miércoles, 30 de octubre de 2013

Condenado a seis meses de cárcel por violencia de género el abogado que acusó al juez Serrano

Se trata del letrado de la mujer que denunció al exjuez Serrano

Condenado a 6 meses por insultar y dar un trato "humillante" y "denigrante" a su esposa

SEVILLA, 28 Oct. (EUROPA PRESS) -

Un juez de Sevilla ha condenado a seis meses de cárcel y al pago de una indemnización de 3.447,40 euros a un abogado acusado de un delito continuado contra la integridad moral tras ofrecer un trato "humillante" y "denigrante" a su entonces esposa, a la que insultaba con frases como "puta cajera de supermercado" mientras gritaba y golpeaba objetos de la casa.
   La sentencia del Juzgado de lo Penal número 1 de Sevilla, a la que ha tenido acceso Europa Press, va dirigida contra el letrado I.M.L., que representó a la madre que denunció al exmagistrado Francisco Serrano --finalmente condenado a diez años de inhabilitación [por el Tribunal Supremo]-- por modificar el turno de custodia de un niño de 11 años de edad para garantizar su salida como paje en una cofradía de la 'Madrugá' sevillana. [Esa sentencia del Supremo anuló la sentencia que había dictado el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, que había condenado al juez Serrano a dos años de inhabilitación. En esta sentencia, el TSJA dejó constancia de la posible responsabilidad disciplinaria o deontológica en la que pudo incurrir el letrado de la acusación, habida cuenta su inefable comportamiento durante el juicio contra Serrano. Con este motivo, el letrado presentó una querella por presunta prevaricación contra los magistrados del TSJA que condenaron a Serrano, pues este abogado entendió que era injusto que se le llamara la atención en la sentencia condenatoria contra quien él había actuado como acusador. Una vez más, este letrado no desaprovecha la ocasión para la pelea. Sin embargo, el Tribunal Supremo ha desestimado tomar en consideración esa querella].
   En el juicio contra este letrado por presuntos malos tratos a su exmujer, celebrado el pasado 27 de septiembre [casi dos años después de que fuera iniciado y aplazado], la Fiscalía pidió para el acusado dos años de cárcel por un delito de malos tratos habituales y el pago de una multa de 400 euros por una falta de daños, mientras que la acusación particular solicitó 21 meses de prisión y la defensa, ejercida por el propio imputado, interesó su libre absolución.
   El juez considera probado que, a partir de 2006, cuando la víctima comentó al acusado su deseo de divorciarse, la convivencia "fue haciéndose cada vez más conflictiva" al no aceptar el imputado "la voluntad" de su entonces esposa, "llegando a proponerle que siguieran aparentando que eran una familia unida, aunque cada uno hiciese vida separada".
   Así, el acusado manifestó a la denunciante "de forma reiterada" que "eso iba a ser la ruina de la familia", diciéndole que "era una puta cajera de supermercado, que no era nadie, que no tenía ni idea de nada, que quien tenía dos carreras era él, que iba a terminar loca como su madre, que quién iba a creer que ella era una mujer maltratada teniendo un Mercedes a su nombre, y que la iba a dejar sin un duro".
   En ocasiones, y entre los meses de mayo a julio de 2007, el condenado le decía estas cosas a su pareja por la noche, "cuando ella quería dormir, sentándose en el dormitorio en un sillón, en voz alta y sin dejar de hablar, obligándola a mantenerse despierta y escuchándole hasta las 2,00 o las 3,00 horas de la madrugada".
   El 2 de mayo de 2007, el letrado imputado mantuvo a su entonces mujer en el salón de la vivienda "sin permitirle salir de allí, quitándole un teléfono móvil que ella quiso utilizar para llamar a la Policía, no constando que causara daños al teléfono", según la sentencia consultada por Europa Press.
   Además, la noche del 26 al 27 de julio de 2007, y al escuchar que su esposa le decía que ya le diría la fecha en la que él podría disfrutar de sus vacaciones con su hijo menor, el encausado "se enfureció" y le quitó de las manos el mando a distancia del televisor, que lanzó sobre el sofá, rebotando y cayendo al suelo, no constando que le ocasionara daños al mando.
   La víctima, finalmente, presentó una demanda de divorcio, lo que motivó que el acusado le dijera que nunca le iba a conceder la disolución del matrimonio "porque él era abogado y se iba a dedicar a ello exclusivamente, ya que por su profesión conocía a todos los que tuvieran que ver con el mismo".
   Para condenar al abogado, el juez tiene en cuenta la declaración de la víctima, quien aseguró que, cuando en septiembre de 2006 planteó al imputado su intención de separarse, éste no lo aceptó, diciendo que le daba igual lo que ella quisiera o pensara y que tenía que obedecerle porque él era su marido, todo ello hablándole a gritos y "sin dejarle hablar" a ella.

