domingo, 23 de septiembre de 2012

Imputados por un juez el abogado y la mujer que denunciaron a Serrano con ayuda desde el CGPJ

El juez Francisco Serrano Castro, en el que era su lugar de trabajo en Sevilla

El 25 de enero de 2012 se publicó en la prensa que el Foro Judicial Independiente denunciaba públicamente que el abogado de la acusación contra Serrano (finalmente condenado a 10 años de inhabilitación por el Tribunal Supremo) había reconocido durante el juicio ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), entre el 3 y el 5 de octubre de 2011, que había contado con la colaboración de "la máxima autoridad del Consejo General del Poder Judicial o de alguien muy próximo", quien habría "intervenido" para que esa acusación accediera a un "documento reservado" en "agosto de 2010". Tanto la madre denunciante como su abogado declararon en el juicio que hicieron las gestiones oportunas para obtener ese documento, y lo utilizaron instrumentalmente para su acusación en el juicio contra Serrano en el TSJA. El abogado lo leyó literalmente en la sala. Se trataba de un documento enviado con carácter reservado por Serrano a petición del Servicio de Inspección del CGPJ y archivado allí desde el 6 de julio de 2010, y su objeto era dar su versión de los hechos ante una queja presentada contra él por el abogado mencionado con la que éste pedía una suspensión del juez durante seis meses. La queja fue finalmente archivada. 

Los implicados deberán afrontar ahora sus responsabilidades. Tanto quien entregó el documento desde el CGPJ (está por determinar, aunque, si es una "autoridad del CGPJ"... parece que es blanco y en botella...), que incurriría en el artículo 415 del Código Penal español, como quienes lo han recibido, algo probablemente tipificado en el mismo Código Penal (artículo 418). 

Un juez ha decidido imputar por estos hechos al abogado y a la mujer que denunció a Serrano, como era de esperar. Habrá juicio. Confío en que los responsables de la filtración desde el CGPJ salgan a la palestra y se sienten también en el banquillo en poco tiempo. Les recuerdo a éstos el artículo 415 del Código Penal, y a aquéllos, el 418:

  • Artículo 415. La autoridad o funcionario público no comprendido en el artículo anterior que, a sabiendas y sin la debida autorización, accediere o permitiere acceder a documentos secretos cuya custodia le esté confiada por razón de su cargo, incurrirá en la pena de multa de seis a doce meses, e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de uno a tres años.
  • Artículo 418. El particular que aprovechare para sí o para un tercero el secreto o la información privilegiada que obtuviere de un funcionario público o autoridad, será castigado con multa del tanto al triplo del beneficio obtenido o facilitado. Si resultara grave daño para la causa pública o para tercero, la pena será de prisión de uno a seis años.
     

Imputados el abogado y la mujer que denunciaron al exjuez Serrano por usar documentación "reservada" durante la celebración del juicio

SEVILLA, 23 Sep. (EUROPA PRESS) -

Un juez ha imputado al abogado y a la mujer que denunció al exjuez de Familia de Sevilla Francisco Serrano, que fue condenado por el Tribunal Supremo (TS) a diez años de inhabilitación por un delito de prevaricación dolosa al modificar el régimen de visitas de un menor para que saliera en Semana Santa, por hacer uso durante el juicio de un documento que, "con carácter reservado y confidencial", había sido remitido por el propio Serrano al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).
   Por medio de un auto, al que ha tenido acceso Europa Press, el juez instructor pone de manifiesto que estos hechos "presentan características que hacen presumir la posible existencia de una infracción penal", por lo que, en función de ello, acuerda instruir diligencias previas y, dentro de las mismas, tomar declaración como perjudicado al exjuez y en calidad de imputados al abogado y a su cliente.
   La imputación de ambos se produce después de que el exmagistrado denunciara que, en el transcurso del juicio oral celebrado en el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) entre los días 3 y 5 de octubre de 2011, el letrado que ejercía la acusación particular en nombre de la madre del pequeño "dio lectura literal" a un documento que, "con carácter confidencial y reservado", se había remitido por parte de Serrano al Servicio de Inspección del CGPJ.
   Según añade la denuncia, consultada por Europa Press, el exjuez remitió este documento al CGPJ para su inclusión en unas diligencias informativas tramitadas como consecuencia de la denuncia formulada el 22 de mayo de 2010 por el abogado imputado en nombre de la madre del menor, en la que "expresaba su disconformidad con la actuación" del exjuez en el procedimiento, solicitando así que se le incoara expediente disciplinario y suspensión provisional por seis meses.
   Este escrito de queja dio lugar a la incoación de las correspondientes diligencias informativas de carácter reservado por parte del CGPJ, que solicitó al exmagistrado un informe sobre los hechos referidos en dicha queja, el cual fue redactado por el exjuez el 8 de junio de 2010. Tras recibir el informe, el Servicio de Inspección emitió una propuesta de archivo, lo que hizo efectivo la Comisión Disciplinaria el 6 de julio de 2010.

