martes, 30 de agosto de 2011

UNIDAD en la MOVILIZACIÓN: "No a la Desigualdad ante la Ley. ¡BASTA!"

Sólo falta UNIDAD en la lucha no-violenta

No a la Desigualdad ante la Ley. ¡BASTA!


Para IMPRIMIR en papel los dos documentos que aparecen aquí, pincha en los enlaces; una vez dentro, pincha arriba a la izquierda en "File" y, allí, haz clic en "Print (PDF)"

DECLARACIÓN de OBJETIVOS
https://docs.google.com/viewer?a=v&pid=explorer&chrome=true&srcid=0B3AC-CbsYGwbZTI1MmUwNjUtOWMzMi00YjNjLWIwZWItOTIzMzdkMzMzNTMz&hl=en_US

DIVULGACIÓN: A USTED SE LE ESTÁ OCULTANDO QUE...

DECLARACIÓN de OBJETIVOS
Llamamos a la ciudadanía española a movilizarse para el logro de los objetivos de esta declaración. La razón de esta movilización es que no es posible el debate público y abierto que caracteriza de forma esencial a una democracia. La democracia está bloqueada en España.

Exigimos:

1.      El respeto escrupuloso al artículo 14 de la Constitución Española, que establece la igualdad ante la ley de todos los españoles, sin que pueda prevalecer discriminación por razón de sexo.

2.    La derogación de la Ley de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género (aprobada en diciembre de 2004 bajo la presidencia de Zapatero).  Por tratarse de una ley sexista contra los varones que vulnera los principios de igualdad ante la ley y de presunción de inocencia.

3.    La derogación del apartado 17º del artículo único de la Ley Orgánica 15/2003 (aprobada en el Parlamento bajo la presidencia de Aznar), que impone a los jueces la necesidad de dictar, en todos los casos, una pena accesoria de alejamiento, añadida a la de cárcel, en sus sentencias condenatorias por violencia doméstica (por muy leves que pudieran ser los delitos). Es el juez de cada caso concreto, y no un “automatismo” legal, quien debe valorar si un alejamiento es necesario o si, más bien, podría ser una medida desproporcionada y abusiva tanto con la víctima como con el condenado y, en su caso, con sus hijos. 

4.   El desarrollo de una nueva ley contra el maltrato (que persiga también, de una vez por todas, el maltrato psicológico) en las relaciones familiares y de pareja. Una ley que defina con claridad lo que es “maltrato”; que considere el “machismo” como un agravante que debe ser probado; que no castigue como delitos “de autor” (varón) lo que son meras faltas, y que proteja a los menores, los ancianos, las mujeres y los varones maltratados con escrupuloso respeto a los derechos individuales sin discriminación por razón de sexo.

5.     La persecución del maltrato a los menores consistente en apartarlos de su familia sin motivo tras una separación o divorcio, recurriendo a menudo para ello a la manipulación psicológica de esos menores. Es calumnioso y roza la prevaricación que el Ejecutivo y el Consejo General del Poder Judicial insten a los jueces a no perseguir esto asegurando que “no existe” y que son reclamaciones de “machistas maltratadores”. La mediación familiar obligatoria es  idónea para desenmascararlo.  

6.    La apertura de un debate público y abierto en la sociedad española en torno a la violencia en la pareja y en la familia. Con intervención en los medios de comunicación y audiencia ante los partidos políticos de cualquier persona o colectivo que tenga algo que decir. Y sin la nada transparente imposición por parte del lobby feminista de su discurso único: totalitario.

7.   La apertura por parte del Estado de investigaciones acerca de las causas sociales del inasumible número de varones que se suicidan en España, en especial durante los procesos de divorcio.

8.      El respeto a los derechos de los varones denunciados. No son admisibles las detenciones policiales injustificadas, las medidas de alejamiento cautelar no motivadas de acuerdo a las exigencias de la ley, los juzgados especiales, los prejuicios ideológicos y sexistas de la fiscalía, la politización ideológica de los jueces, del Consejo General del Poder Judicial y del Tribunal Constitucional. Exigimos la independencia del poder judicial respecto a los intereses del Ejecutivo y del Legislativo. Y que se persigan de oficio de una vez por todas las denuncias que tienen todos los visos de ser falsas e interesadas.

9.      Derogación de la Ley 15/2005 sobre separación y divorcio. Aprobación de una ley nacional de custodia compartida “preferente” de ambos progenitores. Lo “excepcional” ha de ser la custodia exclusiva de uno de ellos, “fundamentándola en que sólo de esa forma se protege adecuadamente el interés superior del menor”. O sea, justo al revés de lo que dice hoy la ley.

10.  Una auditoría rigurosa de las cuentas de la “industria del maltrato” en España desde 2005. En particular, del destino de ese dinero en las asociaciones feministas, los sindicatos y los partidos políticos.

11.  La depuración de las responsabilidades civiles y penales a que hubiere lugar. Los atropellos y el maltrato institucional que se han producido en España desde 2005 no pueden quedar impunes.








No a la Desigualdad ante la Ley. ¡BASTA!

DIVULGACIÓN: A USTED SE LE ESTÁ OCULTANDO QUE…

1. La Ley Integral contra la Violencia de Género (LIVG), aprobada por unanimidad en el Parlamento en diciembre de 2004, durante el Gobierno de Zapatero, no ha conseguido su único objetivo declarado: disminuir el número de muertes de  mujeres a manos de su pareja o ex pareja en España.

2. España es uno de los países del mundo (y de Europa) con menos casos de violencia de género en la pareja.

3. En ningún otro país del mundo Occidental existe una legislación comparable a la LIVG. Sólo en algunos países hispanoamericanos están copiando (y padeciendo) algunos de estos atropellos.

4. La LIVG es una ley sexista que castiga como delitos de los varones acciones que ni siquiera son delitos si las ejecutan mujeres: amenazas “leves”, coacciones “leves”…

5. La LIVG es una ley sexista que vulnera el derecho a la presunción de inocencia de los varones. Dice penar con más gravedad a los varones que a las mujeres porque, asegura, los varones ejercen su violencia por causas  culturales machistas (“de género”). Pero ese “machismo” no es necesario probarlo en cada juicio particular. La LIVG lo presupone. Por tanto, se vulnera la presunción de inocencia y el único criterio cierto para agravar la pena es el sexo del acusado y la víctima: sexismo.

6. Es suficiente la declaración de la denunciante femenina para una condena del varón acusado. No hacen falta pruebas. Se vulnera la presunción de inocencia. Basta que esa declaración sea coherente, continuada y creíble para el juez.

7. Las denuncias falsas casi nunca son perseguidas de oficio. Cuando son perseguidas, se traducen en una condena de multa. Ninguna mujer ha entrado en la cárcel en España por denuncia falsa (la pena máxima son dos años de cárcel y no implica la entrada en prisión). Existen cientos de miles de denuncias a varones que jamás llegaron a ser condenas (pese a que prácticamente todo es delito si se trata de un varón), y sólo un 10% corresponden a denuncias retiradas por parte de las mujeres.