LA DECLARACIÓN DE LA VÍCTIMA, "COHERENTE Y CREÍBLE"

   También relató que ella quería divorciarse con un acuerdo y que hubiera una relación normal entre ellos y con sus hijos, y que por este motivo no denunció los hechos desde un primer momento, así como que tampoco tenía intención de denunciarle e incluso que creía que por estos hechos el acusado no tiene que ir a la cárcel.
   A juicio del juez, esta testifical "es plenamente evaluable como prueba de cargo", ya que la mujer ofreció un relato "coherente y objetivamente creíble, manteniendo" su versión de los hechos "con persistencia durante toda la tramitación de la causa y hasta el mismo momento del acto del juicio oral", a lo que se suma que no existe "ningún móvil espurio concretado en un deseo de la testigo de perjudicar al acusado, siendo en estos momentos las relaciones entre ellos inexistente".
   El juez dice que la declaración de la afectada "se ve ratificada objetivamente por otras pruebas practicadas" en la vista oral, como la testifical de la hija de la pareja y las periciales del médico forense y del psicólogo.
   Así, la hija manifestó que un día escuchó gritos y voces en el salón, del que no podía salir su madre, a la que el imputado llamaba "puta cajera" y "puta funcionaria" y le decía que "la iba a dejar en la ruina, que no iba a tener ni para gasolina".

"VIOLENCIA PSICOLÓGICA"

   Esta testigo aseguró que "era frecuente" que su padre "gesticulara mucho y gritara, con agresividad", y que cuando su madre le dijo que quería divorciarse, el imputado "le exigió explicaciones, con una verborrea continua que podía ir desde 20 minutos hasta varias horas", algo "que también hacía por las noches, escuchando desde su habitación a su padre en el dormitorio diciéndole a su madre que tenían que hablar y pidiéndole explicaciones".
   De su lado, la médico forense manifestó que en el relato de la afectada "no aparecían indicadores de simulación, y que su sintomatología era acorde con dicho relato, no siendo relevante para menoscabar dicha valoración que hubieran pasado casi tres años desde la fecha de los hechos".

   Por último, el psicólogo ratificó que los síntomas manifestados por la mujer "pueden englobarse en un trastorno de estrés postraumático complejo, en cuanto supuestamente originado por una situación continuada en el tiempo".
   "Ambos informes coinciden en afirmar que el relato" de la afectada "no presenta indicadores de simulación, que su reacción emocional y sintomatología era compatible con dicho relato, y que en definitiva existía una coherencia que indicaba la posible existencia de una situación de violencia psicológica", dice el juez.
   El juez considera que estos hechos no son constitutivos de un delito de violencia psíquica habitual, puesto que "los supuestos actos de violencia psíquica se han concretado únicamente en una serie de insultos y vejaciones, en molestar a la víctima impidiéndole conciliar el sueño, y en impedirle en una ocasión que saliera de una habitación, quitándole su teléfono móvil", pero "no se aprecia que tales actos tengan la gravedad intrínseca suficiente como para ser calificados como actos de violencia".

 

lunes, 21 de octubre de 2013

Gorka Maneiro (UPyD) pide al lehendakari que defienda la custodia compartida preferente ante el Instituto de la Mujer vasco


http://www.youtube.com/watch?v=ZMdG08yhby4&feature=youtu.be

Publicado en Youtube el 21/10/2013
Intervención de Gorka Maneiro, UPyD, en el Parlamento Vasco, 17/10/2013
 
