a crear divisiones dentro de las sociedades nacionales y a desmovilizar la lucha de mujeres y hombres contra el modelo macroeconómico.



(Fuente: Red del Tercer Mundo) (*) El autor es profesor de Economía de la Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad de Ottawa. 





domingo, 18 de septiembre de 2011

EL PAÍS y Montalbán cierran en FALSO el debate sobre las órdenes de alejamiento



El subtítulo de esta noticia publicada por EL PAÍS (pincha) es completamente improcedente. Y el titular, también. Pero eso lo veremos al final... El asunto es verdaderamente reseñable, pues se trata de un caso probablemente único en la historia de la prensa mundial... Tenemos un titular que es contradictorio con el subtítulo, y además ambas afirmaciones son falsas. Escribo aquí debajo esas dos cosas y agárrense.

 

La justicia avala la ley que obliga a separar parejas en caso de maltrato

El Tribunal de la UE da la razón a España sobre la orden de alejamiento - Prima el criterio del juez sobre el de la víctima porque actúa "en defensa del interés general" 

 

Como se indica en el titular, es la ley (y no "el criterio del juez", como se dice en el subtítulo) quien impone a los jueces la necesidad de penalizar con una orden de alejamiento cualquier condena por malos tratos a una mujer por parte de su pareja o ex pareja. Incluso en casos en los que no existe ningún maltrato físico y se trata de una amenaza "leve" o de una coacción "leve". Y ello a pesar de que acaso la denunciante no desee ese alejamiento,

 

Permítanme un inciso aclaratorio antes de continuar. No es verdad lo que dice EL PAÍS en el interior de la noticia (qué mal informados están...) respecto a que la ley obligue a los jueces a imponer la orden cautelar tras una denuncia por malos tratos. Ocurre que suelen imponerla, incluso en casos en los que no está justificada (a veces sin motivar la estricta necesidad de esa orden de alejamiento, como establece la ley...), por temor a que si llegase a ocurrir algo grave se les echarían encima el lobby feminista y la Fiscalía General de Estado. Ésta, empujada por el Gobierno.

 

Continuemos. Si lo que el Tribunal de Justicia de la UE ha sentenciado ahora es, como dice EL PAÍS, que "un juez puede obligar a una mujer a dejar de vivir con su pareja si ésta le ha denunciado por malos tratos, incluso verbales, pese a que la víctima decida mantener la convivencia" [la negrita es mía], entonces lo único que ha validado esa sentencia es la imposición por parte de un juez de un alejamiento cautelar. Algo que, efectivamente (contra lo que dice EL PAÍS), es decisión que el juez puede tomar o no, siempre según su criterio. Aunque no debería olvidar motivar esa orden de alejamiento, como ocurre en ocasiones de un modo no permitido por la ley... En ningún caso esa sentencia estaría validando, como asegura EL PAÍS, la ley española que obliga a los jueces (Proyecto de Ley del Gobierno de Aznar aprobado en el Parlamento) a imponer una pena accesoria de alejamiento en caso de condena por malos tratos.

 

Si lo que el Tribunal de Justicia de la UE ha sentenciado es que un condenado por malos tratos a una mujer puede ser penado por el juez, como dice EL PAÍS, con un alejamiento respecto a la víctima aunque ésta no lo desee, entonces ello no avala tampoco (contra lo que dice EL PAÍS) "la ley" que obliga a los jueces a imponer esa pena en todos los casos donde hay condena. Simplemente, en este caso el Tribunal de Justicia de la UE estaría pasando por alto (de un modo inaceptable, por negligente ante un exceso obvio) que los jueces españoles están obligados por la ley a imponer esa pena en todos los casos, por leves que sean. Todo indica que esto es, lamentablemente, lo que ha ocurrido (como verán después). Por eso EL PAÍS afirma en el subtítulo algo que, siendo aparentemente cierto ("[El Tribunal de la UE] prima el criterio del juez sobre el de la víctima") es, sin embargo, una afirmación que tiene que ser considerada falsa. Lo explico rápidamente. Esa afirmación está inmersa en una falacia, pues si esa afirmación la considerásemos verdadera se deduce de ella una afirmación que es, de hecho, falsa. Es ésta: "El criterio del juez tiene el poder de imponer un alejamiento en caso de condena". Pero el criterio de los jueces en España es completamente irrelevante a la hora de imponer una alejamiento tras una condena por malos tratos... Es la ley la que obliga a los jueces a imponer ese alejamiento en todos los casos. Si de una oración se deduce que necesariamente ha de ser verdad algo que, de hecho, es falso, como ocurre aquí, eso significa que la oración de partida es necesariamente falsa (lógica elemental). El subtítulo de EL PAÍS es una oración falsa.

