viernes, 23 de septiembre de 2011

La aprobación de la "euroorden" deja en evidencia al Tribunal de Justicia de la UE

Tribunal de Justicia de la UE. Luxemburgo

 

Que el Tribunal de Justicia la UE no haya entrado a juzgar si es adecuado a la normativa europea el automatismo de las órdenes de alejamiento dictadas en España por imperativo legal (pincha), impuesto a los jueces en todas sus sentencias condenatorias, por leves que sean los delitos juzgados y aunque el juez considerase esas medidas innecesarias o, incluso, abusivas, es tanto más inaceptable en la medida que el Parlamento Europeo ha acordado la "euroorden" de protección (martes 20 de septiembre de 2011) aprobada por los ministros de Justicia el viernes 23 de septiembre, sólo unos días después de la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE. La "euroorden" implica que "cualquier medida de seguridad dictada por un Estado miembro para proteger a una persona amenazada, por ejemplo una orden de alejamiento para un maltratador, se ejecute también automáticamente en cualquier otro país de la UE al que la víctima se traslade. Si el agresor la incumple, el país encargado de ejecutarla impondrá sanciones penales o de otro tipo" (pincha)


Esto significa que el automatismo de las órdenes de alejamiento dictadas en España será asumido, de hecho, por los demás países de la UE, por lo que es inaceptable que el Tribunal de Justicia de la UE considere ese automatismo una mera cuestión de constitucionalismo español (pincha). Pienso que no sería asumible esa consideración aun si se tratase de una ley aplicable sólo en España, pues el Tribunal de la UE debe garantizar que los derechos humanos se respeten en España, sin dejar esas garantías en manos del Tribunal Constitucional español como última instancia. Pero si, además, el resto de los países de la UE se van a ver obligados a hacer cumplir esas órdenes de alejamiento dictadas en España de ese modo automático, el Tribunal de la UE no puede abstenerse de juzgar ese automatismo. No puede inhibirse como lo ha hecho.

 

Promovida por España

Los 27 aprueban la euroorden de protección a mujeres maltratadas

BRUSELAS, 23 Sep. (EUROPA PRESS) -

Los ministros de Justicia de la Unión Europea han aprobado este viernes, tras un año y medio de debates, crear una euroorden de protección para mujeres víctimas de la violencia de género, una iniciativa promovida por España durante su presidencia de la UE. La norma ya fue objeto de acuerdo con la Eurocámara el pasado martes, lo que garantiza una rápida tramitación final.
   El objetivo de la euroorden es que cualquier medida de seguridad dictada por un Estado miembro para proteger a una persona amenazada, por ejemplo una orden de alejamiento para un maltratador, se ejecute también automáticamente en cualquier otro país de la UE al que la víctima se traslade. Si el agresor la incumple, el país encargado de ejecutarla impondrá sanciones penales o de otro tipo.
   La nueva norma "cubrirá fundamentalmente las infracciones que pongan en peligro la vida de la víctima, su integridad física, psicológica o sexual, e incluso su libertad individual", según ha indicado el Consejo en un comunicado. El objetivo es el de prevenir nuevas infracciones y atenuar las consecuencias de faltas anteriores, añade la nota.
   El compromiso final es menos ambicioso que el que promovía el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero ya que únicamente incluye las medidas de protección dictadas en procedimientos penales y deja fuera las basadas en la legislación civil.
   Estas últimas quedarán cubiertas por un reglamento propuesto por la Comisión en mayo de 2011 y que todavía está pendiente de aprobación. Según ha explicado la eurodiputada socialista y ponente parlamentaria de esta cuestión, Carmen Romero, "se va a llenar un vacío legal para miles de mujeres que viven con miedo y no pueden ejercer su derecho al libre movimiento".
   "Esta directiva protegerá a las personas cuyas vidas están amenazadas, garantizando su integridad física y psicológica, su dignidad, y por supuesto su integridad sexual", ha subrayado.

   El secretario de Estado de Justicia, Juan Carlos Campo Moreno, ha destacado que la euroorden de protección para mujeres víctimas de la violencia de género que este viernes han aprobado los ministros europeos de Justicia servirá para dar "mayor respaldo y mayor protección" a las víctimas cuando se desplacen a otros países de la UE.
   Se trata de un nuevo instrumento legal que permitirá que cuando se dicten medidas de protección para una persona amenazada "le puedan acompañar a modo de mochila más allá del país en el que se adoptaron", ha declarado en rueda de prensa en Bruselas, al término de la reunión del Consejo en el que se ha respaldado la norma.
   Además, ha ofrecido esta decisión como un "homenaje" a las víctimas de la violencia de género en España, en donde se ha vivido una semana "especialmente sonrojante" por la muerte de varias mujeres.

 

 

 

 

 

El 3 de octubre, apoya a Serrano en Granada: TSJA, 9:30 h

Juez Francisco Serrano Castro
  • El juicio político contra Francisco Serrano se celebrará durante los días 3, 4 y 5 de octubre en Granada, como se tenia previsto. Súmate a la concentración convocada.
  • El próximo jueves, 29 de septiembre, a las 14:00 h y en el Hotel Inglaterra de Sevilla, situado en la Plaza Nueva, se va a leer una nota firmada por letrados y procuradores de Sevilla a favor de D. Francisco Serrano (pego debajo la noticia sobre esa nota publicada el martes 27 de septiembre). Al acto están invitados tanto jueces como secretarios judiciales, y asistirán asociaciones como la Asociación Custodia Compartida Sevilla y AVILEGEN.


La Federación Andaluza para la Defensa de la Igualdad Efectiva (Fadie) ha convocado una concentración frente a la sede del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) en Granada para el lunes 3 de octubre a las 9,30 horas, con el fin de respaldar al Juez de Familia Francisco Serrano. Fadie se suma, así, a los llamamientos en este sentido que se han producido por parte de los ciudadanos que apoyan a Serrano. El juicio empieza el lunes día 3 a partir de las 10 h de la mañana.
 
Habría que estar a las 9,30 h en la calle con las pancartas, camisetas, silbatos, etc., con el fin de que a nadie le pase inadvertido el apoyo que Serrano recibe ante este nuevo intento de linchamiento contra él por parte del feminismo totalitario español y las instituciones estatales que controla.

Tribunal Superior de Justicia de Andalucía
Plaza Nueva, 10, 18009 Granada
958002625 (teléfono del TSJA)
 
Para conocer las razones por las que Serrano ha sido llevado ante los tribunales, pincha aquí y sigue la pista de los enlaces.
 
El núcleo de la filosofía de Sun Tzu en El Arte de la Guerra descansa en estos dos principios (conocidos por nuestro enemigo): 
"Todo el Arte de la Guerra se basa en el engaño". "El supremo Arte de la Guerra es someter al enemigo sin luchar".
 
