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miércoles, 31 de octubre de 2012

Justicia anuncia que partidos y sindicatos podrán ser condenados penalmente

Tras ese anuncio, en IU deberían revisar su último programa electoral (pincha) en lo relativo a quienes denuncian interferencias parentales (es una advertencia...). Hay ahí difamaciones evidentes, que podrían constituir un presunto delito de injurias y calumnias...Lo mismo cabe advertir a las asociaciones feministas acostumbradas a difamar con absoluta impunidad. Como personas jurídicas podrán ser condenadas igualmente.

Sin embargo, y respecto a que los imputados por delitos no puedan ir en las listas electorales, Alberto Ruiz Gallardón ha explicado a Rosa Díez que lo que hace la condición de imputado es dar "garantías procesales" a quien se le aplica, pero no debe ser un "prejuicio de culpabilidad"... Pese a todo, dice que estudiará la propuesta de UPyD y una opción sería, ha dicho, "la apertura de juicio oral, que supondría que ya hay un indicio racional de criminalidad y por tanto debería impedir a esa persona concurrir a unos comicios". Tomamos nota, pues eso valdrá para todos los ciudadanos y no sólo para políticos, ¿verdad? Así que una simple denuncia no podrá ser tomada como indicio de delito para que un juez tome decisiones sobre la custodia de los hijos en un proceso de divorcio, por ejemplo, y al menos habría que esperar a la apertura de un juicio oral (lo que dejaría fuera las miles de denuncias finalmente archivadas...). Ok. ¿O lo que son derechos de los políticos no lo son de los demás ciudadanos, señor Gallardón?...

Rosa Díez se ha felicitado porque Gallardón haya recogido el guante lanzado por UPyD y haya accedido a estudiar algunas de sus propuestas. Y aunque el ministro no ha aceptado la idea de separar automáticamente de las listas electorales a los imputados, a Díez le ha servido la alternativa que le ha planteado. "Se lo compro", le ha dicho al ministro la portavoz de UPyD, quien también ha reconocido que Gallardón le ha "alegrado la tarde".

Justicia anuncia que partidos y sindicatos podrán ser condenados penalmente

Gallardón anuncia una nueva reforma del Código Penal para que los organismos políticos sean tratados igual que las personas jurídicas en caso de cometer delito