 

Si lo que el Tribunal de Justicia de la UE ha sentenciado es que la ley española puede imponer a los jueces que penen en todos los casos de condenas por maltrato con una pena accesoria de alejamiento, incluidos los casos de delitos meramente verbales (como dice EL PAÍS), es decir, incluidos esos delitos que lo son sólo de varón (sólo son faltas si los comete una mujer) y que ha introducido como tales delitos la Ley Integral contra la Violencia de Género (Proyecto de Ley del Gobierno de Zapatero aprobado por unanimidad en el Parlamento), entonces EL PAÍS no puede afirmar al mismo tiempo que ese Tribunal ha sentenciado que "Prima el criterio del juez sobre el de la víctima porque actúa en defensa del interés general" (véase el subtítulo de la noticia). No es "el criterio del juez". Es la ley, incluso contra el criterio del juez...

 

 ¿Qué es lo que ha sentenciado el Tribunal de Justicia de la UE? Ocurre que a EL PAÍS le parece conveniente hablar de la ley para resaltar que, dicen, "ha sido avalada" por el Tribunal de la UE (lo cual es falso), y hablar de los jueces a la hora de cargarles el muerto de la imposición de las penas de alejamiento en caso de condena que puedan parecerle a alguien abusivas por ir contra el deseo de la víctima (lo cual es falso también)... Con tantos intereses que cubrir a la hora de redactar las informaciones (que ni siquiera conocen suficientemente, como cabría exigir a un profesional de la información), acaban por caer en contradicciones evidentes que precisamente saltan a la vista al tratar uno de abrirse paso entre tanta confusión.

 

Para aclarar si lo sentenciado por el Tribunal de la UE es que la ley puede imponer un alejamiento en todos los casos (incluso aunque el juez estimase que no es necesaria tal cosa, o que incluso la considerase abusiva), podemos leer otro artículo que aparece como un enlace en la página donde aparece la noticia que estoy comentando... Ese brevísimo artículo de opinión, que pego debajo de esta noticia, está firmado por Inmaculada Montalbán (Presidente del Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género del CGPJ), y se titula así: Polémica jurídica cerrada. Bueno, eso es lo que a ella le gustaría, claro. 

 

En su articulito, Inmaculada Montalbán recuerda que la ley (aprobada en el Parlamento en la época de Aznar) "anuda la pena de alejamiento a las condenas por violencia doméstica y de género". Correcto, también para las condenas de violencia doméstica (si bien, aclaro, es sólo la Ley de Violencia de Género la que impone ese alejamiento en casos leves cometidos por varones, al convertirlos en delitos, e impone también un alejamiento extra -cuya mención suele olvidarse- en el momento de la suspensión de la condena de cárcel y durante los años que esta suspensión tenga lugar). Añade Montalbán que "es automática y el juez ha de imponerla". Correcto. Y pretende cerrar el debate así: "En octubre de 2010 el Tribunal Constitucional avaló la constitucionalidad de esta medida legal. Ahora se declara ajustada a la normativa europea".

 

Sin embargo, la propia señora Montalbán, que justifica esa ley en base a unos supuestos "fines de interés general como es la paz social" (¿?), añade un párrafo final desconcertante: "El Tribunal europeo no juzga si el alejamiento automático es conveniente o no; pero ya tenemos experiencia en la aplicación de esta norma. La práctica en los juzgados nos dice que el automatismo en la imposición de la pena de alejamiento puede producir algunos efectos no deseados y desmedidos en casos leves, ocasionales, con arrepentimiento del infractor. Para estos casos, según los expertos del Observatorio, el Juez debería tener la oportunidad de ponderar las circunstancias para decidir si procede el alejamiento".

