Mostrando entradas con la etiqueta Custodia compartida. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Custodia compartida. Mostrar todas las entradas

domingo, 3 de enero de 2016

El Tribunal Supremo apuesta por la custodia compartida siempre que sea posible


La sala de lo Civil del Tribunal Supremo español ha dictado una nueva sentencia (aquí tienes otra anterior) en la que insiste en su apuesta por la custodia compartida siempre que sea posible. Y ello pese a la campaña orquestada en España por el lobby feminista contra esta clase de custodia. Este lobby utiliza toda clase de artimañas para desviar la atención de lo esencial: su negativa interesada a aceptar que ha de ser quien se opone en un caso concreto a la custodia compartida (deseable de entrada con carácter general) quien deberá probar que esa opción no es la mejor para el menor en el caso particular que corresponda. 
¿Cómo va a aceptar ese lobby que sea considerado "deseable" de manera general lo que ese mismo lobby obligó a establecer legalmente como "excepcional" durante el Gobierno de Zapatero (PSOE) en el año 2005? No lo aceptará nunca, pues se trata precisamente de un lobby... Su motor son los intereses de un grupo, y no la justicia ni la razón. Por tanto, lo que corresponde es imponer la justicia y la razón a ese lobby en defensa de los derechos de todos. Y eso exige una ley que establezca con claridad que la custodia compartida es deseable con carácter general siempre que sea posible y que, obviamente, se elimine del articulado del Código Civil el carácter "excepcional" de esa medida cuando la solicita sólo una de las partes. ¿Por qué? Porque esta última medida fomenta la negativa interesada al acuerdo. No puede ser que alguien se niegue a pactar la custodia compartida y, sin haber fundamentado su negativa probando que tal custodia perjudicaría el interés del menor, obtenga como consecuencia la custodia exclusiva de una manera legalmente estandarizada salvo casos "excepcionales".

  • Los magistrados de la sala de lo Civil del Tribunal Supremo rechazan que la “salida civilizada” de la vivienda (un.a vez rota la pareja) suponga aceptar que la guarda y custodia de los hijos corresponde al otro progenitor, como suelen resolver los jueces. Además, recuerdan que la redacción el artículo 92 del Código Civil, en el que se regula la custodia compartida, no permite concluir, como hizo el juzgado de familia en este caso, que este tipo de custodia sea una medida “excepcional”. “Al contrario, habrá de considerarse normal e incluso deseable porque permite que sea efectivo el derecho que tiene los hijos a relacionarse con ambos progenitores”, advierte el Tribunal Supremo.
  • La sala de lo Civil ya ha apostado reiteradamente a favor de optar, siempre que sea posible, por la custodia compartida y vuelve a hacerlo en esta ocasión. “Para la adopción del sistema de custodia compartida no se exige un acuerdo sin fisuras, sino una actitud razonable y eficiente en orden al desarrollo del menor, así como unas habilidades para el diálogo que se han de suponer existentes, al no constar lo contrario”, sostiene el tribunal, que critica que la sentencia de las dos sentencias que dictaminaron sobre este caso hayan optado por un régimen de visitas amplio y próximo a la custodia compartida pero sin adoptarla, “sin causa que lo justifique y sin riesgo objetivable”. 

Adjunto la literalidad del artículo 92 del Código Civil:

Artículo 92.
1. La separación, la nulidad y el divorcio no eximen a los padres de sus obligaciones para con los hijos.
2. El Juez, cuando deba adoptar cualquier medida sobre la custodia, el cuidado y la educación de los hijos menores, velará por el cumplimiento de su derecho a ser oídos.
3. En la sentencia se acordará la privación de la patria potestad cuando en el proceso se revele causa para ello.
4. Los padres podrán acordar en el convenio regulador o el Juez podrá decidir, en beneficio de los hijos, que la patria potestad sea ejercida total o parcialmente por unos de los cónyuges.
5. Se acordará el ejercicio compartido de la guarda y custodia de los hijos cuando así lo soliciten los padres en la propuesta de convenio regulador o cuando ambos lleguen a este acuerdo en el transcurso del procedimiento. El Juez, al acordar la guarda conjunta y tras fundamentar su resolución, adoptará las cautelas procedentes para el eficaz cumplimiento del régimen de guarda establecido, procurando no separar a los hermanos.
6. En todo caso, antes de acordar el régimen de guarda y custodia, el Juez deberá recabar informe del Ministerio Fiscal, y oír a los menores que tengan suficiente juicio cuando se estime necesario de oficio o a petición del Fiscal, partes o miembros del Equipo Técnico Judicial, o del propio menor, valorar las alegaciones de las partes vertidas en la comparecencia y la prueba practicada en ella, y la relación que los padres mantengan entre sí y con sus hijos para determinar su idoneidad con el régimen de guarda.
7. No procederá la guarda conjunta cuando cualquiera de los padres esté incurso en un proceso penal iniciado por atentar contra la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o la libertad e indemnidad sexual del otro cónyuge o de los hijos que convivan con ambos. Tampoco procederá cuando el Juez advierta, de las alegaciones de las partes y las pruebas practicadas, la existencia de indicios fundados de violencia doméstica.
8. Excepcionalmente, aun cuando no se den los supuestos del apartado cinco de este artículo, el Juez, a instancia de una de las partes, con informe favorable del Ministerio Fiscal, podrá acordar la guarda y custodia compartida fundamentándola en que sólo de esta forma se protege adecuadamente el interés superior del menor.
9. El Juez, antes de adoptar alguna de las decisiones a que se refieren los apartados anteriores, de oficio o a instancia de parte, podrá recabar dictamen de especialistas debidamente cualificados, relativo a la idoneidad del modo de ejercicio de la patria potestad y del régimen de custodia de los menores.
  • Se declara inconstitucional y nulo el inciso destacado del apartado 8 por Sentencia del TC de 17 de octubre de 2012. Ref. BOE-A-2012-14060.




lunes, 11 de mayo de 2015

'Podemos' no es un partido político "libre". Por ejemplo, está 'atado' a los prejuicios del lobby feminista

'Podemos' es un partido con algunas carencias de libertad de criterio. Por ejemplo, como cualquier otro partido español autocalificado de izquierdas (PSOE, IU...), es completamente incapaz de poner una coma al interés del lobby feminista, incluso si éste va contra el sentido común. Apoyar al movimiento feminista es justo. Apoyar sus prejuicios no lo es. Quien no distingue una cosa de otra carece de espíritu crítico. No es libre.

'Podemos' cree que ponerse del lado de los padres atropellados en sus derechos (como tales padres) es un signo de "populismo" en sentido "politológico" (he escuchado a Pablo Iglesias decir eso de UPyD por defender la custodia compartida). ¿No será más bien que 'Podemos' está en ese asunto fuera del sentido crítico? Ahí 'Podemos' no es lbre. Se debe al dictado de un lobby contrario a la custodia compartida.

