miércoles, 31 de octubre de 2012

Serrano pide una investigación sobre quién filtró desde el CGPJ información "reservada"

FRANCISCO SERRANO CASTRO: "HE SIDO VÍCTIMA DEL PENSAMIENTO ÚNICO, USADO COMO AVISO A NAVEGANTES PARA EL RESTO DE LOS JUECES"

El juez condenado por prevaricación publica el libro 'La Dictadura de Género'
 
Francisco Serrano: "He sido víctima del pensamiento único, usado como aviso a navegantes para el resto de jueces"
"¿El Tribunal Supremo considera de la misma gravedad lo mío que lo de los jueces Garzón o Urquía?"
Voluntariamnete o no, el juez Francisco Serrano se convirtió en uno de los rostros de los contrarios a la discriminación positiva, en favor de las mujeres, establecida en la justicia a la hora de litigios de pareja. La carrera del juez quedó truncada tras ser primero condenado a dos años de inhabilitación, pena que - posteriormente - el Tribunal Supremo elevó a 10 años de inhabilitación.

En su libro 'La Dictadura de Género' editado por la editorial Almazara, el ya ex juez Serrano pretende hacer una denuncia pública osbre las llamadas políticas de 'igualdad' y de 'violencia de género' y su reflejo en leyes que, a juicio del autor, son perniciosas para su objetivo fundamental: la justicia y la igualdad.


El ex juez ha atendido a Periodista Digital para hablar un poco de la intencionalidad del libro y de algunas cuestiones sobre su caso:

¿Por qué ha querido publicar un libro con su odisea?
El libro se divide en dos partes, en una cuento con datos, con rigor, con detalle, con información precisa todo lo que es el origen y las consecuencias que está teniendo no solamente en España sino para toda la sociedad lo que es esa dictadura de género que supone una ideología perversa, de una perversión moral, que nos están estafando a la sociedad y específicamente a las mujeres y en segundo ligar, claro, como toda dictadura, como todo totalitarismo, lo que hace es siempre perseguir al que disiente.
Como el mensaje que yo transmito es un mensaje muy claro, muy difícil de rebatir, porque además tiene argumentos y no se basa en cuestiones de mera ideología y de meros eslóganes, lo que han hecho no es matar al mensaje, sino matar al mensajero. ¿Y cómo lo han matado? Pues a base de inventarse expedientes disciplinarios y procedimientos judiciales, que no tienen nada que ver con cuestiones jurídicas sino de índole jurídica.
Porque lo que está claro es que a mi cuando la condena que he tenido por dictaminar que un niño salga en la Semana Santa, yo ya estaba condenado no cuando se inició el procedimiento, antes del inicio estaba ya condenado, desde que empecé a oponerme y a hacer crítica fundada sobre lo que suponía esa dictadura de género. De hecho ya me amenazaron de que por ese pensamiento desligado, o sea, muy propio de la doctrina estalinista, yo no podía seguir siendo juez. O sea, un juez que defiende la independencia, la objetividad, la imparcialidad, el no sectarismo, se convierte en un enemigo precisamente para esa inquisición, para esa doctrina de pensamiento único.

¿Se considera una víctima del pensamiento único?
Totalmente. No solamente yo sino que a través de mi se espera atemorizar a otros jueces como un aviso a navegantes.
En el 2012 ha habido tres condenas destacadas contra jueces por prevaricación en el Tribunal Supremo: la del juez Garzón por pinchar las conversaciones de abogados, la del juez Urquía por el caso Malaya y la suya. 
¿Qué reflexión el merece estar en ese grupo?
Es que resulta tan evidente... yo creo que para todo el mundo está claro que la condena que yo he sufrido... que lo que sí que es palmario, esperpéntico y grosero es la condena del Supremo contra mí. Y digo lo de palmario, esperpéntico y grosero porque son los términos que ha usado el TS en su condena contra mí. Salvo los sinvergüenzas que están detrás de mi condena, creo que hay muy poca gente que pueda considerar que una resolución que autorice a un niño a ir a un paso de semana santa es una resolución grosera o palmaria.

Usted en su resolución falló a favor de lo que le pedía el niño de asistir a una procesión de semana santa frente a lo que solicitaba la madre...
Ya había habido resoluciones así antes. En este caso, lo pidió el abuelo un día antes de la fiesta. Por eso había razones de urgencia. (...) ¿Que no les gustó a los del TS mi resolución? Vale, a mí tampoco me gusta las suyas. Pero se debe analizar desde la jurisdicción civil, no la penal. Y la Audiencia de Sevilla, que es la jurisdicción civil aquí, dijo que la resolución estaba bien adoptada, porque había razones de urgencia que justificaban esa resolución sin oír a la madre.
Y el tribunal del TS que me juzga resulta que hasta asesora al abogado de la acusación y me condenan a mí sin oírme. Y da como hechos probados meras sospechas, una señora dice lo que ha ocurrido en un sitio en el que ella no estaba. Es algo muy esperpéntico. Pero yo ya estaba condenado no desde que me pusieron la demanda, desde el primer día que empecé a criticar la dictadura de género.
A mí ya me advirtieron que iba a ir a por mí. Pero pensé que iba a pasar nada, porque llevaba mi juzgado muy al día. Pero mi padre me advirtió que buscarían lo que fuera o directamente se lo inventarían, que fue lo que hicieron.

Si usted hubiera dictado exactamente esa misma resolución, pero no hubiera concedido antes todas aquellas entrevistas significándose en contra de 'la dictadura de género' ¿cree que no hubiera pasado nada?
No habría pasado absolutamente nada. Estoy convencido yo, y está convencido todo el mundo. En el año 2006 adopté una misma decisión, pero en esa ocasión no era una procesión habitual, sino la procesión de los gitanos, que es de 12 horas y no pasó absolutamente nada. ¿Le pasó algo a la juez de Elche que en 2009 dictó una resolución idéntica a la mía? ¿Le ha pasado algo a la Audiencia de Sevilla que ratificó mi resolución?

¿Qué les diría a los jueces que le condenaron?
Según la sentencia, mi resolución era 'grosera, esperpéntica y palmaria'. Para que fuera eso, tendría que ser una resolución que no tuviera explicación posible en derecho. En mi caso ha habido varios votos particulares de jueces que no coinciden por su nombramiento, que son nombramiento discrecional, con precisamente aquellos jueces que sí coinciden por su nombramiento con aquel sector político que me había amenazado. ¡Que casualidad!
Los jueces, cuyo nombramientos político - discrecional que sí coincide con el nombramiento político de los jueces que me condenan resulta que dice que soy inocente y los magistrados de la Audiencia de Sevilla que están ahí por escalafón, por cuestiones meramente profesionales, dicen que la resolución está ajustada a la legalidad. No estamos hablando ya de si mi resolución era justa o injusta, sino si estaba ajustada a la legalidad o no. Y yo me pregunto: ¿como una resolución legal puede ser injusta?

¿En qué se basaron para decir que su resolución era un caso de prevaricación?
Toda su acusación se basa en una casualidad. El abogado que llevó mi denuncia contra Inmaculada Montalbán, que es la que dijo que a mí me tenían que echar de la carrera judicial por mis declaraciones contra 'la dictadura del género', resultó que era también el abogado padre del niño del paso de semana santa, el reclamo que aquel caso, recuerdo, no me lo hizo el padre del niño, me lo hizo el abuelo.
Y se han basado en eso para decir que aquí había una complot pseudo-masónico para que el niño pudiera ir a la procesión. (irónico) Fíjate en la importancia de la medida, al mismo nivel que lo de Garzón o lo de Urquía, es de la misma gravedad. Cuando la gente oye lo de los 10 años de inhabilitación se piensa que es algo más grave. ¡Es que no hay nada!

¿Usted es miembro de alguna asociación de jueces?
Foro Judicial Independiente, que me está respaldando. Ten en cuenta que para un juez lo peor es la prevaricación, ningún juez apoyaría a un prevaricador. Y a mí hay 100 jueces que están poniendo dinero para ayudarme a pagar la multa, porque creen esos jueces - que tienen un sentimiento de justicia innato - que esa sentencia ha sido injusta.

