Iván Álvarez Raja, con la ruidosa e infantil caja metálica con la que asistió al jucio |
El secretario de Organización del PSOE de Gijón y exconcejal (de Festejos) socialista en la ciudad, Iván Álvarez Raja, ha sido absuelto por Asunción Domínguez, titular del Juzgado de lo Penal nº 3, del "delito de malos tratos y lesiones en el ámbito familiar", dice la prensa. O sea, ha sido absuelto de lo que suele llamar la misma prensa, normalmente, maltrato machista.
La absolución se ha producido pese a la existencia de un parte de lesiones en el que consta un hematoma en la zona sacra de la espalda y los testimonios de la hermana de la denunciante y de ella misma (Irene Mier), quienes atribuyen el hematoma a un empujón propinado por Raja. Él y un amigo que le acompañaba el día de los hechos negaron en el juicio que ese empujón existiese. En este caso no se ha creído conveniente considerar suficiente la declaración de la habitualmente denominada "víctima" ("denunciante", en este caso), pese a que incluso ella contaba con una testigo y con un hematoma en un parte de lesiones... Su declaración ha tenido el mismo valor (algo no sólo inusual, sino contrario a la doctrina oficial) que la declaración del normalmente denominado "agresor" ("denunciado", en este caso), quien apoyó igualmente su testimonio con el de otra persona, un amigo... Combate nulo. Un fallo inusual...Ustedes sabrán comprenderlo.
Tampoco se ha considerado punible la existencia probada de unas pintadas (anteriores a los hechos mencionados) en el dormitorio y el pasillo de la casa en las que el secretario de Organización del PSOE de Gijón decía a la mujer con la que estaba en trámites de separación que algún día se arrepentiría del daño que le estaba haciendo (refiriéndose a la relación que supuestamente ella tenía con un compañero de trabajo). La denunciante adujo que esas pintadas fueron el motivo de que, sintiéndose coaccionada y amenazada, cambiase la cerradura de la casa, que él había abandonado pero en la que entraba de vez en cuando con sus llaves. Sin embargo, él justificó las pintadas diciendo que "formaban parte de su trayectoria vital", pues en el pasado las intercambiaban en algunos bares como La Bodeguita del Medio... (sin comentarios). No sé si los ruidos que hacía con la caja de latón durante la declaración de la denunciante tuvieron lugar antes o después de hacer esa afirmación tan difícil de calificar...
La denunciante, Irene Mier, estudia presentar un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial asturiana, pues no considera justa la sentencia.
La denunciante, Irene Mier, estudia presentar un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial asturiana, pues no considera justa la sentencia.
Si ha de hacerse caso a las declaraciones anteriores del secretario de Organización del PSOE de Gijón, él denunciará ahora a su exmujer por denuncia falsa (pincha). Esa clase de denuncias (las "falsas") que su partido niega que existan... Ese "mito", como lo llaman cuando los denunciados no son secretarios de Organización del PSOE que hacen pintadas en el dormitorio de su exmujer si creen que ésta tiene una nueva relación... En este último caso, y sólo en este caso, parecen estar dispuestos a admitir que quizá se haya producido una denuncia abusiva (por unas pintadas ¿intrascendentes?) y falsa (por un hematoma atribuido a empujón ¿inexistente?). O eso creo que piensan en el PSOE, porque no les he oído decir esta boca es mía acerca de las acusaciones de Raja a su exmujer en este sentido...
gijón
Iván Álvarez Raja es absuelto del delito de malos tratos y lesiones a su expareja
El exconcejal socialista del Ayuntamiento de Gijón Iván Álvarez Raja
ha sido absuelto del delito de malos tratos y lesiones en el ámbito
familiar por el que fue juzgado el pasado 20 de septiembre. Según reza
la sentencia, hay dudas acerca de "la forma en que realmente se
produjeron los hechos" y alude a "declaraciones contradictorias" de las
dos partes y los testigos, lo que ha llevado a juez a tomar la decisión
de no condenar al exedil.
Raja, en una carta abierta a EL
COMERCIO publicada el pasado 9 de agosto, aseguró tener la conciencia
muy tranquila y en todo momento se declaró inocente de los hechos que se
le imputaban.
La supuesta agresión por la que fue juzgado se produjo,
según relataba entonces la denuncia, en la tarde del pasado 5 de enero.
Iván Álvarez Raja acudió al domicilio familiar, ubicado en Vega-La
Camocha, a recoger a la hija de ambos, de 3 años, para llevarla a la
cabalgata de los Reyes Magos.