'Podemos' no dirá jamás ni media palabra favorable al padre de esta noticia que comento a continuación. Un padre demanda a su ex mujer porque ésta se va de casa llevándose a su hija impidiéndole verla durante meses, y reclama la custodia compartida. La juez, sigiendo la rutina de las sentencias al uso y contraviniendo las sentencias del Supremo y del Constitucional desde la más inaceptable ignorancia y negligencia (o directamente desde el prejuicio), le niega esa clase de custodia y le da la misma en exclusiva a la madre, otorgándole a ésta el uso de la vivienda, que es de propiedad exclusiva del padre (quien deberá seguir pagando la hipoteca). Se da además la circunstancia de que el padre no tiene recursos para otra vivienda, mientras que la madre es copropietaria de otro piso y del garaje del mismo.  Claro que ¿por qué iba a renunciar al piso de su ex si le sale gratis y la señora juez se lo da en bandeja siguiendo la más pura 'tradición'? ¿Por qué iba a renunciar a dejar a su ex en la calle y sin la posibilidad de recoger a su hija los días de pernocta a los que tiene derecho tras esa inexplicable sentencia? ¿Acaso no ha demostrado ya que es su deseo evitar que el padre vea a su hija? La única que no se ha enterado es la señora juez. Bueno, y los que tienen ataduras con el lobby feminista. Esos tampoco se han enterado. Pero es que esos no son libres.



Barcelona Una jueza echa a un padre de su piso pese a que su exmujer tiene otro de su propiedad

Ver más en: http://www.20minutos.es/noticia/2442809/0/padre-echa-vivienda/niegan-custodia-compartida/madre-piso-propiedad/#xtor=AD-15&xts=467263

Barcelona Una jueza echa a un padre de su piso pese a que su exmujer tiene otro de su propiedad

Ver más en: http://www.20minutos.es/noticia/2442809/0/padre-echa-vivienda/niegan-custodia-compartida/madre-piso-propiedad/#xtor=AD-15&xts=467263
Una jueza echa a un padre de su piso pese a que su exmujer tiene otro de su propiedad

Ver más en: http://www.20minutos.es/noticia/2442809/0/padre-echa-vivienda/niegan-custodia-compartida/madre-piso-propiedad/#xtor=AD-15&xts=467263
Una jueza echa a un padre de su piso pese a que su exmujer tiene otro de su propiedad Padres separados Un padre entra en casa con su hijo. (GTRES) La jueza le ha denegado la custodia compartida que pedía, aunque le concede un régimen de visitas a la hija común de la pareja, de dos años. Además, ha dictaminado que será la madre, a la que da la custodia, quien deberá vivir con la hija en el piso de propiedad exclusiva de él. Según la abogada del padre, la magistrada ha aplicado la ley "estrictamente sin tener en cuenta el contexto social de la pareja". Fue el padre quien denunció que su expareja se llevó a la niña y no le dejaba verla, por lo que solicitó un régimen de custodia compartida. El afectado reconoce que su situación ahora es "desesperada" ya que con un sueldo mensual de 1.052 euros debe pagar una hipoteca, un préstamo y otros gastos.

Ver más en: http://www.20minutos.es/noticia/2442809/0/padre-echa-vivienda/niegan-custodia-compartida/madre-piso-propiedad/#xtor=AD-15&xts=467263

EFE. 26.04.2015 Un vecino de Parets del Vallès (Barcelona) tendrá que abandonar el próximo día 30 el piso de su exclusiva propiedad en el que vive porque una jueza a la que pidió la custodia compartida de su hija le ha concedido a su expareja el uso de la vivienda, pese a que ella tiene otro piso en copropiedad. En un auto, la titular del juzgado de primera instancia e instrucción número 5 de Mollet del Vallès ha denegado la custodia compartida al padre, Jesús O., aunque le concede un régimen de visitas a la hija común de la pareja, de dos años, que consiste en fines de semana alternos y martes y miércoles con pernocta. En el mismo auto, sin embargo, la jueza dictamina que será la madre, a la que da la custodia, la que tendrá que vivir con la hija en el piso propiedad exclusiva de él. Según ha explicado la abogada de Jesús O., Sandra López, la jueza ha aplicado la ley "estrictamente sin tener en cuenta el contexto social de la pareja ni que ella abandonó el domicilio familiar llevándose a la niña y es propietaria de otra vivienda que compró con su anterior marido".

Ver más en: http://www.20minutos.es/noticia/2442809/0/padre-echa-vivienda/niegan-custodia-compartida/madre-piso-propiedad/#xtor=AD-15&xts=467263
EFE. 26.04.2015 Un vecino de Parets del Vallès (Barcelona) tendrá que abandonar el próximo día 30 el piso de su exclusiva propiedad en el que vive porque una jueza a la que pidió la custodia compartida de su hija le ha concedido a su expareja el uso de la vivienda, pese a que ella tiene otro piso en copropiedad. En un auto, la titular del juzgado de primera instancia e instrucción número 5 de Mollet del Vallès ha denegado la custodia compartida al padre, Jesús O., aunque le concede un régimen de visitas a la hija común de la pareja, de dos años, que consiste en fines de semana alternos y martes y miércoles con pernocta. En el mismo auto, sin embargo, la jueza dictamina que será la madre, a la que da la custodia, la que tendrá que vivir con la hija en el piso propiedad exclusiva de él. Según ha explicado la abogada de Jesús O., Sandra López, la jueza ha aplicado la ley "estrictamente sin tener en cuenta el contexto social de la pareja ni que ella abandonó el domicilio familiar llevándose a la niña y es propietaria de otra vivienda que compró con su anterior marido".

Ver más en: http://www.20minutos.es/noticia/2442809/0/padre-echa-vivienda/niegan-custodia-compartida/madre-piso-propiedad/#xtor=AD-15&xts=467263





domingo, 3 de mayo de 2015

Un padre vence a los apáticos simpatizantes del sistema tras ser "triturado" más de una década

Francisco Fontcubierta

"Nadie vino a preguntarme: 'Oye, ¿esto es cierto?"

Francisco Fontcubierta quiere contar su historia. Fue absuelto de una acusación de abusos a su hija y ahora tiene la custodia compartida
 
D. C. Algeciras | Actualizado 03.05.2015

Francisco Fontcubierta señala que quiere contar lo ocurrido. Asegura que padeció un "vía crucis" tras ser imputado por abusos a su hija, acusación de la que fue absuelto, y, tras obtener la custodia compartida, desea exponer su historia. Lamenta que nadie quiso escucharlo nunca.

"La historia es universal, si bien tiene ciertos ribetes de anormalidad, aunque en estos tiempos no tanto. La de un padre que lucha por su hija, con una conciencia muy aguda de los vínculos existentes y con un ánimo de conquistar ese espacio enormemente".

"Esto parte de una separación de una convivencia muy breve. Hay una sentencia en 2002 en la que se establece el régimen que iba a imperar durante el tiempo que estuviese la niña en la guardería. Yo veía a mi hija 3 días en semana y los fines de semana. La madre me pide que renuncie a los tres días para verla solamente un fin de semana alterno. Yo digo que no renuncio y a partir de ahí se inicia una tensión soterrada en principio que se va incrementando hasta acabar en la acusación por abusos sexuales", indica Fontcubierta, que añade que la acusación fue cursada a través del Servicio de Asistencia a Víctimas en Andalucía (SAVA), censurando y criticando cómo se hizo y que por ello reclamó ante diversas instancias e instituciones.