8. Una denuncia por violencia de género se traduce en la inmediata detención del acusado varón, que dormirá en el calabozo tras tomársele huellas dactilares y fotografías, y será conducido al día siguiente (o pasado el fin de semana, si es detenido un viernes) esposado ante el juez. La declaración de la denunciante puede ser suficiente para la detención, tanto si hay un parte de lesiones como si ese parte no existe. Si lo hay, da igual que explicite, precisamente, que no hay lesión alguna, su mera existencia será suficiente para la detención.

9. Las órdenes de alejamiento “cautelares” (hasta el juicio, cuyo inicio puede demorarse un año) se imponen con frecuencia sin exponer los motivos que las justifican. Eso es ilegal.

10. Toda condena por violencia doméstica, incluidos los casos de “delitos” que en la LIVG lo son sólo para varones y no para mujeres (un simple insulto, o una amenaza o coacción “leves”), conlleva una pena de alejamiento añadida y posterior a la de cárcel (la Ley Orgánica 15 de 2003, aprobada en el Parlamento durante el Gobierno de Aznar, se lo impone así a los jueces). Ese alejamiento, a menudo injustificable en los casos leves, afecta gravísimamente y acaso de modo permanente a la relación de los hijos con el condenado y su familia completa.

11. Está documentado con noticias de prensa recopiladas en internet que en dos años (enero 2008-febrero 2010) hubo 31 hombres asesinados por sus mujeres (15 o 16 al año). Cabe considerar que el margen de error es muy alto. Los asesinados anuales son sin duda más. Unos 22 o 23 (equivale a 1/3 de los casos de mujeres asesinadas). No existen datos oficiales fiables de varones asesinados: los casos publicados por el CGPJ para 2009 fueron 9; y para 2008, sólo 5. En 2011 se ha vuelto a cumplir la norma habitual: tenemos recopiladas noticias de prensa de 17 hombres muertos a manos de mujeres en el ámbito doméstico; 15 de ellos a manos de su pareja, uno (de 90 años) a manos de su hija, y otro anciano asesinado por su asistenta.

12. Existen varios centenares de estudios internacionales que prueban que la violencia en la pareja es bidireccional (de varón a mujer y viceversa), y que esta violencia es iniciada con más frecuencia, incluso, por las mujeres.

13. En 2010 se produjeron en España 21 casos de asesinato de menores por parte de sus progenitores. Siete murieron a manos de hombres. En 14 casos (66,6%), la asesina fue su madre biológica. En 2011 hubo 21 menores por cuya muerte han sido imputadas las mujeres que los cuidaban. Tres fueron asesinados por su cuidadora en un centro de acogida. Dos murieron por negligencia de la mujer que los tutelaba. Y los 16 restantes murieron a manos de su madre biológica.

14. El Gobierno español y el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), cuyos miembros son nombrados por los partidos políticos, han publicado informes diseñados por el lobby feminista en los que se solicita a los jueces que no persigan ni investiguen las alienaciones parentales (niños que son apartados sin motivo de la familia de su progenitor no custodio) cuando los menores se niegan a ver a un progenitor. Se alega que si se niega “será por algo” (como decían los machistas de las mujeres maltratadas), y se asegura que la manipulación de los menores “no existe”, lo cual va contra el sentido común y la evidencia científica. Se trata de una inhumana vulneración de derechos humanos básicos. En realidad, en España nunca se ha penado la alienación parental como lo que es, un delito de maltrato a los menores y al progenitor excluido de la relación. Pero se han retirado algunas custodias, lo que explica la reacción del lobby feminista y la actuación de los poderes del Estado a su servicio.

15. La custodia compartida está generalizada en el mundo Occidental. Sin embargo, la ley española de divorcio (Ley 15/2005) la impide si no hay acuerdo. Es decir, sólo se concede si la madre quiere compartir una custodia que, en la práctica, será sólo suya si así lo desea. El lobby feminista impide la modificación de esa ley, perjudicando la conciliación (trabajo/familia) a las mujeres y fomentando el alejamiento de los menores de su familia paterna completa. La Ley 15/2005 establece que, en ausencia de un acuerdo entre las partes, el juez sólo podrá dictar una custodia compartida “excepcionalmente, con informe favorable del Ministerio Fiscal”, con lo que de forma inaudita el fiscal (el Gobierno, para entendernos) determina la resolución del juez, y “fundamentándola en que sólo de esta forma se protege adecuadamente el interés superior del menor”. Obviamente, lo “excepcional” debería ser que un juez prive a un progenitor de la custodia de sus hijos. Y precisamente “fundamentándolo en que sólo de esta forma se protege adecuadamente el interés superior del menor”.

16. En España, el suicidio es la principal causa de muerte no natural desde 2008, por encima de los accidentes de tráfico. El 80% de los suicidios corresponden a varones. Desde 2005, tras la aprobación de la LIVG, se ha disparado la tasa de suicidio masculino.

17. En torno a la LIVG se ha montado una industria del maltrato de la que viven (directamente) cientos de miles de personas. Los partidos políticos, los sindicatos y las asociaciones feministas son sus beneficiarios. Cada denuncia (no cada condena) supone dinero en subvenciones, de ahí sus campañas pro-denuncia sin importarles si son falsas o abusivas esas denuncias. A las auténticas maltratadas llega muy poco de ese dinero.

18. Los medios de comunicación silencian todo esto que a usted se le oculta siguiendo las directrices de grupos con intereses ideológicos, económicos y de poder político. Usted no tiene información. No existe el debate público y abierto que caracteriza esencialmente a una democracia. En España no hay democracia. El juez Serrano es perseguido por decir esto.


Adjunto las tres leyes que deben ser derogadas:

Ley Orgánica 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal (apartado 17º del artículo único).

Ley 15/2005, de 8 de julio, por la que se modifican el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil en materia de separación y divorcio.



Un comentario: 
MITOS DEL FEMINISMO DE GÉNERO 

1. MITO: ESPAÑA ES UN PAÍS MUY MACHISTA
REALIDAD: ESPAÑA ES UNO DE LOS PAÍSES MENOS MACHISTAS DEL MUNDO

España, para desgracia de feministas radicales, es uno de los países de Europa (y del mundo) que menos feminicidios por millón de habitantes tiene. Con una bajísima tasa de 5.15 muertes por millón, supera a todos los países nórdicos que tan civilizados parecen y tan "buenos" resultados les han dado las políticas de género. Hay estudios que demuestran que las probabilidades de que aumenten las muertes por violencia de género se multiplican por 14.

http://www.absurdistan.eu/rayas2011_09_mas_dura_sera_la_caida.htm

2. MITO: LOS HOMBRES SON MUCHO MAS VIOLENTOS QUE LAS MUJERES
REALIDAD: LAS MUJERES SON TAN VIOLENTAS (O MAS) QUE LOS HOMBRES

Mas de 400 estudios científicos de muchos países del mundo han demostrado lo que la violencia no es una cuestión de géneros sino de personas.

http://www.escorrecto.org/

3. MITO: LAS MUJERES HOMOSEXUALES SON MUY PACIFICAS
REALIDAD: LAS RELACIONES LESBICAS SON MUCHO MAS AGRESIVAS QUE LAS HETEROSEXUALES