Madrid 31 OCT 2012 

El ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, ha anunciado hoy que los partidos políticos y los sindicatos dejarán de estar exentos de responsabilidades penales y tendrán las mismas que el resto de personas jurídicas, porque así lo contendrá la reforma de la ley de enjuiciamiento criminal.
Gallardón ha hecho este anuncio en respuesta a una interpelación de la portavoz de UPyD, Rosa Díez, en la que ha explicado que "no tiene sentido" que partidos y sindicatos tengan actualmente "ese privilegio", y deben ser tratados en el Código Penal "exactamente igual" que el resto de personas jurídicas. De este modo, según fuentes del Ministerio de Justicia, se podría perseguir penalmente a los miembros de las direcciones de partidos o sindicatos si esos órganos hubieran tomado decisiones que son constitutivas de delito.
Por otra parte, el ministro ha rechazado la petición de Díez de impedir a personas imputadas estar en listas electorales, si bien se ha mostrado dispuesto a estudiar, también en la reforma de la ley de enjuiciamiento criminal, un mecanismo "ulterior" para establecer esa prohibición. Una opción sería, ha dicho, la apertura de juicio oral, que supondría que "ya hay un indicio racional de criminalidad" y por tanto debería impedir a esa persona concurrir a unos comicios.
La condición que finalmente se decida en la reforma de la ley servirá no sólo para impedir estar en una lista electoral sino también para cesar a un cargo público si ése es el caso, según han explicado fuentes del Ministerio de Justicia. En el debate, Alberto Ruiz Gallardón ha explicado a Rosa Díez que lo que hace la condición de imputado es dar "garantías procesales" a quien se le aplica, pero no debe ser un "prejuicio de culpabilidad".
Ha recordado en este sentido que en las querellas que se tramitan por el procedimiento abreviado, el juez siempre cita a declarar como imputados a los querellados para que puedan acudir asistidos por un letrado, lo que no significa después que acaben siendo condenados. Sin embargo, ha lamentado, actualmente la imputación se ha convertido en "una condena social, en una precondena", y en el caso de cargos públicos se produce lo que se conoce como "condena de telediario", y eso es algo que hay que cambiar en la reforma.
Por eso ha insistido en que no se puede impedir el derecho de representación de un imputado, porque supondría dejar "en manos de particulares" dicho derecho, y permitir que se utilizase de forma "torticera". "No puede ser que vivamos en un país en el que el reconocimiento de las garantías procesales sea una condena previa, hasta el punto de que se pida privar de derechos si no ha habido pena", ha añadido el ministro.
Para hacer esta reforma, ha advertido, habrá que estar "muy atentos" a la doctrina que ha dictado el Tribunal Constitucional y a los límites que marca en este sentido. Además ha recordado que en la ley de Transparencia que se está tramitando en el Congreso se modifica la ley electoral para introducir como causa de "inelegibilidad" no sólo cuando hay sanciones penales, sino también administrativas.
Rosa Díez se ha felicitado porque Gallardón haya recogido el guante lanzado por UPyD y haya accedido a estudiar algunas de sus propuestas. Y aunque el ministro no ha aceptado la idea de separar automáticamente de las listas electorales a los imputados, a Díez le ha servido la alternativa que le ha planteado. "Se lo compro", le ha dicho al ministro la portavoz de UPyD, quien también ha reconocido que Gallardón le ha "alegrado la tarde".
Antes, la portavoz de UPyD ha defendido sus propuestas para "frenar la lacra" de la corrupción, Aunque ha subrayado que la mayoría de los políticos son "honestos, sacrificados, altruistas y generosos", Díez ha reconocido que los partidos "no están tomando decisiones necesarias para separar el trigo de la paja y para que ni una sola manzana podrida estropee el resto".

Fuente: http://politica.elpais.com/politica/2012/10/31/actualidad/1351702943_610447.html 

 

jueves, 22 de diciembre de 2011

22 años de cárcel para la asesina que ordenó la muerte de Salgado Pimentel tras perder la custodia de su hija por alienarla

El juicio contra la asesina que ordenó la muerte de Miguel Ángel Salgado Pimentel (pincha) ha concluido con la condena de la acusada a 22 años de cárcel.

Condenan a 22 años a la abogada que mandó matar a su exmarido por la custodia de su hija