De los jueces que le han condenado, dos de ellos son destacados miembros de 'Jueces para la Democracia', Perfecto Andrés y Saavedra
Sí, sí, son de ese sector que ya me había señalado con el dedo.

¿Qué le parece el caso de la juez María Sanahuja?
Otra represaliada por el sistema. Otra represalidada. Aquí no ha quedado títere con cabeza. A una juez de Santander también la han expedientado por eso. En el libro reflejo toda la estrategia y toda la maquinaria que ha puesto en marcha la Dictadura del género.

Aunque es un caso diferente al suyo, ¿qué opinión le merece la condena al juez Ferrín Calamita?
También hubo una persecución política contra una persona que tenía unos planteamientos y un ideario de tipo religioso. Pero a nadie le pueden condenar por lo que piense, sino por los contenidos de sus resoluciones y su resolución, por la que fue condenado, que era perfectamente defendible en derecho, porque por el razonamiento por el que le condenaron, no habría ningún juez en España que quedaría libre de condena. Lo que pasa es que el caso Calamita y el caso mío han sido dos paréntesis por presiones de tipo político sobre lo que es el ejercicio imparcial e independiente de lo que es la jurisdicción.

¿Cree que anularán instancias superiores su condena?
Yo espero que lo anule el Tribunal Constitucional, porque aquí ha habido violación de derechos fundamentales. Todos los que dicen que yo había hecho llorar a la madre porque estuviera sin el niño un día porque estaba en la procesión... yo creo que el daño que he sufrido tanto yo como mi familia por ser inhabilitado por 10 años. Y si no Estrasburgo.

¿Si le ampara el TC volvería a su juzgado?
Ya han sacado a concurso la plaza del juzgado. Ya han conseguido el objetivo que pretendían: echarme del juzgado de familia. Yo voy a ejercer ahora el ejercicio de la abogacía. Me va a ir económicamente mejor, porque ya me conoce mucha gente en España. La filosofía y los principios que yo mantengo coinciden con la mayoría de gente de este país. Yo ya, por razones de dignidad, no volveré al juzgado, prefiero ser un abogado libre de presiones políticas y no un esclavo del miedo. Los jueces en materia de familia son objetos de presiones políticas intolerables.

¿Podría poner nombre a los cabecillas de este movimiento de 'la dictadura de género'?
Yo tengo claro quienes son, pero si ahora mismo dijera quienes son, podría haber lío. Yo soy una persona que tiene rigor, a diferencia de otros profesionales que condenan sin rigor y en base a meras sospechas. Yo aunque tengo sospechas, casi convicciones, no me puedo pronunciar. No quiero apuntar a nadie que se pueda ver aludida y diga que la estoy difamando.
Lo que se tendría que hacer es una investigación profunda para decir quién ha sido desde el CGPJ la persona que ha filtrado información reservada al abogado de la acusación para que la utilizara en mi contra en el procedimiento. Si se sabe quién esa persona, de ahí podremos tirar del hilo que nos ayudaría a saber cuales han sido las presiones políticas que han causado que un juez haya sido condenado por permitir que un niño salga en una procesión de Semana Santa.
Fuente: http://www.periodistadigital.com/politica/justicia/2012/10/31/francisco-serrano-he-sido-victima-del-pensamiento-unico-usado-como-aviso-navegantes-para-resto-jueces.shtml
FRANCISCO SERRANO CASTRO: "HE SIDO VÍCTIMA DEL PENSAMIENTO ÚNICO, USADO COMO AVISO A NAVEGANTES PARA EL RESTO DE LOS JUECES"
El juez condenado por prevaricación publica el libro 'La Dictadura de Género'
Francisco Serrano: "He sido víctima del pensamiento único, usado como aviso a navegantes para el resto de jueces"
"¿El Tribunal Supremo considera de la misma gravedad lo mío que lo de los jueces Garzón o Urquía?"
Voluntariamnete o no, el juez Francisco Serrano se convirtió en uno de los rostros de los contrarios a la discriminación positiva, en favor de las mujeres, establecida en la justicia a la hora de litigios de pareja. La carrera del juez quedó truncada tras ser primero condenado a dos años de inhabilitación, pena que - posteriormente - el Tribunal Supremo elevó a 10 años de inhabilitación.

En su libro 'La Dictadura de Género' editado por la editorial Almazara, el ya ex juez Serrano pretende hacer una denuncia pública osbre las llamadas políticas de 'igualdad' y de 'violencia de género' y su reflejo en leyes que, a juicio del autor, son perniciosas para su objetivo fundamental: la justicia y la igualdad.

El ex juez ha atendido a Periodista Digital para hablar un poco de la intencionalidad del libro y de algunas cuestiones sobre su caso:

