domingo, 25 de septiembre de 2011

La fiscal Segarra debió abstenerse de acusar a Serrano (Ley O. Poder Judicial, art. 219)


El 3 de octubre de 2011 se iniciará el juicio contra el juez Serrano en el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), con sede en Granada, ante el que ha sido llevado por iniciativa de la fiscal jefe de Sevilla, Mª José Segarra (pincha). Esa fiscal ha sido señalada por EL PAÍS como alguien que tuvo hace "un año" (2010) graves desavenencias con Serrano a raíz de las críticas del juez a la LIVG (pincha), y a su vez es la misma fiscal que solicitó el archivo directo de una denuncia de Serrano contra Inmaculada Montalbán en 2010 (pincha), caso en el que Segarra intervino como fiscal pese a haber participado en la disputa entre Serrano y Montalbán acusando al primero de "desconocer el ciclo de la violencia de género" (pincha). Para recordar los detalles y el desarrollo del enfrentamiento entre Serrano y Montalbán de hace algo más de año y medio, así como la intervención de Segarra en ese enfrentamiento, pincha aquí. En realidad, Segarra ya había arremetido contra Serrano un año antes de eso... En febrero de 2009 ya había entrado a discutir públicamente, junto a Soledad Cabezón (secretaria de Políticas de Igualdad del PSOE), las críticas de Serrano a los atropellos que provocan los excesos de la Ley de Violencia de Género. En febrero de 2009, Segarra se había permitido declarar a la prensa que Serrano era juez de "Primera Instancia" y no de "Violencia sobre la Mujer" (pincha), pretendiendo de ese modo fundamentar que Serrano no debía criticar esa ley. (Francamente, de ser juez de Violencia de Género, Serrano tendría que guardar un silencio que, precisamente por no serlo, no tiene por qué guardar, pues sólo faltaba que el derecho a la libertad de expresión lo limitase la señora Segarra, y menos con argumentos tan peregrinos).


La fiscal jefe de Sevilla, Mª José Segarra, debió abstenerse de intervenir en el presente caso (y no lo hizo, a sabiendas de que debía hacerlo) por las siguientes razones:


El Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal establece en su artículo 28 lo siguiente:

Artículo 28.
  • Los miembros del Ministerio Fiscal no podrán ser recusados. Se abstendrán de intervenir en los pleitos o causas cuando les afecten algunas de las causas de abstención establecidas para los Jueces y Magistrados en la Ley Orgánica del Poder Judicial, en cuanto les sean de aplicación. Las partes intervinientes en los referidos pleitos o causas podrán acudir al superior jerárquico del Fiscal de que se trate interesando que, en los referidos supuestos, se ordene su no intervención en el proceso
El artículo 62 de ese Estatuto considera la no abstención en los casos en que debe producirse como una falta muy grave.


Artículo 62.
Se consideran faltas muy graves:

  • Ocho. La inobservancia del deber de abstención a sabiendas de que concurre alguna de las causas legalmente previstas

Veamos entonces lo que dice la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.


