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sábado, 13 de julio de 2013

¿Por qué el CGPJ se comporta como una 'subsecretaría' del lobby-secta feminista español?

El 10 de julio se ha publicado que el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha difundido una "guía" entre los jueces españoles que contiene varias consideraciones sectarias del gusto del lobby feminista y cuyos responsables son los llamados "expertos" (cómo serán los idiotas) del CGPJ.

La 'Guía de criterios de actuación judicial frente a la violencia de género' ha sido presentada al Pleno del CGPJ por la vocal Inmaculada Montalbán, presidenta del "grupo de expertos" y presidenta del Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género del CGPJ. El documento fue aprobado el pasado 27 de junio por el Grupo de Expertos y Expertas de la Sección del CGPJ integrada en el Observatorio. El Grupo está compuesto por los magistrados ejercientes Joaquín Bayo Delgado, Cristina Cueto Moreno, José María Gómez Villora, Esther Erice Martínez, Vicente Magro Servet, María Tardón Olmos, así como por los vocales Carles Cruz Moratones, Gemma Gallego Sánchez e Inmaculada Montalbán Huertas y por Pilar Llop Cuenca, Letrada del Gabinete Técnico. 

A pesar de la existencia de sentencias del Tribunal Supremo en las que se insiste en que para hablar de violencia de género debe ser probado en juicio que existen unas circunstancias de dominación machista, en esta "guía" el CGPJ viene a declarar lo contrario:
  • "El documento constituye un instrumento orientativo que agrupa la información actualizada sobre la interpretación jurisprudencial –tanto de los tribunales de apelación como del Tribunal Supremo, Tribunal Constitucional y Tribunales Europeos-; el marco normativo internacional más relevante, con enlaces directos, y las últimas novedades sobre cuestiones que se pueden plantear en los procedimientos de familia. También incluye las herramientas de valoración del riesgo que tienen los jueces y juezas a su disposición, los principales protocolos, así como el tratamiento que debe darse a las víctimas en las sedes judiciales".

Del contenido de esa guía la prensa destaca estos puntos:

  1. El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) recomienda a los jueces que no resten credibilidad a las mujeres que denuncian violencia machista por el hecho de estar inmersas en un procedimiento de separación o divorcio.
  2. En cuanto a la tutela penal, el CGPJ sostiene que "no es necesario" que quede acreditado el denominado "ánimo de dominio" por parte del maltratador a la víctima, es decir, que no se exija "como elemento integrante del tipo penal el propósito del sujeto activo de discriminar, establecer o mantener una relación de poder sobre la mujer". Insisten en lo que ya pedían Inmaculada Montalbán y sus "expertos" el 11 de enero de 2011.
  3. La guía dedica otro apartado al llamado Síndrome de Alienación Parental (SAP) y recuerda que, a pesar de la difusión y popularización de este "pretendido síndrome" en España, no ha sido reconocido por ninguna asociación profesional ni científica. Lo siento, señoras "expertas", pero van a tener que buscar mejores argumentos para su secta.

SOCIEDAD | Muchas sentencias la cuestionan

El CGPJ pide que no se reste veracidad a las mujeres maltratadas que se divorcian

  • Expertos han actualizado una guía para orientar a los órganos jurisdiccionales
Efe | Madrid