"Solo entrevistan a mi hija y a la madre y a mí me ignoran, a pesar de que yo curso petición para que puedan valorar el perfil que yo presento".

"El juzgado aplica medidas cautelares y estoy un año sin ver a mi hija. Se produce el juicio, salgo absuelto en la sentencia posterior y recupero los derechos de visita. Pero eso se vuelve a trastocar cuando hay otra acusación por malos tratos. Paso por calabozos. Inmediatamente después se aclara la situación".

"Como todo esto es una maquinaria, esta maquinaria se pone en marcha y ya no hay más apelación. En ese ínterin, hasta que yo llego al juicio, acudo a todas las instituciones que puedo acudir, el Defensor del Pueblo, Junta de Andalucía, Consejería de Justicia, Dirección General de la Policía, Consejo General del Poder Judicial, haciendo referencia a lo que yo considero abusos, pero la maquinaria institucional tiene otra manera de enfocarlo".

"No hay ningún tipo de apoyo institucional y acudo finalmente a una psicóloga que trabaja en Valencia, del Instituto Sobre la Violencia, que tiene un equipo puntero que ha definido los protocolos que hay que seguir", continúa Fontcubierta, que expone que este apoyo le ayuda a rechazar un informe de una trabajadora social emitido en el curso de la instrucción judicial y cuya validez puso en duda.

Estos hechos acontecen entre 2004 y 2006.

"En la actualidad hay un convenio de mutuo acuerdo en el cual se regula el régimen de estancia y convivencia con nuestra hija que consiste en una semana con uno y otra semana con otro. Los gastos cada uno los soporta en esa semana y los extraordinarios a medias. Algo tan sencillo como esto me ha costado casi 13 años alcanzarlo. Mi hija, con su crecimiento y edad, ha colaborado que las cosas vayan a su sitio, reivindicando que tiene derecho a su padre".

"Tengo ahora regularizadas y normalizadas las relaciones con mi hija, pero eso a base de un sufrimiento mayúsculo, nauseabundo, que no tiene ningún sentido desde el convenio que ahora regula las relaciones entre mi hija y yo. Como yo he tenido que sufrir escarnio público y social ahora quiero públicamente presentar mi testimonio a la sociedad. Es mi manera de reivindicar que yo he tenido un comportamiento honesto, que he sido un padre ejemplar y que finalmente he alcanzado lo que yo venía pretendiendo, que era tener una convivencia normalizada y equilibrada con mi hija".

"Yo salgo hoy y doy la cara y eso supone para mí someterme de nuevo al escrutinio social, cosa que no me preocupa ni me asusta".

"Me vi afectado en todos los órdenes, a nivel de amistades, a nivel familiar, laboral, de todo, porque la gente te mira y lo primero que se plantea no es si tú eres inocente o no, sino este tío qué habrá hecho".

"El sistema actúa como una picadora de carne. Yo percibí una total falta de interés por el testimonio que yo podía prestar. Hubo un desamparo absoluto", abunda Fontcubierta.

"No hubo una sola persona, excepción gloriosa del abuelo materno, que se acercara a mí a preguntarme si yo había cometido abusos sexuales".

"Nadie vino a preguntarme: 'Oye, ¿esto es cierto?' Es imposible levantar la voz en esta sociedad cuando nadie te quiere escuchar y yo no la dejé de levantar en ningún momento. Tuve un año de alejamiento de mi hija, nadie se preocupó si yo sufría o no. Descubrí un fondo mío que no tenía conciencia de que existía, me crecí con la lucha, me cultivé con la lucha y me curtí con la lucha y eso dio como resultado una presencia de ánimo y una conciencia muy aguda de lo que es el sistema y de cómo hay que actuar. El sistema está previsto para unas determinadas cuestiones. Si tú no tienes los requisitos que esas cuestiones establecen, el sistema no hace nada por ti; al contrario, te tritura. Es la realidad que yo he vivido".
 
Fuente: EuropaSur

lunes, 13 de abril de 2015

El Tribunal Supremo otorga custodia compartida por ser razonables las divergencias de la pareja




Una nueva sentencia del Tribunal Supremo permite eludir abusos cuando se alegan conflictos o enfrentamientos de pareja para impedir la custodia compartida. 
En primer lugar, si el conflicto es responsabilidad de la madre resultaría abusivo negarle la custodia al padre para entregársela a la madre en exclusiva. Esta obviedad no parece que la tuvieran clara nuestros jueces y magistrados, ni está en el ideario del lobby feminista español, que obstaculiza la custodia compartida para los hombres sistemáticamente.
En segundo lugar, no pueden considerarse "enfrentamientos o conflictos" lo que son en realidad discrepancias o divergencias "razonables". Por ejemplo, es perfectamente razonable que un padre separado considere que un colegio privado no concertado no es la opción más adecuada para sus hijos, ya sea por razones ideológicas o, naturalmente, porque las nuevas circunstancias económicas a las que ha de hacerse frente así lo aconsejen.


El Supremo establece que las divergencias razonables entre los padres no impiden la custodia compartida del menor

Concede la custodia compartida solicitada por el padre porque “fomenta la integración del menor con ambos padres”
  • Autor: Comunicación Poder Judicial

El Tribunal Supremo ha otorgado la custodia compartida de un niño solicitada por el padre al considerar que la existencia de divergencias entre los padres que sean razonables no imposibilitan este régimen que es deseable porque fomenta la integración del menor con ambos progenitores, sin desequilibrios, evita el 'sentimiento de pérdida', no cuestiona la idoneidad de los padres y estima la cooperación de los mismos en beneficio del menor.
El alto tribunal revoca la sentencia de la Audiencia Provincial de Sevilla, que concedió la custodia a la madre al estimar que había un "importante" nivel de conflictividad y tensión en la pareja que permitía inferir que la custodia compartida no sería una solución "sino un semillero de problemas" que iba a intensificar "la judicialización de la vida de los litigantes" e incidir negativamente en la estabilidad del menor. Como pruebas de esa tensión, tuvo en cuenta las "discrepancias serias" por el colegio de escolarización del menor (por motivos económicos, ya que estudiaba en un centro privado no concertado), y el hecho de que la mujer hubiese sido condenada por una falta de coacciones tras una denuncia de su marido por haber cambiado la cerradura de la vivienda familiar.
Para el Supremo, las razones esgrimidas por la Audiencia para desaconsejar la custodia compartida en este caso "no constituyen fundamento suficiente para entender que la relación entre los padres sea de tal enfrentamiento que imposibilite un cauce de diálogo". En primer lugar, porque la condena por coacciones de la mujer no supone demérito alguno para el hombre (recurrente en casación), y en segundo lugar, porque la discrepancia sobre el colegio del menor y sus consecuencias económicas "supone una divergencia razonable".
De ese modo, la sentencia indica que "para la adopción del sistema de custodia compartida no se exige un acuerdo sin fisuras, sino una actitud razonable y eficiente en orden al desarrollo del menor, así como unas habilidades para el diálogo que se han de suponer existentes en dos profesionales como los ahora litigantes (ambos son profesores universitarios)".