 

Está reconociendo que el Tribunal de la UE no ha entrado a juzgar si la imposición automática del alejamiento es conveniente o no. Ese tribunal no ha juzgado la ley española. Simplemente, ha dicho que "el Estado es el que fija las penas", como reseña la señora Montalbán en su artículo. Claro que los jueces forman parte del Estado en ese punto. O mejor, deberían formar parte, porque la ley de la que hablamos se lo impide.

 

Lo que ese tribunal ha sentenciado es que es ajustado a la normativa europea que el Estado imponga una pena de alejamiento incluso aunque la víctima no quiera ese alejamiento respecto a su agresor condenado por maltratarla. Eso es todo. Y claro, por supuesto que eso es razonable... Lo que no es razonable es que el Estado imponga ese alejamiento (por ley) en todos los casos, incluso aunque el juez (no ya la víctima) considerase que ese alejamiento está fuera de lugar y es abusivo... 

 

Por eso, contra lo que dicen EL PAÍS e Inmaculada Montalbán, la ley española no ha sido avalada por el Tribunal de la UE. ¿Cómo puede decir Inmaculada Montalbán que, tras esta sentencia, la ley española "se declara ajustada a la norma europea" si, inmediatamente después, añade que esa sentencia no ha entrado a juzgar esa ley? Es más, es la propia señora Montalbán quien pone en cuestión la ley al afirmar que el automatismo del alejamiento (impuesto por la ley) puede producir efectos no deseados y desmedidos en ciertos casos. Y asegura que, según los expertos del Observatorio, "el Juez debería tener la oportunidad de ponderar las circunstancias para decidir si procede el alejamiento"

 

Además, el Tribunal de la UE tampoco ha juzgado en ningún momento si un alejamiento automático impuesto por una ley para todos los casos, por leves que sean, vulnera los derechos del condenado... Pero ya he notado que a EL PAÍS y a toda la cuadrilla del feminismo totalitario, propietarios del discurso (el pensamiento) único, les preocupa exclusivamente el problema de la víctima obligada a ese alejamiento de forma automática a su pesar (algo que no es cierto que haya avalado el Tribunal de la UE en su sentencia, pues no ha juzgado el automatismo que impone la ley). Quiero recordarles a todos ellos que el condenado también es digno de respeto... Y que un alejamiento automático en casos leves, que un juez consideraría acaso un atropello, es el resultado de una ley abusiva también con los condenados. Y con sus hijos... Porque a menudo tienen hijos, ¿saben?... ¿Cuántos huérfanos de padre con éste vivo son víctimas de estas leyes? Estoy hablando de dos leyes que suponen un maltrato institucional: la del alejamiento automático, de la época de Aznar; y la que convierte en delitos de varón (con el consiguiente alejamiento automático)  lo que siempre han sido meras faltas y que aún son sólo faltas para las mujeres, la ley de violencia de género de Zapatero.

 

Conclusión del análisis: el títular de la noticia de EL PAÍS es, como el subtítulo, completamente improcedente... El titular y el subtítulo se contradicen y son, ambos, falsos

En un alarde ya esperpéntico, también es falso el título del artículo de Inmaculada Montalbán, incluido en la noticia de EL PAÍS en un enlace: "Polémica jurídica cerrada". De eso, nada.

Un documento periodístico para la historia. EL PAÍS ha alcanzado una cota insuperable.

 

Pero aún hay otra sorpresa: EL PAÍS publicó esta noticia, junto al artículo de Inmaculada Montalbán, en su edición impresa del 16 de septiembre de 2011. Sin embargo, el día anterior, 15 de septiembre, había publicado en su edición digital una información de la agencia EFE sobre la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE (pincha) en la que explicaba con bastante claridad lo que juzgó y sentenció ese tribunal. Por tanto, EL PAÍS sabía lo que hacía cuando el día 16 publicó en papel para sus lectores lo que hemos analizado.