¿Por qué ha querido publicar un libro con su odisea?
El libro se divide en dos partes, en una cuento con datos, con rigor, con detalle, con información precisa todo lo que es el origen y las consecuencias que está teniendo no solamente en España sino para toda la sociedad lo que es esa dictadura de género que supone una ideología perversa, de una perversión moral, que nos están estafando a la sociedad y específicamente a las mujeres y en segundo ligar, claro, como toda dictadura, como todo totalitarismo, lo que hace es siempre perseguir al que disiente.
Como el mensaje que yo transmito es un mensaje muy claro, muy difícil de rebatir, porque además tiene argumentos y no se basa en cuestiones de mera ideología y de meros eslóganes, lo que han hecho no es matar al mensaje, sino matar al mensajero. ¿Y cómo lo han matado? Pues a base de inventarse expedientes disciplinarios y procedimientos judiciales, que no tienen nada que ver con cuestiones jurídicas sino de índole jurídica.
Porque lo que está claro es que a mi cuando la condena que he tenido por dictaminar que un niño salga en la Semana Santa, yo ya estaba condenado no cuando se inició el procedimiento, antes del inicio estaba ya condenado, desde que empecé a oponerme y a hacer crítica fundada sobre lo que suponía esa dictadura de género. De hecho ya me amenazaron de que por ese pensamiento desligado, o sea, muy propio de la doctrina estalinista, yo no podía seguir siendo juez. O sea, un juez que defiende la independencia, la objetividad, la imparcialidad, el no sectarismo, se convierte en un enemigo precisamente para esa inquisición, para esa doctrina de pensamiento único.
¿Se considera una víctima del pensamiento único? 
Totalmente. No solamente yo sino que a través de mi se espera atemorizar a otros jueces como un aviso a navegantes.
En el 2012 ha habido tres condenas destacadas contra jueces por prevaricación en el Tribunal Supremo: la del juez Garzón por pinchar las conversaciones de abogados, la del juez Urquía por el caso Malaya y la suya. ¿Qué reflexión el merece estar en ese grupo?
Es que resulta tan evidente... yo creo que para todo el mundo está claro que la condena que yo he sufrido... que lo que sí que es palmario, esperpéntico y grosero es la condena del Supremo contra mí. Y digo lo de palmario, esperpéntico y grosero porque son los términos que ha usado el TS en su condena contra mí. Salvo los sinvergüenzas que están detrás de mi condena, creo que hay muy poca gente que pueda considerar que una resolución que autorice a un niño a ir a un paso de semana santa es una resolución grosera o palmaria.
Usted en su resolución falló a favor de lo que le pedía el niño de asistir a una procesión de semana santa frente a lo que solicitaba la madre...
Ya había habido resoluciones así antes. En este caso, lo pidió el abuelo un día antes de la fiesta. Por eso había razones de urgencia. (...) ¿Que no les gustó a los del TS mi resolución? Vale, a mí tampoco me gusta las suyas. Pero se debe analizar desde la jurisdicción civil, no la penal. Y la Audiencia de Sevilla, que es la jurisdicción civil aquí, dijo que la resolución estaba bien adoptada, porque había razones de urgencia que justificaban esa resolución sin oír a la madre.
Y el tribunal del TS que me juzga resulta que hasta asesora al abogado de la acusación y me condenan a mí sin oírme. Y da como hechos probados meras sospechas, una señora dice lo que ha ocurrido en un sitio en el que ella no estaba. Es algo muy esperpéntico. Pero yo ya estaba condenado no desde que me pusieron la demanda, desde el primer día que empecé a criticar la dictadura de género.
A mí ya me advirtieron que iba a ir a por mí. Pero pensé que iba a pasar nada, porque llevaba mi juzgado muy al día. Pero mi padre me advirtió que buscarían lo que fuera o directamente se lo inventarían, que fue lo que hicieron.
Si usted hubiera dictado exactamente esa misma resolución, pero no hubiera concedido antes todas aquellas entrevistas significándose en contra de 'la dictadura de género' ¿cree que no hubiera pasado nada?
No habría pasado absolutamente nada. Estoy convencido yo, y está convencido todo el mundo. En el año 2006 adopté una misma decisión, pero en esa ocasión no era una procesión habitual, sino la procesión de los gitanos, que es de 12 horas y no pasó absolutamente nada. ¿Le pasó algo a la juez de Elche que en 2009 dictó una resolución idéntica a la mía? ¿Le ha pasado algo a la Audiencia de Sevilla que ratificó mi resolución?
¿Qué les diría a los jueces que le condenaron?
Según la sentencia, mi resolución era 'grosera, esperpéntica y palmaria'. Para que fuera eso, tendría que ser una resolución que no tuviera explicación posible en derecho. En mi caso ha habido varios votos particulares de jueces que no coinciden por su nombramiento, que son nombramiento discrecional, con precisamente aquellos jueces que sí coinciden por su nombramiento con aquel sector político que me había amenazado. ¡Que casualidad!
Los jueces, cuyo nombramientos político - discrecional que sí coincide con el nombramiento político de los jueces que me condenan resulta que dice que soy inocente y los magistrados de la Audiencia de Sevilla que están ahí por escalafón, por cuestiones meramente profesionales, dicen que la resolución está ajustada a la legalidad. No estamos hablando ya de si mi resolución era justa o injusta, sino si estaba ajustada a la legalidad o no. Y yo me pregunto: ¿como una resolución legal puede ser injusta?
¿En qué se basaron para decir que su resolución era un caso de prevaricación?
Toda su acusación se basa en una casualidad. El abogado que llevó mi denuncia contra Inmaculada Montalbán, que es la que dijo que a mí me tenían que echar de la carrera judicial por mis declaraciones contra 'la dictadura del género', resultó que era también el abogado padre del niño del paso de semana santa, el reclamo que aquel caso, recuerdo, no me lo hizo el padre del niño, me lo hizo el abuelo.
Y se han basado en eso para decir que aquí había una complot pseudo-masónico para que el niño pudiera ir a la procesión. (irónico) Fíjate en la importancia de la medida, al mismo nivel que lo de Garzón o lo de Urquía, es de la misma gravedad. Cuando la gente oye lo de los 10 años de inhabilitación se piensa que es algo más grave. ¡Es que no hay nada!
¿Usted es miembro de alguna asociación de jueces?
Foro Judicial Independiente, que me está respaldando. Ten en cuenta que para un juez lo peor es la prevaricación, ningún juez apoyaría a un prevaricador. Y a mí hay 100 jueces que están poniendo dinero para ayudarme a pagar la multa, porque creen esos jueces - que tienen un sentimiento de justicia innato - que esa sentencia ha sido injusta.
De los jueces que le han condenado, dos de ellos son destacados miembros de 'Jueces para la Democracia', Perfecto Andrés y Saavedra
Sí, sí, son de ese sector que ya me había señalado con el dedo.
¿Qué le parece el caso de la juez María Sanahuja?
Otra represaliada por el sistema. Otra represalidada. Aquí no ha quedado títere con cabeza. A una juez de Santander también la han expedientado por eso. En el libro reflejo toda la estrategia y toda la maquinaria que ha puesto en marcha la Dictadura del género.
Aunque es un caso diferente al suyo, ¿qué opinión le merece la condena al juez Ferrín Calamita?
También hubo una persecución política contra una persona que tenía unos planteamientos y un ideario de tipo religioso. Pero a nadie le pueden condenar por lo que piense, sino por los contenidos de sus resoluciones y su resolución, por la que fue condenado, que era perfectamente defendible en derecho, porque por el razonamiento por el que le condenaron, no habría ningún juez en España que quedaría libre de condena. Lo que pasa es que el caso Calamita y el caso mío han sido dos paréntesis por presiones de tipo político sobre lo que es el ejercicio imparcial e independiente de lo que es la jurisdicción.
¿Cree que anularán instancias superiores su condena?
Yo espero que lo anule el Tribunal Constitucional, porque aquí ha habido violación de derechos fundamentales. Todos los que dicen que yo había hecho llorar a la madre porque estuviera sin el niño un día porque estaba en la procesión... yo creo que el daño que he sufrido tanto yo como mi familia por ser inhabilitado por 10 años. Y si no Estrasburgo.
¿Si le ampara el TC volvería a su juzgado?
Ya han sacado a concurso la plaza del juzgado. Ya han conseguido el objetivo que pretendían: echarme del juzgado de familia. Yo voy a ejercer ahora el ejercicio de la abogacía. Me va a ir económicamente mejor, porque ya me conoce mucha gente en España. La filosofía y los principios que yo mantengo coinciden con la mayoría de gente de este país. Yo ya, por razones de dignidad, no volveré al juzgado, prefiero ser un abogado libre de presiones políticas y no un esclavo del miedo. Los jueces en materia de familia son objetos de presiones políticas intolerables.
¿Podría poner nombre a los cabecillas de este movimiento de 'la dictadura de género'?
Yo tengo claro quienes son, pero si ahora mismo dijera quienes son, podría haber lío. Yo soy una persona que tiene rigor, a diferencia de otros profesionales que condenan sin rigor y en base a meras sospechas. Yo aunque tengo sospechas, casi convicciones, no me puedo pronunciar. No quiero apuntar a nadie que se pueda ver aludida y diga que la estoy difamando.
Lo que se tendría que hacer es una investigación profunda para decir quién ha sido desde el CGPJ la persona que ha filtrado información reservada al abogado de la acusación para que la utilizara en mi contra en el procedimiento. Si se sabe quién esa persona, de ahí podremos tirar del hilo que nos ayudaría a saber cuales han sido las presiones políticas que han causado que un juez haya sido condenado por permitir que un niño salga en una procesión de Semana Santa.
http://www.periodistadigital.com/politica/justicia/2012/10/31/francisco-serrano-he-sido-victima-del-pensamiento-unico-usado-como-aviso-navegantes-para-resto-jueces.shtml
Francisco Serrano Castro

Justicia anuncia que partidos y sindicatos podrán ser condenados penalmente

Tras ese anuncio, en IU deberían revisar su último programa electoral (pincha) en lo relativo a quienes denuncian interferencias parentales (es una advertencia...). Hay ahí difamaciones evidentes, que podrían constituir un presunto delito de injurias y calumnias...Lo mismo cabe advertir a las asociaciones feministas acostumbradas a difamar con absoluta impunidad. Como personas jurídicas podrán ser condenadas igualmente.

Sin embargo, y respecto a que los imputados por delitos no puedan ir en las listas electorales, Alberto Ruiz Gallardón ha explicado a Rosa Díez que lo que hace la condición de imputado es dar "garantías procesales" a quien se le aplica, pero no debe ser un "prejuicio de culpabilidad"... Pese a todo, dice que estudiará la propuesta de UPyD y una opción sería, ha dicho, "la apertura de juicio oral, que supondría que ya hay un indicio racional de criminalidad y por tanto debería impedir a esa persona concurrir a unos comicios". Tomamos nota, pues eso valdrá para todos los ciudadanos y no sólo para políticos, ¿verdad? Así que una simple denuncia no podrá ser tomada como indicio de delito para que un juez tome decisiones sobre la custodia de los hijos en un proceso de divorcio, por ejemplo, y al menos habría que esperar a la apertura de un juicio oral (lo que dejaría fuera las miles de denuncias finalmente archivadas...). Ok. ¿O lo que son derechos de los políticos no lo son de los demás ciudadanos, señor Gallardón?...

Rosa Díez se ha felicitado porque Gallardón haya recogido el guante lanzado por UPyD y haya accedido a estudiar algunas de sus propuestas. Y aunque el ministro no ha aceptado la idea de separar automáticamente de las listas electorales a los imputados, a Díez le ha servido la alternativa que le ha planteado. "Se lo compro", le ha dicho al ministro la portavoz de UPyD, quien también ha reconocido que Gallardón le ha "alegrado la tarde".