OBTENCIÓN "ILÍCITA"

   Contra dicho acuerdo de archivo, el abogado interpuso un recurso ordinario ante el Tribunal Supremo solicitando su anulación, recurso que fue desestimado por este tribunal.
   Según recoge la denuncia, durante el juicio contra el exjuez Francisco Serrano y en relación al documento "obtenido ilícitamente", el abogado dijo que "intentó conseguirlo, reconociendo que no le fue fácil, que no se le entregó gratis", mientras que la madre del menor reconoció "que no fue fácil y que se les entregó después de muchas gestiones por su parte en el CGPJ".
   Asimismo, el letrado "terminó de concluir la existencia de la entrega ilícita del documento cuando, literalmente, expresó que 'si (no fue fácil), la última vez en agosto de 2010, lo conseguimos con la intervención de la suprema autoridad del consejo o de alguien muy próximo".

"ANIMADVERSIÓN HACIA LAS MUJERES"

   El exjuez subraya que dicho informe "fue emitido en la tramitación de unas diligencias de carácter reservado, tal y como lo tiene acordado el propio Consejo, hasta el punto de que la confidencialidad de su contenido alcanza a los propios jueces a los que afecta su tramitación", de ahí que "resulta comprensible la dificultad para que la parte acusadora pudiera obtener esa información por cualquier cauce que no fuera el ilícito".
   "Lo cierto y verdad es que el abogado obtuvo ilícitamente ese documento y lo utilizó en el juicio oral con el fin de perjudicar" al exjuez, como el mismo imputado "puso de manifiesto cuando el tribunal le pidió explicaciones sobre su reiteración en la exposición y lectura de ese informe, al afirmar que 'su importancia era crucial, pues venía a demostrar la intencionalidad dolosa de la actuación del acusado, en especial su notoria animadversión hacia las mujeres".
   Además, "resulta relevante que la intención" por parte de los imputados "era obtener con ello un claro beneficio económico, al margen de la condena por prevaricación dolosa", y, de hecho, "solicitó en su querella y en su escrito de solicitud de apertura de juicio oral que se le indemnizara a ella y a sus hijos con 172.000 euros", aunque finalmente el exjuez sólo fue condenado a pagar una indemnización de 4.000 euros.

"EN NINGÚN CASO LA NOTIFICACIÓN PUDO PRODUCIRSE DE FORMA OFICIAL"

   El exmagistrado considera que ambos imputados podrían haber cometido un presunto delito del artículo 418 del Código Penal, "que sancionar [sic] al particular que aprovechare para sí o para un tercero la información privilegiada obtenida de un funcionario público", dado que ambos denunciados "hicieron uso, para aprovecharse y en perjuicio" del exmagistrado, del documento que se les había revelado "ilícitamente".
   Concluye diciendo que, en la propia notificación del acuerdo de archivo de la Comisión Disciplinaria, se rotula que la información "tiene carácter reservado, insistiendo en que ni siquiera el propio juez interesado puede tener acceso a su contenido", de ahí "las dificultades que los denunciados tuvieron a la hora de que le fuera facilitado el informe confidencial remitido al servicio de inspección".
   "En ningún caso, esa notificación pudo producirse de forma oficial, sino de manera ilícita", concluye el exmagistrado en su denuncia.

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