miércoles, 20 de julio de 2011

EL PAÍS 'señala' a la fiscal Mª José Segarra mientras Serrano pide el archivo de la causa

Mª José Segarra. Fiscal jefe de Sevilla

Si ayer dábamos cuenta de que EL PAÍS "ocultaba" el carácter cautelar de la suspensión del juez Serrano (pincha) por parte del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), hoy este periódico sí señala (en el interior de su noticia del día) que esa suspensión es cautelar, pero titula la noticia diciendo que "el polémico juez Serrano" ha sido suspendido "por prevaricación" (pincha). Lo cual es estrictamente FALSO. No ha sido suspendido por prevaricación, sino por estar procesado en el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA). Que haya cometido prevaricación está por probar, señores periodistas (malos periodistas) de EL PAÍS. A ver si es que creen que escriben sólo para borregos... Serrano tiene detrás a ciudadanos comprometidos (pincha y mira el vídeo). Existe una movilización indefinida en apoyo al juez contra esta campaña de acoso y derribo (pincha).

Sin embargo, en ese mismo periódico se da una de las claves importantes de este caso... Es posible que se señale a la fiscal jefe de Sevilla, Mª José Segarra (pincha), sin intención o acaso con intención de hacerlo. Lo que es indudable es que se la señala. Se afirma que esta fiscal criticó en el pasado las declaraciones del juez Serrano que evidenciaban las injusticias que se están cometiendo con la implantación de la Ley Integral contra la Violencia de Género -LIVG- (una ley sexista contra los varones por el hecho de serlo y que vulnera su derecho a la presunción de inocencia). Pues bien, esa fiscal, lo tenga presente EL PAÍS o no lo tenga cuando está señalando así a Mª José Segarra, es la misma fiscal que, un año después de criticar las declaraciones de Serrano, decidió recurrir la resolución de Serrano en el caso que nos ocupa ante la Audiencia Provincial de Sevilla y, sin esperar a que ésta se pronunciase, pidió su procesamiento ante el TSJA (pincha).
Si EL PAÍS ha considerado conveniente destacar la controversia entre Serrano y la fiscal jefe de Sevilla en torno a la LIVG (pincha), ese periódico sabrá por qué lo ha hecho. Pero si alguien sospecha que la mano del feminismo instalado en el poder está detrás de las acusaciones que han llevado a Serrano al banquillo, EL PAÍS ya ha dado un nombre, ha señalado su ideología y ha recordado sus desavenencias ideológicas con Serrano. Me limito a hacer notar  que esa persona es la misma que ha promovido el actual procesamiento de Serrano ante el TSJA. Y que es EL PAÍS quien, para contextualizar el procesamiento de Serrano ante el TSJA, decide recordar las públicas desavenencias de Segarra con Serrano.
Puestos a atar cabos con desavenencias del pasado, uno de los enfrentamientos más sonados que ha tenido Serrano con representantes del feminismo de género fue, sin duda, el que mantuvo con Inmaculada Montalbán, presidenta del Observatorio de Violencia Doméstica y de Género del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). Pues bien, fue precisamente la fiscal Mª José Segarra quien recurrió en 2010 un auto mediante el que el Juzgado de Instrucción número 10 acordaba elevar al Tribunal Supremo (TS) las denuncias por injurias y amenazas leves formuladas por el titular del Juzgado de Familia número 7, Francisco Serrano (pincha) contra Inmaculada Montalbán (pincha).


Volviendo al caso que nos ocupa, el actual procesamiento del juez Serrano en el TSJA, Serrano ha solicitado el archivo de la causa, de lo que informa hoy Europa Press en la noticia que pego debajo de la de 
EL PAÍS.


Suspendido el polémico juez Serrano por prevaricación

RAÚL LIMÓN - Sevilla - 20/07/2011 EL PAÍS (edición impresa)