«Comprobó que la cerradura de la puerta de entrada estaba
cambiada y se enfureció. Me exigió un juego de las llaves nuevas y como
me negué me empujó con fuerza y como consecuencia (del mismo) me golpeé
la parte sacra de la espalda», reseñó la denunciante en el testimonio
realizado en la Comisaría. La mujer sufrió un hematoma, tal y como
consta en el parte médico realizado por la médica de La Camocha, que se
ha adjuntando al procedimiento judicial.
Efectivos de la Guardia Civil detuvieron esa misma
madrugada al exedil de Festejos, una vez que Irene Mier presentó la
correspondiente denuncia. Raja permaneció en los calabozos de la
comandancia de la Benemérita hasta la mañana siguiente, mientras varios
agentes acudían al domicilio conyugal para tomar fotografías de unas
«pintadas coercitivas» presuntamente realizadas por el imputado y
dirigidas hacia su entonces esposa. Además, la hermana de la denunciante
y un amigo de Álvarez Raja que le acompañó a recoger a su hija
prestaron declaración ante la Guardia Civil esa misma madrugada.
Posteriormente, volvieron a testificar en esta ocasión ante la jueza
instructora del caso.
El titular del juzgado de Instrucción número 1, Juan
Laborda, fue el encargado de tomarle declaración a Iván Álvarez Raja. Lo
dejó en libertad y denegó a la víctima la orden de alejamiento que
solicitaba. «No se aprecia que existan indicios fundados de haberse
perpetrado el hecho que se relata en la denuncia, teniendo en
consideración precedentes por hechos similares y que las declaraciones
prestadas por los testigos presenciales son contradictorias en punto
relativo a la realización por el imputado del acto de acometimiento
físico que describe la perjudicada», señaló entonces el fallo judicial.
Fuente: http://www.elcomercio.es/20110930/asturias/gijon/ivan-alvarez-raja-absuelto-201109301123.html
Lne.es »
Gijón
La juez se basa en las versiones contradictorias de los afectados y de los testigos para rechazar la acusación contra el dirigente socialista
F. G.
El secretario de organización del PSOE gijonés, Iván Álvarez
Raja, al que había denunciado su ex mujer, ha sido absuelto del delito
de malos tratos y lesiones en el ámbito familiar por el que fue juzgado
el pasado 20 de septiembre. Según la sentencia del Juzgado de lo penal
número 3, «surgen dudas acerca de la forma en que realmente se
produjeron los hechos» denunciados por la ex pareja del dirigente
socialista y ex concejal, a la vista de «las declaraciones
contradictorias de ambas partes y de los testigos de una y otra».
Tales contradicciones, relata la sentencia, «y ante tan patente enfrentamiento entre ambas partes», minimizan el hecho de que la supuestamente agredida tuviera que acudir, el día que denunció los hechos, a un centro de salud para ser atendida de un hematoma en la región sacra, según su versión causado por un empujón de su ex marido. La jueza no considera ese hecho «suficiente para formar convicción con la seguridad exigible en materia penal acerca de la forma en que ocurrieron los hechos».
Según la sentencia, sobre las 9,55 horas del 5 de enero de 2011, fecha en que la denunciante y el denunciado estaban inmersos en un procedimiento de divorcio «con diversas desavenencias», el acusado se encontró con que su ex mujer había cambiado la cerradura, lo que provocó una discusión, «en el curso de la cual él mismo le reclamaba una copia de las llaves y documentación de un vehículo para realizar una tasación, que ella se negaba a entregarle, sin que conste que la hubiera agredido». La ex mujer de Álvarez Raja denunció que el acusado le dio un fuerte empujón, a causa del cual se golpeó la parte sacra de la espalda, produciéndose un hematoma, versión que corroboró la hermana de la denunciante. Sin embargo, el ex edil y un amigo que le acompañaba cuando se produjeron los hechos que causaron la denuncia, negaron a la jueza esa versión.
El fiscal había pedido para Álvarez Raja una pena de once meses de prisión y la prohibición de aproximarse a menos de doscientos metros de su ex mujer durante dos años.
Tales contradicciones, relata la sentencia, «y ante tan patente enfrentamiento entre ambas partes», minimizan el hecho de que la supuestamente agredida tuviera que acudir, el día que denunció los hechos, a un centro de salud para ser atendida de un hematoma en la región sacra, según su versión causado por un empujón de su ex marido. La jueza no considera ese hecho «suficiente para formar convicción con la seguridad exigible en materia penal acerca de la forma en que ocurrieron los hechos».
