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El documento que vamos a comentar es el "Proyecto de Resolución" de la "Reunión del Buró" de la Internacional Socialista de Mujeres en Madrid los días 4 y 5 de febrero de 2004. El tema del proyecto de resolución es éste: "Violencia de Género: Máxima expresión de la desigualdad".
Puedes leerlo directamente en esta presentación (picha sobre la palabra "FULL" en la parte inferior de la misma para verla en pantalla completa y después para volver a la página normal):
Dado que la "Ley de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género" española (LIVG) fue aprobada en diciembre de 2004, resulta obvio que ese documento de la Internacional Socialista de Mujeres supuso un punto de partida esencial en la iniciativa que llevó al Gobierno del PSOE a contactar con las asociaciones del feminismo radical español para redactar el Proyecto de Ley que concluyó con la aprobación de la LIVG. Precisamente en el punto 14 de ese documento la Internacional Socialista de Mujeres "observa" la necesidad de que los Estados promuevan esa "colaboración y estrecha cooperación" con las "organizaciones de mujeres expertas en esta materia" para ese fin:
En ese documento, la Internacional Socialista de Mujeres "hace un llamamiento" para que se elabore una legislación "integral contra la violencia de género" en todos los Estados, y "enfatiza" la necesidad de que se asignen los presupuestos necesarios para combatir la violencia de género.
En el punto 2 del documento se introduce una definición de lo que es la violencia de género a partir de lo que "se especifica" al respecto en la Declaración de la ONU sobre Eliminación de la Violencia contra la Mujer. Ahí se recogen las alusiones a "amenazas" y "coacciones" que la LIVG ha introducido. Es una definición que incluye no sólo la violencia de género en la pareja (única que atiende la LIVG), sino cualquier manifestación de la violencia de género, en la vida pública o en la privada. Pero sobre todo, es una definición que deja bien claro que no se trata de toda violencia ejercida contra una mujer, sino de toda violencia "basada en la pertenencia al sexo femenino" de la mujer que la padece. Por tanto, la LIVG no se ajusta a la definición de la Declaración de la ONU: por un lado, no contempla todos los tipos de violencia de género existentes; por el otro, considera violencia de género en la pareja cualquier caso de violencia (incluidas amenazas y coacciones leves) de un varón a una mujer, pero sólo debiera ser violencia de género si esa violencia estuviera "basada en la pertenencia al sexo femenino" de esa mujer. Esto suele expresarse diciendo que es la violencia contra la mujer "por el hecho de ser mujer". Así se dice en este documento en otro lugar. Obviamente, no todos los casos de violencia (en el grado que sea) contra una mujer han de estar basados en eso. De modo que si la LIVG lo presupone en todos los casos está engañando a los ciudadanos. La única manera de no engañarlos es exigir que sea probado en un juicio que la violencia del caso particular juzgado está "basada en la pertenencia al sexo femenino" de la mujer agredida.
La prueba de que no puede confundirse "violencia de género en la pareja" con "violencia de un varón hacia una mujer en pareja" es que, como afirma la Internacional Socialista de la Mujer en el documento, "la violencia de género tiene como origen la desigualdad entre hombres y mujeres". Pero éste no es el origen de todos los casos de violencia de un varón hacia una mujer en pareja, que pueden estar "basados" en multitud de causas (las mismas que la violencia en sentido contrario), incluso en parejas en las que no se dan circunstancias de "desigualdad" entre el varón y la mujer...
La violencia de género supone la "subordinación de las mujeres" que la padecen, y por eso se trata exclusivamente de la violencia sufrida por una mujer "por el hecho de ser mujer" (subordinada).
Por tanto, las conclusiones que la Internacional Socialista de las mujeres traslada como peticiones a los Estados han de entenderse dirigidas a la violencia ejercida contra mujeres sometidas a una subordinación por su condición de mujeres. En otro caso, la violencia de un varón hacia una mujer ha de tener el mismo tratamiento que la ejercida por una mujer hacia un varón. El mismo. Y eso no es así en la LIVG. Resulta grotesco que en un país como España se presuponga que todas las mujeres están sometidas a subordinación respecto a sus parejas masculinas, por muchas carencias que aún existan en materia de igualdad efectiva entre los sexos en España. Son muchas las mujeres que no están subordinadas a su pareja masculina en ningún sentido, y son las que sí lo están las únicas que pueden padecer "violencia de género". Es cometido de la justicia determinar cuándo ocurre así, y no es admisible que la ley lo presuponga en todos los casos de violencia.
El primero de los llamamientos que hace la Internacional Socialista (punto 11 del documento), tras estas consideraciones de "definición" de la violencia de género, es precisamente para pedir a los Estados que promocionen los derechos de las mujeres para eliminar todas las formas de discriminación contra la mujer. Y el segundo llamamiento (punto 12 del documento) es el que he mencionado más arriba respecto a una legislación integral contra la "violencia de género" (que se da en los casos donde aún existen esas discriminaciones).