El juez de Familia de Sevilla Francisco Serrano tiene que dejar de ejercer hasta que se resuelva el juicio contra él por cambiar el régimen de visitas de un niño para que saliera en una procesión de Semana Santa. Esta modificación le correspondía al Juzgado de Violencia sobre la Mujer. El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) le ha suspendido cautelarmente después de que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) le haya procesado.
Serrano, para quien la Fiscalía del TSJA solicita 10 años de inhabilitación y el pago de una multa de 5.400 euros por un delito de prevaricación dolosa, ha protagonizado algunos conflictos por su actitud ante la Ley Integral contra la Violencia de Género, que ha calificado de injusta y a la que ha atribuido el posible "efecto perverso" de proteger "situaciones de abuso" y no a las mujeres que realmente sufren maltrato.
Serrano llegó a comparar la situación de los hombres acusados de malos tratos a la mujer con la cárcel de Guantánamo. "Cuando a un hombre se le denuncia, a la cárcel y la llave, tirada", afirmó. También aseguró que "las desigualdades y situaciones injustas llevan a más violencia donde antes no la había e incluso a hombres que se suicidan". "Esos datos no aparecen en la foto oficial", añadió.
La fiscal jefe de Sevilla, María José Segarra, criticó las declaraciones del juez y defendió la legislación sobre violencia contra las mujeres como "un instrumento jurídico eficaz en la lucha y erradicación de este fenómeno complejo".
Un año después de estas declaraciones se produjo la actuación del magistrado para alterar el régimen de visitas de un niño de 11 que pretendía salir de paje en una procesión de la Madrugá de Sevilla, a pesar de que no tenía responsabilidad en ese procedimiento.
La comisión permanente del CGPJ informó ayer de que adopta la medida contra el magistrado en aplicación del artículo 383.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Esta norma prevé la suspensión de los jueces cuando estén procesados por supuestos "delitos cometidos en el ejercicio de sus funciones". El consejo advierte en su resolución que la suspensión cautelar del magistrado no supone "entrar en el fondo del asunto" y que tendrá que ser ratificada por el pleno de este órgano, previsto para mañana.

Fuente: http://www.elpais.com/articulo/sociedad/Suspendido/polemico/juez/Serrano/prevaricacion/elpepisoc/20110720elpepisoc_7/Tes


El juez Francisco Serrano, suspendido por el CGPJ, pide el archivo de la causa al no existir "indicio alguno" de delito