Archivos asociados

Documento pdf
          , 55,32 KBTS Sala I 16 febrero 2015

Fuente:http://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder-Judicial/Noticias-Judiciales/El-Supremo-establece-que-las-divergencias-razonables-entre-los-padres-no-impiden-la-custodia-compartida-del-menor  

martes, 3 de marzo de 2015

Rosa Díez lo confirma: es falso que el Proyecto de Ley permita custodias compartidas a maltratadores


Publicado el 3 de marzo de 2015
Rosa Díez en el coloquio organizado por la Fundación Woman's Week en la Casa de Vacas de El Parque del Retiro en Madrid.

Rosa Díez hace explícita su defensa desde UPyD de la Custodia Compartida por enésima vez. Y aclara que, tras una enmienda presentada por UPyD, el proyecto de ley del Gobierno del PP, que debería dar cumplimiento a una iniciativa de UPyD que contó con el apoyo de la mayoría del Parlamento, no permitirá que los maltratadores tengan la custodia de sus hijos

Esto deja en evidencia la falsedad de lo que la secta feminista española (la que habla de igualdad mediante la confrontación sexista) ha proclamado desde el PSOE y desde las asociaciones de esa secta. Estas asociaciones lo han hecho probablemente incurriendo en un presunto delito al interrumpir una sesión plenaria en el Congreso donde vociferaron sus falacias y sus mentiras para intentar evitar que la custodia compartida sea una realidad que obstaculizaría sus intereses sectarios (intereses que perjudican a los menores, a sus padres y a las madres trabajadoras que aspiran a un trabajo pagado en condiciones de igualdad respecto al de los hombres). Si estas asociaciones han cometido un delito o no lo han hecho es algo que decidirán los tribunales.



domingo, 8 de febrero de 2015

El Gobierno del PP frena la Ley de Custodia Compartida por orden del lobby feminista



En octubre de 2014 UPyD exigió al actual ministro de Justicia la presentación de la Ley de Custodia Compartida que el Ejecutivo se había comprometido (en junio de 2012) a presentar ante el Congreso antes de que se iniciase 2013, tras serle encomendada tal Ley por ese mismo Congreso. En junio de 2013 el Congreso había respaldado a UPyD cuando había recordado al Ejecutivo del PP ese compromiso incumplido.

Lo que se pide es una Ley de Custodia Compartida que permita a las familias españolas vivir de acuerdo con lo que el Tribunal Constitucional y el Tribunal Supremo entienden que ha de ser lo normal de acuerdo a los derechos fundamentales de todos los españoles y al interés de los menores.

Sin embargo, el Gobierno del PP se pliega ahora a los dogmas del PSOE y de las asociaciones del lobby feminista, que una vez más pretenden ocultar sus intereses sectarios tras la demagógica pantalla de la violencia de género

Hoy resulta muy oportuno recordar que EL PAÍS trató de hacer creer a la opinión pública (en mayo de 2013) que el lobby feminista era favorable a la custodia compartida, lo cual parecería de sentido común. Pero a la hora de la verdad el tiempo pone a cada uno en su sitio.


LEGISLACIÓN El proyecto se encuentra actualmente en trámite de consultas

La Ley de Custodia Compartida, en el aire


Actualizado: 08/02/2015

El Gobierno no tiene claro si continuar o no con una la Ley de Custodia Compartida, actualmente en trámite de consultas, al no haber hallado hasta el momento una fórmula que satisfaga a todos los colectivos afectados, desde padres procustodia compartida hasta las organizaciones feministas, que precisamente la semana pasada pidieron la retirada de la ley.
Según informaron fuentes parlamentarias, el Ejecutivo se encuentra actualmente buscando una fórmula que satisfaga a todos los sectores afectados por la custodia compartida y, hasta no encontrar la mencionada fórmula, no saldrá adelante esta ley.
El problema se encuentra, según revelan estas fuentes, en que todos los sectores implicados quieren soluciones "radicales" y, por ello, Justicia se está reuniendo con los colectivos para encontrar esa receta que permita satisfacer al mismo número de personas.
De hecho, esta ley no se encuentra en el calendario legislativo del ministerio para lo que queda de legislatura, a expensas de lo que vaya a suceder en estos meses.
La Ley de Custodia Compartida lleva pendiente desde 2013. Fue un compromiso del anterior ministro de Justicia, Alberto Ruíz-Gallardón y una demanda del grupo parlamentario de UPyD, que forzó el compromiso del ministro en sede parlamentaria sobre este asunto.
Un polémica sobre esta ley surgió la semana pasada cuando la secretaria de Igualdad del PSOE, Carmen Montón, alertó en el Congreso de que el Gobierno estaba preparando un anteproyecto de ley de corresponsabilidad parental, o custodia compartida, que era "peligroso" al poner en riesgo a los menores y a las mujeres víctimas de violencia de género por permitir que el maltratador, "que se sabe que no es un buen padre", pueda cuidar y educar a su hijo.
Un día más tarde, medio centenar de organizaciones de mujeres denunciaron esta redacción y pidieron al Gobierno que no continúe con la tramitación del texto, retirando el anteproyecto de ley al considerarlo "innecesario" por poner en peligro a madres e hijos.
El ministro de Justicia, Rafael Catalá, ha afirmado que "no es razonable" dar la custodia de los hijos a un hombre condenado por violencia de género, si bien también ha precisado que no hay ninguna decisión adoptada al respecto, al tiempo que apuntó que tampoco existe un anteproyecto como tal que recoja esta situación, sino "borradores de trabajo" que se están discutiendo con los sectores sociales implicados.

Fuente: http://www.elmundo.es/espana/2015/02/08/54d7499c22601df52e8b4577.html  

Publicado el 11 de febrero de 2015
Sesión de control al Gobierno en el Congreso (11/2/2015).
 • Carmen Montón (PSOE) dirige su demagogia sectaria al ministro de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad del Gobierno del PP: 
"¿Va a permitir el Gobierno que los maltratadores condenados tengan la custodia de sus hijos e hijas?"

Para la secta en general y para el PSOE en particular:
¿Acaso alguien con sentido común puede creer que la ley para la custodia compartida tiene por objeto facilitar la custodia compartida de sus hijos a "maltratadores? ¿O más bien esta señora y su secta pretenden seguir impidiendo la custodia compartida a los hombres españoles con ese sectario y demagógico pretexto? Veamos... ¿Ha presentado el PSOE (o quienes han apoyado al PSOE en el Pleno del Congreso) alguna enmienda concreta al proyecto de ley con el fin de corregir ese supuesto defecto del proyecto del Gobierno para lograr así una buena ley de custodia compartida? No... Se han limitado a exigir la retirada de la ley. Pues eso. Están contra la custodia compartida y lo ocultan. Porque son una secta con intereses sectarios.

domingo, 2 de noviembre de 2014

Otra sentencia del Supremo que 'normaliza' la Custodia Compartida


En 2013 el Tribunal Constitucional y el Tribunal Supremo determinaron que la custodia compartida no debía ser "excepcional" sino algo "normal" (la norma), pues es "la mejor manera de proteger el interés superior del menor" (a menos que se pruebe otra cosa en un caso particular (éste sí ha de ser considerado excepcional).