En un metaestudio de 75 investigaciones científicas se ha llegado a la conclusión de que existen hasta 8 veces mas probabilidades de sufrir agresiones en una pareja lesbica que en una heterosexual

http://www.absurdistan.eu/rayas2011_08_por_el_hecho_de_serlo.htm

4. MITO: LAS MUJERES QUE AGREDEN LO HACEN EN DEFENSA PROPIA
REALIDAD: LAS MUJERES SON LAS QUE PRIMERO INICIAN LAS AGRESIONES Y NO COMO DEFENSA ANTE LOS HOMBRES

http://www.absurdistan.eu/rayas2011_06_la_noviolencia_de_genero.htm

5. MITO: LOS HOMBRES MALTRATAN A LOS HIJOS MUCHO MAS QUE LAS MUJERES
REALIDAD: LAS MUJERES MATAN Y MALTRATAN A LOS HIJOS EL DOBLE QUE LOS HOMBRES.

http://www.arrakis.es/~ajmm/Publicacion_2.pdf

Y, además, España es uno de los paises del mundo donde menos niños mueren por violencia doméstica (1 por millon)
ESTADISTICAS ESCALOFRIANTES. Del libro de Pablo Mirell El Hembrismo, sumidero de desdichas. Se extractan conclusiones de diversos estudios, realizados fundamentalmente en el ámbito universitario (pincha)
Mujeres asesinas y maltratadoras en el ámbito doméstico español en 2011 (pincha)

DOSSIER PARA PARTIDOS POLÍTICOS ANTE EL 20 N (pincha)

El 20 N vota UPyD. El PSOE es una secta. Y el PP, un mercadillo (pincha)

Lectura imprescindible con propuestas de lucha no-violenta (pincha)


Ni PSOE ni PP. 
NO LES VOTES!  


ÚNETE A LA MOVILIZACIÓN EN LAS CALLES DE TU CIUDAD

PARTICIPA EN LA MANIFESTACIÓN DEL 13 N EN MADRID

TODOS JUNTOS CON UNA SOLA VOZ


SIN LIDERAZGOS, SIN PROTAGONISMOS, SIN DIVISIONES

¡UNIDOS! 

DIFUSIÓN SENCILLA, GRATIS Y EFICAZ.

HAZTE CON PEGATINAS (PINCHA)

lunes, 29 de agosto de 2011

La secretaria de Estado de Igualdad invita al PP a mirar a Europa. Pero ella no lo hace

Laura Seara. Secretaria de Estado de Igualdad

La nueva secretaria de Estado de Igualdad, Laura Seara (pincha), ha concedido a la Agencia Efe una entrevista publicada en ABC. En ella, Seara invita a Rajoy y a sus colaboradores del Partido Popular (PP) a que "se sienten" con algunos líderes de la derecha europea para que les "aclaren algunos conceptos en materia de igualdad, de libertad y derechos". Me parece una gran idea. Sin embargo, le propongo a la señora Seara que se aplique el cuento y que "se siente" con CUALQUIERA de los líderes de la izquierda europea, para que a ella y a sus colegas del PSOE les "aclaren algunos conceptos en materia de igualdad, de libertad y derechos". Ya verá cómo después sus ideas contrarias a la custodia compartida de los hijos o respecto a la forma de combatir la violencia en la pareja y la familia serán mucho menos SEXISTAS de lo que son hoy en el PSOE. ¿O es que ha oído que en algún otro país europeo se impongan penas más graves a los varones que a las mujeres por los mismos hechos? ¿O que los mismos actos sean delitos si los comete un varón y no lo sean si los comete una mujer? A que no lo ha oído... Salud (por el café, digo; yo les invito en la reunión, también a los del PP). 

28-08-2011 / 11:30 h
En una entrevista con Efe, Seara, quien tomó posesión hace pocas semanas de su cargo, califica a su antecesora, Bibiana Aído, como una mujer "que ha dejado una huella imborrable" en España y aunque el próximo 20 de noviembre habrá elecciones generales "no se siente interina sino una secretaria de Estado en toda regla".
La que fuera directora del Instituto de la Mujer y anteriormente diputada en el Parlamento de Galicia, entre otros cargos, afirma que "también es realista" y por ello se ha planteado objetivos "muy claros" hasta los comicios, meses en los que sobre todo pondrá en marcha medidas en el ámbito de la igualdad en el empleo.
"La igualdad en este momento no es una opción, es una necesidad", subraya Seara, quien recuerda a las empresas que contar con las mujeres significa "más eficacia, más eficiencia y más competitividad".
Lograr la implicación del entorno laboral y familiar de las víctimas de violencia machista continuará siendo otra de las prioridades de su departamento.
"Una mujer se cae de la bañera una vez, se cae dos veces, pero no puede llegar tres veces con el ojo morado a su puesto de trabajo diciendo que se ha caído en la bañera; es responsabilidad de ese entorno familiar y laboral dar ese paso al frente", opina.
Está "convencida" de que los socialistas ganarán el 20-N y alerta de que la política social que propone el PP contiene "medidas regresivas, que no hacen bien, ni siquiera a ellos mismos".
En este sentido, Seara destaca que algunos líderes de la derecha europea han dado "saltos y pasos a favor de la igualdad", como Francia y Suecia, aprobando leyes en favor del aborto "muy similar a la española" y de las cuotas.
"A mí me gustaría que algunos líderes de la derecha europea se tomaran algún café con los líderes de la derecha española y les explicaran por qué en un país como Francia se ha apostado con claridad por las cuotas", dice la secretaria de Estado, que agrega que en los países nórdicos se mantienen "los mecanismos de igualdad de género independientemente de quién gobierne".
Así, invita a Rajoy y a sus colaboradores a que "se sienten" con estos líderes para que les "aclaren algunos conceptos en materia de igualdad, de libertad y derechos".
Respecto a las leyes que están pendientes en el Parlamento, vinculadas a su departamento y que podrían quedarse en el tintero por el adelanto electoral, Seara resalta que trabajará "sin descanso" para que puedan aprobarse.
"Estoy convencida de que la inmensa mayoría de la ciudadanía representada en el Congreso y en el Senado está a favor de contar con una herramienta legislativa de este calibre", indica sobre la ley de igualdad de trato, porque "pone la puntilla a una batería legislativa que hace este país mucho más decente, más libre y más democrático".
La propuesta que el Ejecutivo hizo a los grupos parlamentarios para eliminar los anuncios de contactos en los diarios también está en la Cámara Baja, si bien Seara insiste en que su objetivo es que salga adelante antes de que concluya la legislatura.
"Entendemos que nuestro trabajo, lo que debíamos hacer, lo hemos hecho. La voluntad del Gobierno es clara, porque es una cuestión de dignidad y de respeto constitucional", asevera la secretaria de Estado, que señala que corresponde ahora a los grupos parlamentarios desarrollar la propuesta.
Aunque son los grupos los que tienen la última palabra, Seara cree que podría estudiarse la posibilidad de extender la prohibición este tipo de anuncios a otros soportes, como televisión e Internet.
Declara a título personal que no es partidaria de legalizar la prostitución y reitera que la voluntad del Gobierno es combatir la trata de seres humanos con fines de explotación sexual para proteger a "los menores y a las esclavas víctimas" de ese delito.
En alusión a la alta participación de los jóvenes en la Jornada Mundial de la Juventud que se celebró la pasada semana en Madrid, Seara se muestra sorprendida por la "pluralidad" de los peregrinos.
"Me he alegrado de ver cómo muchos jóvenes con profunda fe que vinieron a Madrid, después son los primeros en reivindicar que, a lo mejor, algunas cuestiones determinadas de la Iglesia pueden ser revisadas", apunta. EFE