TRIBUNALES | Está suspendido y será juzgado por prevaricación

Profesionales del Derecho arropan al juez Serrano y confían en su inmediata absolución

  • Modificó un turno de visitas para que un niño pudiera salir en una cofradía
Europa Press | Sevilla
Profesionales del Derecho de Sevilla han expresado este martes su apoyo y respeto al juez de Familia Francisco Serrano, que será juzgado la próxima semana por un delito de prevaricación, lo que ha motivado que el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) le suspenda cautelarmente de sus funciones como titular del Juzgado de Familia número 7 de Sevilla, y han confiado en su "inmediata" absolución.
En una nota, han opinado que las actuaciones desarrolladas por el juez respecto a la decisión tomada sobre la asistencia del niño como paje en la salida procesional de la Hermandad del Silencio "no supone motivo alguno para el drama personal que está sufriendo, pues se limitó a garantizar con eficacia el derecho fundamental a la libertad religiosa del niño de procesionar en la Madrugá sevillana, máxime después de que su decisión fue avalada en todos sus términos por la Audiencia Provincial".
En este sentido, han expresado su preocupación y alarma por el "grave" perjuicio "que sufre el buen funcionamiento de su Juzgado tras su suspensión" y han confiado en su "inmediata" absolución y en el restablecimiento de las funciones del mismo en el Juzgado de Familia número 7 de Sevilla.
Asimismo, han querido dejar claro que el juez Serrano "no ha sido condenado por ningún tribunal", por lo que han solicitado "coherencia y cautela" a los medios de comunicación a la hora de tratar la información sobre él. Por todos estos motivos, los firmantes del comunicado han convocado para el próximo jueves, en el Hotel Inglaterra, un acto abierto de adhesión y apoyo al magistrado.

Rechazada la recusación

Por otro lado, la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha acordado no admitir a trámite la recusación planteada por la acusación particular contra dos de los magistrados que juzgarán el próximo mes de octubre al juez Francisco Serrano por un delito de prevaricación, entre ellos el presidente del TSJA, Lorenzo del Río, ya que considera que se trata de una propuesta "extemporánea" y con la que el letrado de la acusación "persigue la suspensión del señalamiento".
El pasado viernes, el abogado de la mujer que denunció al juez Serrano por modificar el turno de custodia de su hijo de 11 años establecido por el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 4, ampliando en día y medio su estancia con el padre divorciado al objeto de garantizar su salida como paje en una cofradía de la Madrugá, planteó la recusación de ambos magistrados por entender que habían participado de algún modo en la instrucción de la causa, pero el Alto Tribunal andaluz rechaza la propuesta al entender que las causas de recusación esgrimidas "carecen objetivamente de todo fundamento".

Fuente: http://www.elmundo.es/elmundo/2011/09/27/andalucia_sevilla/1317139131.html
 
Granada

Fadie se concentra este lunes para apoyar al juez Serrano ante lo que consideran "un juicio político"

GRANADA, 2 Oct. (EUROPA PRESS) -
 
La Federación Andaluza para la Defensa de la Igualdad Efectiva (Fadie) ha convocado una concentración frente a la sede del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) este lunes 3 de octubre a las 9,30 horas, para respaldar al Juez de Familia Francisco Serrano  ante lo que considera "un juicio político orquestado por la Fiscal provincial de Sevilla, María José Segarra, que sigue las directrices amordazadoras de un Gobierno 'de género' agonizante".
   Según ha informado la federación en un comunicado, con esta convocatoria Fadie se posiciona contra "la persecución y el linchamiento que, por parte de la Fiscalía de Sevilla, está sufriendo el juez Serrano, ante un caso sobre el que la Audiencia Provincial se acaba de volver a pronunciar nuevamente a su favor".
   Así, ha indicado que el procesamiento al magistrado constituye "un ejercicio de desprestigio y 'ninguneo' hacia la propia Audiencia Provincial de Sevilla, que ha sabido mantenerse en su sitio a pesar de las presiones que ha soportado desde el principio por parte de la Fiscalía para fallar en contra de Serrano".
   "Una vez más, vuelve a quedar en entredicho la independencia de poderes y la efectividad de la Fiscalía, que debiera emplear sus esfuerzos en perseguir de forma implacable las falsas denuncias por malos tratos, en lugar de acosar, valiéndose de letrados altamente cuestionados, a los jueces que han tenido el valor y la honradez de sacar a la luz las mentiras de género que el Gobierno español lleva siete años tapando", ha lamentado Fadie.
   Asimismo, el colectivo ha señalado que "mientras la elección de los fiscales de este país no comience a regirse por sus méritos, seguirán sin perseguirse las falsas denuncias por maltrato, y la Administración de Justicia continuará utilizándose para amordazar a los profesionales que se han atrevido a cuestionar leyes anticonstitucionales como la Violenta Ley de Género".
   Por otra parte, Fadie considera que "el Gobierno y sus fiscales, nombrados con el dedo del género, continúan castrando cada día el derecho a la libertad de expresión de los ciudadanos que se atreven a denunciar una ley que no podía funcionar porque ha roto definitivamente con las reglas de juego de un Estado de Derecho y que sigue enviando cada año a un centenar de personas al cementerio".
   Por tanto, desde la federación han anunciado que celebrarán esta semana en Granada "un homenaje de agradecimiento y apoyo incondicional al juez Serrano, así como a todos los profesionales que están siendo amedrentados, insultados y amenazados de forma cotidiana por posicionarse abiertamente contra las mentiras oficiales 'de género' del Gobierno de España".
Fuente: http://www.europapress.es/andalucia/noticia-fadie-concentra-lunes-apoyar-juez-serrano-consideran-juicio-politico-20111002190730.html       

miércoles, 21 de septiembre de 2011

Visto para sentencia el juicio por supuesto maltrato contra el Secretario de Organización del PSOE de Gijón



El jucio por supuestos malos tratos a su ex mujer contra Iván Álvarez Raja, secretario de Organización del PSOE de Gijón y exconcejal de Festejos, tuvo lugar ayer, 20 de septiembre. Está visto para sentencia.

El diario EL COMERCIO, que ha ofrecido desde el primer momento (pincha) el privilegio de sus páginas al político del PSOE para exponer su versión de los hechos ante la ciudadanía, informaba ayer de la celebración del juicio en esa fecha, y recordaba que Álvarez Raja "apunta a la comisión de un delito de falso testimonio por parte de su expareja", si bien "la fiscalía solicita para el secretario de Organización del PSOE de Gijón una pena de once meses de cárcel y dos años de alejamiento por considerar probado que empujó contra una pared a su expareja" el 5 de enero de este año, cuando ambos habían iniciado los trámites de separación (pincha). EL COMERCIO terminaba su información de ayer con estas palabras del titular del juzgado de Instrucción número 1, Juan Laborda, que fue el encargado de tomarle declaración a Iván Álvarez Raja tras la denuncia y consiguiente detención, y que lo dejó en libertad denegando a la víctima la orden de alejamiento que solicitaba entonces: "No se aprecia que existan indicios fundados de haberse perpetrado el hecho que se relata en la denuncia, teniendo en consideración precedentes por hechos similares y que las declaraciones prestadas por los testigos presenciales son contradictorias en punto relativo a la realización por el imputado del acto de acometimiento físico que describe la perjudicada". Sin embargo, añade EL COMERCIO, "en la fase de Instrucción se apreció indicio de delito" por lo que ayer hubo juicio oral.