El 22 de octubre de 2014 el Tribunal Supremo ha vuelto a pronunciar una sentencia en el mismo sentido. Una sentencia que los tribunales de familia y de asuntos civiles, así como las Audiencias Provinciales, deben conocer y acatar como jurisprudencia. El Tribunal Supremo (TS) recuerda sentencias de ese mismo alto Tribunal y del Tribunal Constitucional (TC) dictadas en 2012 y 2013 y llama al orden a los jueces que no se han enterado (o no se quieren enterar) de la doctrina establecida por el TS y el TC, jueces que obligan al ciudadano a recurrir al Supremo (con el consiguiente pago de desorbitadas tasas) para que sus derechos no sean pisoteados.

La sentencia del TS dictada el 22 de octubre de 2014 está aquí:
http://www.poderjudicial.es/search/doAction?action=contentpdf&databasematch=TS&reference=7197949&links=STS%204084/2014&optimize=20141029&publicinterface=true


Paralelamente a esta sentencia se ha producido un hecho bastante significativo que muestra cómo los padres ven sus derechos negados por el hecho de ser varones, ya sea porque se les niega caprichosamente la custodia compartida o porque se les niega la custodia exclusiva (por descontado) sin que jamás sean tenidas en consideración sus razones.

Un hombre se desnuda ante los juzgados de Santiago por la custodia de su hijo

Busca llamar la atención del juez que decidirá el 10 de noviembre con quien debe estar su hijo

31 de octubre de 2014
Xoan Rey / Efe
Xoan Rey / Efe
Diego San Juan, el padre de un menor de cuatro años cuya custodia reclama, ha hecho hoy una singular protesta ante los juzgados compostelanos, desnudo y colgado de una cruz, un «acto poético» o «llamada de atención pacífica» para recuperar la custodia de su pequeño, causa que se verá el próximo 10 de noviembre.
San Juan ha señalado que de esta forma pretende llamar la atención del juez, que decidirá con quien debe estar su hijo, y ha comentado que está «dispuesto a todo» con tal de que la Justicia termine con esta grave «sinrazón» que supone tener separado a un hijo de su padre, máxime en su caso, al haberlo criado en su primer año de vida.
San Juan ha explicado que su llamativa actuación de hoy la hace porque a pesar de los continuos fallos en su contra, y, por ende, de las resoluciones a favor de las «continuas mentiras» de su exmujer, él continúa «creyendo» que la Justicia le devolverá a su vástago. El padre ha explicado que lleva inmerso en este proceso más de tres años, en los que ya lo ha intentado todo, frente a las invenciones «de película» de la madre del menor.
Sabe que igual no es la mejor forma de llamar la atención, pero sostiene que no hay «medidas ejemplares ni racionales» cuando uno se da cuenta de que su hijo, lo «más importante» de su existencia, está sufriendo «por los caprichos» de una familia. «Ya no me queda más que hacer, porque ya he suplicado», ha indicado.
De este modo, espera haber llamado la atención «de quien fuese necesario» para seguir presionando y poner fin «a tales injusticias» las cuales no causarán para su hijo, en un futuro no muy lejano, más que «enfermedad y dolor».
San Juan no ha avanzado qué otras llamadas de atención realizará, por temor a que intenten detenerlo, pero sí ha asegurado hoy que hará «todo y más, donde haga falta» para que a partir del 10 de noviembre pueda hacerse cargo del pequeño.
San Juan utiliza a modo de protesta y de terapia personal la escritura, por ello a través de su blog mi guardia y custodia cuenta a quien quiera leerlo todo el infierno que ha pasado y que espera que finalice en pocos días.

miércoles, 8 de octubre de 2014

UPyD exige la Ley de Custodia Compartida al sustituto de Gallardón


https://www.youtube.com/watch?v=_q9NkUaWr84&feature=youtu.be

Catalá presentará en unas semanas una ley de custodia compartida


MADRID, 08 (SERVIMEDIA)

El ministro de Justicia, Rafael Catalá, dijo hoy en el Congreso que en las “próximas semanas” se remitirá a esta sede parlamentaria un proyecto de ley de custodia compartida, que será consecuencia del anteproyecto sobre esta cuestión que se elaboró durante la etapa de Alberto Ruiz-Gallardón.
Catalá se refirió a este asunto en el pleno de la Cámara Baja, donde el diputado de UPyD Toni Cantó le preguntó sobre “a qué espera el Gobierno para presentar el proyecto de ley de Corresponsabilidad Parental”, que pretende igualar las condiciones en que padres y madres separados pueden hacerse cargo de sus hijos.

A este respecto, el responsable de Justicia dijo que compartía el “interés” de Cantó por este asunto y anunció que en las “próximas semanas” su departamento enviará al Congreso el proyecto de ley de custodia compartida, después de que el anteproyecto que impulsó Gallardón haya sido sometido al proceso de informes y dictámenes.
En este sentido, el ministro dijo que se han solicitado informes al CGPJ, el Consejo Fiscal y el Consejo de Estado. En este sentido, explicó que Justicia se encuentra analizando el “informe amplio y complejo” que este último órgano entregó al Gobierno a finales de julio.

“MARCO MÍNIMO COMÚN”

Asimismo, Catalá destacó la “complejidad” de esta ley de custodia compartida, aunque dijo que es necesaria por los “cambios” que se han producido en la sociedad española y en la jurisprudencia. Además, el ministro dijo que va a buscar el “máximo consenso” en este asunto, aunque la idea es que debe “prevalecer el interés superior del menor”.
Añadió que tiene que fijarse un “marco mínimo común” para la custodia compartida y que el juez actúe en el momento en el que los padres no se ponen de acuerdo. Al mismo tiempo, Catalá dijo que cree “en la igualdad de derechos de hombres y mujeres” en este terreno, algo sobre lo que le había interpelado directamente el diputado Cantó.
En este sentido, el parlamentario de UPyD dijo que su partido defiende la ley de custodia compartida porque quiere “cambiar ese rol machista de que sólo sean las mujeres de que se ocupen de los hijos”. Asismismo, mostró su preocupación porque la futura legislación se aplique o no según el lugar de residencia de los menores.



(SERVIMEDIA)
08-OCT-14
NBC

Fuente:  http://ecodiario.eleconomista.es/espana/noticias/6140159/10/14/Catala-presentara-en-unas-semanas-una-ley-de-custodia-compartida.html#.Kku8AcYmdyUCh4x

martes, 10 de diciembre de 2013

El Tribunal Supremo y el Constitucional allanan el camino a la custodia compartida

La única razón por la que la prensa habla de "imposición" de una custodia compartida es que así lo prefiere llamar el lobby feminista que monopoliza el discurso público. Poco parece importar que no se trate de ninguna imposición... ¿A quién se le impone? Al niño no, desde luego. Pues nada hay más natural que un niño deseando compartir su existencia con su padre y con su madre, aunque éstos no vivan juntos. Al padre tampoco, pues es su deseo compartir su vida con su hijo. ¿A la madre? A la madre no se le impone ninguna otra cosa que la obligación de aceptar que su hijo y su expareja disfruten de su derecho a convivir con la mayor normalidad posible. Y todo ello porque así se protege mejor que de cualquier otro modo el interés superior del menor. Como dice el Tribunal Constitucional, el sistema de custodia compartida debe considerarse "normal y no excepcional".