Según la sentencia, sobre las 9,55 horas del 5 de enero de 2011, fecha en que la denunciante y el denunciado estaban inmersos en un procedimiento de divorcio «con diversas desavenencias», el acusado se encontró con que su ex mujer había cambiado la cerradura, lo que provocó una discusión, «en el curso de la cual él mismo le reclamaba una copia de las llaves y documentación de un vehículo para realizar una tasación, que ella se negaba a entregarle, sin que conste que la hubiera agredido». La ex mujer de Álvarez Raja denunció que el acusado le dio un fuerte empujón, a causa del cual se golpeó la parte sacra de la espalda, produciéndose un hematoma, versión que corroboró la hermana de la denunciante. Sin embargo, el ex edil y un amigo que le acompañaba cuando se produjeron los hechos que causaron la denuncia, negaron a la jueza esa versión.
El fiscal había pedido para Álvarez Raja una pena de once meses de prisión y la prohibición de aproximarse a menos de doscientos metros de su ex mujer durante dos años.
Fuente: http://www.lne.es/gijon/2011/09/30/ivan-alvarez-raja-absuelto-delito-malos-tratos-lesiones-ex-mujer/1135895.html
Fuente: http://www.elcomercio.es/v/20111001/gijon/alvarez-raja-absuelto-acusacion-20111001.html
GIJÓN
Álvarez Raja, absuelto de la acusación de malos tratos
Su exesposa, Irene Mier, prevé
recurrir el fallo y se pregunta si «hay que ir con un cuchillo en la
espalda para que te crean»
01.10.11 - 04:17 -
Irene Mier, exesposa del secretario de Organización del
PSOE de Gijón, Iván Álvarez Raja, estudia apelar ante la Audiencia
Provincial la sentencia del juzgado de lo Penal número 3 de Gijón en la
que se absuelve al exconcejal de Festejos del delito de malos tratos y
lesiones en el ámbito familiar del que había sido acusado por su
expareja. «Mi primera intención es recurrir a la apelación, porque no me
parece justo que, con las pruebas presentadas, que respaldaban mi
acusación, la juez haya emitido esa sentencia», se lamentó ayer Mier.
Después de que la magistrada Asunción Domínguez determinara que «las
declaraciones contradictorias de ambas partes» no permiten determinar la
existencia de una agresión la pasada noche de Reyes, la denunciante se
pregunta «si hay que tener un cuchillo clavado en la espalda para que te
crean; no sé qué mas tengo que demostrar, si tenía el informe de
lesiones, las pintadas, las fotos...».
El fallo de absolución señala, con respecto a las
lesiones cuya autoría se atribuían a Álvarez Raja, que «la circunstancia
de que el día de autos la denunciante hubiera sido asistida en un
centro de salud por hematoma en la región sacra no se considera
suficiente para formar convicción, con la seguridad exigible en materia
penal, acerca de la forma en que ocurrieron los hechos ni para descartar
otras hipótesis alternativas». La magistrada apunta además cómo entre
las declaraciones de ambas partes sobre lo ocurrido la noche de autos,
cuando Álvarez Raja había acudido al domicilio de su exmujer para
recoger a su hija, existen grandes «contradicciones». Mientras Irene
Mier y su hermana aseguran, «aunque con versiones diferentes sobre cómo
se produjo», que el exconcejal le dio a su exesposa un empujón que
provocó que se golpeara con la puerta, Raja y un amigo que le acompañaba
en ese momento niegan que existiera tal empujón. En el fallo se destaca
la «situación de conflicto» y el «patente enfrentamiento entre las
partes» en que se enmarca la denuncia de estos hechos.
Con respecto a las referencias sobre la relación entre
ambos, incluso antes de contraer matrimonio en 2006, el fallo señala que
«no se ha practicado prueba suficiente que permita deducir que la
denunciante hubiera vivido en un clima de violencia psíquica
persistente». En este sentido, la juzgadora resalta que «las
manifestaciones acerca de los malos tratos habituales han sido
genéricas, sin concretar hechos ni fechas».
Informes psicológicos
Aunque ambas partes aportaron informes psicológicos para
reforzar sus respectivas posturas en el juicio, la magistrada considera
que «no arrojan luz alguna acerca de los hechos de autos, sino que por
una parte se alude a que el acusado sufre desde hace tiempo síndrome
ansioso depresivo y no tiene perfil de maltratador y en cuanto a la
denunciante que tras relatar ella (a su psicólogo) sus problemas
matrimoniales y su temor ante la situación que decide afrontar (el
inicio de los trámites de divorcio) se le enseñaron técnicas de
relajación y se le ayudó a hacer frente a la situación.
Fuente: http://www.elcomercio.es/v/20111001/gijon/alvarez-raja-absuelto-acusacion-20111001.html
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