Justicia anuncia que partidos y sindicatos podrán ser condenados penalmente

Gallardón anuncia una nueva reforma del Código Penal para que los organismos políticos sean tratados igual que las personas jurídicas en caso de cometer delito

Madrid 31 OCT 2012 

El ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, ha anunciado hoy que los partidos políticos y los sindicatos dejarán de estar exentos de responsabilidades penales y tendrán las mismas que el resto de personas jurídicas, porque así lo contendrá la reforma de la ley de enjuiciamiento criminal.
Gallardón ha hecho este anuncio en respuesta a una interpelación de la portavoz de UPyD, Rosa Díez, en la que ha explicado que "no tiene sentido" que partidos y sindicatos tengan actualmente "ese privilegio", y deben ser tratados en el Código Penal "exactamente igual" que el resto de personas jurídicas. De este modo, según fuentes del Ministerio de Justicia, se podría perseguir penalmente a los miembros de las direcciones de partidos o sindicatos si esos órganos hubieran tomado decisiones que son constitutivas de delito.
Por otra parte, el ministro ha rechazado la petición de Díez de impedir a personas imputadas estar en listas electorales, si bien se ha mostrado dispuesto a estudiar, también en la reforma de la ley de enjuiciamiento criminal, un mecanismo "ulterior" para establecer esa prohibición. Una opción sería, ha dicho, la apertura de juicio oral, que supondría que "ya hay un indicio racional de criminalidad" y por tanto debería impedir a esa persona concurrir a unos comicios.
La condición que finalmente se decida en la reforma de la ley servirá no sólo para impedir estar en una lista electoral sino también para cesar a un cargo público si ése es el caso, según han explicado fuentes del Ministerio de Justicia. En el debate, Alberto Ruiz Gallardón ha explicado a Rosa Díez que lo que hace la condición de imputado es dar "garantías procesales" a quien se le aplica, pero no debe ser un "prejuicio de culpabilidad".
Ha recordado en este sentido que en las querellas que se tramitan por el procedimiento abreviado, el juez siempre cita a declarar como imputados a los querellados para que puedan acudir asistidos por un letrado, lo que no significa después que acaben siendo condenados. Sin embargo, ha lamentado, actualmente la imputación se ha convertido en "una condena social, en una precondena", y en el caso de cargos públicos se produce lo que se conoce como "condena de telediario", y eso es algo que hay que cambiar en la reforma.
Por eso ha insistido en que no se puede impedir el derecho de representación de un imputado, porque supondría dejar "en manos de particulares" dicho derecho, y permitir que se utilizase de forma "torticera". "No puede ser que vivamos en un país en el que el reconocimiento de las garantías procesales sea una condena previa, hasta el punto de que se pida privar de derechos si no ha habido pena", ha añadido el ministro.
Para hacer esta reforma, ha advertido, habrá que estar "muy atentos" a la doctrina que ha dictado el Tribunal Constitucional y a los límites que marca en este sentido. Además ha recordado que en la ley de Transparencia que se está tramitando en el Congreso se modifica la ley electoral para introducir como causa de "inelegibilidad" no sólo cuando hay sanciones penales, sino también administrativas.
Rosa Díez se ha felicitado porque Gallardón haya recogido el guante lanzado por UPyD y haya accedido a estudiar algunas de sus propuestas. Y aunque el ministro no ha aceptado la idea de separar automáticamente de las listas electorales a los imputados, a Díez le ha servido la alternativa que le ha planteado. "Se lo compro", le ha dicho al ministro la portavoz de UPyD, quien también ha reconocido que Gallardón le ha "alegrado la tarde".
Antes, la portavoz de UPyD ha defendido sus propuestas para "frenar la lacra" de la corrupción, Aunque ha subrayado que la mayoría de los políticos son "honestos, sacrificados, altruistas y generosos", Díez ha reconocido que los partidos "no están tomando decisiones necesarias para separar el trigo de la paja y para que ni una sola manzana podrida estropee el resto".

Fuente: http://politica.elpais.com/politica/2012/10/31/actualidad/1351702943_610447.html 

 

Suprimido, por ley, el Defensor del Menor de la Comunidad de Madrid

Ley 3/2012, de 12 de junio, de Supresión del Defensor del Menor en la Comunidad de Madrid.
Ficha   

LA PRESIDENTA DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Hago saber que la Asamblea de Madrid ha aprobado la siguiente Ley, que yo, en nombre del Rey, promulgo.

PREÁMBULO
La Institución del Defensor del Menor en la Comunidad de Madrid fue creada por el artículo 76 de la Ley 6/1995, de 28 de marzo, de Garantías de los Derechos de la Infancia y la Adolescencia en la Comunidad de Madrid, como Alto Comisionado de la Asamblea de Madrid para salvaguardar los derechos de los menores en la Comunidad de Madrid, mediante la recepción de sus denuncias y quejas, la supervisión de la aplicación de las leyes que los protegen y la información y orientación de la acción de las Administraciones de la Comunidad de Madrid y de las familias en favor de los derechos de la infancia.
Posteriormente, la Ley 5/1996, de 8 de julio, del Defensor del Menor en la Comunidad de Madrid, dotó a la Institución de un determinado y concreto estatuto jurídico a fin de darle plena operatividad.
El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid no recoge expresamente la figura del Defensor del Menor, por lo que la creación de la misma se amparó en el artículo 7 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid al establecer el deber de los poderes públicos regionales de promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas, y fundamentalmente, en el artículo 26.1.1 del mismo texto, que atribuye a la Comunidad de Madrid competencia exclusiva en materia de organización, régimen y funcionamiento de sus instituciones de autogobierno.
La habilitación competencial para crear esta institución fue por tanto, la capacidad de autogobierno de la Comunidad de Madrid. En aplicación de dicha facultad de autogobierno, en aras de racionalizar la Administración con un menor coste para los ciudadanos, se articula por tanto la supresión del Defensor del Menor.
La Ley 5/1996, del Defensor del Menor en la Comunidad de Madrid, reguló la Institución partiendo del modelo del Defensor del Pueblo estatal.
El artículo 12.2 de la Ley del Defensor del Pueblo estatal prevé la posibilidad de que el Defensor del Pueblo coordine su actividad con los órganos similares de las Comunidades Autónomas. De este artículo se desprende que existe la posibilidad de que la Administración Autonómica contemple en su normativa la existencia de similares Comisionados Parlamentarios pero no la obligación de que deban existir en todo caso.
El Defensor del Pueblo de España tiene como competencia velar por la defensa de los derechos comprendidos en el título I de la Constitución, entre los cuales se encuentran los derechos de los menores de edad recogidos en la Convención de los Derechos del Niño, aprobada en 1989 por Naciones Unidas. Para llevar a cabo esta competencia el Defensor del Pueblo podrá supervisar la actuación de la Administración (tanto la estatal como la autonómica y local). Por tanto, dentro de las competencias del Defensor del Pueblo estatal se encuentran recogidas, en líneas generales, las competencias que la Ley 5/1996, de 8 de julio, otorga al Defensor del Menor en la Comunidad de Madrid.
La multiplicidad de instituciones autonómicas, supone, en ocasiones, una falta de eficiencia administrativa y unos gastos de difícil justificación. Estas razones de austeridad del gasto y de mayor eficiencia imponen la supresión de esta Institución.
En todo caso, la supresión del Defensor del Menor en la Comunidad de Madrid en ningún caso supondrá una merma de los derechos de los menores, por poder estos acudir siempre al Defensor del Pueblo estatal y a los demás cauces previstos en la Ley 6/1995, de 28 de marzo, de Garantías de los Derechos de la Infancia y la Adolescencia de la Comunidad de Madrid.
Por otra parte, la Consejería de Asuntos Sociales, a través del Instituto del Menor y la Familia asumirá las competencias que se atribuían al Defensor del Menor mediante el artículo 3.1 apartados d) y e) de la Ley 5/1996, de 8 de julio, del Defensor del Menor en la Comunidad de Madrid. A estos efectos, se transferirán a la estructura de la Comunidad de Madrid los funcionarios de carrera pertenecientes a Cuerpos Específicos del Defensor del Menor (Especialistas del Defensor del Menor), reforzando mediante este personal altamente cualificado y especializado los servicios prestados por el Instituto del Menor y la Familia.