EFE Madrid 22/12/2011

La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a 22 años y medio de cárcel a María Dolores M.P., la abogada que encargó matar a su exmarido en Ciempozuelos (Madrid) por miedo a perder la custodia de la hija que habían tenido en común.
En la sentencia también se ha impuesto una condena de 12 años y medio a Eloy S.B., el dueño de una empresa de seguridad al que la acusada encargó el crimen, mientras que se ha absuelto a Charles Michael G.C., juzgado como presunto asesino de la víctima, Miguel Ángel S.P.
María Dolores, cuya defensa ha anunciado a Efe que recurrirá el fallo, ha sido condenada por los delitos de asesinato con el agravante de parentesco, homicidio intentado y amenazas, mientras que a Eloy se le ha considerado culpable de un delito de asesinato y otro de homicidio intentado.
El tribunal se la sección quince ha declarado probado que la abogada, ante "el temor de perder la custodia" de su hija, concibió "la idea de terminar con la vida del padre".
"No ha quedado acreditado que el procesado Charles Michael G.C. interviniera en los hechos y que fuera la persona que, contratada por encargo de María Dolores" disparara a la víctima el 14 de marzo de 2007, cuando accedía al garaje de su casa, según el escrito.
Los magistrados también han condenado a María Dolores y a Eloy a indemnizar con 300.000 euros a la hija que la víctima tuvo con la condenada; con 100.000 euros, a la pareja sentimental del fallecido en el momento de los hechos, María José S.M., y con 150.000 euros a los padres del fallecido.
La sentencia del juicio, concluido el pasado día 1, recuerda que María Dolores M.P., española igual que el otro condenado, contrajo matrimonio en 1998 con Miguel Ángel S.P. y tuvieron una hija en 2001.
Tras separarse en 2003, María Dolores "trató de apartar a Miguel Ángel de la vida de la hija común", especialmente cuando inició una relación con otro hombre, quien "suplantó la figura del padre", y con quien incluso llegó a proyectar la adopción una vez su exmarido hubiera desaparecido.
Dado que María Dolores "se sentía víctima de una suerte de control judicial en su contra orquestado" por su exmarido, concibió la idea de terminar con la vida del padre de su hija.
Para ello, -sigue el relato de los hechos probados en la sentencia-, María Dolores contactó con Eloy S.B., con quien tenía una relación de amistad y profesional, y le pidió que le buscara una persona para matar a Miguel Ángel.
Si bien en un primer momento Eloy se negó, conforme aumentaban los temores de María Dolores de perder la guarda de su hija y ante la insistencia de ésta, acabó cediendo, especialmente tras notificarse que un informe psicosocial recomendaba que la custodia se encomendara al padre.
Además, dado que la ahora condenada "estaba convencida de que el pleito lo tenía perdido por considerar que el juez era un prevaricador", resalta el escrito, esperó a Miguel Angel a la salida de los Juzgados y con ánimo de atemorizarle le dijo: "te tengo que matar, te tengo que ver muerto".
El 31 enero 2007, Eloy se apostó frente al trabajo de Miguel Ángel en Rivas Vaciamadrid y avisó de su salida a una persona que conducía un coche, contratada por el primero, e intentó sacar de la vía a la víctima.
Finalmente, poco antes de las 19 horas del día 14 marzo 2007, Eloy, en compañía del ejecutor material de los disparos que acabaron con la vida de Miguel Ángel, acudieron al domicilio de éste en Ciempozuelos.
El ejecutor se introdujo en el portal del edificio, Eloy le avisó de la llegada de Miguel Ángel por teléfono y, de forma súbita y sorpresiva, a una distancia inferior un metro y medio la persona que no ha podido ser identificada le disparó tres tiros, el último de ellos en la cabeza.

Fuente: http://www.publico.es/agencias/efe/413565/condenan-a-22-anos-a-la-abogada-que-mando-matar-a-su-exmarido-por-la-custodia-de-su-hija 

 

22 años y medio de cárcel para la abogada María Dolores por el asesinato de su exmarido

La Sala absuelve a Charles Michael G., quien había sido acusado de ser el autor material de los disparos | La Sala absuelve a Charles Michael G., quien había sido acusado de ser el autor material de los disparos

Sucesos | 22/12/2011

Madrid. (EUROPA PRESS).

La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a 22 años y medio de prisión a la abogada María Dolores M.Pozo como autora de un delito de asesinato cometido contra su exmarido Miguel Ángel S.P., quien murió de tres tiros descerrajados por un supuesto sicario por encargo de la letrada.
En una sentencia notificada hoy, la Sala impone a la acusada 17 años y medio por un delito de asesinato; tres años y nueve meses de cárcel por un delito de homicidio en grado de tentativa; y un año y tres meses por amenazas. Asimismo, los magistrados condenan a Eloy S.B. a doce años y medio por un delito de asesinato, con la atenuante de confesión y reparación del daño, y como un intento de homicidio.
Además, la Sala acuerda absolver a Charles Michael G., a quien se acusaba de forma inicial de ser el presunto pistolero a sueldo que disparó los tres tiros. Así, se le exonera de un delito de asesinato, otro en grado de tentativa y extorsión al no dar credibilidad a la inculpación que hizo Eloy, quien le acusó de ser la persona contratada para acabar con la vida de Miguel Ángel.
El pasado 12 de diciembre, Charles Michael G. quedó en libertad tras permanecer tres años en prisión preventiva. Ingresó en la prisión de Alcalá Meco en mayo de 2008 acusado de ser el autor material de los tres disparos que acabaron con la vida de la expareja de la abogada María Dolores M.P., un crimen que se llevó a cabo en mayo de 2007 en su domicilio de la localidad de Ciempozuelos.
La puesta en libertad se produjo a raíz de la deliberación del tribunal que enjuició el pasado mes de noviembre a la abogada María Dolores M.P., a Eloy S.B. y a Charles Michael G. El fiscal pidió que se condenara al supuesto pistolero a 45 años de cárcel.