UPyD pregunta al lehendakari sobre su opinión respecto a las últimas palabras de la directora de Emakunde (Instituto de la Mujer vasco), en las que ésta cuestiona que los padres pidan la custodia compartida "tras haberse desentendido de los hijos", y le pide también al lehendakari un compromiso explícito con el derecho de los menores a conservar su relación con ambos padres, con la igualdad entre hombres y mujeres y, por tanto, con la custodia compartida como forma de custodia preferente.
Nótese que la directora de Emakunde vuelve a repetir (contra el criterio que el Supremo ha establecido como jurisprudencia, contra lo recomendado por el Consejo Fiscal, y contra lo que la ley de Gallardón establecerá cuando se apruebe) el karma que el feminismo radical introdujo en la legislación vigente: "la custodia compartida sólo debe establecerse cuando hay acuerdo entre los padres, porque de otro modo es muy difícil" y bla-bla... 
El acuerdo entre los padres no será necesario cuando se apruebe la nueva ley. Y de hecho ya no lo es de acuerdo a la jurisprudencia del Supremo. ¿A qué juega el Instituto de la Mujer vasco? Sabemos perfectamente a lo que juega, habida cuenta que no es más que una institución (entre otras muchas del Estado) al servicio del lobby feminista.

martes, 15 de octubre de 2013

El Tribunal de Cuentas pone en la picota hoy martes a Bibiana Aído y a Miguel Lorente Acosta

Bibiana Aído, exministra de Igualdad del Gobierno de Zapatero
Miguel Lorente, Delegado del Gobierno de Zapatero para la Violencia de Género
 




El Tribunal de Cuentas pone en la picota a la ex ministra Bibiana Aído por entregar a 'dedo' suculentos contratos

El presidente del Tribunal de Cuentas, Ramón Álvarez de Miranda, presentará este martes ante el Parlamento su informe de fiscalización aprobado en 2011 y en el que se detectaron múltiples "deficiencias" en los contratos de la Delegación del Gobierno para la Violencia de Género en los años de 2008 y 2009, con Miguel Lorente al frente y con Bibiana Aído como ministra de Igualdad.

Diariocrítico/Agencias 14/10/2013

Se trata de un informe que la entidad fiscalizadora aprobó a principios de 2011, pero desde entonces estaba pendiente su debate y valoración por parte de la Comisión Mixta (Congreso-Senado) para las relaciones con el Tribunal de Cuentas.

En su informe, el Tribunal de Cuentas detectó que en 2008 los órganos de contratación de la Delegación de Violencia de Género "no utilizaron, como regla general, el procedimiento abierto como procedimiento de adjudicación" pese a ser el que la Ley de Contratos fija como ordinario, "lo que podría haber afectado al cumplimiento efectivo de los principios de publicidad, transparencia y concurrencia que deben regir todo el procedimiento de contratación pública".

En concreto, señala dos expedientes por un importe total de 5,5 millones que fueron adjudicados de forma directa a la misma empresa alegando razones de urgencia que, según el Tribunal, "no estaba debidamente justificada". A su juicio, ello pudo comportar una "falta de transparencia" por parte del órgano de contratación, que debería haber utilizado otro procedimiento.

La "utilización reiterada" de la tramitación de urgencia continuó en 2009 y volvieron a repetirse casos en los que no estaba justificada, según se reconoce en el informe aprobado el 27 de enero y que acaba de remitirse al Parlamento.

También cita tres expedientes tramitados en 2008 mediante procedimiento negociado sin publicidad para premios a guiones cinematográficos, en los que la cuantía prevista para premios superaba el máximo permitido para su financiación, así como otros tres contratos administrativos "con objeto distinto pero todos íntimamente relacionados", que podrían indicar "fraccionamiento en el objeto del contrato con la finalidad de disminuir su cuantía y eludir así los requisitos de publicidad".

Tampoco ve justificada la declaración de emergencia de otros tres expedientes que debieron pasar por Consejo de Ministros y que recayeron en la misma empresa adjudicataria, por lo que entiende que hubo una "adjudicación directa" que vulnera "los principios de libertad de acceso a las licitaciones, publicidad y transparencia en los procedimientos, no discriminación e igualdad de trato entre los candidatos".

Sospecha de fraccionamiento de contratos

Igualmente, ha observado una "excesiva acumulación de contratos menores (el 90,12% del total de contratos adjudicados), con carácter especial en el último trimestre del ejercicio 2008, así como una reiterada adjudicación por su importe máximo permitido (12.020,14 o 20.880 euros), "lo que puede ser indicativo de un incumplimiento de los principios de publicidad y concurrencia, así como un posible fraccionamiento en el objeto de los contratos con la finalidad de disminuir la cuantía de los mismos y eludir así el procedimiento o la forma de adjudicación que hubiera procedido".

