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sábado, 11 de junio de 2011

Otro "presunto" caso de impunidad tras denuncias falsas y alienación parental


Una vez más, nos encontramos con un caso en el que la madre simplemente pierde la custodia de su hija (eso que quienes niegan que exista el Síndrome de Alienación Parental -SAP- consideran tan grave...). Por supuesto, la juez no ha iniciado los trámites para ninguna investigación por supuesta falsedad en las denuncias de la madre hacia el padre, que han sido archivadas...
Los dogmas de las asociaciones feministas que ejercen su poder totalitario en España (dogmas, por tanto, del Gobierno y del CGPJ) establecen que las denuncias falsas no existen (pincha) y que el SAP, con el nombre que se le dé, tampoco existe (pincha). De manera que si "supuestamente" tienen delante de las narices ambas cosas hay que mirar para otra parte... Un cambio de custodia (que pasará a engrosar la lista de lo que consideran "atropellos" las negacionistas del SAP, el Gobierno y el CGPJ), y aquí no ha pasado nada. Quienes ven un maltrato impune (a los menores; al progenitor alienado; al denunciado con desprecio a la verdad; a la familia de éste...) aún deben luchar mucho para erradicar la ideología sexista casposa de estas femifascistas y de sus cómplices en las instituciones.

La noticia sale publicada en farodevigo.es el 8 de junio de 2011:

La madre denunció al hombre por abusos a su hija y todos los casos se archivaron

M. F. El Juzgado de Primera Instancia 5 de Vigo (Familia) ha otorgado al padre la custodia de la menor de 9 años que lleva casi un año en un centro de acogida, decisión que se había adoptado precisamente para normalizar la relación con su progenitor y alejarla de la influencia materna. La juez establece para la madre un régimen de visitas consistente en un encuentro a la semana de una hora de duración supervisado por el Servicio de Familia y Menores de la Xunta y en un contacto telefónico semanal. La mujer debe pasar una pensión alimenticia de 100 euros mensuales a la pequeña.
El caso saltaba a la luz en diciembre, cuando se celebró la segunda sesión del juicio de divorcio de la pareja y de tutela de la niña: la primera jornada había tenido lugar dos años antes y se suspendió para hacer un estudio psicosocial que precisamente fue el que llevó al juzgado, en julio de 2010, a dar la tutela temporal de la menor a la Xunta y a su internamiento en un centro –hasta entonces la custodia la tenía la madre–.
La situación acaba de cambiar para la niña al otorgársele la custodia al padre, representado por el abogado Guillermo Presa. "La medida que mejor puede salvaguardar el derecho [de la menor] a vivir lo que le queda de infancia con cierta normalidad pasa por acceder al cambio de custodia que solicitó el padre", señala la resolución, que destaca la evolución positiva de la relación padre-hija desde que la niña está en el centro. La mujer denunció en varias ocasiones al hombre por presuntos abusos a la pequeña, pero la juez de Familia señala que ningún juzgado de Instrucción –ni la Audiencia– "vio indicios racionales de abusos" y archivó todos los asuntos. "Ella [la madre], en su convencimiento de que la menor fue objeto de abusos sexuales, no ha permitido que la menor haya tenido un contacto normalizado con su progenitor" y además, agrega, la sometió a múltiples exploraciones ginecológicas y psicológicas "injustificadas". La madre llegó a concentrarse en Príncipe con el apoyo de varios colectivos. La resolución no es firme y contra ella cabe recurso ante la Audiencia.

Fuente: http://www.farodevigo.es/gran-vigo/2011/06/08/juez-otorga-padre-custodia-nina-lleva-ano-centro-menores/552310.html

viernes, 15 de abril de 2011

Nuevo revés judicial para el lobby femifascista que persigue al juez Serrano. Y van...

D. Francisco Serrano Castro. Un juez que trabaja por la Justicia

Archivada la queja contra el juez que cambió las visitas de un niño por una procesión

El auto ordenaba prolongar un día y medio la estancia del menor con su padre divorciado para garantizar así su salida en una cofradía de la Madrugada.
Efe / Sevilla | Actualizado 15.04.2011 - 15:36.

El Tribunal Supremo ha confirmado el archivo de una queja presentada ante el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) contra el juez de familia Francisco Serrano por cambiar el régimen de visitas de un niño para que pudiese salir en una procesión de Semana Santa en Sevilla.

Serrano, titular del Juzgado de Primera Instancia número 7 de Sevilla, dictó un auto el 30 de marzo de 2010 en el que ordenaba prolongar un día y medio la estancia de un niño de 12 años con su padre divorciado para garantizar así su salida en una procesión de la Madrugada de la Semana Santa sevillana, lo que motivó que la madre del niño se querellara contra él por presunta prevaricación.

La madre del menor pidió también al CGPJ que incoara al citado juez un expediente disciplinario y le suspendiera provisionalmente durante seis meses al considerar que su decisión podía constituir una falta muy grave.

La Comisión Disciplinaria del Poder Judicial decidió archivar las actuaciones contra Serrano, acuerdo contra el que la madre del niño presentó un recurso ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, que ahora ha confirmado el archivo.

El CGPJ basó su acuerdo de archivo en que, al carecer de atribuciones para administrar Justicia, le resultaba imposible revisar las resoluciones adoptadas por el magistrado denunciado en ejercicio de su potestad jurisdiccional lo que solamente puede hacerse a través de los recursos previstos en las leyes procesales.

Por ello, concluía que se trataba de una cuestión jurisdiccional que no debía ser tratada en el ámbito disciplinario por lo que procedía su archivo.

El TS, aunque reconoce la legitimación de la madre para recurrir la decisión del CGPJ, considera que su recurso "consiste en censurar al Consejo por el archivo instando la anulación del acuerdo por estar carente de motivación", cuando -considera el alto tribunal- éste está suficientemente motivado.

El Supremo cree que lo que subyace en el fondo es la disconformidad de la madre con la resolución del juez de Sevilla y, por tanto, una cuestión ajena al ámbito disciplinario que compete al Consejo del Poder Judicial.

Por ello, el Supremo sostiene que no se ha producido en este caso indefensión ni violación del derecho a la tutela judicial efectiva y que el acuerdo del CGPJ tiene razonamientos suficientes y justificativos sobre la decisión de archivar las actuaciones contra Serrano.

http://www.diariodesevilla.es/article/sevilla/952226/archivada/la/queja/contra/juez/serrano/por/cambiar/las/visitas/nino/para/salir/una/procesion.html