jueves, 8 de septiembre de 2011

El juez Serrano será juzgado por el TSJA en Granada del 3 al 5 de octubre

Juez D. Francisco Serrano Castro

El juicio por presunta prevaricación contra el juez Serrano se celebrará en Granada desde el lunes 3 al miércoles 5 de octubre en la sede del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. Francisco Serrano necesitará nuestro apoyo hasta ese momento y después de él. El feminismo totalitario español, la Fiscalía General del Estado, el Gobierno de ZP, el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) deben saber que la ciudadanía española tiene muy claro qué es lo que ha llevado a Serrano ante este tribunal (pincha)... Y que estaremos muy atentos al desenlace. 
Les recomiendo a todos ellos la lectura de esta noticia acerca de la condena por denuncia falsa a una mujer en Granada (precisamente), y las declaraciones del juez que la ha condenado señalando, una vez más, a la Fiscalía General del Estado como encubridora de estas delincuentes (pincha). Ya no es sólo Serrano... El totalitarismo feminista español tiene un problema muy serio que ya no va a resolver tapando la boca a un juez como Serrano con patrañas ridículas. Ese problema se llama así: realidad.

Un regalito extra para Lidia Falcón, esa señora que se oculta bajo varias capas de pintura y difama a diestro y siniestro con el desparpajo de una verdulera, "con despacho" y todo. Veremos en qué termina la denuncia presentada contra ella por difamar, injuriar y calumniar más de la cuenta.




TRIBUNALES | El fiscal pide 10 años de inhabilitación y multa de 5.400 euros

El TSJA juzgará al juez Serrano del 3 al 5 de octubre por un delito de prevaricación

  • La sala del TSJA escuchará al propio juez Serrano y a una decena de testigos
  • El juez está acusado de prevaricación por modificar un régimen de visitas
  • El abogado de la madre afectada por el hecho pide 20 años de inhabilitación
Efe | Sevilla
Actualizado miércoles 07/09/2011 21:11 horas

La sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha fijado del 3 al 5 de octubre el juicio contra el juez de Familia de Sevilla Francisco Serrano, que se enfrenta a 20 años de inhabilitación por presunta prevaricación al cambiar el régimen de visitas de un niño.
La sala del TSJA, con sede en Granada, escuchará en el juicio al propio imputado y a una decena de testigos, entre ellos los funcionarios del juzgado de Familia que intervinieron en el caso y las personas afectadas por el cambio del régimen de visitas.
El juez está acusado de un delito de prevaricación del artículo 446.3 del Código Penal, por el que la Fiscalía solicita una inhabilitación de diez años como juez y el pago de una multa de 12 meses con cuota diaria de 15 euros, lo que equivale a 5.400 euros.
La Fiscalía entiende que el juez incurrió en dicho delito al ampliar un día y medio la estancia de un niño con su padre divorciado, dada la supuesta oposición de la madre a que saliese en una procesión de la Madrugada del Viernes Santo de 2010.
El abogado de la madre afectada, por su parte, solicita 20 años de inhabilitación, el pago de una multa de 14.400 euros y una indemnización de 60.000 euros para ella misma por los daños morales y físicos sufridos, 100.000 euros para su hijo y 12.000 para otro hijo menor.
El juez Serrano acordó el 30 de marzo de 2010 cambiar el régimen de visitas del niño de 12 años, en lo que el juez instructor del TSJA calificó de "estratagema procesal" para conseguir que el asunto recayera en su juzgado, y no en el encargado del divorcio de los padres.
Serrano será juzgado pese a que la Sección Segunda de la Audiencia de Sevilla, especializada en Derecho de Familia, avaló su actuación y dijo que en el caso concurrían las razones de "urgencia y necesidad" que la ley contempla para que las medidas de los jueces a favor de los menores se amplíen "a todo tipo de situaciones".
Fuente: http://www.elmundo.es/elmundo/2011/09/07/andalucia_sevilla/1315410532.html  


El TSJA juzgará entre los días 3 y 5 de octubre al juez Serrano por un delito de prevaricación

Está acusado de modificar el turno de custodia de un niño para que pudiera salir como paje en una cofradía de la 'Madrugá' sevillana

