El Gobierno de Italia ha aprobado un decreto ley contra la violencia de género en el país -con 65 mujeres
asesinadas en los seis primeros meses del año- (aproximadamente el doble de los casos en España) y que incluye entre sus
medidas la denuncia definitiva -que no podrá ser retirada una vez
hecha- y la expulsión del hogar de los maltratadores sorprendidos in fraganti. Las penas se incrementan en un tercio si el agresor es la pareja o expareja de la mujer, haya habido o no convivencia entre ellos, pero también (y en este aspecto es una medida que va más allá de la ley española) si la mujer está embarazada o si el delito se comete en presencia de algún menor de edad. Se entiende que en estos dos casos no es necesario que el agresor sea o haya sido pareja de la mujer. El presidente Enrico Letta ha anunciado a través de la red social Twitter la aprobación
del decreto mediante la frase: "Lo habíamos prometido. Lo hicimos".
También se instaura el derecho a la asistencia gratuita para las afectadas, independientemente de su nivel de renta, en estos procedimientos (si bien algunos medios refieren esta medida sólo para "mujeres que no pueden pagar un abogado"). Por otra parte, en Italia no existen datos oficiales sobre violencia de género, de modo que se manejan los ofrecidos por asociaciones de mujeres. Desde estas asociaciones se reclaman más medios económicos de ayuda. Uno de los datos que ofrecen resulta llamativo, por ser contradictorio con los datos oficiales existentes en España: aseguran que “el año pasado siete de cada diez mujeres asesinadas en Italia había denunciado al hombre que finalmente acabó matándolas".
http://sociedad.elpais.com/sociedad/2013/08/08/actualidad/1375965005_007327.html
El decreto ley del Gobierno italiano establece que si una persona conoce un episodio de violencia machista podrá llamar por teléfono a la policía y dar el nombre del presunto culpable sin que su nombre sea revelado. Este decreto ley del Gobierno italiano (que debe ratificar el Parlamento) pretende ir en la línea marcada por la Cámara de Diputados de Italia al ratificar la Convención del Consejo de Europa sobre la Prevención y Lucha Contra la Violencia hacia las Mujeres y la Violencia Doméstica, firmada en Turquía en mayo de 2011 por 11 países, de los 47 que pertenecen al Consejo de Europa. Para que pueda entrar en funcionamiento debe ser ratificada por 10 países europeos. Italia es el quinto que la ha ratificado hasta ahora, sumándose a Montenegro, Albania, Turquía y Portugal. "Los países que se adhieran a esta Convención están obligados a aplicar y elaborar políticas públicas que promuevan la igualdad y la autonomía de las mujeres, y deben trabajar de forma coordinada para que se hagan estadísticas que permitan identificar y conocer la problemática".
http://www.euroxpress.es/index.php/noticias/2013/8/9/entra-en-vigor-el-decreto-italiano-contra-la-violencia-de-genero/
Respecto a esa "Convención", llama la atención poderosamente que en ella se introduzca esta definición:
http://www.msssi.gob.es/ssi/igualdadOportunidades/internacional/consejoeu/CAHVIO.pdf
El decreto ley del Gobierno italiano establece que si una persona conoce un episodio de violencia machista podrá llamar por teléfono a la policía y dar el nombre del presunto culpable sin que su nombre sea revelado. Este decreto ley del Gobierno italiano (que debe ratificar el Parlamento) pretende ir en la línea marcada por la Cámara de Diputados de Italia al ratificar la Convención del Consejo de Europa sobre la Prevención y Lucha Contra la Violencia hacia las Mujeres y la Violencia Doméstica, firmada en Turquía en mayo de 2011 por 11 países, de los 47 que pertenecen al Consejo de Europa. Para que pueda entrar en funcionamiento debe ser ratificada por 10 países europeos. Italia es el quinto que la ha ratificado hasta ahora, sumándose a Montenegro, Albania, Turquía y Portugal. "Los países que se adhieran a esta Convención están obligados a aplicar y elaborar políticas públicas que promuevan la igualdad y la autonomía de las mujeres, y deben trabajar de forma coordinada para que se hagan estadísticas que permitan identificar y conocer la problemática".
http://www.euroxpress.es/index.php/noticias/2013/8/9/entra-en-vigor-el-decreto-italiano-contra-la-violencia-de-genero/
Respecto a esa "Convención", llama la atención poderosamente que en ella se introduzca esta definición:
- Artículo 3. DefinicionesA los efectos del presente Convenio:d. "Por violencia contra las mujeres por razones de género se entenderá toda violencia contra una mujer porque es una mujer o que afecte a las mujeres de manera desproporcionada".
http://www.msssi.gob.es/ssi/igualdadOportunidades/internacional/consejoeu/CAHVIO.pdf
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