Al año siguiente, en 2009, hubo un "importante descenso (del 45%) en el número de contratos", especialmente los de menor cuantía, debido a una planificación más adecuada, pero la entidad fiscalizadora sigue recomendando "restringir la utilización del procedimiento de contratación menor, así como su reiterada adjudicación por el importe máximo permitido en la Ley".

En cuanto al sistema de seguimiento en los casos de la violencia de género, el Tribunal de Cuentas ha observado que no se determinó el número exacto de dispositivos a suministrar, provocando una indefinición en el objeto del contrato que también incumple lo previsto en la Ley de Contratos.

Las incidencias afectan también a los convenios de colaboración y las subvenciones. No hubo plan de actuación en 2008 y el de 2009 no se aprobó hasta diciembre de ese año, precisamente a requerimiento del Tribunal de Cuentas.

El Observatorio no cumple sus funciones

Por otro lado, el Tribunal cuestiona el papel del Observatorio Estatal de Violencia sobre la Mujer durante 2008 y 2009, un órgano de asesoramiento y colaboración institucional que elabora informes y propuestas de actuación, porque considera que el pleno del mismo no celebró el número de reuniones establecidas en su reglamento, lo que, a su juicio, podría afectar a su función como órgano de asesoramiento y evaluación.

Igualmente, ha verificado que no tiene constancia de que colabore con el resto de observatorios estatales sobre salud, convivencia, o trato a las mujeres, constituidos en otros departamentos ministeriales, o incluso con otros observatorios autonómicos de violencia de género; una coordinación que considera "necesaria".

En otro orden de cosas, y aunque no figura en los aspectos centrales del informe, el Tribunal de Cuentas destaca que la delegación que dirigía Miguel Lorente no acreditó entonces haber remitido al Gobierno los informes anuales que marca la Ley Igualdad sobre la distribución por sexos de los puestos de trabajo en cada departamento.

Aún así, tomando como referencia las Relaciones de Puestos de Trabajo de enero de 2008 y noviembre de 2009, certifica que la presencia de mujeres es abrumadoramente mayor a la de los hombres en este organismo.

Aído, por su parte, defendió que las "deficiencias administrativas" detectadas en la gestión del Ministerio de Igualdad, mientras ella era ministra, fueron "puntuales" y ya estaban "corregidas", al mismo tiempo que las anomalías recogidas en el informe no eran "ni numerosas, ni generalizadas". "Se trata de incidencias puntuales, detectadas y corregidas en su momento con la diligencia e interés con las que atiende este Gobierno a las recomendaciones del Tribunal de Cuentas", reiteró la extitular del Ministerio de Igualdad.

Mientras, la Delegación del Gobierno para la Violencia de Género aseguró en un comunicado que no se había cometido "ninguna ilegalidad ni irregularidad" y que "todos" los procedimientos estuvieron regulados en la Ley de Contratos del Sector Público.
Fuente: http://www.diariocritico.com/nacional/tribunal-de-cuentas/bibiana-aido/444031



Una vez presentado el informe del Tribunal de Cuentas ante el Congreso este martes, los medios de comunicación se han referido a esa sesión de esta manera:


El Tribunal de Cuentas detectó opacidad en los contratos de la Delegación de Violencia de Género

Madrid, 15 oct (EFE).- El Tribunal de Cuentas detectó irregularidades y falta de transparencia en contratos de publicidad de la Delegación del Gobierno para la Violencia de Género que utilizó, entre 2008 y 2009, el procedimiento de urgencia en numerosas ocasiones y nunca con una justificación.