CAPÍTULO V. DE LA ABSTENCIÓN Y RECUSACIÓN

Artículo 219
Son causas de abstención y, en su caso, de recusación:
  • 9. Amistad íntima o enemistad manifiesta con cualquiera de las partes. [Les recuerdo que el diario EL PAÍS ha publicado esas desavenencias (que por tanto son de dominio público y manifiesto, y no simplemente algo íntimo) hace escasas semanas. Y lo ha hecho, precisamente, para contextualizar el proceso penal iniciado por Segarra contra Serrano que se está juzgando en este momento, "un año después" de ese enfrentamiento, dice EL PAÍS. Sin duda ésta es una razón de peso, por sí sola, para una abstención obligada por parte de Segarra. A mayor abundamiento, el diario ABC ha publicado, el 4 de octubre de 2011, un artículo en el que recuerda las declaraciones de Segarra durante la disputa de Serrano con Montalbán tomando posición contra Serrano].
  • 10. Tener interés directo o indirecto en el pleito o causa. [Quiero recordar que el enfrentamiento entre Serrano y la fiscal Segarra mencionado por EL PAÍS y ABC tuvo lugar por motivos ideológicos relacionados con la LIVG. Las críticas de Serrano a la LIVG fueron también las que le llevaron al enfrentamiento con Inmaculada Montalbán. Serrano denunció a Montalbán. Segarra intervino en esa causa, pese a haber participado en la disputa, solicitando el archivo directo. Es de conocimiento público que Serrano ha sido denunciado ante el CGPJ repetidamente por el lobby feminista por sus críticas a la LIVG, y que es deseo de ese lobby cerrarle la boca y expulsarle de la carrera judicial. Pues bien: ése es el interés indirecto (un interés ideológico), de la señora Segarra en este caso].  
  • 11. Haber participado en la instrucción de la causa penal o haber resuelto el pleito o causa en anterior instancia. [Con las reservas que me imponen mi ignorancia en este tema, parece que la fiscal Segarra ha participado en la instrucción inicial de esta causa penal, y no parece que haya dejado de intervenir aún, pues el 10 de septiembre, con el proceso iniciado ya en el TSJA, solicitó la anulación de un auto de la Audiencia de Sevilla emitido en junio para que no entorpeciese los objetivos de la Fiscalía durante el juicio oral iniciado en el TSJA el 3 de octubre].
  • 13. Haber ocupado cargo público, desempeñado empleo o ejercido profesión con ocasión de los cuales haya participado directa o indirectamente en el asunto objeto del pleito o causa o en otro relacionado con el mismo. [El asunto juzgado no tiene que ver directamente con el caso de la denuncia de Serrano a Montalbán, en el que intervino Segarra. Pero sí tiene que ver "indirectamente", en la medida que es a raíz de aquel asunto cuando las desavenencias entre Segarra y Serrano se irían forjando, y precisamente, además, debido a las discrepancias ideológicas en torno a las políticas de violencia de género y de familia que estaban presentes en aquel caso y también están presentes en el caso juzgado ahora].
La fiscal Segarra nunca debió intervenir en este proceso. Sin embargo, es la fiscal que recurrió a la Audiencia Provincial de Sevilla el auto del juez Serrano (como juez de Familia) que ampliaba la estancia de un menor con su padre día y medio más allá de lo previsto en el convenio de divorcio para evitar los obstáculos que la madre ponía a que el menor saliese de procesión en la madrugá sevillana (según la fiscal Segarra, esa decisión correspondía al Juzgado de Violencia de Género nº4 que había llevado el divorcio). Segarra es asimismo la fiscal que, sin esperar la resolución de la Audiencia, decidió elevar a la fiscalía del TSJA un escrito en el que apreciaba indicios delictivos. Según leo en la prensa, "el fiscal superior del TSJA, Jesús García Calderón, designó un fiscal encargado de las diligencias de investigación". La fiscal Segarra es quien, con posterioridad a eso, y estando Serrano ya procesado en el TSJA y suspendido cautelarmente por el CGPJ, solicitó a la Audiencia Provincial de Sevilla (publicado en prensa el día 10 de septiembre de 2011) que fuera anulada la resolución de esa Audiencia Provincial en la que se resolvía favorablemente a Serrano el recurso que esa misma fiscal había llevado ante esa Audiencia. A juicio de la fiscal, la Audiencia no debía haberse pronunciado una vez que estaba abierto un proceso penal, pues ello podría dar lugar a dos resoluciones dispares. Pero sólo lo solicita una vez conocida la resolución favorable a Serrano (meses después, en realidad), y lo hace porque la fiscal porfía y trabaja (interviene, y está publicado en prensa con fecha del 10 de septiembre) con el fin de que la resolución del TSJA sea una sentencia condenatoria... La resolución de la Audiencia podría ser útil para la defensa de Serrano, y eso es lo que la fiscal Segarra trata de evitar. Ella es la fiscal que intervino en este caso penal desde el principio, elevando un escrito a la fiscalía del TSJA, y continúa interviniendo cuando el juicio está a punto de celebrarse en un tribunal superior al suyo y donde el proceso está abierto hace meses.

Entiendo que la fiscal Segarra no se ha abstenido de intervenir en ningún momento, como parece que era su deber por muchos y muy variados motivos. Ello no sólo podría constituir una falta muy grave en virtud de las normas que hemos visto más arriba, con las consecuencias disciplinarias a que haya lugar. La parte perjudicada "puede" solicitar al superior jerárquico de la fiscal Segarra que ésta deje de intervenir, como hemos visto que la norma establece, pero es la fiscal quien tenía el "deber" de abstenerse. Teniendo en cuenta lo dicho hasta aquí, acaso debiera solicitarse la nulidad de todas aquellas iniciativas tomadas por la fiscal Segarra en este proceso que se consideren contaminadas, pues todas ellas podrían haber sido tomadas de forma ilegítima por quien debía haberse abstenido de intervenir y a sabiendas de ello.


Hasta es muy posible que la fiscal Segarra hubiera debido abstenerse de intervenir, hace más de año y medio, cuando Serrano denunció a Inmaculada Montalbán. Segarra solicitó entonces el archivo directo de la causa. En aquel momento la enemistad (art. 219.9) entre Segarra y Serrano estaba presente, pues ella estaba inmersa en la disputa entre Serrano y Montalbán y había tomado partido por la segunda con declaraciones públicas (véase el artículo de ABC antes mencionado), por lo que ya era un motivo para una abstención necesaria por parte de la fiscal: ella había descalificado a Serrano como "desconocedor del ciclo de la violencia de género". Además, el interés indirecto (ideológico) al que se alude en el art. 219.10 que he mencionado para el caso presente es exactamente el mismo para el caso de la denuncia de Serrano a Montalbán. Quiero recordar que las primeras declaraciones de Segarra contra Serrano se remontan, en realidad, a un año antes del enfrentamiento de Serrano con Montalbán en 2010. En febrero de 2009 (pincha) ya había arremetido Segarra contra Serrano señalándole que él era juez de Familia ("de Primera Instancia") y no de Violencia de Género ("Violencia contra la Mujer"). Esas declaraciones de Segarra se produjeron tras las que Soledad Cabezón, secretaria de Políticas de Igualdad del PSOE, hizo en contra de las críticas que Serrano había expresado por los atropellos que la Ley de Violencia de Género propicia.