domingo, 28 de agosto de 2011

Violencia doméstica femenina con resultado de muerte en 2011

 
VIOLENCIA "DOMÉSTICA" FEMENINA CON RESULTADO DE MUERTE EN 2011
 
Se trata de asesinatos protagonizados por mujeres contra sus parejas o ex parejas, contra sus hijos o contra sus padres durante el año 2011. Lo publicado en principio es la relación de casos contabilizados hasta el 28 de agosto. Sólo aparecen los casos que se han detectado al leer la prensa por su notoriedad… Sin duda, por tanto, ha de haber otros. 
A medida que yo detecte casos posteriores, los añadiré más abajo a la lista, pero estos casos que añada ya no constituirán una lista exhaustiva (salvo que indique lo contrario) como sí lo es esta primera lista, realizada hasta el 28 de agosto.
No se contabilizan casos como el de la cuidadora de un centro de acogida de una ONG que el 15 de agosto asfixió a tres menores discapacitados a su cargo (pincha). Se contabilizan sólo casos de violencia "doméstica". Si se considerase que, al tratarse de un centro de acogida, había una relación de convivencia con su cuidadora, entonces habría que sumar estos tres casos a los de violencia doméstica, con lo que los menores asesinados sumarían 11 en lugar de 8 como estamos considerando.


Las víctimas de violencia doméstica femenina contabilizadas en 2011 son, pues, hasta el 28 de agosto, 12 HOMBRES y 8 NIÑOS (datos facilitados por Lorenzo Borel Ariza).

De los 12 varones adultos, 11 murieron a manos de su pareja o ex pareja;  y el otro, de 90 años, falleció por los disparos de su hija, de 70 años de edad.
 
HOMBRES

VICTIMA 1 http://www.elmundo.es/elmundo/2011/02/26/castellon/1298725046.html

VICTIMA 2 http://www.telecinco.es/informativos/sociedad/noticia/100036421/Una+mujer+quema+a+su+marido+que+la+compro+en+Marruecos Este caso está teñido a su vez de violencia machista
 
VICTIMA 3 http://www.abc.es/20110521/local-canarias/abci-hotel-201105211236.html

VICTIMA 4 http://www.20minutos.es/noticia/1061987/0/detenida/anciana/marido/

VICTIMA 5 http://www.europapress.es/nacional/noticia-anciano-91-anos-muere-recibir-disparo-cabeza-madrid-20110527084740.html

VICTIMA 6 http://www.diariodejerez.es/article/provincia/1000583/detenida/una/mujer/por/matar/una/punalada/hombre/la/isla.html En este caso se ha confirmado que la asesina era amante de la víctima
 
VICTIMA 7 http://www.europapress.es/epsocial/familia-00324/noticia-amp-detenidos-mujer-hijo-empresario-hallado-muerto-febrero-logrosan-caceres-20110627143436.html

VICTIMA 8 http://www.telecinco.es/informativos/sociedad/noticia/27095408/

VICTIMA 9 http://www.lasprovincias.es/v/20110727/sucesos/mujer-mata-companero-valencia-20110727.html

VICTIMA 10 http://www.alertadigital.com/2011/08/01/la-cultura-feminazi-del-odio-a-los-hombres-se-impone-en-espana-una-diabetica-mata-a-su-marido-con-una-sobredosis-de-insulina/

VICTIMA 11 http://www.abcdesevilla.es/20110827/andalucia/sevp-mata-marido-pasa-noche-20110827.html

VICTIMA 12 http://www.mallorcadiario.com/sociedad/aparece-degollado-un-joven-de-25-anos-en-los-pullman-79919.html
http://ultimahora.es/mallorca/noticia/sucesos/ultimas/hallan-restos-de-sangre-en-la-ropa-de-la-acusada-de-matar-a-su-novio-en-cala-major.html

NIÑOS

VICTIMA 1 http://www.elpais.com/articulo/espana/Hallado/cadaver/recien/nacido/empresa/basuras/Barcelona/elpepuespcat/20110105elpepunac_18/Tes Están por determinar las circunstancias de la muerte del recién nacido
 
VICTIMA 2 http://www.elmundo.es/elmundo/2011/02/24/galicia/1298556801.html Están por determinar las circunstancias de la muerte del recién nacido
 
VICTIMA 3 http://www.elmundo.es/elmundo/2011/03/16/andalucia/1300289032.html

VICTIMA 4 http://www.elmundo.es/elmundo/2011/05/17/andalucia/1305627898.html

VICTIMA 5 http://www.elmundo.es/elmundo/2011/06/18/madrid/1308400655.html

VICTIMA 6-7 http://www.laopiniondemurcia.es/municipios/2011/07/23/detenida-mujer-cargo-ninos-ahogados/339066.html

VICTIMA 8 http://www.elmundo.es/elmundo/2011/08/19/valencia/1313757491.html
http://www.larazon.es/noticia/9228-una-mujer-mata-a-su-hija-de-tres-anos-en-alicante

Para conocer el recuento final de 2011, pincha aquí 

jueves, 25 de agosto de 2011

Las coacciones leves (¿?) de su ex pueden dar una renta a una mujer denunciante

La revista PRONTO y otras revistas del "corazón" (de cotilleo, en realidad), leídas por muchísimas mujeres en España, promueven la "denuncia al marido" para cobrar la Renta Activa de "Reinserción" en el INEM. 
Aclaraciones
"El INEM (Instituto Nacional de Empleo) no existe". Si pinchas en la web del INEM (http://www.inem.es/), dicen literalmente eso y te mandan al SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal): http://www.sepe.es/contenido/intermedia.html
La renta aludida se llama Renta Activa de Inserción (RAI), no "re-inserción". Está regulada aquí http://www.sepe.es/contenido/prestaciones/pdf/rai.pdf
También puede cobrarse la RAI por violencia "doméstica" (lo que incluye entonces a los varones que son víctimas y lo denuncian, aunque nadie les anima a ello...). Sin embargo, hay "delitos" que sólo son tales si son de "violencia de género" (mujer víctima de su marido, pareja o ex pareja...): amenazas leves, coacciones leves... Eso no es violencia "doméstica". Por tanto, eso sólo da RAI a las mujeres. A los varones, no... 
Nótese que el anuncio de la revista PRONTO se abre con una pregunta de una mujer que vive del sueldo de su marido y no tiene otros recursos... Parece, pues, un indicador de una situación de dependencia típica de una relación machista. Sin embargo, lo cierto es que esta renta puede ser reclamada por una mujer tras una denuncia a su ex pareja después de años de separación. Si ella se encuentra sin ingresos en un momento determinado, basta denunciar unas coacciones leves (no sé lo que es eso) por parte de su ex y ya está. No hay ahí una respuesta a machismo alguno, sino una oportunidad para la picaresca y el abuso.