Iván Álvarez Raja. Secretario de Organización del PSOE en Gijón

En el juicio, celebrado ayer, el ministerio fiscal mantuvo su petición de 11 meses de cárcel y una orden de alejamiento de 200 metros durante dos años por considerar probada la agresión que Irene Mier (también militante socialista de amplia trayectoria y miembro del comité autonómico del PSOE) denunció haber sufrido el pasado 5 de enero, al empujarla presuntamente Iván Álvarez Raja contra la puerta. La acusación particular solicita una pena de 30 meses de cárcel (ingreso en prisión) y una orden de alejamiento de cuatro años por un maltrato psíquico habitual a lo largo del matrimonio y, alternativamente, hace suya la petición del fiscal. El secretario de Organización del PSOE de Gijón mantuvo que no hizo nada de lo que se le acusa (expresando su intención de denunciar a su vez a su ex mujer por denuncia falsa), por lo que la defensa pide la libre absolución. 
Los supuestos hechos tuvieron lugar durante la pasada noche de Reyes, cuando ambos estaban en trámite de separación. Según relató la denunciante, el empujón que le produjo los hematomas en la zona sacra al chocar su espalda con el marco de la puerta tuvo lugar tras una disputa porque ella había cambiado las cerraduras de la casa que ambos compartían junto a su hija, de 3 años, a la que Raja acudió a buscar para llevarla a la Cabalgata. Él le habría exigido un juego de llaves y, ante su negativa, él habría reaccionado propinándole un empujón. Álvarez Raja niega que hubiera contacto físico, si bien reconoce el malestar que le produjo que su exmujer le negase las llaves (el piso iba a ser vendido) y una documentación del coche que compartían.
Los dos testigos que declararon durante la vista oral, la hermana de ella (Alejandra Mier) y un compañero del partido de él (Monchu García) ofrecieron versiones contradictorias sobre la agresión. Ambos estaban presentes el día de autos. El testigo de Raja dijo no haber presenciado ningún empujón, sí una discusión por las llaves de la vivienda. Sin embargo, la hermana de la denunciante dijo haber visto cómo el que era su cuñado "la empotraba contra la puerta y la dejaba tirada en el suelo".
Álvarez Raja sí reconoció ser el autor de unas pintadas (realizadas con anterioridad a la agresión comentada) en el dormitorio y el pasillo de la casa después de que descubriese unos correos y fotografías en el ordenador de ella (el pasado 20 de octubre) que revelaban una relación de Irene Mier con un compañero de trabajo. Al respecto, ella declaró que "me coaccionaba diciéndome que me arrepentiría por el daño que le estaba haciendo", mientras que él adujo que "las pintadas forman parte de nuestro recorrido vital, hicimos muchas [pintadas, se entiende] juntos antes". Vaya par de patas para un banco... Lo del "recorrido vital" se las trae (aunque EL COMERCIO abona esa tesis contando que solían intercambiarse mensajes con pintadas en bares como La Bodeguita del Medio, y poniendo esta otra versión de las pintadas en la casa: "Algún día te darás cuenta del daño que me has hecho", que ya no tiene el tono amenazante que podría interpretarse en la versión que da la denunciante). En cuanto a ella, se ve que conoce bien la Ley Integral de Violencia de Género (LIVG) y sabe que las "coacciones leves" son un delito de varón.
Ella añadió sentirse también "amenazada" tras esas pintadas (las "amenazas leves" son otro delito de varón en la LIVG), pues, a pesar de que él abandonó el domicilio conyugal, siguió entrando en él con sus llaves. Y por eso, dijo, cambió la cerradura. El Secretario de Organización del PSOE de Gijón dijo ante la jueza: "Lo que [ella] quería era que yo no pudiese entrar para dormir con otro en mi cama". (Precisamente era la noche de Reyes Magos...)

EL diario EL COMERCIO publica al final de su noticia de hoy un párrafo muy interesante... En él da cuenta de unas declaraciones de Irene Mier en las que muestra a Raja como un político interesado en salvaguardar su imagen pública que, cuando su matrimonio se deshacía, propuso a su mujer posponer la separación hasta después de las elecciones del pasado mayo, mientras supuestamente era un tirano en casa. Pero esas declaraciones de ella las publica EL COMERCIO, más bien, con la intención de presentar a Irene Mier como una denunciante que trata de hacer daño a su ex, y por eso el diario las presenta así: "Pese a que el juicio era relativo a la vida personal del miembro del PSOE de Gijón, su exesposa aludió en varios momentos de su declaración a su vida política y pública". De este modo, no sólo sabemos algo acerca de Raja y de su exmujer, sino también del diario EL COMERCIO. Un periódico que obvia en todo momento, y también en ese comentario que he entrecomillado, que el PSOE es el principal responsable de la LIVG y de la vulneración de derechos que ocasiona a todos los varones españoles denunciados, por lo que un cargo del PSOE acusado de maltrato a su expareja no puede pretender evitar que se le recuerden tanto su adscripción política como sus cargos y, más aún, su responsabilidad en lo que le está pasando a él mismo...  La pertinencia de mencionar los cargos de Raja en el PSOE no sólo es obvia fuera de ese tribunal, sino también dentro de él. Y no ya para mencionar, como hizo su exmujer, su supuesto interés en salvaguardar su imagen de casado sin problemas de divorcio... sino para dejar constancia ante la juez de que al señor Raja, como a todos los cargos del PSOE, se les debería exigir un comportamiento ejemplar, ya que son los responsables de la ley vigente. Considero eso un agravante. Y sugiero a la señora juez que lo considere así en caso de una sentencia condenatoria.


Ésta es la noticia publicada hoy en EL COMERCIO. Al final hay enlaces a otros periódicos gijoneses que se han hecho eco también de la noticia de este juicio.

GIJÓN

«Sabía que me iba a denunciar»

Iván Álvarez Raja, exedil de Festejos, se defendió en el juicio por maltrato negando haber pegado a su exmujer, a la que acusó de infidelidad

21.09.11 - 02:40 - ELCOMERCIO.es

http://www.lavozdeasturias.es/asturias/gijon/Juicio-edil-presuntos-malos-tratos_0_558544186.html

http://www.lne.es/gijon/2011/09/21/partido/1131841.html

http://www.elcomercio.es/v/20110920/gijon/ivan-alvarez-raja-sera-20110920.html

domingo, 18 de septiembre de 2011

EL PAÍS y Montalbán cierran en FALSO el debate sobre las órdenes de alejamiento



El subtítulo de esta noticia publicada por EL PAÍS (pincha) es completamente improcedente. Y el titular, también. Pero eso lo veremos al final... El asunto es verdaderamente reseñable, pues se trata de un caso probablemente único en la historia de la prensa mundial... Tenemos un titular que es contradictorio con el subtítulo, y además ambas afirmaciones son falsas. Escribo aquí debajo esas dos cosas y agárrense.