 

Que el Tribunal de la UE no haya entrado a juzgar si es adecuado a la normativa europea el automatismo de las órdenes de alejamiento dictadas en España por imperativo legal, impuesto a los jueces en todas sus sentencias condenatorias, por leves que sean los delitos juzgados y aunque el juez considerase esas medidas innecesarias o, incluso, abusivas, es tanto más inaceptable en la medida que el Parlamento Europeo ha acordado la "euroorden" de protección (martes 20 de septiembre de 2011) aprobada por los ministros de Justicia el viernes 23 de septiembre, sólo unos días después de la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE. La "euroorden" implica que "cualquier medida de seguridad dictada por un Estado miembro para proteger a una persona amenazada, por ejemplo una orden de alejamiento para un maltratador, se ejecute también automáticamente en cualquier otro país de la UE al que la víctima se traslade. Si el agresor la incumple, el país encargado de ejecutarla impondrá sanciones penales o de otro tipo" (pincha)

Esto significa que el automatismo de las órdenes de alejamiento dictadas en España será asumido, de hecho, por los demás países de la UE, por lo que es inaceptable que el Tribunal de Justicia de la UE considere ese automatismo una mera cuestión de constitucionalismo español (pincha). Pienso que no sería asumible esa consideración aun si se tratase de una ley aplicable sólo en España, pues el Tribunal de la UE debe garantizar que los derechos humanos se respeten en España, sin dejar esas garantías en manos del Tribunal Constitucional español como última instancia. Pero si, además, el resto de los países de la UE se van a ver obligados a hacer cumplir esas órdenes de alejamiento dictadas en España de ese modo automático, el Tribunal de la UE no puede abstenerse de juzgar ese automatismo. No puede inhibirse como lo ha hecho.

 

 

Pego aquí la noticia publicada en la edición impresa de EL PAÍS el día 16 de septiembre de 2011 y, debajo, el artículo de la señora Montalbán que acompañó a esa noticia. Después, pego la noticia que había publicado EL PAÍS en su edición digital el día anterior, 15 de septiembre. Finalmente, añado copia de la noticia de la aprobación de la euroorden en el Parlamento europeo.

 

La justicia avala la ley que obliga a separar parejas en caso de maltrato

El Tribunal de la UE da la razón a España sobre la orden de alejamiento - Prima el criterio del juez sobre el de la víctima porque actúa "en defensa del interés general"

FERRAN BALSELLS - Barcelona - 16/09/2011

"La orden de alejamiento, por si sola, no es eficaz", advierte un jurista
La víctima que abrió la cuestión puede ser condenada por vivir con su agresor