martes, 23 de agosto de 2011

PROGENITORES QUE INDUCEN A LA ALIENACIÓN. Busca aquí su perfil

 
A continuación puedes leer un artículo de la Psicóloga Forense Dra. Deirde Conway Rand titulado El Espectro del Síndrome de Alienación Parental. He destacado un apartado del mismo que puede ser de tu interés para identificar el perfil de quien aliena a tu hijo respecto a ti. Puedes leer el artículo completo pinchando sobre el título del mismo (más abajo) o, si lo prefieres, limitarte a leer el apartado que he destacado. Añado un enlace a un post de este blog en el que puedes encontrar más información sobre el Síndrome de Alienación Parental -SAP- (pincha).
 

Psicóloga Forense Dra. Deirdre Conway Rand
Periódico Americano de Psicologia forense, volumen 15 numero 3, 1997


Por sexos.
La observación de Gardner respecto a que las madres parecen adoptar un comportamiento de PAS con una frecuencia significativamente mayor que los padres nace de las estadísticas sobre el divorcio, así como de la literatura clínica sobre el PAS. El estudio sobre Hijos del Divorcio en California descubrió que en muestras no clínicas, las madres tenían el doble de posibilidad que los padres para formar alineamientos del tipo PAS con los niños (2). Cuando surgen las falsas acusaciones de abuso, como sucede en las manifestaciones más agudas de PAS, parecen ser también las madres las responsables de la mayoría de ellas (3, 26-28). Las madres constituían el 67 % de las acusadoras en un estudio de ámbito nacional que revelaba que las acusaciones de abuso en el curso de disputas de divorcio/custodia serán falsas en cerca del 50% de las mismas (12). Los padres eran acusadores en un 22% de los casos, mientras que terceros tales como parientes y profesionales lo eran el 11% de las veces. Cuando era un tercero el iniciador de la acusación, un padre podría también pensar que existía abuso. Los números se invierten cuando se da la abducción física del niño, siendo los padres los abductores en el 60 a 70% de los casos (18). Puede haber diferencias asociadas al sexo sobre cómo hombres y mujeres progresan en la labor de adquirir control sobre sus hijos y tomar venganza sobre su ex-cónyuge, estando los hombres más inclinados al secuestro físico y las mujeres más inclinadas a la abducción psicológica y social, que es como Clawar y Rivlin caracterizaban al PAS agudo (7).

Parejas que no llegaron a casarse.
Los padres pueden involucrarse en un comportamiento asociado al PAS incluso si jamás llegaron a casarse. En el estudio de Johnston sobre los niños que rehúsan las visitas, ella encontró que entre el 6 y el 15% de las parejas altamente conflictivas que estudió no estaban casadas (9). En la experiencia de la autora, uno de los factores que contribuyen al PAS en el caso de algunas de estas parejas es el resentimiento y la rabia de la madre por la negativa del padre a casarse con ellas, un efecto que se exacerba si el padre se involucra con una nueva pareja. Una madre en su posición puede tener fuertes sentimientos de propiedad, similares a lo que describen Clawar y Rivlin (7), furiosas por la injusticia de que las leyes de custodia conjunta den al padre el derecho a mantener la relación con su hijo sin haber cumplido sus obligaciones respecto a la madre.

Nuevas parejas.
Johnston halló que la nueva pareja de cualquiera de los dos progenitores puede ser el instigador primario de los esfuerzos por obtener la custodio del niño (8). Algo similar sucede cuando un padre que se divorcia se asocia a un culto religioso que estimula la lucha activa por conseguir arrebatar la custodia al progenitor no asociado al culto, situación en la que el culto adopta el papel de una nueva pareja, como se muestra en uno de los casos que se describen a continuación.

Vulnerabilidad Narcisística.
Johnston verificó que en diversos grados, uno o ambos progenitores en divorcios altamente conflictivos pueden ser vulnerables desde el punto de vista narcisista, careciendo de una identidad propia bien establecida, y dependiendo de defensas primitivas, tales como la externalización, la negación y la proyección (8). La necesidad de uno o de ambos progenitores de protegerse y defenderse contra las heridas narcisistas es la raíz de muchos divorcios altamente conflictivos. Este puede ser un factor motivador del PAS en ciertos casos, una dinámica descrita por Wilhelm Reich hace casi 50 años (29) cuando avanzó cómo los progenitores con determinados tipos de carácter buscarían defenderse a sí mismos de las heridas narcisistas infligidas durante el divorcio canalizando su lucha por los hijos, usando la técnica de difamar a la pareja para alienar al niño del otro progenitor.

Necesidad de Ocultar Déficits Parentales.
Conforme a Clawar y Rivlin, la campaña para alienar al niño del otro progenitor se utiliza a veces para deflectar un escrutinio no deseado de los problemas personales del progenitor programador, por ejemplo, alcohol, drogas, paternidad irresponsable, abuso físico y sexual, comportamientos delictivos o estilo de vida socialmente no aceptado (7). A veces los padres adoptan comportamientos de PAS por miedo a que se les halle faltos cuando se comparan al progenitor objeto, más cariñoso y capaz. La literatura sobre falsas alegaciones en las disputas de divorcio/custodia a menudo confirman que la acusación ayuda al acusador a igualar el campo de juego, por decirlo así.

Vulnerabilidad a la Separación y la Pérdida.
Un factor en algunos divorcios claramente conflictivos resulta ser la presencia en uno o ambos padres de vulnerabilidades específicas subyacentes hacia la pérdida y los conflictos que rodean el vínculo y la separación (8). Puede desarrollarse por tanto un escenario de PAS cuando un progenitor turbado que ha sido rechazado con el divorcio, afronta la pérdida y la soledad volviéndose hacia el niño como medio de llenar las necesidades emocionales, resultando en lo que Wallerstein llama "el niño sobrecargado", del que hablaremos en la parte II. Para algunos padres, el divorcio reactiva el tema de la desvinculación de pérdidas pasadas, tales como un divorcio previo, el secuestro o la muerte de un niño, o la pérdida de otro miembro de la familia. Un progenitor en tales circunstancias puede incurrir en PAS para defenderse de "pérdidas" adicionales, como la que representa tener que compartir al niño con el otro progenitor. Algunos progenitores tienen problemas de personalidad de larga duración con la desvinculación y la individuación. Los conflictos subsiguientes generados en torno al niño por el PAS ayudan a desterrar los sentimientos de pérdida o abandono con el mantenimiento de la relación con el ex-esposo. El PAS puede ser también empleado en mantener enfocada la hostilidad del otro progenitor, como en el caso del Síndrome Medea (4, 5) y el Síndrome de la Madre Maliciosa en relación con el Divorcio (6, 30).