Resulta muy curioso que el 20 de octubre de 2011, una semana después de la sentencia condenatoria contra Serrano (pincha), considerada injusta por la propia fiscalía del TSJA, se publique en la prensa que 47 fiscales salen en defensa de la fiscal Segarra (pincha), contra la que aún nadie ha hecho ninguna acusación formal, para difundir la FALSA idea de que ella nunca ha ido más allá de donde debía. Ninguna cantidad de fiscales puede borrar lo que está publicado en prensa desde febrero de 2009 hasta hoy. Les recomiendo a esos 47 fiscales (sólo "algo más de la mitad" de los fiscales subordinados a Segarra como fiscal jefe en Sevilla) que estudien el caso mejor de lo que lo han hecho... Se ha cometido una FALTA MUY GRAVE, eso es una obviedad. ¿Puede alguno de esos 47 fiscales defender lo contrario sin apelar al mero y ridículo corporativismo cuantitativo? Estoy ansioso por conocer sus argumentos. A ver.


Pego aquí esta noticia, cuya única explicación es que la Fiscalía en su conjunto (el Gobierno), y la fiscal Segarra en particular, están muy nerviosos.


Tribunales

47 fiscales atribuyen a la Fiscalía del TSJA la "competencia exclusiva" en el caso del juez Serrano

SEVILLA, 20 Oct. (EUROPA PRESS) -

   Un total de 47 fiscales de Sevilla han suscrito un comunicado en el que atribuyen a la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) la "competencia exclusiva" en las decisiones adoptadas en el seno del procedimiento seguido contra el juez de Familia Francisco Serrano, condenado a dos años de inhabilitación y al pago de una indemnización a la denunciante de 4.000 euros por un delito de prevaricación culposa.
   En un comunicado firmado por hasta 47 fiscales, éstos argumentan que la actuación de la Fiscalía de Sevilla, "y en concreto de su fiscal jefe, María José Segarra, se ha limitado" a remitir al TSJA la denuncia presentada por un particular contra el magistrado, todo ello "de conformidad con lo que establece el artículo 73.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial para los supuestos en que el denunciado sea juez o magistrado".
   "A partir de aquí", prosiguen, todas las decisiones adoptadas en el seno de este procedimiento, como son "la intervención en fase de instrucción, la formulación del escrito de acusación, la oposición al recurso de la defensa solicitando el archivo de las actuaciones y, finalmente, la retirada de la acusación", han sido "competencia exclusiva" de la Fiscalía del Alto Tribunal andaluz.
   De este modo, han querido expresar su "malestar" por la "falsa" información aparecida "en algunos medios de comunicación" sobre la actuación de la Fiscalía de Sevilla en el procedimiento seguido contra el juez de Familia de Sevilla Francisco Serrano, condenado por modificar el turno de custodia de un menor de 11 años de edad para garantizar su salida como paje en una cofradía de la 'Madrugá' sevillana.
Fuente: http://www.europapress.es/andalucia/sevilla-00357/noticia-47-fiscales-atribuyen-fiscalia-tsja-competencia-exclusiva-caso-juez-serrano-20111020153810.html

Los fiscales apoyan a su jefa en la causa del juez Serrano

El magistrado achaca su condena a una "conspiración" del "feminismo radical"
R. S. | Actualizado 21.10.2011 - 07:43 diariodesevilla.es
Los fiscales de Sevilla emitieron ayer un comunicado de apoyo a su jefa, María José Segarra, en el caso contra el juez de Familia 7, Francisco Serrano, condenado a dos años de inhabilitación por un delito de prevaricación culposa al alargar la estancia de un niño con su padre durante un día y medio para que pudiera salir en una cofradía.

La nota, firmada por 47 fiscales -algo más de la mitad de la plantilla-, expone que la fiscal jefe se limitó a remitir al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) la denuncia contra Serrano y "a partir de aquí todas las decisiones adoptadas en el seno de dicho procedimiento han sido competencia exclusiva de la Fiscalía del TSJA".

El juez Serrano achacó ayer su condena a una "conspiración" urdida por el "feminismo radical". En una rueda de prensa, Serrano anunció que ha presentado ya un recurso de casación ante el Tribunal Supremo y se negó a solicitar el indulto propuesto por el TSJA en su sentencia.

"Mi planteamiento es defender mi inocencia, no solicitar el indulto. No quiero ni un día, ni media hora de indulto", expuso el magistrado. Serrano explicó también que ha recibido el apoyo de numerosos compañeros. "Me dicen que como dejemos la prevaricación a la altura de este listón apañados vamos. Muchos jueces tendrán que colgar la toga".

Serrano aseguró que ha sido condenado por ser "un juez molesto" y dijo que en todo momento ha intentado velar por el interés del menor con sus decisiones.

No hay comentarios:

Publicar un comentario