Es evidente que no hay discriminación legal contra la mujer en España. Cabe, sin embargo, tener en cuenta ciertas discriminaciones que tienen lugar de hecho (por razones culturales) y que puedan provocar subordinación de la mujer al varón en la pareja (por razones culturales, económicas o cualesquiera otras que quieran considerarse). Pero de ahí a establecer por ley (y sin que haya que probarlo) que toda mujer en España está subordinada a su pareja masculina hay un paso muy grande: se llama prejuicio. Y es un prejuicio que ha supuesto la implantación de una ley sexista en España contra los varones (por el hecho de serlo).
En este enlace está la web de la Internacional Socialista de Mujeres, pincha. En esa organización está la raíz de la Ley Integral contra la Violencia de Género (LIVG). Sin la menor duda, el documento raíz de la LIVG es el que acabamos de comentar. Es la llave que ha abierto la puerta a la LIVG. Si bien la LIVG no se ajusta propiamente a lo que el documento solicita, estamos hablando de la organización internacional en la que se agrupan las organizaciones de mujeres de los partidos que están dentro de la Internacional Socialista, en la que naturalmente está el PSOE. El hecho de que el PSOE desarrollase una ley distinta a lo que se le pide cabe achacarlo a exigencias de las organizaciones de mujeres "expertas" en violencia de género con las que lo acordó así en España. Pero es precisamente esa clase de colaboración con las organizaciones de mujeres "expertas" lo que solicita la Internacional Socialista de Mujeres. Cabe recordar aquí la entrevista a Zapatero publicada por The New York Times el 7 de mayo de 2004, en la que el ya Presidente del Gobierno (tras las elecciones generales del 14 de marzo de ese año) se define como "feminista radical" (pincha), seguramente imbuido de la ideología que estaba mamando en sus reuniones preparatorias para la LIVG. Por otra parte, la Internacional Socialista de Mujeres no ha manifestado jamás su desacuerdo con la LIVG, con lo que parece ver en ella lo que ha solicitado a los Estados y el PSOE llevó en su momento al Congreso español. La LIVG se aprobó por unanimidad en diciembre de 2004, tras una única modificación respecto al Proyecto de Ley presentado por el PSOE. La LIVG agrava también el maltrato a "personas especialmente vulnerables" que convivan con el agresor, pero el Proyecto de Ley que el PSOE había acordado con las organizaciones de mujeres sólo había pensado en agresores de sexo masculino. La ley aprobada (LIVG) se modificó en ese punto y el agresor puede tener cualquiera de los dos sexos en ese caso. Las organizaciones de mujeres hicieron saber su disgusto (mejor me callo) por esa única modificación a la ley que ellas diseñaron para el Gobierno del PSOE.
Es evidente, no sólo por lo que eran sus obvias intenciones sexistas antes de esa modificación, sino incluso por el carácter sexista del texto definitivo de la LIVG, que las denominadas "expertas" no es que no sepan una palabra de gramática (hay quien quiere ver un simple error técnico gramatical para explicar la monstruosa definición que se hace de "violencia de género" en el artículo 1.1 de la LIVG -pincha-), sino que saben latín, pues han logrado colar una ley sexista sin que un solo congresista haya dicho una palabra y sin que el PSOE ni la Internacional Socialista de Mujeres (¿cuántas de las socialistas del PSOE integrantes de esa Internacional de Mujeres forman parte directa de las asociaciones de "expertas" que diseñaron la LIVG?) hayan reparado en que la LIVG no casa con la definición de "violencia de género" de la ONU... Es más, han logrado hasta ahora que la prensa pase por alto estos atentados a la inteligencia, y que lo haya hecho el mismísimo Tribunal Constitucional -en manos del PSOE, después de todo- (pincha). También, no faltaba más, "las expertas" que han diseñado la LIVG han conseguido que la Ministra Pajín crea que "todos los expertos" dicen que "en TODOS los casos de violencia de varón a mujer en pareja se dan circunstancias machistas de subordinación". Así lo repitió Pajín muchas veces ante Pedro J. Ramírez en una entrevista reciente, ante la mirada atónita del periodista (pincha y mira el vídeo). ¿Qué ha sido del sentido común? Para una tomadura de pelo sexista tan colosal hay que reconocer que hace falta ser muy experta. Expertas en tomar el pelo y en ejercer el sexismo. Y en cobrar buenas subvenciones. Así es como estas asociaciones de "expertas" han logrado, de la mano del PSOE y Zapatero, consolidarse como el feminismo hegemónico y oficial hoy en España (pincha). Por ahora...
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