Artículo único. Supresión del Defensor del Menor en la Comunidad de Madrid.
Queda suprimido el Defensor del Menor en la Comunidad de Madrid.

Disposición adicional primera. Régimen del personal.
Quedan suprimidos los puestos de trabajo adscritos a la Institución del Defensor de Menor.
Los funcionarios de carrera de Cuerpos Generales de la Asamblea de Madrid destinados en el Defensor del Menor cesarán en sus puestos actuales mediante remoción por supresión del mismo, en aplicación del artículo 52 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid.
Los funcionarios de carrera pertenecientes a Cuerpos Específicos del Defensor del Menor (Especialistas del Defensor del Menor) se transferirán a la estructura de la Comunidad de Madrid, declarándoles, por ministerio de ley, en la situación administrativa de Servicio en otras Administraciones Públicas, contemplada en el artículo 88 del Estatuto Básico del Empleado Público, respecto a su administración de origen.
El resto de personal cesará el día de entrada en vigor de la Ley.
Los órganos competentes de la Asamblea de Madrid y de la Comunidad de Madrid, según corresponda, aprobarán las necesarias modificaciones de las relaciones de puestos de trabajo para adaptarlas a la estructura orgánica derivada de la presente Ley.
La Mesa de la Asamblea realizará las actuaciones pertinentes para la extinción del Cuerpo de Especialistas del Defensor del Menor, Escala Superior y Ejecutiva.

Disposición adicional segunda. Régimen patrimonial.
Los bienes y los fondos bibliotecarios de los que dispone la Oficina del Defensor del Menor para el cumplimiento de sus fines, quedarán adscritos a la Asamblea de Madrid.

Disposición adicional tercera. Transferencias de competencias y funciones.
Las competencias y funciones relacionadas con la promoción y divulgación de los derechos del menor recogidos en el artículo 3.1 apartados d) y e) de la Ley 5/1996, de 8 de julio, del Defensor del Menor en la Comunidad de Madrid se transfieren a la Consejería de Asuntos Sociales, Instituto del Menor y de la Familia, reforzando los servicios prestados por dicho Instituto.

Disposición transitoria única. Tramitación de las quejas pendientes.
Con el objeto de garantizar los derechos de los ciudadanos y previa conformidad de los mismos, se remitirán al Defensor del Pueblo estatal las quejas que se encuentren en tramitación a la fecha de entrada en vigor de la presente Ley.
A tal fin, la Mesa de la Asamblea de Madrid se hará cargo de los asuntos en trámite adoptando las decisiones que convengan.

Disposición derogatoria única.
Queda derogado el artículo 76 de la Ley 6/1995, de 28 de marzo, de Garantías de los Derechos de la Infancia y la Adolescencia en la Comunidad de Madrid, la Ley 5/1996, de 8 de julio, del Defensor del Menor en la Comunidad de Madrid, el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Defensor del Menor en la Comunidad de Madrid, de 18 de noviembre de 1997, y cuantas normas de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en esta Ley.

Disposición final primera. Modificaciones presupuestarias.
El órgano competente de la Asamblea de Madrid propondrá y autorizará las modificaciones presupuestarias que resulten necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en esta Ley, asumiendo las obligaciones y derechos pendientes a su entrada en vigor.

Disposición final segunda. Archivo del Defensor del Menor.
El Archivo del Defensor del Menor se integrará en el Archivo General de la Asamblea de Madrid, procediéndose a adoptar las medidas que sean necesarias para garantizar la seguridad y confidencialidad de los datos personales contenidos en los expedientes tramitados.

Disposición final tercera. Entrada en vigor.
La presente Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid».

Por tanto, ordeno a todos los ciudadanos a los que sea de aplicación esta Ley que la cumplan, y a los Tribunales y Autoridades que corresponda, la guarden y la hagan guardar.

Madrid, 12 de junio de 2012.–La Presidenta, Esperanza Aguirre Gil de Biedma.

(Publicada en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid» número 155, de 30 de junio de 2012)

lunes, 29 de octubre de 2012

José Manuel Aguilar: "La custodia compartida es mejor que la monoparental para los menores en todos los sentidos"


http://www.youtube.com/watch?v=2SW6DUwrhII&feature=youtu.be
Publicado el 29/10/2012 por
Reportaje (emitido en el telediario de RTVE 1 a las 15 h del 27 de octubre de 2012) sobre la sentencia del Tribunal Constitucional que permitirá al juez otorgar la custodia compartida sin necesidad de informe "favorable" del fiscal.


Tras la sentencia del Tribunal Constitucional español que declara inconstitucional la necesidad de un informe "faborable" del fiscal (establecida en el artículo 92.8 del Código Civil desde su modificación en 2005) -pincha- para que el juez pueda otorgar una custodia compartida,  y a la espera de que el Gobierno del PP cumpla el mandato del Congreso para que sea presentado un Proyecto de ley nacional de custodia compartida antes de que termine el año 2012 (pincha en el enlace anterior), la indocumentada y completa ignorante en lo que a ciencia psicológica se refiere (pese a lo cual el Gobierno del PSOE la nombró Coordinadora -nada menos- de su famoso informe para desacreditar el SAP) y principal líder del lobby feminista español (de ahí el susodicho nombramiento), Ana Mª Pérez del Campo, no puede contener su rabia y sale a la palestra mintiendo a sabiendas como hace habitualmente (pincha). La señora Pérez del Campo es presidenta de la Federación de Asociaciones de Mujeres Separadas y Divorciadas y vocal del Observatorio Estatal contra la Violencia de Género (su presencia en este último cargo es simplemente un insulto a la democracia). Desde su sectarismo sexista, asegura que los partidarios de la custodia compartida exigen que “se cambie la Ley de una vez por todas y no se deje la concesión de la custodia compartida a la interpretación de los jueces”. Y añade que exigen "que el juez aplique de modo automático el modelo de la custodia compartida relegando cualquier atisbo de salvaguardia de los derechos de los hijos, los cuales, por no ser parte en el litigio que enfrenta a sus progenitores, se ven privados de toda protección en el proceso; es la imperativa de la norma legal impuesta, cualesquiera que sean las circunstancias que ocasionan el divorcio o las consecuencias que puedan seguirse para los hijos; una ley dictatorial, en suma, desentendida de la defensa del interés superior del menor". 
No contenta con difamar a las asociaciones partidarias de la custodia compartida mintiendo, pues nunca se ha pedido una ley que otorgue la custodia compartida "cualesquiera que sean las circunstancias" y sin que el juez tenga nada que decir (lo que se pide es que sea el régimen preferente y sea excepcional el régimen monoparental, justo al revés de lo previsto en la ley vigente), esta sectaria señora nos recuerda que "hay que resaltar que de acuerdo con la resolución constitucional recaída, la guarda y custodia compartida a petición de uno solo de los progenitores y la oposición del otro, sigue considerándose excepcional, debe contar con el informe del Ministerio Fiscal y estar fundada en que sólo de esa forma se protege adecuadamente el interés superior del menor (art. 92.8 C.c.), así como que existan de indicios fundados de violencia doméstica impide cualquier tipo de custodia compartida (art. 92.7 C.c.)". Y ello es así porque, como bien dice la líder de la secta, "el fallo recaído se ha limitado a declarar inconstitucional y nulo el inciso “favorable” contenido en el art. 92.8 del C.c.; con lo que la Sentencia mantiene en vigor el carácter de excepcionalidad referido a la circunstancia de que no se encuentre otra fórmula más ventajosa para los intereses del menor". ¿Cabe mayor evidencia de la necesidad de eliminar tal injusticia legal? Lo justo es que no le sea retirada la custodia a ninguno de los progenitores (que la compartan) y sea excepcional la custodia monoparental: sólo cuando, precisamente, "no se encuentre otra fórmula más ventajosa para los intereses del menor". ¿Lo ha entendido, mi querida iletrada?
Por lo demás, la líder de la secta se pone en evidencia con sus últimas palabras: "En todo caso, con sentencia constitucional o sin ella, es de observación común el perjuicio que la custodia compartida ocasiona a los hijos [miente]. En la abundante producción de estudios (principalmente psicológicos) sobre la materia [miente], se confirma que una custodia compartida a instancias de uno solo de los progenitores y con la oposición del otro, representa un daño frecuentemente irreparable para los hijos, porque propicia la prolongación indefinida de la disputa entre los padres [es la custodia monoparental la que propicia la interrupción de la relación de un progenitor con sus hijos y la que encona y agrava los conflictos entre los progenitores] en la que los menores son siempre utilizados por el progenitor que no acepta la petición de divorcio que según datos estadísticos solicitan mayoritariamente las mujeres".
Esta pobre mujer (sobresaliente en maledicencia manipuladora) toma el rábano por las hojas y pone el carro delante de los bueyes... Los divorcios son solicitados mayoritariamente por las mujeres precisamente porque saben que se quedarán con sus hijos y no tienen nada que perder... Si no fuera así, las estadísticas serían obviamente otras... Y precisamente porque piden el divorcio con la seguridad de salir de él ventajosamente y de la mano de sus hijos (en cuya crianza los padres del siglo XXI contribuyen tanto como puedan hacerlo las mujeres), parecen resistirse a perder sus injustos privilegios incluso aunque ello perjudique (con toda evidencia) la relación de sus propios hijos con su padre y con su familia paterna. Es decir, aunque ello dañe el sano desarrollo de los menores. (Y aunque ello les impida a estas mujeres acceder al mundo laboral en condiciones de igualdad con los hombres, dicho sea de paso, si bien de eso la secta siempre puede culpar al machismo estructural que somete a las mujeres -y bla-bla...-; lo cual será muy útil para disfrazar con una buena dosis de cínico victimismo legitimador  la perpetuación de los privilegios maternales y la culpable responsabilidad de la secta en la desigualdad existente en el salario medio entre hombres y mujeres en España).