El Tribunal de Cuentas detectó opacidad en los contratos de la Delegación de Violencia de Género
Madrid, 15 oct (EFE).-
El Tribunal de Cuentas detectó irregularidades y falta de transparencia en contratos de publicidad de la Delegación del Gobierno para la Violencia de Género que utilizó, entre 2008 y 2009, el procedimiento de urgencia en numerosas ocasiones y nunca con una justificación.
Así lo ha asegurado el presidente del Tribunal de Cuentas, Ramón Álvarez de Miranda, en su comparecencia en el Congreso en la que ha precisado que no se trató de irregularidades graves [¿con qué criterio?], por lo que se han archivado los procedimientos de investigación puestos en marcha [debe tenerse en cuenta que los procedimientos por "irregularidades" que el TC investiga, con la tardanza que estamos viendo en este caso, ya están prescritos, pues lo hacen a los 6 meses de cometida la infracción -como lo estás leyendo-, de ahí sin duda que lo haya archivado sin más].
Álvarez de Miranda ha dicho que la institución que preside detectó una excesiva acumulación de contratos menores y la concesión de otros contratos sin acudir al procedimiento abierto, lo que, ha argumentado, afecta a la transparencia de la gestión [pero lo archiva porque no hay nada que hacer, como he dicho antes].
La diputada del PSOE Ángeles Álvarez -cuyo partido gobernaba durante la época fiscalizada-, ha asegurado que se tramitaron contratos por el procedimiento de urgencia debido a "necesidades inaplazables de interés público" [eso hay que demostrarlo, señora...] y que, por lo tanto, estaban justificados [a su juico, naturalmente].
Además ha argumentado que la mayoría de los contratos menores, que se tramitan con más rapidez, se realizaron en el último trimestre de 2008 y debido a la proximidad del Día Contra la Violencia de Género, que se celebra en noviembre [¿y...?].
Álvarez ha acusado al presidente del Tribunal de Cuentas [lo cual ya es el colmo] de hacer "una valoración política que no le compete" ya que siempre se actuó "rápido y dentro de la legalidad" [algo que es evidentemente falso].
El PP, en boca de la diputada Teresa Ruiz, ha criticado la gestión que hizo el PSOE durante su época de Gobierno de los contratos relacionados con las campañas de publicidad contra la violencia de género.
Ha tachado la gestión socialista de "chapuza administrativa de principio a fin" y ha asegurado que existe un "incumplimiento reiterado de la ley".
Además de este informe sobre la Delegación contra la Violencia de Género, el Congreso ha aprobado varias resoluciones sobre el informe de fiscalización de partidos políticos correspondiente a 2008, que fue presentado el pasado mes de septiembre.

martes, 8 de octubre de 2013

Madrid, 17/11/2013. Manifestación por la custodia compartida y contra las leyes de género

Imprime tus carteles (pinchando aquí y luego arriba a la izquierda) y pégalos en la calle, en centros comerciales, en el metro, en las marquesinas de las paradas de autobús... Ponlos también en los parabrisas de los coches aparcados y entrégalos en mano a los ciudadanos... 

En conmemoración del Día Internacional de los Derechos del Niño (20-N), el domingo anterior se convoca:


Publicado el 08/10/2013


 Pleno del Congreso, 08/10/2013:

Intervención de Toni Cantó, diputado de Unión Progreso y Democracia (UPyD), sobre la toma en consideración de la Proposición de Ley Orgánica del Grupo Parlamentario Socialista para reforzar la protección a los hijos e hijas menores frente a los delitos de violencia de género:

Toni Cantó: "Hay que revisar las leyes a tenor de sus consecuencias. Hay que respetar la presunción de inocencia. Hay que superar la visión clásica de los roles que se atribuyen a hombres y mujeres, y para eso son mejores las políticas positivas que la discriminación positiva. Hay que trabajar la prevención y la educación, valorando la importancia de los servicios de mediación. No se trata de quitarle la protección a nadie, se trata de ampliarla a todos".

miércoles, 2 de octubre de 2013

El Consejo Fiscal frena tesis del lobby feminista en el Anteproyecto de custodia compartida

El informe se aprobó en la reunión del Consejo Fiscal del 12 de septiembre de 2013. Entre los acuerdos figura el de "informar favorablemente el Anteproyecto de Ley sobre el ejercicio de la corresponsabilidad parental en caso de nulidad, separación y divorcio (Ponente, Dña. Raquel Amado Pico) con las propuestas de modificación debatidas en el pleno". Así, en el Consejo Fiscal se impusieron las tesis favorables a la custodia compartida, aunque los medios de comunicación no lo han difundido como merece:
  • El Consejo Fiscal aplaude el tratamiento que [el anteproyecto de "Ley de Corresponsabilidad Parental en caso de Separación, Nulidad o Divorcio" del ministro Gallardón] da a la guarda y custodia compartida, "suprimiendo la nota de excepcionalidad cuando no exista acuerdo entre los progenitores" porque en opinión de la Fiscalía "es una opción legítima y equilibrada" (pincha aquí).