¿Por qué, entonces, ha de llamarse "imposición" a una medida de custodia compartida que evita, precisamente, que se 'impongan' la tradición y los privilegios de madres caprichosas a lo que es justo y razonable? Sólo porque así lo "impone" un lobby totalitario cuya neolengua es acatada por el rebaño.

 

El TS avala la imposición de la custodia compartida en virtud de la jurisprudencia del Tribunal Constitucional

martes, 10/12/13

El Tribunal Supremo ha avalado la pretensión de un padre de imponer en su caso la custodia compartida, aunque dicha medida no había sido solicitada desde el primer momento, al considerar razonable "que se ha producido un cambio de circunstancias extraordinario y sobrevenido" tras la reciente sentencia del Tribunal Constitucional (TC) que estableció que el sitema debe considerarse "normal y no excepcional". 

El Tribunal Supremo ha avalado la pretensión de un padre de imponer en su caso la custodia compartida, aunque dicha medida no había sido solicitada desde el primer momento, al considerar razonable "que se ha producido un cambio de circunstancias extraordinario y sobrevenido" tras la reciente sentencia del Tribunal Constitucional (TC) que estableció que el sitema debe considerarse "normal y no excepcional".
Se trata del caso de un matrimonio que únicamente duró 6 meses, entre septiembre de 2009 y marzo de 2010 y respecto del cual un Juzgado de Primera Instancia de Orense dictó sentencia fijando la custodia para la madre, con un régimen de derecho de visitas a favor del padre con fines de semana alternos y dos tardes a la semana.
Por este juzgado se estimó la demanda de modificación de medias planteadas por el padre, en la que se solicitaba la custodia compartida en semanas alternas alegando que no se había pedido en su día por recomendación de su letrado, "dada la tendencia existente en alquel momento".
El juez declaró entonces que no había existido una variación de las circunstancias en los litigantes o en el menor desde la firma del convenio regulador pero que existía una tendencia cambiante que primaba el establecimiento de custodias compartidas.
En virtud del recurso de apelación interpuesto por la madre, la Audiencia Provincial de Orense dictó sentencia en abril de 2012 revocando lo dicho por el juzgado y manteniendo el régimen inicial, esto es, anulando la custodia compartida.

INTERÉS DEL MENOR
La resolución del Supremo, de la que ha sido ponente el magistrado Franciso Javier Arroyo Fiestas, señala que como complemento a la jurisprudencia del TC hay que tener en cuenta la reforma del Código Civil al respecto y la "amplia legislación autonómica favorecedora de la custodia compartida", si bien "todo cambio de circunstancia está supeditado a que favorezca al interés del menor".
En este caso concreto, se tiene en cuenta que el régimen de visitas se ha desarrollado sin incidencias; que el trabajo del padre, como comercial, le permite organizarse su agendar; la proximidad de los domicilios materno y paterno y que la madre seguirá viéndolo incluso en las semanas que no le correspoda, pues es profesora del colegio al que asiste el pequeño.

(EuropaPress)
http://www.europapress.es/nacional/noticia-ts-avala-imposicion-custodia-compartida-virtud-jurisprudencia-tribunal-constitucional-20131210132622.html
 
Fuente: http://noticias.lainformacion.com/policia-y-justicia/arbitraje/el-ts-avala-la-imposicion-de-la-custodia-compartida-en-virtud-de-la-jurisprudencia-del-tribunal-constitucional_nSTAmABwPxgGBydKTH6FI7 

martes, 8 de octubre de 2013

Madrid, 17/11/2013. Manifestación por la custodia compartida y contra las leyes de género

Imprime tus carteles (pinchando aquí y luego arriba a la izquierda) y pégalos en la calle, en centros comerciales, en el metro, en las marquesinas de las paradas de autobús... Ponlos también en los parabrisas de los coches aparcados y entrégalos en mano a los ciudadanos... 

En conmemoración del Día Internacional de los Derechos del Niño (20-N), el domingo anterior se convoca:


Publicado el 08/10/2013


 Pleno del Congreso, 08/10/2013:

Intervención de Toni Cantó, diputado de Unión Progreso y Democracia (UPyD), sobre la toma en consideración de la Proposición de Ley Orgánica del Grupo Parlamentario Socialista para reforzar la protección a los hijos e hijas menores frente a los delitos de violencia de género:

Toni Cantó: "Hay que revisar las leyes a tenor de sus consecuencias. Hay que respetar la presunción de inocencia. Hay que superar la visión clásica de los roles que se atribuyen a hombres y mujeres, y para eso son mejores las políticas positivas que la discriminación positiva. Hay que trabajar la prevención y la educación, valorando la importancia de los servicios de mediación. No se trata de quitarle la protección a nadie, se trata de ampliarla a todos".

miércoles, 2 de octubre de 2013

El Consejo Fiscal frena tesis del lobby feminista en el Anteproyecto de custodia compartida

El informe se aprobó en la reunión del Consejo Fiscal del 12 de septiembre de 2013. Entre los acuerdos figura el de "informar favorablemente el Anteproyecto de Ley sobre el ejercicio de la corresponsabilidad parental en caso de nulidad, separación y divorcio (Ponente, Dña. Raquel Amado Pico) con las propuestas de modificación debatidas en el pleno". Así, en el Consejo Fiscal se impusieron las tesis favorables a la custodia compartida, aunque los medios de comunicación no lo han difundido como merece:
  • El Consejo Fiscal aplaude el tratamiento que [el anteproyecto de "Ley de Corresponsabilidad Parental en caso de Separación, Nulidad o Divorcio" del ministro Gallardón] da a la guarda y custodia compartida, "suprimiendo la nota de excepcionalidad cuando no exista acuerdo entre los progenitores" porque en opinión de la Fiscalía "es una opción legítima y equilibrada" (pincha aquí).