 

La justicia avala la ley que obliga a separar parejas en caso de maltrato

El Tribunal de la UE da la razón a España sobre la orden de alejamiento - Prima el criterio del juez sobre el de la víctima porque actúa "en defensa del interés general" 

 

Como se indica en el titular, es la ley (y no "el criterio del juez", como se dice en el subtítulo) quien impone a los jueces la necesidad de penalizar con una orden de alejamiento cualquier condena por malos tratos a una mujer por parte de su pareja o ex pareja. Incluso en casos en los que no existe ningún maltrato físico y se trata de una amenaza "leve" o de una coacción "leve". Y ello a pesar de que acaso la denunciante no desee ese alejamiento,

 

Permítanme un inciso aclaratorio antes de continuar. No es verdad lo que dice EL PAÍS en el interior de la noticia (qué mal informados están...) respecto a que la ley obligue a los jueces a imponer la orden cautelar tras una denuncia por malos tratos. Ocurre que suelen imponerla, incluso en casos en los que no está justificada (a veces sin motivar la estricta necesidad de esa orden de alejamiento, como establece la ley...), por temor a que si llegase a ocurrir algo grave se les echarían encima el lobby feminista y la Fiscalía General de Estado. Ésta, empujada por el Gobierno.

 

Continuemos. Si lo que el Tribunal de Justicia de la UE ha sentenciado ahora es, como dice EL PAÍS, que "un juez puede obligar a una mujer a dejar de vivir con su pareja si ésta le ha denunciado por malos tratos, incluso verbales, pese a que la víctima decida mantener la convivencia" [la negrita es mía], entonces lo único que ha validado esa sentencia es la imposición por parte de un juez de un alejamiento cautelar. Algo que, efectivamente (contra lo que dice EL PAÍS), es decisión que el juez puede tomar o no, siempre según su criterio. Aunque no debería olvidar motivar esa orden de alejamiento, como ocurre en ocasiones de un modo no permitido por la ley... En ningún caso esa sentencia estaría validando, como asegura EL PAÍS, la ley española que obliga a los jueces (Proyecto de Ley del Gobierno de Aznar aprobado en el Parlamento) a imponer una pena accesoria de alejamiento en caso de condena por malos tratos.

 

Si lo que el Tribunal de Justicia de la UE ha sentenciado es que un condenado por malos tratos a una mujer puede ser penado por el juez, como dice EL PAÍS, con un alejamiento respecto a la víctima aunque ésta no lo desee, entonces ello no avala tampoco (contra lo que dice EL PAÍS) "la ley" que obliga a los jueces a imponer esa pena en todos los casos donde hay condena. Simplemente, en este caso el Tribunal de Justicia de la UE estaría pasando por alto (de un modo inaceptable, por negligente ante un exceso obvio) que los jueces españoles están obligados por la ley a imponer esa pena en todos los casos, por leves que sean. Todo indica que esto es, lamentablemente, lo que ha ocurrido (como verán después). Por eso EL PAÍS afirma en el subtítulo algo que, siendo aparentemente cierto ("[El Tribunal de la UE] prima el criterio del juez sobre el de la víctima") es, sin embargo, una afirmación que tiene que ser considerada falsa. Lo explico rápidamente. Esa afirmación está inmersa en una falacia, pues si esa afirmación la considerásemos verdadera se deduce de ella una afirmación que es, de hecho, falsa. Es ésta: "El criterio del juez tiene el poder de imponer un alejamiento en caso de condena". Pero el criterio de los jueces en España es completamente irrelevante a la hora de imponer una alejamiento tras una condena por malos tratos... Es la ley la que obliga a los jueces a imponer ese alejamiento en todos los casos. Si de una oración se deduce que necesariamente ha de ser verdad algo que, de hecho, es falso, como ocurre aquí, eso significa que la oración de partida es necesariamente falsa (lógica elemental). El subtítulo de EL PAÍS es una oración falsa.

 

Si lo que el Tribunal de Justicia de la UE ha sentenciado es que la ley española puede imponer a los jueces que penen en todos los casos de condenas por maltrato con una pena accesoria de alejamiento, incluidos los casos de delitos meramente verbales (como dice EL PAÍS), es decir, incluidos esos delitos que lo son sólo de varón (sólo son faltas si los comete una mujer) y que ha introducido como tales delitos la Ley Integral contra la Violencia de Género (Proyecto de Ley del Gobierno de Zapatero aprobado por unanimidad en el Parlamento), entonces EL PAÍS no puede afirmar al mismo tiempo que ese Tribunal ha sentenciado que "Prima el criterio del juez sobre el de la víctima porque actúa en defensa del interés general" (véase el subtítulo de la noticia). No es "el criterio del juez". Es la ley, incluso contra el criterio del juez...

 

 ¿Qué es lo que ha sentenciado el Tribunal de Justicia de la UE? Ocurre que a EL PAÍS le parece conveniente hablar de la ley para resaltar que, dicen, "ha sido avalada" por el Tribunal de la UE (lo cual es falso), y hablar de los jueces a la hora de cargarles el muerto de la imposición de las penas de alejamiento en caso de condena que puedan parecerle a alguien abusivas por ir contra el deseo de la víctima (lo cual es falso también)... Con tantos intereses que cubrir a la hora de redactar las informaciones (que ni siquiera conocen suficientemente, como cabría exigir a un profesional de la información), acaban por caer en contradicciones evidentes que precisamente saltan a la vista al tratar uno de abrirse paso entre tanta confusión.

 

Para aclarar si lo sentenciado por el Tribunal de la UE es que la ley puede imponer un alejamiento en todos los casos (incluso aunque el juez estimase que no es necesaria tal cosa, o que incluso la considerase abusiva), podemos leer otro artículo que aparece como un enlace en la página donde aparece la noticia que estoy comentando... Ese brevísimo artículo de opinión, que pego debajo de esta noticia, está firmado por Inmaculada Montalbán (Presidente del Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género del CGPJ), y se titula así: Polémica jurídica cerrada. Bueno, eso es lo que a ella le gustaría, claro. 

 

En su articulito, Inmaculada Montalbán recuerda que la ley (aprobada en el Parlamento en la época de Aznar) "anuda la pena de alejamiento a las condenas por violencia doméstica y de género". Correcto, también para las condenas de violencia doméstica (si bien, aclaro, es sólo la Ley de Violencia de Género la que impone ese alejamiento en casos leves cometidos por varones, al convertirlos en delitos, e impone también un alejamiento extra -cuya mención suele olvidarse- en el momento de la suspensión de la condena de cárcel y durante los años que esta suspensión tenga lugar). Añade Montalbán que "es automática y el juez ha de imponerla". Correcto. Y pretende cerrar el debate así: "En octubre de 2010 el Tribunal Constitucional avaló la constitucionalidad de esta medida legal. Ahora se declara ajustada a la normativa europea".

 

Sin embargo, la propia señora Montalbán, que justifica esa ley en base a unos supuestos "fines de interés general como es la paz social" (¿?), añade un párrafo final desconcertante: "El Tribunal europeo no juzga si el alejamiento automático es conveniente o no; pero ya tenemos experiencia en la aplicación de esta norma. La práctica en los juzgados nos dice que el automatismo en la imposición de la pena de alejamiento puede producir algunos efectos no deseados y desmedidos en casos leves, ocasionales, con arrepentimiento del infractor. Para estos casos, según los expertos del Observatorio, el Juez debería tener la oportunidad de ponderar las circunstancias para decidir si procede el alejamiento".