Venganza .
Clawar y Rivlin hallaron que la venganza es una de las razones más comunes y poderosas que los progenitores tienen a la hora de adoptar un comportamiento alienador (7). Las características de la personalidad de algunos progenitores son tales que la venganza parece restar su única opción viable en respuesta a sus sentimientos heridos por el divorcio. El deseo de venganza puede ser estimulado aún más si se descubre una infidelidad, si el padre alienador resulta abandonado por otra persona o si se reconocen inmediatamente reemplazados por un nuevo objeto amoroso en la vida del padre que le dejó.

Necesidad de Controlar y Dominar.
Algunos progenitores alienadores están impulsados por una necesidad incontrolable de poder, influencia, dominio y control (7). Sumirse en el PAS puede proporcionarles la doble gratificación de mantener el poder, la influencia y el control sobre el niño y, vicariamente, sobre el ex-cónyuge cuyo régimen de visitas y relaciones con el niño resulta frustrado por las maniobras de control del padre alienador. Las necesidades de controlar y dominar se evidencian a veces en la abducción del niño, o en su uso para mofarse y torturar al frenético padre objeto. Además de los padres y las madres, una nueva pareja puede ser quien tenga la necesidad de poder, dominio y control. Por ejemplo, una madre puede involucrarse con una nueva pareja que, primariamente, la seduce alejándola de su relativamente débil esposo y luego actúa como una especie de líder de culto personalista para con la madre y el niño, a los cuales programa y lava el cerebro para domeñarlos y obtener su sumisión.

Síndrome Medea.
La necesidad de venganza alcanza sus extremos en el Síndrome Medea (4, 5). "Las Medeas modernas no desean matar a sus hijos, pero sí quieren venganza de sus ex esposas o esposos y lo logran destruyendo la relación entre el otro progenitor y el niño... El síndrome Medea se inicia con el matrimonio en crisis y la separación subsiguiente, cuando los padres pierden, en ocasiones, de vista el hecho de que sus hijos tienen necesidades distintas a las propias y comienzan a pensar en el niño como una extensión del propio yo... Un niño puede ser utilizado como agente de venganza contra el otro progenitor... o la rabia puede conducir incluso al robo del niño" (5) Los "amargamente caóticos" progenitores descritos con anterioridad por Wallerstein y Kelly pueden incluso caer en la categoría de los vengativos (2). Estos progenitores liberan su intensa ira de manera desorganizada pero crónicamente disruptiva, que bombardea a los niños, más que les protege, con la cruda amargura y el caos de los sentimientos de dichos progenitores para con el ex-cónyuge y con el divorcio mismo.

Síndrome de la Madre Maliciosa Respecto al Divorcio.
Turkat hubiera debido llamar a esta perturbación "Síndrome del progenitor Malicioso", pero dejándolo así, esta perturbación describe una clase especial de progenitores alienadores, que emprenden una campaña multifacética y despiadada de agresiones y engaños contra el ex-cónyuge, como medio de castigarle por el divorcio (6, 30). En contra de la opinión de Turkat, la autora ha localizado varios casos en los que el padre era el progenitor malicioso, como ilustra el caso descrito al final de esta sección. Cuando hace mención al PAS, Turkat lo clasifica como una forma moderada de interferencias en las visitas en comparación con el Síndrome de la madre maliciosa en relación con el divorcio. El progenitor que sufre de este último emplea toda una gama de tácticas, incluyendo la litigación excesiva, la alienación del niño respecto del padre objeto y la involucración del niño y de terceras personas en acciones maliciosas en contra del ex-cónyuge. La mentira y el fraude se utilizan rutinariamente. Un progenitor malicioso podría hacer que su esposo fuera investigado por uso de drogas ilegales en el trabajo, o denunciar a su nueva parea. Los progenitores maliciosos suelen utilizar con éxito la ley para castigar y acosar al ex-cónyuge, a veces en violación de la propia ley, pero saliéndose eventualmente con la suya. Sus esfuerzos para interferir con el régimen de visitas del padre objeto son persistentes y omnipresentes, incluyendo los intentos de bloquear al padre objeto en la regularidad y continuidad de su régimen de visitas con el niño, y de mantener el contacto telefónico con ellos, así como intentando bloquear al padre objeto de la participación en la vida escolar y las actividades del niño.
Las suspicacias y los ataques verbales del Sr. C. Contra su esposa finalmente la condujeron a solicitar el divorcio. Como en ocasiones anteriores, el Sr. C. amenazó con que, de no se reconciliaban, él obtendría la custodia de su hija de cuatro años y se aseguraría de que la madre no la volvería a ver. En el pasado, la Sra. C. había cedido, temiendo que el Sr. C. cumpliera sus amenazas, pero esta vez no lo hizo. El Sr. C solicitó la custodia única basándose en la falsa acusación de la falta de idoneidad de la madre. Cuando estas alegaciones no se pudieron sostener, el padre formuló otras nuevas. Un año después de la demanda, la Sra. C. se comprometió con otro hombre. El Sr. C. se las arregló para romper el compromiso acusando al novio de abusar sexualmente de la niña. Hizo que la policía arrestara al novio en casa de la madre. Cuando los servicios de protección infantil informaron a la madre de que se llevaría a la hija ante su fracaso en protegerla, la madre canceló su compromiso, aterrorizada de que el r. C. cumpliera su amenaza de llevase a su hija. Cuando la policía y los servicios de protección infantil investigaron las acusaciones de abuso sexual y comprobaron que tal abuso nunca existió, la Sra. C. prosiguió con sus planes de boda. El padre lanzó acusaciones de abuso sexual contra el nuevo esposo de la Sra. C. en los juzgados de familia, y logró de manera temporal obtener la custodia. Cuando la evaluación ordenada por el juzgado determinó que las acusaciones no tenían fundamento y que el padre estaba emocionalmente perturbado y presionaba al hijo a reportar abusos, se le devolvió la custodia primaria a la madre. Durante su tiempo de visita, el padre y un amigo continuaron interrogando a la niña sobre abusos de su padrastro, y a medida que el tiempo transcurrió, ella se fue sintiendo crecientemente presionada para darles la razón. Lejos de la influencia paterna, no obstante, la niña disfrutaba su familia, con su madre y padrastro. Ella declaró a diferentes terapeutas que ella sólo había acusado a su padrastro de abuso sexual para complacer a su padre y al amigo de este.
Entretanto, el Sr. C. y su amigo continuaron reportando abusos contra el padrastro, creando un considerable trastorno a la Sra. C y a su nuevo esposo y a la hija. Finalmente, cuando la niña tenía diez años, el padre logró que el tribunal de menores adquiriera jurisdicción y le diera la custodia, pese a que los exámenes médicos de la niña no apoyaban las crecientemente graves acusaciones. A la Sra. C. no se le permitía ver a la hija. Cuando ella intentó contactar con el terapeuta que ahora estaba tratando a la niña por abusos sexuales realizados por el nuevo esposo de la Sra. C, el terapeuta fue arisco y rehusó hablar con ella. La madre fue torturada por los informes de de una serie de asistentes sociales del cuerpo de protección de la infancia que indicaron que la niña actuaba de manera extraña y a menudo auto destructivas. Con doce años, fue detenida por la policía por ejercer la prostitución y tuvo que ser internada en un psiquiátrico. Varios profesionales que habían estado involucrados en el caso cuando la madre tenía la custodia se preguntaron si el Sr. C. estaba deliberadamente destruyendo a su hija como venganza contra la madre. El Sr. C. pudo retener la custodia, no obstante, concentrando la atención de las autoridades en las acusaciones de abuso sexual contra el padrastro.
Mucho antes de que Turkat identificase el Síndrome de la Madre Maliciosa en Relación al Divorcio, un psicólogo cuya ex esposa padecía ostentosamente el trastorno, escribió un libro en torno a esta ordalía (31). Acusándole de abusar sexualmente de su hija, la madre logró que la policía le detuviera a él en su oficina, en presencia de sus clientes y sus empleados. También logró que estuvieran presentes unos reporteros de prensa, para que las fotos del sorprendido psicólogo siendo esposado y conducido a la cárcel tuvieran amplia difusión. El padre plantó cara y eventualmente obtuvo la custodia conjunta cuando el tribunal decidió que los extremados esfuerzos de la madre para amputar la relación del padre con su hija resultaban en detrimento de la misma, despojándola de la custodia única.
Características personales de los progenitores que realizan falsas acusaciones de abuso sexual en las disputas del divorcio.
Wakefield y Underwager emprendieron una revisión sistemática de los casos de archivo sobre divorcio y custodia a fin de examinar y comparar las características de 72 acusadores en falso, 103 padres acusados falsamente y un grupo de control de 67 progenitores que habían disputado por la custodia pero sin realizar acusaciones de abuso (28).
Los criterios para determinar si un progenitor había acusado en falso incluían el pronunciamiento judicial de que el abuso no había existido. De los tres grupos, el de progenitores que acusaban en falso tenía muchas más probabilidades de haber sido diagnosticado por un profesional como aquejado de un trastorno de la personalidad, incluyendo confusión, falta de especificidad, histrionismo, enajenación, pasividad/agresividad o paranoia. Sólo en torno a la cuarta parte de los falsos acusadores no mostraban patologías graves, mientras que la mayoría de los padres que estaban disputando la custodia sin acusaciones de abuso fueron consideradas como normales. Algunos de los falsos acusadores estaban tan obsesionadas con la rabia hacia sus ex-cónyuges que esto devino lo más importante de sus vidas. Continuaban obsesionados con el abuso a pesar de las conclusiones negativas por parte de los profesionales de la salud mental y de los tribunales, de manera similar a la obsesión padecida en casos de trastornos alucinatorios y el Síndrome de Muchhausen por terceras partes. La relación de los progenitores acusadores en falso con sus hijos se caracterizan a menudo por ser extremadamente controladoras y simbióticas. Dos de ellas recibieron un diagnóstico formal de locura a dos entre progenitor e hijo. Varios exhibieron trastornos extremadamente graves, tales como comportamiento imprevisiblemente raro, la creencia de que poseían poderes sobrenaturales y delirios de grandeza. Estos autores hallaron más similitudes que diferencias entre las madres y padres que acusaban en falso, de las cuales la inmensa mayoría eran madres.