Por si esa declaración no estuviera suficientemente en contra de las tesis del lobby feminista, entre las propuestas de modificación del Anteproyecto de Ley que hace el Consejo Fiscal hay una que se enfrenta aún más radicalmente a las directrices impuestas por el lobby feminista al ministro Gallardón: 
Los fiscales han tenido que soportar en el pasado reciente una situación bochornosa, cuando Mª Teresa Fernández de la Vega (PSOE) pretendió usarlos en la Ley de divorcio express como comisarios políticos del lobby feminista para vetar todas las custodias compartidas en los juzgados. Así, la ley establecía la excepcionalidad de la custodia compartida si no existía acuerdo entre ambos progenitores (como es sabido), pero se añadía que el juez sólo podría dictarla con un informe favorable de la fiscalía... De este modo, se hacía recaer en la fiscalía (dependiente en última instancia del presidente del Gobierno, que nombra al Fiscal General de esa institución tan notablemente jerarquizada) la responsabilidad de impedir sistemáticamente las custodias compartidas en caso de ausencia de acuerdo entre los progenitores. Y todo ello a mayor gloria del lobby feminista y de las personas del sexo cuyos intereses son favorecidos por ese lobby, es decir, las madres. Pero después los fiscales tuvieron que ver cómo ese articulo de la ley no superaba el filtro del Tribunal Constitucional, quedando la fiscalía, a los ojos de quienes padecieron la aplicación de ese artículo, como una institución que había actuado ilegítimamente en sus casos. El malo de la película parecía haber sido el ministerio fiscal, pero todos sabemos dónde estaba la verdadera raíz del mal. Esta vez el Consejo Fiscal no parece dispuesto a aceptar en silencio las directrices marcadas por el lobby feminista. Éste es el revés más importante que ha sufrido el feminismo de género infiltrado en el actual Ministerio de Sanidad desde que gobierna el PP:
  • La Fiscalía General del Estado ha aprobado un informe sobre el anteproyecto de "Ley de Corresponsabilidad Parental en caso de Separación, Nulidad o Divorcio" en el que recomienda al Ministerio de Justicia que suprima el articulado que impide fijar régimen de estancia, relación y comunicación con los hijos en los casos de sentencia firme por malos tratos o por violencia de género.
  • El informe, aprobado recientemente por el Consejo Fiscal y al que ha tenido acceso Europa Press, afirma que la regulación del anteproyecto en este sentido --los apartados 5 y 6 del artículo de nueva creación 92 bis--  "puede generar a través de respuestas estandarizadas decisiones injustas y desproporcionadas".
  • La Fiscalía es partidaria de mantener la regulación actual de este asunto, recogida en el artículo 92.7 del Código Civil, que se limita a declarar no procedente la guardia conjunta en los casos de sentencia firme sobre uno de los progenitores por atentar contra la integridad o la vida del otro o de los hijos que conviven con ambos.  El departamento que dirige Alberto Ruiz Gallardón ha ido "mucho más lejos" en este sentido, ya que no sólo considera que no procede la guardia y custodia de los hijos, individual o compartida en malos tratos o violencia de género, sino que establece que tampoco procederá que se conceda "el régimen de estancia, relación y comunicación respecto de ellos al progenitor que haya sido condenado penalmente por sentencia firme" en casos de esta índole.
       Los fiscales argumentan la necesidad de conjugar el derecho de los menores a estar protegidos frente a comportamientos violentos con su "derecho a mantener el contacto con ambos progenitores" y sostienen que "el derecho de visitas no debe ser objeto de interpretación restrictiva" porque "actúa válidamente para la reanudación de las relaciones entre los padres y los hijos, evitando rupturas definitivas o muy prolongadas en el tiempo, que resultan muy difíciles de recuperar".
       "A los efectos de valorar la adopción de estas medidas debería tenerse especialmente en cuenta ese interés superior del menor y nunca optarse por la drástica solución de la supresión de las relaciones de manera automática o estandarizada", explica el informe de la Fiscalía, que aboga por una regulación "flexible" que "huya de automatismos" y distinga entre los niños que han padecido directamente el delito y los que no.
       En este sentido, sostiene que "a la hora de valorar las repercusiones de la concurrencia de la violencia doméstica o de género en las decisiones de guarda o custodia debe dejarse al juzgador un margen de maniobra muy superior al que el Anteproyecto le reconoce".
       "Lo que desde luego es criticable es que la regulación de las medidas de la patria potestad y del régimen de visitas se lleve a cabo a través de unas disposiciones tan lacónicas e insuficientes", concluye sobre este asunto el informe aprobado por el Consejo Fiscal.

    Fuente: http://www.europapress.es/epsocial/politica-social/noticia-fiscalia-no-partidaria-prohibir-ley-comunicacion-hijos-casos-violencia-genero-20130926183257.html