 

Está reconociendo que el Tribunal de la UE no ha entrado a juzgar si la imposición automática del alejamiento es conveniente o no. Ese tribunal no ha juzgado la ley española. Simplemente, ha dicho que "el Estado es el que fija las penas", como reseña la señora Montalbán en su artículo. Claro que los jueces forman parte del Estado en ese punto. O mejor, deberían formar parte, porque la ley de la que hablamos se lo impide.

 

Lo que ese tribunal ha sentenciado es que es ajustado a la normativa europea que el Estado imponga una pena de alejamiento incluso aunque la víctima no quiera ese alejamiento respecto a su agresor condenado por maltratarla. Eso es todo. Y claro, por supuesto que eso es razonable... Lo que no es razonable es que el Estado imponga ese alejamiento (por ley) en todos los casos, incluso aunque el juez (no ya la víctima) considerase que ese alejamiento está fuera de lugar y es abusivo... 

 

Por eso, contra lo que dicen EL PAÍS e Inmaculada Montalbán, la ley española no ha sido avalada por el Tribunal de la UE. ¿Cómo puede decir Inmaculada Montalbán que, tras esta sentencia, la ley española "se declara ajustada a la norma europea" si, inmediatamente después, añade que esa sentencia no ha entrado a juzgar esa ley? Es más, es la propia señora Montalbán quien pone en cuestión la ley al afirmar que el automatismo del alejamiento (impuesto por la ley) puede producir efectos no deseados y desmedidos en ciertos casos. Y asegura que, según los expertos del Observatorio, "el Juez debería tener la oportunidad de ponderar las circunstancias para decidir si procede el alejamiento"

 

Además, el Tribunal de la UE tampoco ha juzgado en ningún momento si un alejamiento automático impuesto por una ley para todos los casos, por leves que sean, vulnera los derechos del condenado... Pero ya he notado que a EL PAÍS y a toda la cuadrilla del feminismo totalitario, propietarios del discurso (el pensamiento) único, les preocupa exclusivamente el problema de la víctima obligada a ese alejamiento de forma automática a su pesar (algo que no es cierto que haya avalado el Tribunal de la UE en su sentencia, pues no ha juzgado el automatismo que impone la ley). Quiero recordarles a todos ellos que el condenado también es digno de respeto... Y que un alejamiento automático en casos leves, que un juez consideraría acaso un atropello, es el resultado de una ley abusiva también con los condenados. Y con sus hijos... Porque a menudo tienen hijos, ¿saben?... ¿Cuántos huérfanos de padre con éste vivo son víctimas de estas leyes? Estoy hablando de dos leyes que suponen un maltrato institucional: la del alejamiento automático, de la época de Aznar; y la que convierte en delitos de varón (con el consiguiente alejamiento automático)  lo que siempre han sido meras faltas y que aún son sólo faltas para las mujeres, la ley de violencia de género de Zapatero.

 

Conclusión del análisis: el títular de la noticia de EL PAÍS es, como el subtítulo, completamente improcedente... El titular y el subtítulo se contradicen y son, ambos, falsos

En un alarde ya esperpéntico, también es falso el título del artículo de Inmaculada Montalbán, incluido en la noticia de EL PAÍS en un enlace: "Polémica jurídica cerrada". De eso, nada.

Un documento periodístico para la historia. EL PAÍS ha alcanzado una cota insuperable.

 

Pero aún hay otra sorpresa: EL PAÍS publicó esta noticia, junto al artículo de Inmaculada Montalbán, en su edición impresa del 16 de septiembre de 2011. Sin embargo, el día anterior, 15 de septiembre, había publicado en su edición digital una información de la agencia EFE sobre la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE (pincha) en la que explicaba con bastante claridad lo que juzgó y sentenció ese tribunal. Por tanto, EL PAÍS sabía lo que hacía cuando el día 16 publicó en papel para sus lectores lo que hemos analizado.

 

Que el Tribunal de la UE no haya entrado a juzgar si es adecuado a la normativa europea el automatismo de las órdenes de alejamiento dictadas en España por imperativo legal, impuesto a los jueces en todas sus sentencias condenatorias, por leves que sean los delitos juzgados y aunque el juez considerase esas medidas innecesarias o, incluso, abusivas, es tanto más inaceptable en la medida que el Parlamento Europeo ha acordado la "euroorden" de protección (martes 20 de septiembre de 2011) aprobada por los ministros de Justicia el viernes 23 de septiembre, sólo unos días después de la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE. La "euroorden" implica que "cualquier medida de seguridad dictada por un Estado miembro para proteger a una persona amenazada, por ejemplo una orden de alejamiento para un maltratador, se ejecute también automáticamente en cualquier otro país de la UE al que la víctima se traslade. Si el agresor la incumple, el país encargado de ejecutarla impondrá sanciones penales o de otro tipo" (pincha)

Esto significa que el automatismo de las órdenes de alejamiento dictadas en España será asumido, de hecho, por los demás países de la UE, por lo que es inaceptable que el Tribunal de Justicia de la UE considere ese automatismo una mera cuestión de constitucionalismo español (pincha). Pienso que no sería asumible esa consideración aun si se tratase de una ley aplicable sólo en España, pues el Tribunal de la UE debe garantizar que los derechos humanos se respeten en España, sin dejar esas garantías en manos del Tribunal Constitucional español como última instancia. Pero si, además, el resto de los países de la UE se van a ver obligados a hacer cumplir esas órdenes de alejamiento dictadas en España de ese modo automático, el Tribunal de la UE no puede abstenerse de juzgar ese automatismo. No puede inhibirse como lo ha hecho.

 

 

Pego aquí la noticia publicada en la edición impresa de EL PAÍS el día 16 de septiembre de 2011 y, debajo, el artículo de la señora Montalbán que acompañó a esa noticia. Después, pego la noticia que había publicado EL PAÍS en su edición digital el día anterior, 15 de septiembre. Finalmente, añado copia de la noticia de la aprobación de la euroorden en el Parlamento europeo.