Síndrome SAID.
Blush y Ross han aportado tres perfiles psicológicos para madres que acusan en falso, y un perfil típico de padre acusador (3, 26, 27). Las madres tienden a presentarse como "víctimas atemorizadas", "vindicadoras con justificación" o, hasta cierto punto, psicóticas. La presentación como "víctima atemorizada" implica la manipulación de la imagen social en torno a un tema específico al cual los demás responden con comprensión y apoyo, tal como un abuso a un niño o a una esposa. Las "vindicadoras con justificación" inicialmente se presentan como organizadas intelectualmente, con una programación consciente, incluso pseudo científica, similar a lo que Clawar y Rivlin reportaron cuando contemplaron la motivación del "yo tengo la razón" como un factor importante en algunos progenitores programadores. Las mujeres del tercer grupo presentan una combinación de confusión y características histriónicas, que interactuaban con el stress del divorcio para deterioraban la percepción de la realidad de la madre interfiriendo significativamente con su desempeño, a veces hasta el punto de alcanzar una manifestación psicótica o casi psicótica. DE manera similar a los hallazgos de Wakefield y Underwager (28), las madres de las tres categorías tendían al histrionismo en sus manifestaciones, tan emocionalmente convencidas de los "hechos" que ninguna cantidad de información, incluyendo la procedente de profesionales neutrales, podía disuadirla de sus percepciones. De acuerdo con Blush y Ross, el típico perfil de los padres acusadores es de rigidez intelectual y de una necesidad de ser "correctos", posiblemente contrapartidas masculinas de las madres "vindicadoras con justificación". Por su historial, estos hombres eran hipercríticos con sus esposas cuando el matrimonio estaba aún intacto, rápidos para sospechar de su negligencia y de acusarlas de ser malas madres. El trabajo de Gardner está referenciado en los artículos que tratan del segundo y tercer síndrome SAID de estos autores (26, 27).

Diadas Acusador y Acusado.
Se puede obtener información importante sobre un padre programador que emplea falsas acusaciones de abuso en el modo particular de acusar. El estudio realizado por Thoennes y Tjaden muestra que la batalla va más allá del madres contra padres y viceversa (12). Los progenitores no sólo se acusaban los unos a los otros, sino mutuamente a las respectivas nuevas parejas o parientes tales como abuelos o al hijo adolescente de la nueva pareja. Un progenitor que acusa a la nueva pareja de su ex-cónyuge puede buscar el logro de varios objetivos simultáneamente, expresando sentimientos de celos, venganza y tratando de evitar que el hijo forme un vínculo positivo con la nueva figura paterna. Las acusaciones contra los parientes del padre objeto pueden contener una combinación de venganza, acusaciones que no son fáciles de contrarrestar por parte del ex-cónyuge en tanto que no se han formulado directamente contra él, y un medio de excluir a los parientes del contacto en la vida del hijo tras el divorcio. El acusador puede desatar un conflicto devastador para el padre objeto, acusando a su hijo adolescente de un matrimonio anterior o al hijo adolescente de la nueva pareja de su ex-cónyuge. Esto tiene el efecto de forzar al padre objeto a "escoger" entre su hijo involucrado en la acusación formulada y otro niño al que ama y del que es responsable. Esto refuerza la habilidad del padre alienador para convencer al niño de que su papá no se preocupa de él.