Un juez puede obligar a una mujer a dejar de vivir con su pareja si esta le ha denunciado por malos tratos, incluso verbales, pese a que la víctima decida mantener la convivencia. Así lo avala el Tribunal de Justicia de la UE en una sentencia emitida ayer en relación con dos causas similares de la justicia española: se trata de dos condenados por agresión que volvieron a instalarse en el domicilio de su pareja a petición de las víctimas. Estas reclamaron después al juez derogar la orden de alejamiento. "Somos víctimas del sistema penal, ¿por qué no puedo vivir con quien me agredió?", recriminó en 2009 a la Audiencia Provincial de Tarragona E. C., una de esas víctimas. Tras escucharla, la Audiencia consideró que este tipo de casos "cuestionan" ciertos aspectos de la ley española, que puede atentar contra "el respeto de la vida privada y familiar" incluido en el derecho comunitario. Por ello elevó la cuestión al tribunal de la UE, que ha determinado que las víctimas tienen derecho a ser escuchadas pese a que el criterio del juez debe primar en cualquier caso.
"La protección penal no solo tiene por objeto la protección de los intereses de la víctima, sino también la protección de otros intereses más generales de la sociedad", justifica el fallo del organismo comunitario. La sentencia no es vinculante para la justicia española pero apuntala la reforma del Código Penal que el Ejecutivo español -gobernado entonces por el PP- realizó en 2003 y que prácticamente automatiza la imposición de órdenes de alejamiento: los magistrados deben imponerla cautelarmente tras admitir a trámite una denuncia de malos tratos, incluso verbales, es decir, por insultos o amenazas; y tras una sentencia condenatoria esa orden pasa a ser definitiva y puede imponerse con una duración de hasta 10 años. Esta disposición ha provocado varias decenas de cuestiones de constitucionalidad de parejas que reclamaban volver a convivir. El Tribunal Constitucional se ha pronunciado por ahora a favor de la reforma legal, pero esta sigue levantando controversia en el ámbito judicial.
"El sistema español es excesivamente rígido", defiende el catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Barcelona, Joan Josep Queralt. "El modelo ideal es un método mixto, con penas de alejamiento revisables cada cierto periodo de tiempo", señala. "Por sí sola, además, la orden de alejamiento no sirve como protección efectiva, hay muchos otros factores sociales", advierte. En cualquier caso, la cuestión es compleja porque en algunos casos, las parejas que han accedido a convivir con su agresor han acabado asesinadas por su pareja. "Jurídicamente es difícil consentirlo, porque juegan con fuego. Es como tener cáncer de pulmón y seguir fumando", subraya. El año pasado, el 9,4% de las 120.000 víctimas de maltratos reanudó después la convivencia con su agresor; porcentaje que ascendió al 15,2% en 2009, según la Fiscalía General del Estado.
El endurecimiento del Código Penal respondió a una necesidad de frenar la sangría de asesinatos pero la generalización de las órdenes de alejamiento no ha logrado revertir las cifras de mujeres fallecidas. Hasta 74 víctimas fallecieron a manos de sus parejas o exparejas el año pasado, 19 más que el año anterior. Año tras año, con ligeros aumentos o descensos, el número de parejas asesinadas se mantiene elevado. En los últimos cinco años, supera las 350 mujeres y se ha consolidado como la primera causa de muerte dolosa en España. "Este desconcertante aumento no se debe a un mal funcionamiento de la ley sino a la dificultad de reeducar la ciudadanía", opinó ayer el Fiscal General del Estado, Cándido Conde-Pumpido, que asumió la necesidad de mejorar la protección de las víctimas.
Una cuestión en la que el nuevo Código Penal puede ser contraproducente. "La reforma generalizó las órdenes de alejamiento porque los jueces aplicaban medidas de protección con cierta ligereza", detalla el jurista experto en derecho penal, Javier Ruiz. "Ahora son demasiado severos y en algunos casos puede resultar perjudicial". "Incluso se condena a las mujeres que deciden convivir con sus agresores por colaboración en el quebrantamiento de la orden de alejamiento, lo cual resulta cuestionable", añade Queralt. Estas penas, de 6 a 12 meses de cárcel, pueden suponer el ingreso en prisión de la víctima si esta tiene antecedentes penales.
Se trata del tipo de condena que afronta posiblemente a E. C., cuya defensa de la convivencia con su pareja originó el pronunciamiento del Tribunal de la UE. Tras la sentencia de este organismo, la víctima se ha quedado abocada a un proceso penal pese a que su pareja la agredió en la cara y en el cuerpo y la amenazó de muerte con un cuchillo que iba clavando en la cama y alrededor de la mujer, relata la sentencia condenatoria. Pero ella le solicitó expresamente que volvieran a convivir, declaró a la Audiencia de Tarragona en 2009. "Es una agresión superada, hemos asistido a terapias... No lo dejaré si lo dice un juez porque nos queremos", declaró la mujer a este diario hace dos años. La Audiencia, que entonces suspendió las actuaciones en espera de la respuesta del tribunal comunitario, considerará ahora si la víctima ha incumplido la ley, por lo que esta rechazó realizar declaraciones sobre el asunto. "Reúne todos los números para que sea declarada culpable", lamentó Ruiz.



ANÁLISIS

Polémica jurídica cerrada

INMACULADA MONTALBÁN 16/09/2011

¿El alejamiento del agresor en contra de la voluntad de la víctima se ajusta al derecho comunitario? El interrogante surgió en un tribunal español antes de decidir si existía delito de quebrantamiento de pena en dos casos en los que las víctimas, libremente, volvieron a vivir con los agresores, a pesar de que estos habían sido condenados a penas de alejamiento. La respuesta del Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha sido clara: aun en tales casos, la pena de alejamiento es compatible con el derecho europeo. Argumenta que las víctimas tienen derecho a participar en el proceso penal, a ser oídas y aportar pruebas, pero no a elegir la pena. El Estado es el único que tiene el poder de fijar la clase y duración de las penas en función de las características de cada delito.