Por si esa declaración no estuviera suficientemente en contra de las tesis del lobby feminista, entre las propuestas de modificación del Anteproyecto de Ley que hace el Consejo Fiscal hay una que se enfrenta aún más radicalmente a las directrices impuestas por el lobby feminista al ministro Gallardón: 
Los fiscales han tenido que soportar en el pasado reciente una situación bochornosa, cuando Mª Teresa Fernández de la Vega (PSOE) pretendió usarlos en la Ley de divorcio express como comisarios políticos del lobby feminista para vetar todas las custodias compartidas en los juzgados. Así, la ley establecía la excepcionalidad de la custodia compartida si no existía acuerdo entre ambos progenitores (como es sabido), pero se añadía que el juez sólo podría dictarla con un informe favorable de la fiscalía... De este modo, se hacía recaer en la fiscalía (dependiente en última instancia del presidente del Gobierno, que nombra al Fiscal General de esa institución tan notablemente jerarquizada) la responsabilidad de impedir sistemáticamente las custodias compartidas en caso de ausencia de acuerdo entre los progenitores. Y todo ello a mayor gloria del lobby feminista y de las personas del sexo cuyos intereses son favorecidos por ese lobby, es decir, las madres. Pero después los fiscales tuvieron que ver cómo ese articulo de la ley no superaba el filtro del Tribunal Constitucional, quedando la fiscalía, a los ojos de quienes padecieron la aplicación de ese artículo, como una institución que había actuado ilegítimamente en sus casos. El malo de la película parecía haber sido el ministerio fiscal, pero todos sabemos dónde estaba la verdadera raíz del mal. Esta vez el Consejo Fiscal no parece dispuesto a aceptar en silencio las directrices marcadas por el lobby feminista. Éste es el revés más importante que ha sufrido el feminismo de género infiltrado en el actual Ministerio de Sanidad desde que gobierna el PP:
  • La Fiscalía General del Estado ha aprobado un informe sobre el anteproyecto de "Ley de Corresponsabilidad Parental en caso de Separación, Nulidad o Divorcio" en el que recomienda al Ministerio de Justicia que suprima el articulado que impide fijar régimen de estancia, relación y comunicación con los hijos en los casos de sentencia firme por malos tratos o por violencia de género.
  • El informe, aprobado recientemente por el Consejo Fiscal y al que ha tenido acceso Europa Press, afirma que la regulación del anteproyecto en este sentido --los apartados 5 y 6 del artículo de nueva creación 92 bis--  "puede generar a través de respuestas estandarizadas decisiones injustas y desproporcionadas".
  • La Fiscalía es partidaria de mantener la regulación actual de este asunto, recogida en el artículo 92.7 del Código Civil, que se limita a declarar no procedente la guardia conjunta en los casos de sentencia firme sobre uno de los progenitores por atentar contra la integridad o la vida del otro o de los hijos que conviven con ambos.  El departamento que dirige Alberto Ruiz Gallardón ha ido "mucho más lejos" en este sentido, ya que no sólo considera que no procede la guardia y custodia de los hijos, individual o compartida en malos tratos o violencia de género, sino que establece que tampoco procederá que se conceda "el régimen de estancia, relación y comunicación respecto de ellos al progenitor que haya sido condenado penalmente por sentencia firme" en casos de esta índole.
       Los fiscales argumentan la necesidad de conjugar el derecho de los menores a estar protegidos frente a comportamientos violentos con su "derecho a mantener el contacto con ambos progenitores" y sostienen que "el derecho de visitas no debe ser objeto de interpretación restrictiva" porque "actúa válidamente para la reanudación de las relaciones entre los padres y los hijos, evitando rupturas definitivas o muy prolongadas en el tiempo, que resultan muy difíciles de recuperar".
       "A los efectos de valorar la adopción de estas medidas debería tenerse especialmente en cuenta ese interés superior del menor y nunca optarse por la drástica solución de la supresión de las relaciones de manera automática o estandarizada", explica el informe de la Fiscalía, que aboga por una regulación "flexible" que "huya de automatismos" y distinga entre los niños que han padecido directamente el delito y los que no.
       En este sentido, sostiene que "a la hora de valorar las repercusiones de la concurrencia de la violencia doméstica o de género en las decisiones de guarda o custodia debe dejarse al juzgador un margen de maniobra muy superior al que el Anteproyecto le reconoce".
       "Lo que desde luego es criticable es que la regulación de las medidas de la patria potestad y del régimen de visitas se lleve a cabo a través de unas disposiciones tan lacónicas e insuficientes", concluye sobre este asunto el informe aprobado por el Consejo Fiscal.

    Fuente: http://www.europapress.es/epsocial/politica-social/noticia-fiscalia-no-partidaria-prohibir-ley-comunicacion-hijos-casos-violencia-genero-20130926183257.html
     

miércoles, 18 de septiembre de 2013

EL PAÍS manipula con su titular un informe del CGPJ sobre custodia compartida


Una vez más (véase alguno de los últimos ejemplos), EL PAÍS manipula la información relevante en el debate acerca de la custodia compartida. Lo hace en beneficio de las tesis del feminismo fanático (instalado tanto en las instituciones del Estado, por ejemplo entre los vocales del mismísimo CGPJ, como en las poderosas asociaciones feministas, cuya ilegítima influencia puede rastrearse en el mismo enlace que he colgado antes). El fin es torpedear la ley nacional que está destinada a facilitar la custodia compartida en España.

Si atendemos al titular de la noticia que EL PAÍS publicó ayer (17/09/2013), hemos de concluir que ese titular no es coherente con el contenido del desarrollo de la propia noticia. EL PAÍS titula así: "El CGPJ rechaza la custodia compartida impuesta por el juez sin acuerdo parental". Pero basta leer las primeras líneas del desarrollo de la noticia para constatar que el titular es falso. Lo que rechaza el CGPJ es que se otorgue la custodia compartida "si ninguno de los padres la pide". Así, bastaría con que alguno de los padres la pidiera, incluso contra el criterio del otro progenitor (acaso interesado en no llegar a un acuerdo simplemente porque así la custodia sería suya, que es lo que hoy está al alcance de las madres con la legislación vigente, como bien saben la vocal del CGPJ Margarita Robles y también el propio diario EL PAÍS). Por tanto, lo que dice el informe del CGPJ no implica la exigencia de un acuerdo entre ambos progenitores de ninguna de las maneras. La conclusión de la lectura completa de la noticia de EL PAÍS no puede ser otra que ésta: la redactora (o su jefe) es una manipuladora de tomo y lomo.
Teniendo en cuenta que todo el mundo que se aproxima a una noticia lee el titular, y que sólo un pequeño porcentaje de esas personas leen con atención crítica el desarrollo completo de esa noticia, es alta la probabilidad de que esa información falsa haya sido ampliamente extendida entre la población por parte del diario de información más leído de España. Como resulta obvio que los redactores y responsables de EL PAÍS saben muy bien que es el titular lo que va a ser leído, y teniendo en cuenta que el titular elegido expresa directamente la tesis defendida por el lobby feminista (es exactamente lo que dice la ley vigente, diseñada precisamente por ese lobby), no puede considerarse que el titular sea un simple error o el resultado de la locura de la redactora o de su jefe. Es evidente que se trata de una manipulación ejecutada con plena voluntad de tergiversar la información.

Esta es la noticia publicada por EL PAÍS el día 17 de septiembre de 2013:

El CGPJ rechaza la custodia compartida impuesta por el juez sin acuerdo parental

Un informe de la Comisión de Estudios alerta de los problemas para el menor de esta decisión