 

La justicia avala la ley que obliga a separar parejas en caso de maltrato

El Tribunal de la UE da la razón a España sobre la orden de alejamiento - Prima el criterio del juez sobre el de la víctima porque actúa "en defensa del interés general"

FERRAN BALSELLS - Barcelona - 16/09/2011

"La orden de alejamiento, por si sola, no es eficaz", advierte un jurista
La víctima que abrió la cuestión puede ser condenada por vivir con su agresor

Un juez puede obligar a una mujer a dejar de vivir con su pareja si esta le ha denunciado por malos tratos, incluso verbales, pese a que la víctima decida mantener la convivencia. Así lo avala el Tribunal de Justicia de la UE en una sentencia emitida ayer en relación con dos causas similares de la justicia española: se trata de dos condenados por agresión que volvieron a instalarse en el domicilio de su pareja a petición de las víctimas. Estas reclamaron después al juez derogar la orden de alejamiento. "Somos víctimas del sistema penal, ¿por qué no puedo vivir con quien me agredió?", recriminó en 2009 a la Audiencia Provincial de Tarragona E. C., una de esas víctimas. Tras escucharla, la Audiencia consideró que este tipo de casos "cuestionan" ciertos aspectos de la ley española, que puede atentar contra "el respeto de la vida privada y familiar" incluido en el derecho comunitario. Por ello elevó la cuestión al tribunal de la UE, que ha determinado que las víctimas tienen derecho a ser escuchadas pese a que el criterio del juez debe primar en cualquier caso.
"La protección penal no solo tiene por objeto la protección de los intereses de la víctima, sino también la protección de otros intereses más generales de la sociedad", justifica el fallo del organismo comunitario. La sentencia no es vinculante para la justicia española pero apuntala la reforma del Código Penal que el Ejecutivo español -gobernado entonces por el PP- realizó en 2003 y que prácticamente automatiza la imposición de órdenes de alejamiento: los magistrados deben imponerla cautelarmente tras admitir a trámite una denuncia de malos tratos, incluso verbales, es decir, por insultos o amenazas; y tras una sentencia condenatoria esa orden pasa a ser definitiva y puede imponerse con una duración de hasta 10 años. Esta disposición ha provocado varias decenas de cuestiones de constitucionalidad de parejas que reclamaban volver a convivir. El Tribunal Constitucional se ha pronunciado por ahora a favor de la reforma legal, pero esta sigue levantando controversia en el ámbito judicial.
"El sistema español es excesivamente rígido", defiende el catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Barcelona, Joan Josep Queralt. "El modelo ideal es un método mixto, con penas de alejamiento revisables cada cierto periodo de tiempo", señala. "Por sí sola, además, la orden de alejamiento no sirve como protección efectiva, hay muchos otros factores sociales", advierte. En cualquier caso, la cuestión es compleja porque en algunos casos, las parejas que han accedido a convivir con su agresor han acabado asesinadas por su pareja. "Jurídicamente es difícil consentirlo, porque juegan con fuego. Es como tener cáncer de pulmón y seguir fumando", subraya. El año pasado, el 9,4% de las 120.000 víctimas de maltratos reanudó después la convivencia con su agresor; porcentaje que ascendió al 15,2% en 2009, según la Fiscalía General del Estado.
El endurecimiento del Código Penal respondió a una necesidad de frenar la sangría de asesinatos pero la generalización de las órdenes de alejamiento no ha logrado revertir las cifras de mujeres fallecidas. Hasta 74 víctimas fallecieron a manos de sus parejas o exparejas el año pasado, 19 más que el año anterior. Año tras año, con ligeros aumentos o descensos, el número de parejas asesinadas se mantiene elevado. En los últimos cinco años, supera las 350 mujeres y se ha consolidado como la primera causa de muerte dolosa en España. "Este desconcertante aumento no se debe a un mal funcionamiento de la ley sino a la dificultad de reeducar la ciudadanía", opinó ayer el Fiscal General del Estado, Cándido Conde-Pumpido, que asumió la necesidad de mejorar la protección de las víctimas.
Una cuestión en la que el nuevo Código Penal puede ser contraproducente. "La reforma generalizó las órdenes de alejamiento porque los jueces aplicaban medidas de protección con cierta ligereza", detalla el jurista experto en derecho penal, Javier Ruiz. "Ahora son demasiado severos y en algunos casos puede resultar perjudicial". "Incluso se condena a las mujeres que deciden convivir con sus agresores por colaboración en el quebrantamiento de la orden de alejamiento, lo cual resulta cuestionable", añade Queralt. Estas penas, de 6 a 12 meses de cárcel, pueden suponer el ingreso en prisión de la víctima si esta tiene antecedentes penales.
Se trata del tipo de condena que afronta posiblemente a E. C., cuya defensa de la convivencia con su pareja originó el pronunciamiento del Tribunal de la UE. Tras la sentencia de este organismo, la víctima se ha quedado abocada a un proceso penal pese a que su pareja la agredió en la cara y en el cuerpo y la amenazó de muerte con un cuchillo que iba clavando en la cama y alrededor de la mujer, relata la sentencia condenatoria. Pero ella le solicitó expresamente que volvieran a convivir, declaró a la Audiencia de Tarragona en 2009. "Es una agresión superada, hemos asistido a terapias... No lo dejaré si lo dice un juez porque nos queremos", declaró la mujer a este diario hace dos años. La Audiencia, que entonces suspendió las actuaciones en espera de la respuesta del tribunal comunitario, considerará ahora si la víctima ha incumplido la ley, por lo que esta rechazó realizar declaraciones sobre el asunto. "Reúne todos los números para que sea declarada culpable", lamentó Ruiz.



ANÁLISIS

Polémica jurídica cerrada

INMACULADA MONTALBÁN 16/09/2011

¿El alejamiento del agresor en contra de la voluntad de la víctima se ajusta al derecho comunitario? El interrogante surgió en un tribunal español antes de decidir si existía delito de quebrantamiento de pena en dos casos en los que las víctimas, libremente, volvieron a vivir con los agresores, a pesar de que estos habían sido condenados a penas de alejamiento. La respuesta del Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha sido clara: aun en tales casos, la pena de alejamiento es compatible con el derecho europeo. Argumenta que las víctimas tienen derecho a participar en el proceso penal, a ser oídas y aportar pruebas, pero no a elegir la pena. El Estado es el único que tiene el poder de fijar la clase y duración de las penas en función de las características de cada delito.

 La norma española anuda la pena de alejamiento a las condenas por violencia doméstica y de género. Esta pena no solo persigue proteger a la víctima de otras agresiones, sino también fines de interés general como es la paz social. Es automática y el juez ha de imponerla. En octubre de 2010 el Tribunal Constitucional avaló la constitucionalidad de esta medida legal. Ahora se declara ajustada a la normativa europea. 

El Tribunal europeo no juzga si el alejamiento automático es conveniente o no; pero ya tenemos experiencia en la aplicación de esta norma. La práctica en los juzgados nos dice que el automatismo en la imposición de la pena de alejamiento puede producir algunos efectos no deseados y desmedidos en casos leves, ocasionales, con arrepentimiento del infractor. Para estos casos, según los expertos del Observatorio, el Juez debería tener la oportunidad de ponderar las circunstancias para decidir si procede el alejamiento.Se ha cerrado la polémica jurídica y podemos aprovechar la experiencia. 

Inmaculada Montalbán es presidenta del Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género.