Por su parte, el diario EL PAÍS publica un artículo con declaraciones del psicólogo José Manuel Aguilar Cuenca en defensa de la custodia compartida como "el mejor régimen de guarda y custodia para los menores".

José Manuel Aguilar Cuenca. Psicólogo
JOSÉ MANUEL AGUILAR | Psicólogo

“No hay un estudio que diga que este régimen es malo para el niño”

El especialista en conflictos familiares destaca los beneficios psicológicos para los hijos de la custodia compartida

Alejandra Agudo Madrid 26 OCT 2012 EL PAÍS

“La custodia compartida es beneficiosa para los hijos en todos los sentidos. Mejor que la monoparental”, defiende José Manuel Aguilar, psicólogo clínico con experiencia en la elaboración de informes periciales para los tribunales en asuntos de familia. En su opinión, este tipo de régimen de convivencia familiar tras el divorcio “aumenta la estabilidad emocional y social de menor, es buena para su salud y mejora su rendimiento académico”. ¿Por qué? Sin discusión, los niños no sufren los desequilibrios que producen los juicios, explica. Los pequeños mantienen además los lazos afectivos con sus dos progenitores.
Aguilar celebra que los jueces vayan a tener vía libre —siempre primando el interés del menor— para decretar la custodia compartida sin necesidad del informe favorable del fiscal en los procesos de divorcio en los que no haya acuerdo de los progenitores. El autor de varios libros sobre conflictos familiares, entre ellos, Con papá y con mamá —en el que defiende este tipo de régimen— asegura que si el juez decreta la custodia compartida cuando no hay acuerdo se disminuye el uso de los hijos como arma arrojadiza en los procesos de divorcio. Lo cual acaba siendo en cualquier caso beneficioso para el menor. “Si la mitad del tiempo la pasa con cada uno de sus padres, es más difícil que estos malmetan contra el otro y, si lo hacen, el niño puede ver que no es verdad”, explica.
La custodia compartida tiene otros efectos positivos en los menores, asegura el psicólogo. Evita la “parentificación”, es decir, que los niños asuman el papel del padre o la madre y tomen decisiones que no les corresponden. Este régimen impide también que chantajeen a su cuidador si no cumple sus deseos echándole en cara lo que hace el otro progenitor, detalla Aguilar. ¿Tiene algún efecto negativo? “No hay ningún estudio que demuestre que puede ser malo para los niños”, responde. Ni siquiera un cambio constante de domicilio. “Si no lo es en verano, cuando se reparten entre dos casas, ¿por qué lo va a ser en temporada escolar?”, arguye. En cuanto a las posibles diferencias económicas entre los padres, el juez tiene que establecer “compensaciones” para que no afecten al menor.
Aguilar considera que el mejor régimen de custodia compartida es el semanal, “de lunes a lunes”, especifica. “Es el que mejor funciona”, añade basándose en su experiencia en los tribunales. Pese a que considera que es “todo beneficios”, no cree que sea recomendable que un juez conceda una custodia compartida si uno de los progenitores no la desea. “Sería absurdo”, dice. En su opinión, lo que hay que hacer es “crear una cultura del divorcio” para resolver conflictos fácil y serenamente, “como en Suecia”, donde en el 70% de las rupturas se establece este régimen. Mientras que en España suponen el 10%. “Aquí la gente se arruina. En la discusión se dejan los recursos que tendrían que ser para sus hijos”.
“Al fin nuestro país ha evolucionado en esta materia”, dice. Esta decisión es “una respuesta al cambio social”, según el experto. “El Instituto Nacional de Estadística publicó que existe, entre las parejas jóvenes con hijos pequeños, paridad en los cuidados. Y lo que quieren las familias es continuar con ese equilibrio cuando se separan”.

Noticias relacionadas publicadas en EL PAÍS:
Todos los artículos publicados por EL PAÍS relacionados con la custodia compartida (pincha)

Fuente: http://sociedad.elpais.com/sociedad/2012/10/25/actualidad/1351192265_633310.html 

domingo, 28 de octubre de 2012

El abogado que denunció al juez Serrano acumula otra detención y un nuevo procedimiento judicial contra él

Íñigo Moreno Lara. Abogado

A vuela pluma (sin ánimo de ser exhaustivo), y dejando al margen muchas de las declaraciones intimidatorias de Moreno Lara contra jueces de toda índole (Audiencia Provincial de Sevilla, jueces del TSJA...) y contra personas y asociaciones de padres, así como otras actitudes que probablemente merecerían actuaciones judiciales, este abogado, al que las multas de tráfico le son requeridas con insistencia en los boletines oficiales (dicho sea de paso, porque sirve para conocer el carácter del personaje), tiene abiertos en este momento (o sin resolución conocida) los siguientes procedimientos judiciales contra él publicados por la prensa

1. Sobre Moreno Lara pesa una acusación por presunto maltrato habitual contra su exmujer. El juicio, que debía haberse celebrado la segunda semana de enero de 2012, fue aplazado porque el juez creyó conveniente pedir consejo respecto a la petición del acusado (abogado) de defenderse a sí mismo (lo que podría implicar que interrogase a su presunta víctima). Diez meses después, inexplicablemente, no había noticia sobre el tema... (¿?). (Pincha aquí y también aquí). Finalmente, hubo sentencia publicada el 30 de octubre de 2013. Fue condenado a 6 meses de cárcel.

Moreno Lara intentó en su día que el CGPJ interviniera contra el Juzgado de Sevilla que le juzgaba por presunto maltrato a su exmujer, e hizo que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) investigara a la jueza de Violencia contra la Mujer que llevaba la instrucción de los supuestos malos tratos por los que debía haber sido juzgado en enero de 2012. Moreno interpuso una querella por detención ilegal y por prevaricación, que el TSJA archivó.

2. El Juzgado de Instrucción 17 tiene abiertas otras diligencias, según fuentes judiciales, a raíz de una denuncia que la Fiscalía interpuso contra él por su actuación en el procedimiento de divorcio de su mujer. La Fiscalía le denunció por presuntas calumnias y perturbación del orden público ante las acusaciones que vertió el abogado contra el fiscal del caso. (Pincha aquí).