   SEVILLA, 7 Sep. (EUROPA PRESS) -

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) tiene previsto juzgar entre los próximos días 3 y 5 de octubre al juez de Sevilla Francisco Serrano por un presunto delito de prevaricación, ya que está acusado de modificar el turno de custodia de un niño de 11 años de edad establecido por el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 4, ampliando en día y medio su estancia con el padre divorciado al objeto de garantizar su salida como paje en una cofradía de la 'Madrugá' sevillana.
   Según han informado a Europa Press fuentes del caso, el Alto Tribunal andaluz ha fijado para la primera semana de octubre la vista oral contra el juez, para quien la Fiscalía pide diez años de inhabilitación y el pago de una multa de 5.400 euros, mientras que la acusación particular que ejerce la madre del menor solicita 20 años de inhabilitación y 14.400 euros de multa, así como el pago de una indemnización de 60.000 euros a la madre; de 100.000 euros al menor, y de 12.000 euros al otro hijo menor de la querellante.
   La acusación particular entiende, no obstante, que "esta causa no es la causa de 'un niño y su procesión', sino la causa de 'un juez sorprendido in fraganti haciendo favores a un amigo con quien tiene lazos de cliente y mercantiles'".
   El juicio contra el juez Serrano se celebrará a pesar de que la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Sevilla dictó un auto en el cual desestimó el recurso de apelación presentado por la Fiscalía y la impugnación formulada por la representación procesal de la madre del menor, al entender que la decisión del juez Serrano se apoyó "en razones de urgencia y necesidad", por lo que "su competencia difícilmente puede ser cuestionada".
   En su escrito de acusación, al que ha tenido acceso Europa Press, la Fiscalía entiende que el magistrado tomó esta decisión sin escuchar a las partes y basándose para ello en un supuesto correo electrónico que habría enviado la madre al padre poniendo "obstáculos" a la salida como paje del menor.
   Así, relata que en enero de 2010 el Juzgado de Violencia sobre la Mujer referido dictó un auto en el que acordaba que el menor permaneciera con su padre desde el Viernes de Dolores hasta el Miércoles Santo, mientras que desde el Miércoles Santo hasta el Domingo de Resurrección pasaría a estar con la madre. Recuerda que, en 2009, el menor realizó la salida procesional "hallándose conformes ambos progenitores, y sin ningún tipo de dificultades ni incidencias".
   Tras ello, indica que el Viernes de Dolores de 2010, "y al parecer como respuesta a una solicitud efectuada por vía telefónica", la abogada de la madre dirigió un email al letrado del padre "en el que se exige al padre que se le informe exacta, documental, formal y expresamente de una serie de datos relacionados con la salida procesional de su hijo en la Hermandad del Silencio", un email "que fue interpretado por el padre como indicativo de las dificultades que la madre va a poner a la salida procesional del menor, cuando no como negativa a la misma", por lo que "fue contestado en términos explicativos y un tanto irónicos mediante otro email" remitido el Lunes Santo.
   En esta situación, y como el padre del menor "viera a su hijo preocupado porque su madre pudiese poner trabas para salir en la procesión, lo comentó con su letrado". Así, en la mañana del Martes Santo se personó en el Juzgado del magistrado imputado el menor con su abuelo y un abogado "con la intención de solicitar una medida de protección que garantizase el deseo del menor de salir en una procesión, solicitando igualmente que el nieto fuera oído por el juez, presentando un escrito con dicha solicitud".
ENTREVISTA CON EL ABUELO Y EL MENOR
   El letrado, prosigue el fiscal en su escrito, entró en el despacho del juez y mantuvo una entrevista con él "durante la cual le informó del motivo por el que se acudía a su despacho, lo que condujo al imputado a la decisión de adoptar una medida cautelar para impedir que el deseo del niño se viera frustrado", tras lo cual el juez llamó tanto al abuelo como al menor. "No se acompañó, sin embargo, ningún documento que pudiera adverar 'prima facie' las discrepancias de los padres en relación con la citada estación de penitencia, ni del cual se dedujeran los obstáculos o dificultades que la madre pudiera estar poniendo", apostilla.
   Tras ello, el imputado acordó celebrar una comparecencia dando audiencia al niño, durante la cual le preguntó si tenía mucho interés en salir en la procesión, contestando el menor que sí, que estaba muy ilusionado y preocupado porque le impidieran salir, "denotando el imputado en las preguntas efectuadas al menor que era conocedor de la situación". En dicha comparecencia, el menor relata que "no entiende cómo ahora una abogada de su madre le ha dirigido un escrito a su padre poniendo todo tipo de problemas y obstáculos para poder salir".
   En esta comparecencia, no obstante, "no se exige por el magistrado a los solicitantes la exhibición del email en el que se supone constan los obstáculos opuestos por la madre para tal salida procesional, ni realiza ninguna gestión para conocer de primera mano el contenido del citado documento a fin de verificar su realidad y la exactitud de sus términos", agregando que el magistrado "decidió resolver la cuestión sin oír a ninguno de los padres del menor", a pesar de que el padre estaba en los aledaños del juzgado y la madre "podría haber sido citada de urgencia mediante una simple llamada telefónica, al menos para cerciorarse de la noticia argumentada por los solicitantes".
NO SE PUSO EN CONTACTO CON LA MADRE
   Así, dice que se podía haber puesto en contacto con la madre del menor "para conocer con precisión el alcance de las dificultades y obstáculos que pudiera estar ofreciendo para la salida procesional de su hijo, para hacerle saber en su caso la obligación de respetar su voluntad al respecto, y finalmente para que tuviera conocimiento de la solicitud deducida y de la posibilidad de que se acordara alguna medida cautelar".
   Al hilo, el fiscal dice que el juez decidió prolongar la estancia del menor con su padre y esta decisión no fue notificada a la madre el mismo día en que el niño debía haber sido retornado al domicilio materno, sino que esa mañana se le envió un correo no urgente certificado con acuse de recibo que llegó a casa de la madre el 7 de abril, "es decir, después de que el menor ya hubiera sido entregado a la madre". De esta forma, la madre "no supo absolutamente nada de su hijo desde las 14,00 horas del 31 de marzo hasta las 11,00 horas del 2 de abril, y no conoció oficialmente las razones del retraso en la entrega hasta que retiró la copia del auto remitida por correo certificado".

Fuente: http://www.europapress.es/nacional/noticia-tsja-juzgara-dias-octubre-juez-serrano-delito-prevaricacion-20110907171555.html?utm_source=rss&utm_medium=referral&utm_term=%22juez+serrano%22&utm_content=busqueda+rss&utm_campaign=utilidades

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