Fuente: http://www.elpais.com/articulo/sociedad/Polemica/juridica/cerrada/elpepisoc/20110916elpepisoc_3/Tes 

 

 

Ésta es la noticia publicada en EL PAÍS digital el día anterior, 15 de septiembre: 

 

El Tribunal de la UE valida las órdenes de alejamiento españolas contra los maltratadores

Los condenados por violencia machista deberán respetar la distancia impuesta por el juez aunque la víctima desee retomar la relación

EFE - Bruselas - 15/09/2011

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) ha validado hoy el sistema de órdenes de alejamiento aplicado en España en casos de violencia machista. Este sistema obliga a los condenados a cumplir esas órdenes incluso si la víctima desea retomar la relación con el maltratador y el Tribunal ha sentenciado que, aunque se escuche el criterio de la víctima en los procesos penales, las decisiones judiciales pueden imponerse en contra de su voluntad.
La normativa europea "no se opone a la imposición de una medida de alejamiento preceptiva con una duración mínima, prevista por el Derecho penal de un Estado miembro, a los autores de violencia en el ámbito familiar, aun en el supuesto de que las víctimas de esa violencia se opongan a la aplicación de tal medida", señala el Tribunal en un comunicado. La sentencia argumenta que "la protección penal contra los actos de violencia doméstica que establece un Estado miembro" no busca únicamente proteger a las víctimas sino preservar también "otros intereses más generales de la sociedad".
El Tribunal ha emitido su sentencia a petición de la Audiencia Provincial de Tarragona, que había condenado por malos tratos a dos ciudadanos, a los que había impuesto sendas órdenes de alejamiento y la prohibición de comunicarse con sus parejas durante 17 y 18 meses. Sin embargo, los dos condenados se saltaron las órdenes de alejamiento al reanudar la relación con sus parejas a petición de estas, por lo que fueron detenidos y condenados de nuevo, en este caso por incumplimiento de la sentencia previa.
Con el apoyo de sus compañeras sentimentales, ambos recurrieron la decisión de la Audiencia Provincial tarraconense alegando que la reanudación de la convivencia no puede considerarse un delito, ya que se llevó a cabo libremente y de forma consentida. Sin embargo, el tribunal comunitario considera que la legislación española puede imponer el alejamiento incluso si las víctimas desean lo contrario. "El derecho de la víctima a ser oída no se opone a que el legislador nacional, particularmente en los supuestos en que han de tenerse en cuenta otros intereses además de los propios de la víctima, establezca penas preceptivas con una duración mínima", indica la resolución judicial.

Fuente: http://www.elpais.com/articulo/sociedad/Tribunal/UE/valida/ordenes/alejamiento/espanolas/maltratadores/elpepusoc/20110915elpepusoc_5/Tes 



Pego la noticia de la aprobación, por parte de los ministros de Justicia de la UE (23 de septiembre de 2011), de la euroorden de protección a mujeres maltratadas acordada en el Parlamento Europeo el pasado martes 20 de septiembre.


Promovida por España

Los 27 aprueban la euroorden de protección a mujeres maltratadas

BRUSELAS, 23 Sep. (EUROPA PRESS) -

Los ministros de Justicia de la Unión Europea han aprobado este viernes, tras un año y medio de debates, crear una euroorden de protección para mujeres víctimas de la violencia de género, una iniciativa promovida por España durante su presidencia de la UE. La norma ya fue objeto de acuerdo con la Eurocámara el pasado martes, lo que garantiza una rápida tramitación final.
   El objetivo de la euroorden es que cualquier medida de seguridad dictada por un Estado miembro para proteger a una persona amenazada, por ejemplo una orden de alejamiento para un maltratador, se ejecute también automáticamente en cualquier otro país de la UE al que la víctima se traslade. Si el agresor la incumple, el país encargado de ejecutarla impondrá sanciones penales o de otro tipo.
   La nueva norma "cubrirá fundamentalmente las infracciones que pongan en peligro la vida de la víctima, su integridad física, psicológica o sexual, e incluso su libertad individual", según ha indicado el Consejo en un comunicado. El objetivo es el de prevenir nuevas infracciones y atenuar las consecuencias de faltas anteriores, añade la nota.
   El compromiso final es menos ambicioso que el que promovía el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero ya que únicamente incluye las medidas de protección dictadas en procedimientos penales y deja fuera las basadas en la legislación civil.
   Estas últimas quedarán cubiertas por un reglamento propuesto por la Comisión en mayo de 2011 y que todavía está pendiente de aprobación. Según ha explicado la eurodiputada socialista y ponente parlamentaria de esta cuestión, Carmen Romero, "se va a llenar un vacío legal para miles de mujeres que viven con miedo y no pueden ejercer su derecho al libre movimiento".
   "Esta directiva protegerá a las personas cuyas vidas están amenazadas, garantizando su integridad física y psicológica, su dignidad, y por supuesto su integridad sexual", ha subrayado.

   El secretario de Estado de Justicia, Juan Carlos Campo Moreno, ha destacado que la euroorden de protección para mujeres víctimas de la violencia de género que este viernes han aprobado los ministros europeos de Justicia servirá para dar "mayor respaldo y mayor protección" a las víctimas cuando se desplacen a otros países de la UE.
   Se trata de un nuevo instrumento legal que permitirá que cuando se dicten medidas de protección para una persona amenazada "le puedan acompañar a modo de mochila más allá del país en el que se adoptaron", ha declarado en rueda de prensa en Bruselas, al término de la reunión del Consejo en el que se ha respaldado la norma.
   Además, ha ofrecido esta decisión como un "homenaje" a las víctimas de la violencia de género en España, en donde se ha vivido una semana "especialmente sonrojante" por la muerte de varias mujeres.

Fuente: http://www.europapress.es/presidencia-eu/noticia-27-aprueban-euroorden-proteccion-mujeres-maltratadas-20110923131019.html

 

sábado, 17 de septiembre de 2011

Un feminismo psicópata. Un Estado psicópata. Hoy, en España


¿Es necesario hacer daño...? (hablo de hacerlo a sabiendas, con desprecio, fríamente y sin que medie la legítima defensa, propia o de otros).