 La norma española anuda la pena de alejamiento a las condenas por violencia doméstica y de género. Esta pena no solo persigue proteger a la víctima de otras agresiones, sino también fines de interés general como es la paz social. Es automática y el juez ha de imponerla. En octubre de 2010 el Tribunal Constitucional avaló la constitucionalidad de esta medida legal. Ahora se declara ajustada a la normativa europea. 

El Tribunal europeo no juzga si el alejamiento automático es conveniente o no; pero ya tenemos experiencia en la aplicación de esta norma. La práctica en los juzgados nos dice que el automatismo en la imposición de la pena de alejamiento puede producir algunos efectos no deseados y desmedidos en casos leves, ocasionales, con arrepentimiento del infractor. Para estos casos, según los expertos del Observatorio, el Juez debería tener la oportunidad de ponderar las circunstancias para decidir si procede el alejamiento.Se ha cerrado la polémica jurídica y podemos aprovechar la experiencia. 

Inmaculada Montalbán es presidenta del Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género.

Fuente: http://www.elpais.com/articulo/sociedad/Polemica/juridica/cerrada/elpepisoc/20110916elpepisoc_3/Tes 

 

 

Ésta es la noticia publicada en EL PAÍS digital el día anterior, 15 de septiembre: 

 

El Tribunal de la UE valida las órdenes de alejamiento españolas contra los maltratadores

Los condenados por violencia machista deberán respetar la distancia impuesta por el juez aunque la víctima desee retomar la relación

EFE - Bruselas - 15/09/2011

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) ha validado hoy el sistema de órdenes de alejamiento aplicado en España en casos de violencia machista. Este sistema obliga a los condenados a cumplir esas órdenes incluso si la víctima desea retomar la relación con el maltratador y el Tribunal ha sentenciado que, aunque se escuche el criterio de la víctima en los procesos penales, las decisiones judiciales pueden imponerse en contra de su voluntad.
La normativa europea "no se opone a la imposición de una medida de alejamiento preceptiva con una duración mínima, prevista por el Derecho penal de un Estado miembro, a los autores de violencia en el ámbito familiar, aun en el supuesto de que las víctimas de esa violencia se opongan a la aplicación de tal medida", señala el Tribunal en un comunicado. La sentencia argumenta que "la protección penal contra los actos de violencia doméstica que establece un Estado miembro" no busca únicamente proteger a las víctimas sino preservar también "otros intereses más generales de la sociedad".
El Tribunal ha emitido su sentencia a petición de la Audiencia Provincial de Tarragona, que había condenado por malos tratos a dos ciudadanos, a los que había impuesto sendas órdenes de alejamiento y la prohibición de comunicarse con sus parejas durante 17 y 18 meses. Sin embargo, los dos condenados se saltaron las órdenes de alejamiento al reanudar la relación con sus parejas a petición de estas, por lo que fueron detenidos y condenados de nuevo, en este caso por incumplimiento de la sentencia previa.
Con el apoyo de sus compañeras sentimentales, ambos recurrieron la decisión de la Audiencia Provincial tarraconense alegando que la reanudación de la convivencia no puede considerarse un delito, ya que se llevó a cabo libremente y de forma consentida. Sin embargo, el tribunal comunitario considera que la legislación española puede imponer el alejamiento incluso si las víctimas desean lo contrario. "El derecho de la víctima a ser oída no se opone a que el legislador nacional, particularmente en los supuestos en que han de tenerse en cuenta otros intereses además de los propios de la víctima, establezca penas preceptivas con una duración mínima", indica la resolución judicial.

Fuente: http://www.elpais.com/articulo/sociedad/Tribunal/UE/valida/ordenes/alejamiento/espanolas/maltratadores/elpepusoc/20110915elpepusoc_5/Tes 



Pego la noticia de la aprobación, por parte de los ministros de Justicia de la UE (23 de septiembre de 2011), de la euroorden de protección a mujeres maltratadas acordada en el Parlamento Europeo el pasado martes 20 de septiembre.