Madrid 17 SEP 2013
“Puede ser problemático para el menor que el juez imponga la custodia compartida si ninguno de los padres lo quiere”. Así resume Margarita Robles, vocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), una de las principales objeciones del órgano judicial al anteproyecto de ley sobre el ejercicio de la corresponsabilidad parental en caso de nulidad, separación y divorcio, recogida en un informe redactado por la comisión de estudios. La reforma proyectada por el ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón permite al juez establecer la convivencia de los hijos con ambos progenitores sin tener en cuenta el criterio de los padres y atendiendo únicamente al interés superior del menor.
El documento del CGPJ alerta de los "inconvenientes" de imponer la custodia compartida sin que al menos uno de los progenitores la pida. "Esta modalidad exige un alto grado de cooperación para que resulte exitosa, toda vez que las decisiones relativas al cuidado de los menores y las pautas educativas a seguir necesariamente deberán ser consensuadas, so riesgo, en caso contrario, de revertir negativamente en el interés del menor", apunta el Consejo. Por eso, el organismo llama a “repensar” esta modificación de la ley. Fuentes del ministerio de Justicia apuntan que "el espíritu de la ley es romper con la excepcionalidad de la custodia compartida, lo que no significa que se le de prioridad". "Confiamos en que los jueces velarán siempre por el interés del menor y en que ninguno va a obligar a esta modalidad si observa que no habrá forma de mantenerla", añaden.
Robles, ponente del texto -todavía provisional a falta de su aprobación por el pleno del CGPJ el próximo jueves 19 y que podría sufrir modificaciones-, aboga, sin embargo, por que “se mantenga el modelo actual”. Esto es que el juez decida otorgar la custodia compartida siempre que haya acuerdo “o que al menos uno de los cónyuges lo pida y el juez valore esta opción en beneficio del menor”, señala la vocal.
“No somos partidarios de la custodia compartida impuesta por el juez porque puede generar problemas. Esto no significa que cuestionemos este régimen”, puntualiza Robles. En este sentido, el documento destaca que “en términos generales, la modalidad compartida resulta una opción ventajosa, en tanto posibilita que ambos progenitores participen activamente en el cuidado y la educación de los hijos”.
Para Robles, sin embargo, que sea el juez el que decida esta modalidad contra la voluntad de los progenitores, provocará que se “judicialicen las relaciones de los padres con los hijos”. EL CGPJ subraya los problemas que “por la experiencia” prevé que puede ocasionar una custodia compartida forzada, sobre todo, en los cambios de domicilio. “Si un juez establece que el menor pase 15 días, tres o seis meses con cada uno de los progenitores, bien sea porque el niño se mude de una casa a otra o sean los padres los que vivan ese tiempo en el hogar del hijo, es necesaria la voluntad de hacerlo”, explica la vocal del CGPJ. En su opinión, cuando las relaciones “son horrorosas” y se deterioran hasta el punto de no llegar a un acuerdo, es muy difícil que se alcance ese grado de colaboración mutua.
El informe del CGPJ también advierte de la posibilidad de que los jueces la fijen “a modo de solución salomónica” en caso de desacuerdo entre los padres. Además, al no haber sido solicitada expresamente por alguno de los progenitores, es previsible que su otorgamiento sea recurrido ante la justicia, señala el texto.
Fuente: http://sociedad.elpais.com/sociedad/2013/09/17/actualidad/1379433617_625912.html 


El día 19 de septiembre, como estaba previsto, el Pleno del CGPJ aprobó por unanimidad el informe crítico propuesto. Puede comprobarse que lo aprobado no es lo que el titular de EL PAÍS anunciaba maliciosamente:

Sociedad

El CGPJ aprueba por unanimidad el informe crítico con la reforma de la custodia compartida

Día 19/09/2013

El Anteproyecto prevé que un juez la pueda acordar de oficio sin que la pidan los padres

El CGPJ se muestra contrario a que un juez acuerde la custodia compartida sin que la pidan los padres

El Pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha aprobado por unanimidad el informe dela custodia compartida que el sábado adelantó ABC y que se muestra contrario a que un juez acuerde la custodia compartida sin que la hayan solicitado ninguno de los dos progenitores.
La adopción de esta figura cuando ninguno de los padres la pide «puede agudizar las tensiones y controversias que suelen surgir tras la ruptura de convivencia en aspectos tan trascendentes como,la educación, vigilancia y cuidado de los hijos», señala.
El órgano de gobierno de los jueces informa así al Gobierno sobre el Anteproyecto de ley de custodia compartida aprobado por el Consejo de Ministros el pasado julio. Pese a la objeción de que un juez la pueda acordar de oficio «en interés del menor», el dictamen, que no es vinculante, en todo lo demás es favorable a la adopción de la custodia compartida, pues se trata de «una opción ventajosa» que hace posible que los dos progenitores participen activamente en el cuidado y la educación de sus hijos, «reforzando así la cooperación entre ellos y la percepción, por parte de los menores, de que sus padres continúan ejerciendo su rol».
Pero también subraya sus inconvenientes, como los derivados de los «continuos cambios de domicilio» que para el hijo supone residir alternativamente con uno u otro progenitor, así como las «disfunciones que pueden llegar a producirse cuando el grado de cooperación de los cónyuges sea escaso o las pautas educativas seguidas por estos últimos sean divergentes».



CUSTODIA COMPARTIDA

El CGPJ rechaza la custodia compartida impuesta por el juez sin pedirla los padres

19/09/2013 · 16:01 · Efe

El Consejo General del Poder Judicial ha rechazado hoy que los jueces puedan imponer la custodia compartida de los hijos, aunque los padres se opongan, si consideran que es lo mejor para los menores, una medida propuesta por el Gobierno.
El pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha estudiado hoy el Anteproyecto de Ley sobre el ejercicio de la corresponsabilidad parental en caso de nulidad, separación y divorcio.
La Comisión de Estudios del CGPJ había elevado al pleno sus dudas sobre algunos aspectos de este Anteproyecto y, muy en concreto, sobre la custodia compartida impuesta por el juez. El pleno ha suscrito por unanimidad ese criterio.

Así, el informe aprobado hoy considera que, respecto a la guarda y custodia compartida, la reforma analizada establece que podrá ser establecida por el juez sin que ninguno de los progenitores lo haya solicitado, con tal que ambos pidan la custodia exclusiva para sí mismos.

En la actualidad, esta posibilidad tiene un carácter excepcional, según la regulación que le otorga el vigente artículo 92.8 del Código Civil.

Es en ese punto en donde el CGPJ identifica problemas porque, cree, dará lugar de manera "más que previsible" a un agudizamiento de "las tensiones y controversias que, frecuentemente, pueden surgir tras la ruptura de convivencia, en aspectos tan transcendentes como la educación, la vigilancia y el cuidado de los hijos".

Es decir, dice el informe, imponer la custodia "no comportará ventaja o utilidad alguna" y "difícilmente puede revertir en interés de los hijos".

De este modo, añade, la novedad introducida por el ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, no servirá "para que los padres puedan desempeñar de mejor manera las funciones inherentes a la guarda y custodia".

El informe del órgano de gobierno de los jueces no es, sin embargo, negativo en todos sus extremos y, de este modo, valora la relevancia que el anteproyecto confiere a la mediación en el Derecho de familia, al regular con mayor detalle la labor mediadora en supuestos de crisis matrimonial y, en general, en los diferentes conflictos que puedan suscitarse en el ámbito familiar.

El CGPJ considera que el Anteproyecto acierta en varios de los criterios que marca a los jueces para resolver cuestiones relativas a la guarda y custodia y el régimen de estancia, relación y comunicación de los padres con los hijos.

El anteproyecto de ley que regula este régimen en los casos de nulidad, separación y divorcio fue aprobado por el Ejecutivo el pasado mes de julio, por lo que debe ser sometido al CGPJ, cuyo informe, aprobado hoy, es preceptivo, pero no vincula al Gobierno ni al Parlamento.

Fuente:  http://www.lexdiario.es/noticias/209811/el-cgpj-rechaza-la-custodia-compartida-impuesta-por-el-juez-sin-pedirla-los-padres