 
La pregunta parece ociosa, ¿verdad? Ustedes dirían que no sólo no es necesario, sino que no debe hacerse. Dirían que actuar así está mal y que eso es obvio... Sin embargo, ésa es la pregunta que deben responder el feminismo hegemónico español (el real) y el Estado español (partitocrático) en pleno
Su comportamiento es semejante al de un psicópata. Un feminismo psicópata y un Estado psicópata. Organizaciones e instituciones con personalidad jurídica... Personalidad de psicópata. ¿Qué les mueve a comportarse de ese modo? ¿Poder político, en unos casos? ¿Intereses ideológicos u odio mal digerido, en otros? ¿Dinero?... Algunas de las personas que dirigen esas organizaciones sociales o las instituciones del Estado son bellas personas... Sin embargo, su deber, su obligación como dirigentes o subordinados de esas asociaciones e instituciones es lograr más poder (político e ideológico) y más dinero para la asociación o el partido político que les ha colocado en su puesto estrictamente para eso. No en vano, el auténtico cáncer de la política (y de la economía) española es el desorbitado número de cargos políticos mantenidos por la Administración Pública. España es el país europeo con más cargos políticos por habitante de Europa. Tenemos 445.568 cargos políticos, es decir, 300.000 cargos más que Alemania (Estado federal con 82 millones de habitantes) y aproximadamente el doble que Italia o Francia (Estado de fuerte estructura pública). No son, pues, los funcionarios los que ahogan la Administración española. Son los cargos políticos... (pincha).  
El espíritu crítico no tiene espacio alguno en estas asociaciones feministas que viven de las subvenciones de los partidos (a menudo nacidas en el interior de los mismos) ni en los propios partidos políticos, que han extendido sus tentáculos en los tres poderes del Estado y en el cuarto poder (los medios de comunicación).
Pinchando en el último enlace, podemos leer un reportaje de EL PAÍS (25 de septiembre de 2011) en el que se afirma, entre otras cosas, lo siguiente:
  • Los partidos aparecen detrás de RTVE como de otras instituciones del Estado (Tribunal Constitucional, Consejo del Poder Judicial) o de organismos reguladores (Comisión Nacional de la Energía, Consejo de Seguridad Nuclear, Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones), que en la práctica se han convertido en una especie de miniparlamento. Su configuración nace de un sistema de cuotas en la que, en la mayoría de los casos, se requiere el acuerdo previo del PSOE y del PP. 
  • Mediante esta fórmula, organismos teóricamente independientes se ven sometidos a dictados partidistas. "El problema es que no sabemos salir del sistema de cuotas, que es como un cáncer que se extiende cada vez a más ámbitos", sostiene Francisco Longo, director del Instituto de Gobernanza y Gestión Pública de ESADE. A menudo, añade, los partidos colocan en estos organismos "a gente que no tiene acomodo en otro sitio". Exministros y exdiputados han ocupado sillones en los Consejos de Administración de los entes públicos.
  • Consecuencia de la tan denostada política de cuotas es la crisis abierta en RTVE tras el intento de sus consejeros de controlar los contenidos de los telediarios mediante el acceso a su sistema editor (conocido como iNews). Esta pretensión, aprobada por el Consejo el miércoles y revocada 48 horas después, "es la manifestación de un mal más profundo: la partitocracia que contamina todo nuestro sistema político y nos ha degradado a una democracia de baja intensidad", dice el profesor titular de Información Audiovisual de las Universidad Complutense de Madrid Rafael Díaz Arias, según el cual el sistema de reparto de cargos institucionales "ha desacreditado a instituciones esenciales como el Consejo del Poder Judicial, el Constitucional o RTVE". Por eso considera que urge "una regeneración democrática" y "un cambio de cultura".
De otro modo, y añadiendo que la regeneración ha de incluir las relaciones de los partidos políticos con los medios de comunicación privados (EL PAÍS no se libra de la crítica que formula en este reportaje -pincha-), el resultado inevitable es que esas asociaciones e instituciones se comporten como lo vienen haciendo: como psicópatas...
Estos síntomas que encontramos en su conducta definen la psicopatía en el DSM-IV:
  • Despiadada desconsideración por los sentimientos de los otros.
  • Incapacidad para mantener relaciones prolongadas.
  • Despreocupación imprudente por la seguridad de otros.
  • Falsedad: mentir y engañar repetidamente a otros para lucrarse.
  • Incapacidad de sentir culpa.
  • Incapacidad de acatar las normas sociales y los límites legales de conducta.
Lo que se dice sobre las corporaciones en el documental canadiense insertado al comienzo de este post (documental titulado en España Corporaciones. ¿Instituciones o psicópatas? -pincha-), atestiguado por el doctor Robert D. Hare, aplícalo ahora a las asociaciones feministas y a los partidos políticos que dirigen hoy el Estado español implantando, en su política social y en las relaciones familiares y de pareja, un totalitarismo feminista (si aún no lo conoces, pincha).
Después de todo, ¿acaso no son las corporaciones las que dictan al Banco Mundial y demás instituciones de Bretton Woods las políticas de "igualdad de género" que la "comunidad de donantes" sufragará a través de los proyectos aprobados en los distintos Estados? (pincha). ¿Acaso no son seguidas esas políticas a pie juntillas por los partidos políticos españoles y por el lobby feminista, destinatarios de cuantiosos fondos a los que no iban a renunciar? Así es como las psicópatas corporaciones transmiten su psicopatía a los partidos y a las asociaciones feministas que, en un Estado partitocrático como el español, sin debate público y abierto, sin espacio para la crítica, sin controles democráticos, ejercen un totalitarismo psicópata. A mayor gloria de un neoliberalismo que, para situarse fuera del debate y la crítica, ha enfrentado a los sexos de una ciudadanía a la que ha hecho creer que todos los males sociales se deben al machismo de papá en casa o a la falta de mujeres en cargos de alta responsabilidad... (lemas del feminismo español) -pincha-.

 
¿A quiénes representan los que nos representan? -pincha y lee este interesantísimo documento- (Enrique Bocardo Crespo, profesor de la Universidad de Sevilla).
 
Llamamos asesino a quien ataca un cuerpo hasta dejarlo inanimado: sin ánima, sin alma, sin vida. Un cadáver. Si no hay cadáver, no hablamos de asesinos, de modo que los más sutiles tienen el cuidado de destruir la vida (el alma) de sus víctimas sin ponerles jamás la mano encima... Pero los peores asesinos no atacan los cuerpos ni las almas directamente. Asesinan en masa sin mover un dedo ni un pensamiento. Simplemente, no escuchan... O escuchan sin atender a razones... Destruyen así el principio esencial de una sociedad democrática justa, imprescindible para la vida de TODOS los seres humanos. Deben saber lo que son: los peores asesinos.
Los cadáveres terminan por amontonarse, claro. Pero todo habrá ocurrido de un modo tan indirecto que casi nadie se atreverá a señalar a los culpables ni asumirá su propia responsabilidad: culpables y responsables por su falta de compromiso social, su egocentrismo interesado o su pasividad... Los suicidados serán considerados víctimas de extrañas patologías o responsables de su propia muerte; los que somaticen el maltrato que los psicópatas les infligen (por activa o por pasiva) se considerarán simples víctimas de la 'naturaleza'; finalmente, para las víctimas de la espiral de violencia social que las injusticias provocan, ya se encontrará a un culpable directo en cada caso particular, convenientemente aislado... (o tal vez se culpabilice a una nación "enemiga", o una raza, o a una etnia con otra religión, o a un sexo...). Escurrir el bulto, eludir su responsabilidad, es la especialidad del asesino que pretende seguir siéndolo (a menudo, sin que nadie sea consciente de que es un asesino, un psicópata asesino)... Pero se le ha dicho con insistencia cuál es su comportamiento y los desatres que provoca. No puede ya excusarse con la ignorancia. Ha de considerarse que es un psicópata plenamente consciente. Responsable de sus crímenes con todas las consecuencias.
Dejo en los dos pdf que hay debajo algunas pistas a seguir. No me interesa destacar lo que los autores de esos dos pdf sostienen respecto a Ágnes Heller, el feminismo, el totalitarismo, la biopolítica o la globalización; simplemente deseo resaltar el hecho de que no es ninguna rareza intelectual (algunas dirían incluso que es "inadmisible") construir un discurso en el que se muestre que el feminismo es hoy por hoy una ideología que, dentro del proceso de globalización económica del liberalismo, actúa a su servicio y, al menos en España y en algunos países hispanoamericanos, lo hace mediante una biopolítica que sin duda es totalitaria:
Ágnes Heller y el feminismo
Biopolítica, totalitarismo y globalización
He aquí al ejército feminista español, hoy... Les digo a todos: ¡DEJAD QUE ENTRE LA LUZ DEL SOL!