Promovida por España

Los 27 aprueban la euroorden de protección a mujeres maltratadas

BRUSELAS, 23 Sep. (EUROPA PRESS) -

Los ministros de Justicia de la Unión Europea han aprobado este viernes, tras un año y medio de debates, crear una euroorden de protección para mujeres víctimas de la violencia de género, una iniciativa promovida por España durante su presidencia de la UE. La norma ya fue objeto de acuerdo con la Eurocámara el pasado martes, lo que garantiza una rápida tramitación final.
   El objetivo de la euroorden es que cualquier medida de seguridad dictada por un Estado miembro para proteger a una persona amenazada, por ejemplo una orden de alejamiento para un maltratador, se ejecute también automáticamente en cualquier otro país de la UE al que la víctima se traslade. Si el agresor la incumple, el país encargado de ejecutarla impondrá sanciones penales o de otro tipo.
   La nueva norma "cubrirá fundamentalmente las infracciones que pongan en peligro la vida de la víctima, su integridad física, psicológica o sexual, e incluso su libertad individual", según ha indicado el Consejo en un comunicado. El objetivo es el de prevenir nuevas infracciones y atenuar las consecuencias de faltas anteriores, añade la nota.
   El compromiso final es menos ambicioso que el que promovía el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero ya que únicamente incluye las medidas de protección dictadas en procedimientos penales y deja fuera las basadas en la legislación civil.
   Estas últimas quedarán cubiertas por un reglamento propuesto por la Comisión en mayo de 2011 y que todavía está pendiente de aprobación. Según ha explicado la eurodiputada socialista y ponente parlamentaria de esta cuestión, Carmen Romero, "se va a llenar un vacío legal para miles de mujeres que viven con miedo y no pueden ejercer su derecho al libre movimiento".
   "Esta directiva protegerá a las personas cuyas vidas están amenazadas, garantizando su integridad física y psicológica, su dignidad, y por supuesto su integridad sexual", ha subrayado.

   El secretario de Estado de Justicia, Juan Carlos Campo Moreno, ha destacado que la euroorden de protección para mujeres víctimas de la violencia de género que este viernes han aprobado los ministros europeos de Justicia servirá para dar "mayor respaldo y mayor protección" a las víctimas cuando se desplacen a otros países de la UE.
   Se trata de un nuevo instrumento legal que permitirá que cuando se dicten medidas de protección para una persona amenazada "le puedan acompañar a modo de mochila más allá del país en el que se adoptaron", ha declarado en rueda de prensa en Bruselas, al término de la reunión del Consejo en el que se ha respaldado la norma.
   Además, ha ofrecido esta decisión como un "homenaje" a las víctimas de la violencia de género en España, en donde se ha vivido una semana "especialmente sonrojante" por la muerte de varias mujeres.

Fuente: http://www.europapress.es/presidencia-eu/noticia-27-aprueban-euroorden-proteccion-mujeres-maltratadas-20110923131019.html

 

domingo, 23 de mayo de 2010

El programa de CNN PLUS no es "EL DEBATE". Es LA MANIPULACIÓN.


No se lo pierdan. Domingo 23 de mayo, a las 15:30 h.: redifusión de "EL DEBATE" en CNN Pluff (pincha aquí para ver la programación), presentado por JMª Calleja. Tras otros temas, se debatirá sobre la custodia compartida y el SAP. [ver nota abajo]

Provoca pavor el sexismo que destilan las palabras de algunas. Digo "algunas" porque no hay ningún varón entre las cuatro participantes... ¿? Y eso que se debate sobre CUSTODIA COMPARTIDA y SAP (Síndrome de Alienación Parental)... Es lo lógico, para que el debate tenga a todas las partes involucradas presentes, ¿no?: ningún varón... Y sólo una defensora de la custodia compartida y de la pertinencia de denunciar las interferencias parentales: una abuela de la Asociación de Abuelos Separados de sus Nietos que se pasa el debate defendiéndose de las acusaciones de connivencia con los "maltratadores". Según JMª Calleja, VOCERO de las asociaciones feministas anti SAP, éstas no acudieron porque la abuela de la asociación de Abuelos Separados de sus Nietos les daba "miedo"... Ya que comparan su asociación con "una banda TERRORISTA"... Y tras decir esto, Calleja se quedó tan ancho... A la pobre abuela se le escapó la risa. Y no es para menos.