 

sábado, 17 de diciembre de 2011

El Defensor del Menor de la Comunidad de Madrid previene de nuevo contra las interferencias parentales

Jose Manuel Aguilar Cuenca. Psicólogo

En la web del Defensor del Menor de la Comunidad de Madrid, cargo actualmente ocupado por Arturo Canalda  -pincha-, podemos encontrar (diciembre de 2011) una guía para evitar daños en los menores tras las rupturas en la pareja. No se menciona la expresión "Síndrome de Alienación Parental" (SAP), que sí aparecía en la guía que esa institución madrileña publicó en 2006 bajo el mandato de Pedro Núñez Morgades (pincha), pero esta concesión al feminismo superficial y totalitario no evita que sí se aluda directamente en esta nueva guía a las interferencias parentales, a sus responsables y a los daños que esa clase de "maltrato psicológico" produce.


"Los dos grandes problemas que debemos evitar, si queremos que nuestros hijos se vean afectados en la menor medida posible por la ruptura, son: implicarles en el conflicto adulto e INTERFERIR sus relaciones con cualquiera de sus figuras de cuidado y afecto". (...) "El segundo problema se produce cuando uno de los padres, habitualmente el que es el titular de la custodia de los niños, entorpece la comunicación y el tiempo de estancia del otro con sus hijos comunes. (...) Todo lo anterior no son sino muestras de falta de respeto hacia la necesidad que sus hijos tienen de mantener el vínculo con ambos progenitores. Todas esas estrategias generan sentimientos negativos a los niños, conflicto de lealtades y, en los casos más extremos, pueden llevarles a rechazar estar con el otro progenitor, con tal de no verse en esa situación y satisfacer así los deseos del padre que a esto les obliga. Presionar a los hijos emocionalmente para que elijan o lleven a cabo estas conductas no es sino un tipo de maltrato psicológico que no podemos aceptar." (Jose Manuel Aguilar Cuenca. Psicólogo).


Negar la existencia de alienación parental, como vienen haciendo el Gobierno del PSOE, el Consejo General del Poder Judicial (controlado por el dedo de ese partido) y el lobby del feminismo superficial (que les dicta a ambos sus dogmas) es intolerable y roza el delito, si es que no pasa esa línea con claridad.

Para los negacionistas, y para quienes deseen saber quién es quién en este debate, recomiendo la lectura detenida de los comentarios que se hacen en el post que añado inmediatamente como enlace. Repito: no me refiero al post, sino a los COMENTARIOS que se incluyen al finalizar el mismo. En esos comentarios se desarrolla un debate muy clarificador, donde se aprecia quiénes se ocultan en la ideología o el prejuicio y quiénes despliegan información empírica y argumentación racional en busca de la verdad y la justicia (pincha). No dejen de leerlo, porque es verdaderamente sobresaliente. Extraigo de entre los comentarios de ese enlace uno de ellos, por dos razones: 1. porque en el post donde aparece como comentario fue cortado (hummm...) por el administrador "debido a su extensión", y sólo tenemos acceso al mismo tras ser reenviado en un enlace por su autor (Roberto); y 2. porque es una joya en sí mismo que conviene guardar aparte (pincha).