 SEVILLA, 20 Jul. (EUROPA PRESS) -

El juez de Familia de Sevilla Francisco Serrano, procesado por un presunto delito de prevaricación tras modificar el turno de custodia de un niño de 11 años de edad establecido por el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 4, ampliando en día y medio su estancia con el padre divorciado al objeto de garantizar su salida como paje en una cofradía de la 'Madrugá' sevillana, ha solicitado su sobreseimiento libre y el archivo de las actuaciones al asegurar que "no existe en las actuaciones indicio alguno capaz de poner en duda" su correcto actuar en los hechos.
   En el escrito de defensa elevado ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), al que ha tenido acceso Europa Press, el letrado del magistrado pone de manifiesto que, "después de casi un año de instrucción y tras haberse practicado un importante número de diligencias documentales y haber sido oídos en declaración todos los testigos que de modo directo o indirecto pudieran haber tenido relación con los hechos investigados, no existe en las actuaciones indicio alguno capaz de poner en duda" su correcto actuar "en la tramitación del procedimiento de medidas cautelares que ha dado lugar a la apertura de esta causa".
   En este sentido, pone de manifiesto que, "aunque es sabido que la inocencia no ha de acreditarse, pues el imputado goza de esa presunción, siendo la acusación la que ha de poner en solfa la misma mediante la correspondiente actividad probatoria, de todo lo actuado no solo se desprende la posible comisión de delito por parte" del juez Serrano, "sino que, al contrario, las diligencias practicadas lo han sido en su descargo", por lo que pide el sobreseimiento libre ya que "los hechos no son constitutivos de delito, debiendo encuadrarse la actuación del juez en el ejercicio normal de su función jurisdiccional".
   "En este asunto, se ha invertido la carga de la prueba y se ha practicado una auténtica prueba de la inocencia", según prosigue el letrado del magistrado, que, en el inicio del escrito, asevera que, "si bien inicialmente se justificaba la apertura de diligencias contra el juez por razón de la verosimilitud de los hechos narrados y su posible relevancia penal, tras la instrucción de la causa han desaparecido los motivos que justificaron la investigación criminal abierta".
   Según añade, "la verosimilitud inicial de los hechos objetivos narrados en el escrito de querella se basan en los datos que se extraen de los documentos aportados a la misma, los cuales, como no podía ser de otro modo, son admitidos por el magistrado, no sólo en su declaración judicial, sino en los diferentes informes previos que le fueron solicitados", tras lo que pasa a analizar la acusación efectuada por la Fiscalía, que dice que la actuación del acusado "no vino corroborada por documento alguno del que se pudiera desprender el supuesto conflicto de intereses entre los progenitores" en cuanto a la salida del menor de paje.
LA DECLARACIÓN DEL MENOR, "SUFICIENTE"
   Al hilo de ello, el abogado asevera que dicho reproche "carece de relevancia penal en el supuesto que nos ocupa, pues se trata de una mera crítica que no vincula en absoluto la labor que con absoluta independencia desarrolla un juez en el ejercicio de su función jurisdiccional, y así el juzgador considera suficiente y creíble la manifestación del menor acerca de la posibilidad de que no se de cumplimiento por su madre a sus legítimos deseos de participar en una procesión". "No es necesario ningún otro elemento o dato para que el juez tome su decisión en orden a la protección del interés del menor", apostilla.
   En esta línea, justifica que "no hay ni rastro de resolución injusta, patente, notoria y grosera", a lo que se añade que "ninguna prueba de las practicadas en la instrucción ha puesto de relieve dicha injusticia en cuanto al fondo de la resolución del juez", así como que "no existe positivizada en nuestro ordenamiento jurídico norma procedimental alguna que imponga la obligación del juez de basarse en documentos para tomar una decisión como la que es objeto de investigación en este procedimiento".
   En segundo lugar, se refiere al hecho de que la Fiscalía "reproche" que la medida adoptada por el juez Serrano "resulta excesiva en su contenido, al no haber tenido en cuenta que con ella se lesionaba otro interés digno de protección, cual es el derecho de la madre a disfrutar de la tenencia de su hijo durante esos casi dos días que se vio privada de él", lo que, a juicio del letrado, "supone una invasión a las competencias exclusivas del juez y a su independencia".
"URGENCIA" DEL CASO
   De igual modo, y respecto al hecho de que el fiscal "achaque" al magistrado "que ni tan siquiera llevó a cabo una rigurosa observancia del procedimiento, dado que no se oyó a ninguno de los progenitores del menor compareciente ni se informó por escrito al fiscal", señala el abogado que dicha actuación "venía absolutamente justificada en base a la urgencia del caso, pues de no adoptarse la medida con la celeridad con la que se hizo, se hubiera hecho ilusoria la protección del interés del menor de hacer efectivo su deseo de participar en la procesión".
   De otro lado, argumenta que "ninguna diligencia probatoria se ha practicado a instancia del instructor ni de la acusación que siquiera de moto indiciario pueda llegar a sospechar la intervención del juez en acto alguno tendente a conseguir el turnado del procedimiento a su Juzgado"; es más, "de lo actuado resulta acreditada la absoluta falta de intervención del magistrado en toda la cuestión referida a la presentación de la demanda, itineración, registro y, en definitiva, actuación alguna que haya supuesto finalmente la adscripción del asunto a su Juzgado".
   Por ello, concluye que "de lo actuado no existe indicio alguno que pudiera hacer pensar" que el acusado "efectuase acto de ninguna clase tendente a arrogarse el conocimiento de un asunto que, de otro modo, no le hubiera correspondido, ni que haya dictado resolución alguna a sabiendas de su injusticia intrínseca", y "desde luego en modo alguno ha quedado acreditado que fuese un exceso desmedido de deseo de popularidad y significación social lo que hubiese motivado tal actuar".
"SERVICIO A LA SOCIEDAD"
   "Ha sido siempre el servicio a la sociedad el único móvil que ha guiado el actuar el magistrado a lo largo de los más de 20 años que lleva ejerciendo como juez, lo que puede haber trascendido a los distintos medios de comunicación y que ha sido interpretado por muchos como afán de protagonismo", sentencia.    
   La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha acordado, en su sesión de este martes, suspender cautelarmente en sus funciones al juez, para quien la Fiscalía solicita diez años de inhabilitación y el pago de una multa de 5.400 euros por un delito de prevaricación dolosa.
   La acusación particular que ejerce la madre pide para el juez 20 años de inhabilitación y el pago de una multa de 14.400 euros por un delito de prevaricación dolosa, mientras que, en concepto de responsabilidad civil, solicita que indemnice a la madre con 60.000 euros por los daños morales y físicos sufridos; al menor con 100.000 euros por los mismos daños, "en particular el gravísimo estigma público", y al otro hijo menor de la querellante con 12.000 euros.

2 comentarios:

  1. Hola!!
    Permiteme presentarme soy Melannie, administradora de un directorio de blogs, visité tu sitio http://misrizos.blogspot.com/ y
    está genial, me encantaría poner un link de tu blog en mi sitio web y por mi parte te pediría un
    enlace hacia mi web y asi beneficiar ambas webs con más visitas.
    Si estas de acuerdo no dudes en escribirme a melannieagurto@gmail.com

    Éxitos con tu blog.
    Un Saludo
    Melannie.

    ResponderEliminar
  2. Gracias por tu amable comentario, Melannie. Saludos

    ResponderEliminar