Atención especial merece Elisa Beni (mujer del juez Bermúdez -11 M-). Tras escuchar a Elisa Beni uno se pregunta: ¿Qué diablos querrán esos padres o madres no custodios, o los abuelos de esa parte? ¿Es que no se han enterado de que "ya no son familia" de su hijo o nieto? Dice la señora Beni que si creen que siguen siendo familia tras el divorcio de los padres es que son "CONSERVADORES". Se refiere a eso que ahora los progres de medio pelo repiten tanto: el peligro de los "neocón" (el coco en versión progre que libera de mayores explicaciones a los incapaces de darlas). Y por lo visto los papás y abuelos no custodios son seguidores de un "postmachismo" que viene de EEUU, nada menos... 

Ocurre que hay pseudo-progres tan TOTALITARIOS que, llamando RAZÓN a sus DOGMAS, y manteniendo una estricta CENSURA que evite la CRÍTICA, disimulan su IGNORANCIA, IMPONEN sus INTERESES y ATROPELLAN SIN HUMANIDAD al que se cruza en su camino... De progresismo, nada de nada, por supuesto...

Viendo este simulacro de debate (uno más en CNN PLUS), también aprenderán ustedes algo de LÓGICA, de la mano de las contertulias e INCLUSO del presentador: "el SAP no debe contemplarse como síndrome por la ley española", porque no es un síndrome reconocido como tal por la OMS o la APA (Asociación de Psiquiatría Americana). Pero el Síndrome de la Mujer Maltratada sí es un síndrome en toda regla pues, aunque tampoco lo reconocen como tal ni la OMS ni la APA, está reconocido por la ley española. ¡¡ACOJONANTE...!! Tenemos neodelitos de varón (simples faltas de mujeres), neolengua (la desigualdad es la "igualdad") y, también, ¡¡neológica...!!

Eso sí, lo único que ven estas personas tan femiLISTAS, progres y totalitarias es un fantasma que llaman "NEOMACHISMO NEOCÓN" (neoconservador). ¡¡Mienten...!!

El NOVEDOSO MONSTRUO TOTALITARIO, al que hemos de derribar cuanto antes, son ellos mismos (ellas mismas, pues las asociaciones del lobby feminista excluyen a los varones)... Quienes nos vamos a ocupar de cortarle sus cien cabezas a ese lobby sexista no queremos ningún MACHISMO (ni "neo", ni "post" ni de ninguna clase), exigimos nuestros derechos como varones, como personas, sin distinciones SEXISTAS injustificadas e injustificables. Y somos nosotros los PROGRESISTAS, pues lo que exigimos es, simplemente, DIÁLOGO ARGUMENTATIVO PÚBLICO Y ABIERTO...

STOP al Estúpido Totalitarismo Feminista en España

NOTA: pese a lo que estaba programado, como puede leerse en el enlace expuesto arriba, la cadena no emitió la redifusión del debate en el momento anunciado. Tal vez no les pareció muy "propicio" el ambiente generado... No ha sido un problema como el del conejo de Alicia en el País de las Maravillas: "Llego tarde, llego tarde...". Noooooo... Parece que se trató más bien de desviar la mirada de un foco que no interesaba hoy (dada la atención que se les ha dispensado)... Y el que manda manda, lo cual ha de quedar claro... Y ¿qué mejor que "er furbo" para que no le demos muchas vueltas a la pelota que hay bajo el pelo...? Además, ponen un programa que se llama CRACKS y hay una "Academia", que suena a educativo y todo. Genial...!!...

Si la emisión del simulacro de "debate" el sábado por la noche ya resultó, en sí misma, un ejercicio bochornoso de falta de rigor y profesionalidad periodística, la informalidad en el cumplimiento de su programación el domingo 23 de mayo nos confirma que el respeto al espectador no es uno de sus principios. El programa que debía comenzar a las 15:30 h empezó a las 17:15 h y sin explicación alguna, faltaría "plus".


Gracias a la Asociación de Abuelos Separados de sus Nietos podemos disponer de los vídeos de este programa. Los adjunto a continuación, no sin antes insistir en que las palabras de Elisa Beni merecen una contundente respuesta por parte de la ciudadanía, que padece indefensa a la secta feminista totalitaria a la que ella parece dar voz desde el programa del aborregado Calleja.