3. El TSJA acordó en su sentencia contra el juez Serrano incoar expediente contra el letrado de la acusación, Íñigo Moreno Lara, por su comportamiento durante el juicio, del que incluso fue expulsado por "proferir gritos" y frases "vejatorias". (Pincha aquí y también aquí).

4. Contra Moreno Lara existe una denuncia policial por resistencia a la autoridad en un altercado con policías en diciembre de 2011. Iba acompañado en su coche por la mujer que denunció a Serrano y estaba atendiendo en la calle a una cliente (otra mujer) que le había llamado por teléfono por un incidente relacionado con el régimen de visitas de sus hijos. Un policía presentó un parte de lesiones, y según la policía el acusado se autolesionó golpeándose la cabeza contra una pared, aunque acusó a la policía de agredirle. (Pincha aquí).

5. En septiembre de 2012, un juez le imputó un delito por "usar información reservada" en su acusación contra el juez Serrano ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA). Esa información se la habría facilitado "la máxima autoridad del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) o alguien muy cercano a ella". Son palabras del propio Moreno Lara ante el TSJA. (Pincha aquí).

6. El pasado viernes, 26 de octubre de 2012, Moreno Lara fue detenido (aunque él lo niega) por causar un desorden público cuando asistía a un cliente en un juicio de faltas. (Pincha aquí).

En mi opinión, este abogado no es sólo un instrumento del lobby feminista al que él sirve fielmente en la persecución de aquél contra el juez Serrano. Lo esencial es que ha sido designado para ello porque su carácter vehemente (no hay más que leer este post para constatarlo) y su declarada demanda de "respeto, valoración y consideración hacia los abogados al mismo nivel que el dispensado a los jueces" (algo que él denuncia públicamente como injustamente desequilibrado en 2005, aunque es precisamente él quien no practica ese comportamiento respetuoso, mostrando que acaso padezca cierto complejo) le convertían en el candidato idóneo para perseguir a un juez como Serrano (al que Moreno Lara tilda despectivamente como "superjuez"), pues estas características de Moreno Lara eran de sobra conocidas por el lobby, como lo serán para cualquiera que lea el artículo publicado por Íñigo Moreno Lara en la revista del Colegio de Abogados de Sevilla La Toga en el número de julio-octubre de 2005. http://www.latoga.es/pdf/155.pdf. Pincha en ese enlace y busca en el pdf (págs. 64-66) el artículo titulado ICAS informa. Anteproyecto de Código Deontológico para la Relación entre Jueces y Abogados. La Asociación Scevola ha promovido el siguiente Anteproyecto de Código Deontológico para la relación entre jueces y abogados. Lo firma Íñigo Moreno Lara, letrado de la asociación Scevola. Se da la circunstancia de que en este mismo número de la revista La Toga se publica una extensa entrevista al juez Serrano sólo unas páginas antes (págs. 55-58).


Sevilla / por presunto desorden público

Vuelven a detener al letrado que acusó al juez Serrano de prevaricación

En diciembre de 2011 fue detenido también tras un altercado con policías, uno de los cuales presentó un parte de lesión

j. l. garcía/. m. j. pereira
Día 28/10/2012 ABC 

Íñigo Moreno Lara, letrado de la madre que denunció al juez de Familia Francisco Serrano por prevaricación y logró su inhabilitación, fue detenido el viernes por orden del titular del juzgado de Instrucción 15 presuntamente por causar un desorden público cuando asistía a un cliente en un juicio de faltas, según fuentes consultadas por ABC. El letrado, al que se le denegó el hábeas corpus, habría pasado la noche en el calabozo y fue puesto en libertad a mediodía del sábado. Esta es la segunda vez que el letrado es detenido, ya que en diciembre de 2011 fue fue detenido y puesto a disposición judicial en un altercado con policías, uno de los cuales presentó un parte de lesiones.
El abogado en cuestión negó ayer a ABC haber sido detenido, al tiempo que aseguraba estar en Madrid, ciudad en la que está colegiado. "Qué yo sepa no he estado detenido ni en el juzgado de guardia. No he tenido ningún problema", añadió el letrado, quien dijo que "lo que pasa es que Sevilla no perdona que un abogado ponga en la calle a un superjuez".


 

Entrevista al juez Serrano en Tenerife con motivo de la presentación de su libro 'La Dictadura de Género'

Este pasado viernes el Juez Francisco Serrano estuvo en Tenerife para presentar su nuevo libro La dictadura de Género el sábado 27 a las 11:00 en el Hotel Príncipe Paz. Nada más llegar a Tenerife atendió entrevistas telefónicas y visitó la Radio Autonómica Canaria, donde fue invitado a participar en el programa “Roscas y Cotufas” respondiendo a algunas preguntas relacionadas con su situación profesional, personal y para hablar del libro.  
Puedes escuchar la entrevista en la web de la Asociación Tenerife Custodia Compartida (ATCC): http://atcc.es/2012/10/entrevista-en-la-radio-autonomica-canaria-al-juez-serrano/


TINERFE FUMERO |

Serrano: “La dictadura de género ve a la mujer siempre como víctima”


TINERFE FUMERO | Santa Cruz de Tenerife

El que fuera juez de familia Francisco Serrano, al que inhabilitó el Tribunal Supremo tras considerar que prevaricó al modificar el turno de custodia de un menor para que saliera en una cofradía de la Semana Santa sevillana, declaró ayer que lo que entiende como “la dictadura de género” parte de “la idea perversa de ver siempre a la mujer como la víctima de toda relación de pareja”. Serrano, que visita la capital tinerfeña para presentar a las once de la mañana de hoy su libro La dictadura de género: una amenaza contra la justicia y la igualdad, se proclamó como “un perseguido por disentir” sobre estos temas.
La cita con Serrano en el capitalino Hotel Príncipe Paz incluye, igualmente, su participación en unas jornadas organizadas por la Asociación Tenerife por la Custodia Compartida ¡Sí!, tema de actualidad tras la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) [el enlace es mío] que anula el artículo del Código Civil que impedía a un juez optar por dicho régimen para los hijos si no existía un informe previo favorable de la Fiscalía. Cuestionado sobre el fallo, el jurista se mostró “contentísimo porque el TC ha puesto por fin un mínimo de sentido común en la política de género”.
INDEPENDENCIA
En su opinión, la norma afectada “era un disparate jurídico que ahora, cargado de fondo, se deroga en aras del principio constitucional que consagra la independencia judicial”. Sobre los efectos de la sentencia, Francisco Serrano entiende que los tendrá sobre “no todos los divorcios celebrados desde 2005 en los que se vieran involucrados menores, pero sí en aquellos en los que se solicitó la custodia compartida y el juez en cuestión no pudo decidir al respecto porque el fiscal se ha opuesto”. “Estos procesos, a mi juicio, son radicalmente nulos”, apostilló. Similar opinión mantiene la portavoz de la federación de asociaciones por la custodia compartida, Pilar Marco.
LA IGUALDAD
En cuanto a su libro, Serrano explica que esa dictadura de género “está basada en el resentimiento y la venganza, y atenta contra los que pensamos que todos somos iguales, con independencia de su sexo. Esta dictadura, que considera que en toda relación la hembra está sometida al varón, se ha plasmado en el Ordenamiento Jurídico por las vías que utilizan todas las dictaduras: a través del miedo y de la mentira”.
A este respecto, el jurista manifiesta que “cuando los fanáticos de la dictadura de género comprueban que sus ideas no se corresponden con la realidad no rectifican, sino que niegan esa realidad e intentan falsearla porque para ellos el fin justifica los medios. Y eso no puede ser”.
Para Serrano, tales ideas “están en contra de la familia, de la maternidad y hasta de la heterosexualidad”, por lo que hay que combatirlas “con las garantías propias del estado de Derecho, que ha de corregir los excesos que se han producido”, sostuvo la misma fuente.
Asociaciones de mujeres rechazan el fallo del TC
La Federación de Mujeres Progresistas y la Fundación Mujeres calificaron de “mala noticia”, por “mermar” la protección de los menores, la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) que establece que los jueces pueden otorgar la custodia compartida de los hijos sin el informe favorable del fiscal. Así, la presidenta de la Federación de Mujeres Progresistas, Yolanda Besteiro, dijo que la existencia del informe favorable del Ministerio Fiscal “era una garantía más para el menor”.
“Se supone que el fiscal es en el juicio el que vela por los intereses de los más desprotegidos y vulnerables, en este caso por los intereses de los menores”, sostuvo Yolanda Besteiro.
  