El progenitor delirante .
Rogers cita el PAS en su informe sobre cinco casos de divorcio / custodia en los que el progenitor acusador, todas madres en esta muestra, sufrían de trastornos de delirio (32). Los niños eran sumidos bajo indebida influencia para hacer que aceptaran la acusación psicótica de la madre y el rechazo concomitante del padre en un escenario de PAS grave. Cuando el niño sucumbía, también podía verificarse una diagnosis de trastorno paranoico compartido, también conocido por locura a dos. De acuerdo con Rogers, las primeras fases del trastorno delirante de la madre se presentaron en alguna medida durante el matrimonio y los exacerbados conflictos entre los padres anteriores a la separación. Sin embargo, estos sutiles síntomas no se identificaban de inmediato como enfermedad psiquiátrica, y sólo reconocían en retrospectiva, a medida que los síntomas de la madre empeoraban en el curso del divorcio y de las disputas surgidas en el interim. Uno de los casos de PAS grave reportados por Dunne y Hedrick era un ejemplo de madre que desarrollaba un trastorno de delirio. Los "síntomas sutiles" se expresaban como sospechas durante el embarazo de que el padre iba a abusar del niño, similares al caso que este autor trató en el que las sospechas albergadas por la madre incluso antes del nacimiento del niño la impulsaron a su abducción unos meses más tarde. Según Rogers, las madres que entran en delirio eran normalmente las principales cuidadoras del niño. En los dos casos recibieron la custodia desde la primera fase del proceso por la custodia, tras lo cual se evidenció la naturaleza insoluble de su enfermedad mental y el juzgado dio la custodia al padre en cuatro de los cinco casos.

Síndrome Munchausen por terceras partes.
En algunos casos de PAS, en especial aquellas con falsas acusaciones de abuso, pueden existir características importantes en común con el Síndrome Munchausen por terceras parets (MSP), en el cual los progenitores cubren sus necesidades vicariamente, presentando a su hijo como un enfermo (23). En los casos de MSP clásico, los progenitores llevan repetidamente a los niños al doctor para pruebas y tratamientas innecesarias, a menudo dolorosas, que el médico se inclina a realizar basándose en la narración distorsionada del progenitor. El MSP "de tipo contemporáneo" se da cuando un progenitor fabrica un escenario de abuso para un niño y accede de buen grado o busca activamente reiterados exámenes policiales del niño en relación con el abuso, o de asistentes sociales o terapeutas (23). El concepto de MSP de tipo contemporáneo se elabora sobre la idea avanzada por Sinanan y Houghton de que los nuevos tipos de comportamiento MSP evolucionarán en paralelo con los nuevos servicios solciales o médicos, por ejemplo, el nuevo sistema de protección a la infancia (33). Los padres con MSP pueden cambiar o inventar nuevos síntomas en el niño para obtener más fácilmente la respuesta deseada por parte de un organismo o institución que ofrezca servicios especializados. Por tanto, el mismo niño puede estar recibiendo atención simultáneamente por síntomas físicos inventados de proveedores médicos severos y por abusos sexuales inventados de terapeutas o agencias públicas especializadas en los abusos. Una evaluación cuidadosa y minuciosa sobre las acusaciones de abusos sexuales puede darla por cuestionable o falsa, lo que a menudo llama la atención de las autoridades sobre un progenitor que está practicando tanto el "clásico" como el "contemporáneo" MSP.
Igual que sucede con el PAS, el MSP es mayoritariamente practicado por las madres, aunque los padres y otros cuidadores pueden también adoptar estos comportamientos. Los progenitores con MSP mantienen su equilibrio físico a través del control y de la manipulación de fuentes externas de gratificación social, incluyendo al niño y a las personas que le atienden. A los médicos y otros proveedores de servicios de salud se les llama a veces "participantes por terceras partes" en el MSP, por su importancia en contribuir a los fines de los progenitores, incluyendo las falsas acusaciones de abusos. Hay al menos cuatro manifestaciones tipo en las que el MSP y el PAS se solapan: 1) Una madre MSP puede, durante el matrimonio, añadir falsas acusaciones de abuso a los síntomas imaginados del niño, precipitando así el divorcio. 2) En los casos en los que el progenitor MSP se siente rabioso o rechazado en el divorcio, manipular la atención médica del niño e involucrarle en falsas acusaciones de abuso puede cumplir múltiples funciones, incluyendo la venganza, el mantenimiento del lazo simbiótico con el niño y la preservación de la libertad para proseguir con su comportamiento MSP. 3) Un progenitor enfrentado a las pérdidas y el stress del divorcio puede responder con un comportamiento tipo MSP para obtener apoyo social de parte del niño y quienes atienden a la salud de este. 4) Un progenitor alienador puede exhibir un comportamiento MSP manipulado a los cuidadores médicos del niño con el propósito primario de dilatar su programa de alienación (35).
En el PAS con características de MSP, el progenitor alienador puede ganar autoridad legal para controlar y determinar a quién ve al niño y qué tratamiento se le ha de administrar. El niño puede ser llevado al doctor tras las visitas paternas para detectar síntomas prefabricados o inducidos atribuidos al abuso o negligencia del padre. El niño estará posiblemente presente en el momento en el que el progenitor alienador hace esta presentación negativa del otro progenitor al doctor, quien inadvertidamente presta su apoyo al relato denigrante mientras lo escucha, formulando preguntas y examinando al niño. El padre objeto puede verse incapaz de parar este ciclo a causa de que los proveedores médicos engañados por el progenitor alienador, y aquellos que creen sus afirmaciones sin cuestionarlas a menudo rehúsan hablar con el padre objeto o permitirle acceso a los historiales médicos. El resultado para el niño es lo que Rand llama el abuso tipo MSP. Rand expande la formulación de Meadows del MSP como una forma compleja de abuso emocional aplicando los cinco tipos de mal trato psicológico de Garbarino. La investigación sobre el MSP muestra que a veces se solapa con otras formas de abuso o negligencia (36).

Progenitores Abductores de Niños.
Según Huntington, el robo por parte de un progenitor de un niño tras el divorcio ha ido en aumento desde mediados de los años setenta, paralelamente a la tasa de divorcios y al boom de los litigios sobre la custodia de los niños (18). Un progenitor abductor percibe las necesidades del niño como secundarias en relación con sus propósitos que consisten en provocar, agitar, controlar, atacar o torturar psicológicamente al otro progenitor. No debe extrañarnos, pues, que la abducción tras el divorcio sea considerada como una forma grave de abuso al niño. El maltrato psicológico puede predominar, o verse acompañado por el abuso y la negligencia físicos. Los progenitores abductores tienen la idea de que el niño estaría mejor sin el otro progenitor. Clawar y Rivlin descubrieron que los posibles abductores se sentían a menudo frustrados en sus esfuerzos por ganar acceso a sus hijos a través del sistema legal y se sienten "forzados" a abducir al niño (7). A veces están tan convencidos del terrible escenario que describían sobre el padre objeto que se sienten "sin otra alternativa" más que huir con el niño y ocultarse. Para obtener la cooperación de un niño en el mantenimiento del secreto, el abductor debe proseguir lavando el cerebro del niño con miedo al padre objeto y lo que sucedería si este pudiera encontrarles.

Fuente: http://www.aristidesvara.net/prb/investigaciones/psicologia/sindrome_alienacion_parental/sindrome_pretal6.htm PROGENITORES QUE INDUCEN A LA ALIENACIÓN

Fuente: http://www.aristidesvara.net/prb/investigaciones/psicologia/sindrome_alienacion_parental/sindrome_pretal1.htm EL ESPECTRO DEL SÍNDROME DE ALIENACIÓN PARENTAL