Actualizado miércoles 10/07/2013

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) recomienda a los jueces que no resten credibilidad a las mujeres que denuncian violencia machista por el hecho de estar inmersas en un procedimiento de separación o divorcio. Este consejo se debe a las "numerosas" sentencias dictadas que sí la cuestionan.
El Grupo de Expertos en Violencia Doméstica y de Género del CGPJ ha actualizado una guía de 2008 que pretende servir de orientación a los órganos jurisdiccionales a la hora de aplicar el ordenamiento jurídico en los casos de violencia de género y de la que se informará mañana en el pleno.
La guía recoge la jurisprudencia disponible hasta el momento respecto a la violencia machista para proteger a la víctima y salvaguardar los derechos fundamentales del imputado.
El Grupo de Expertos considera que la evaluación del daño psíquico sufrido por las víctimas de violencia de género es "fundamental", no solo para tipificar criminalmente los actos cometidos contra ellas, sino "para planificar su tratamiento y establecer su compensación adecuada".
En cuanto a la tutela penal, sostiene que "no es necesario" que quede acreditado el denominado "ánimo de dominio" por parte del maltratador a la víctima, es decir, que no se exija "como elemento integrante del tipo penal el propósito del sujeto activo de discriminar, establecer o mantener una relación de poder sobre la mujer".
Los expertos del CGPJ en la materia dedican un apartado a la credibilidad de la víctima y en él apuntan que les llama la atención la gran cantidad de sentencias dictadas por los juzgados de lo penal y por las secciones especializadas de las audiencias provinciales en las que se suele asociar la credibilidad de la víctima con el hecho de que ésta se encuentre en un proceso de separación o divorcio.
En este sentido, el grupo recuerda que hay datos de estudios especializados que permiten concluir que en esas situaciones se produce un "incremento del riesgo de que la mujer sufra una agresión". "No resulta razonable cuestionar la credibilidad de la denunciante en estos casos", asegura.

Alienación Parental

La guía dedica otro apartado al llamado Síndrome de Alienación Parental (SAP) y recuerda que, a pesar de la difusión y popularización de este "pretendido síndrome" en España, no ha sido reconocido por ninguna asociación profesional ni científica.
Aceptar la existencia del síndrome, según el Grupo, en los procedimientos de guardia custodia de menores supone someter a éstos a una "terapia coactiva y una vulneración de sus derechos por parte de las instituciones que, precisamente, tiene como función protegerles".
Por otra parte, el CGPJ cree que en los casos de violencia de género no debe acordarse la custodia compartida y considera "necesaria" la creación de Puntos de Encuentro, y el establecimiento de unas bases jurídicas mínimas de funcionamiento que lo homogeneizaran para "entregar y recoger" a los menores en los casos de relaciones familiares en crisis y en los supuestos de que existan sospechas de maltrato.
La guía también recuerda la decisión del Tribunal Supremo del pasado 24 de abril sobre la exención de la obligación de declarar en un proceso de violencia de género a la víctima.
En este aspecto, el Supremo salvó de esta exención los casos en los que la declaración por hechos acaecidos con posterioridad a la disolución del matrimonio o cese definitivo de la relación, así como en los supuestos en los que el testigo esté personado como acusación en el proceso.

jueves, 19 de agosto de 2010

Síndrome de Alienación Parental (SAP). El Gobierno español subvenciona a quienes niegan que exista ese problema

SÍNDROME DE ALIENACIÓN PARENTAL (SAP). El Gobierno español, en particular su Ministerio de Igualdad, colabora con quienes niegan que el SAP exista (como la bruja mentirosa que dirige al feminismo totalitario) a través de MILLONARIAS SUBVENCIONES. ¿No es eso colaboración con una forma de terrorismo? Yo creo que sí lo es...!! 

Si el feminismo que detenta (ilegítimamente, por tanto) el poder se puede permitir el lujo de calificar a las asociaciones de padres y de abuelos que piden la custodia compartida y denuncian el SAP como asociaciones de "voceros de maltratadores" y "una banda terrorista", me complace comunicarles que yo pienso de esas asociaciones feministas exactamente eso mismo: son TERRORISTAS. Sólo si ellas se desdicen me pueden exigir eso a mí. ¿O tienen patente de corso? Se lo recordaré... A ellas y al Gobierno que las subvenciona.

Este vídeo es de 2007, cuando el Gobierno español aún no se había posicionado radicalmente junto a las asociaciones negacionistas del SAP que dirigen los destinos del totalitarismo feminista en España