Jorge Corsi, el experto internacional en temas de abuso ligado al lobby feminista, seguirá en prisión

Rechazan liberar al psicólogo Corsi por temor a que reincida

Por Virginia Messi

Está preso por promover la corrupción de un menor. Una perito dictaminó en su contra.
Jorge Corsi, experto internacional en temas de abuso y preso desde febrero de 2012
 
27/10/12 clarin.com

El martes 28 de febrero, el psicólogo Jorge Corsi (65) se presentó en los Tribunales para cumplir la pena de tres años de prisión que él mismo había pactado con la Fiscalía (por medio de un “juicio abreviado”) tras declararse culpable del delito de “promoción de corrupción de un menor de edad” . Su plan era pasar muy poco tiempo encerrado : como en 2008 –al principio del caso que destruyó su carrera– ya había estado detenido, los números lo dejaban muy cerca de la posibilidad de pedir la “libertad condicional” a partir del 29 de abril siguiente.
Pero el panorama se le complicó.
Clarín pudo determinar ayer que la Justicia de Ejecución Penal de Capital acaba de negarle el beneficio luego de recibir un informe negativo de la psicóloga forense y constatar que no había recibido el tratamiento psiquiátrico indicado por el Tribunal Oral N° 11, que convalidó el juicio abreviado.
Corsi era considerado el especialista número 1 del país en temas como violencia y abuso . Pero en 2007 un adolescente de 13 denunció que lo sometían a abusos en su departamento de Barrio Norte y el psicólogo terminó condenado.
El caso de Corsi (legajo 130.342) está radicado en el juzgado de Ejecución N° 1. Este está actualmente vacante y, para llevar sus casos, se rotan los dos únicos jueces del fuero. El pedido de “libertad condicional” del psicólogo cayó en el turno de Axel López, el juez duramente cuestionado por darle la libertad condicional a Juan Ernesto Cabeza (luego imputado por el crimen de Tatiana Kolodziey en el Chaco).
En este caso, López negó la solicitud de Corsi . “Reconoció que estaban dadas las condiciones de cumplimiento de la pena (las dos terceras parte de la condena) para otorgar la condicional. Pero consideró que era imposible porque mi cliente no había recibido, por parte del Servicio Penitenciario Federal, el tratamiento psiquiátrico que le impuso lo Justicia”, explicó a Clarín Sebastián Arias, abogado defensor de Corsi.
Luego de que Axel López decidiera dejar al psicólogo en la cárcel de Ezeiza, Arias presentó un recurso de Casación para que se revea la medida. Su argumento: que Corsi no tiene la culpa (y por lo tanto no debe pagar) por una falencia del Estado , al que le correspondía darle atención psicológica. A su vez, propuso que Corsi se someta a un tratamiento ambulatorio.
A la libertad del psicólogo se había opuesto primero la Fiscalía de Ejecución Penal. Desde allí el 25 de junio partieron los pedidos de informes al Cuerpo Médico Forense. Estos no lo ayudaron. La psiquiatra a cargo de la pericia sostuvo que en este tipo de casos no se puede asegurar lo que va a pasar con la persona una vez en libertad . Pero la perito psicóloga fue un poco más allá y sostuvo que no podía asegurar que Corsi no repitiera las conductas por las que fue condenado . “La posibilidad de cambio a nivel estructural es mínima, no se descarta una reiteración de conductas similares a las que dieron lugar a la presente”, dijo la psicóloga.
Así, entre los dictámenes periciales y el hecho de que el tratamiento no había sido realizado, la suerte de Corsi quedó echada. El 5 de septiembre la Fiscalía se opuso a su libertad condicional (“el pronóstico de reinserción laboral es desfavorable ”, dijo) y poco después, el 12, López la denegó.
“Resulta necesario que el interno Corsi sea incorporado a un concreto y específico tratamiento destinado a condenados por delitos de agresión sexual para, oportunamente, valorar su resultado”, dijo López en su resolución.
Fuente: http://www.clarin.com/policiales/Rechazan-liberar-psicologo-Corsi-reincida_0_799720244.html

sábado, 27 de octubre de 2012

El Secretario de Organización del PSOE en Gijón, absuelto y con custodia compartida

Iván Álvarez Raja. Secretario de Organización del PSOE en Gijón

Una vez absuelto por la Audiencia Provincial, ante la que su ex mujer había recurrido la sentencia absolutoria por presuntos malos tratos hacia ella (pincha) por parte del aún Secretario de Organización del PSOE en Gijón (Asturias), éste ha logrado una sentencia favorable a la custodia compartida de sus hijos en un auto del magistrado del juzgado de Primera Instancia número 8 de Gijón. 
En la noticia publicada hoy por EL COMERCIO, periódico que ha mantenido siempre una indisimulada defensa del exconcejal Raja, se oculta que las verdaderas razones por las que Raja anuncia que abandonará su cargo orgánico en el PSOE gijonés parecen vinculadas a sus problemas internos en el partido. El 16 de octubre (hace poco más de una semana) se publicaba en la prensa asturiana que el abogado José Antonio Garmón exigió el día 15 de octubre a la dirección de los socialistas gijoneses que suspenda de sus funciones como Secretario de Organización al exconcejal Iván Álvarez Raja, al que acusa de ser un "obstáculo" y practicar el "obstruccionismo", así como de "amenazas", en el pulso interno que Garmón mantiene con Santiago Martínez Argüelles (favorito de la actual dirección) por la elección de un nuevo secretario general que sustituya a Jose Manuel Sariego en la mayor agrupación dentro de la Federación Socialista Asturiana (FSA) -pincha aquí-

GIJÓN

Iván Álvarez Raja logra la custodia compartida de su hija

Un auto del juzgado número 8 de Primera Instancia de Gijón le reconoce este derecho tras meses de litigios en los tribunales

27.10.12 - 00:42 -

El secretario de Organización del PSOE de Gijón y exconcejal en el Ayuntamiento de la ciudad, Iván Álvarez Raja, ha logrado, en los tribunales, la custodia compartida de su hija, después de un largo litigio con su exmujer. El juez del juzgado de Primera Instancia número 8 de Gijón, Ángel Luis Campo Izquierdo, ha dictado un auto en ese sentido haciendo constar la situación laboral de ambos progenitores, en la actualidad en el paro, y concluye fijar una "custodia compartida por semanas", de tal forma que la niña "estará con cada progenitor semanas alternas, desde el lunes siguiente que acuda al centro escolar". También regula el magistrado todo el régimen de vacaciones y resto de situaciones que puedan afectar a la niña.
Iván Álvarez Raja fue detenido por una denuncia de su exmujer por presuntos malos tratos en la noche del Día de Reyes de 2011, denuncias de las que resultó absuelto por los juzgados de lo Penal de Gijón y por la Audiencia Provincial. Esta denuncia, según el actual Código Civil en su artículo 92, impedía adoptar medidas de custodia compartida. Desde entonces, se ha enfrentado a una quincena de juicios en defensa de su honorabilidad de los que siempre salió vencedor. En cualquier caso, su objetivo siempre fue la custodia compartida de la única hija de su matrimonio, a lo que no podía acceder hasta quedar limpio legalmente de las acusaciones de malos tratos interpuestas por su exmujer. De hecho, en el auto, el magistrado hace constar que "ya en el divorcio se valoró la posibilidad de fijar una custodia compartida, que no se llega a realizar, pese a existir informes psicosociales que así lo avalaban, por razón de que existía una denuncia penal por violencia de género que fue archivada". Ahora, el exconcejal ha logrado su objetivo con el citado auto del magistrado del juzgado de Primera Instancia número 8 de Gijón.
Durante todo este proceso judicial, Iván Álvarez Raja renunció a formar parte de la candidatura del PSOE en las pasadas elecciones municipales en Gijón y, en breve, dejará también su cargo orgánico en el partido, del que todavía es secretario de Organización. El exconcejal ya anunció que tiene intención de hacer un paréntesis en su actividad política hasta que se cierren todos los detalles de su separación matrimonial.