lunes, 15 de febrero de 2010

La actual "ley contra la Violencia de Género" NO ES UNA LEY CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO (¿!)


La Ley de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género (diciembre, 2004), promovida y dictada por el feminismo radical español, presenta su justificación y fundamento en su PREÁMBULO. En el mismo, se apoya y da base a esta ley de acuerdo al concepto de "género" elaborado por la teoría (ideología) feminista. Probaré que esta ley es, en realidad, un mito oscurantista.
La ideología feminista ha dado en llamar diferencias de "género" (masculino o femenino) a aquellas que tienen su origen en factores culturales, en oposición a las diferencias biológicas, que constituyen los "sexos" (masculino o femenino): mujer y varón. El objetivo de esta distinción entre "género" y "sexo" es la eliminación de las diferencias de "género", pues se deberían sólo a imposiciones culturales que constituyen, en muchos casos, DESIGUALDADES de derechos entre las personas por razón de su sexo: SEXISMO.
Según la ideología feminista, desde el origen de los tiempos las mujeres han estado sometidas por los varones en un sistema denominado PATRIARCADO. Esta opresión habría tenido lugar en todos los órdenes de la vida: en lo económico, lo sexual, lo social, lo político, lo cultural...y, por supuesto, lo familiar. Así, y con el fin de asegurar el orden establecido, la VIOLENCIA de los varones contra las mujeres habría sido ejercida como un elemento intrínseco del sistema patriarcal. En el ámbito familiar, esa violencia habría sido a menudo fomentada y, en el mejor de los casos, consentida o considerada un "asunto de pareja"; sin que se reconociera a la mujer como sujeto con derecho a la protección del Estado. Éstos son los presupuestos básicos para justificar la elaboración de una ley contra la "violencia de género". Pues se entiende que el varón es violento con la mujer por razones culturales, o sea, de "género". A él se le educa para ser agresivo; y a ella, para ser sumisa. Y habría que acabar con esa "cultura machista".

Una ley contra la "violencia de género" debería, pues, abordar la violencia que las mujeres sufren en todos los ámbitos por razones culturales, por razones "estructurales" del sistema patriarcal que ha de ser extinguido. Entrarían ahí muchos actos violentos: la prostitución (al menos la que guarda relación con mafias que obligan a las mujeres a ejercerla); las violaciones a manos de desconocidos; el acoso sexual en el trabajo... o el maltrato a manos de una pareja machista, con la que la mujer guardaría una relación de dependencia y un desequilibrio de poder.

Sin embargo, la ley actual "de medidas de protección integral contra la violencia de género" sólo se ocupa de la violencia ejercida contra la mujer por parte de quien ha sido su pareja. Sólo durante la pasada semana (febrero de 2010) se ha propuesto, por parte de la Presidenta del Observatorio contra la Violencia Género del CGPJ, Immaculada Montalbán, que la ley se extienda a "todas las mujeres, aunque no tengan una relación afectiva con su agresor". Pero, paradójicamente, las asociaciones feministas, promotoras de la ley vigente, han manifestado que "no es el momento", y que es preferible esperar a que la ley acabe de asentarse, pues una modificación para extender su ámbito de aplicación podría ser aprovechada para introducir cambios no deseados...

Parecería, pues, que la ley actual no se ocupa de toda la llamada "violencia de género", sino sólo de una parte de ella. Pero no es así... En realidad, esta ley no se ocupa de ninguna "violencia de género"... (¡!). Cierto es que el Preámbulo anuncia una ley contra la violencia de género, pero el articulado que va a continuación no desarrolla tal cosa ni de lejos... Teniendo en cuenta unos datos: elevado número de mujeres asesinadas y maltratadas por sus parejas masculinas; y con la justificación de que se debe a la "cultura machista", se ha elaborado una ley que, lejos de proteger a la mujer del "maltrato machista" (violencia de género) en la pareja, protege a las mujeres frente a TODOS los varones que son o han sido su pareja... sean machistas o no lo sean, haya entre los miembros de la pareja una relación de dominio y desequilibrio de poder o no haya tal cosa... Se hace evidente que el PREJUICIO legal según el cual la violencia hacia la mujer en la pareja siempre se debe al MACHISMO (véase el artículo 1 de la LIVG) sirve de coartada para redactar una ley sexista CAMUFLADA; para presuponer que las mujeres no ejercen abundantemente como maltratadoras en la pareja (lo cual es falso), y para sentenciar a priori que TODOS los varones son maltratadores "machistas" potenciales, lo cual justificaría que sus faltas pasen a ser DELITOS (de varón).
Se dice con frecuencia que los jueces, fiscales y abogados deben "especializarse" en cuestiones de "género" para aplicar la vigente ley... Pero lo cierto es que basta con que sepan mirar el SEXO de la denunciante y el SEXO del "agresor" (que lo es desde el mismo momento de la denuncia, contraviniendo la presunción de inocencia) en sus respectivos DNI...
RETO PÚBLICAMENTE al Estado español y al Feminismo a cuyo DICTADO se ha aprobado esta ley (así como la Ley de Divorcio y la Ley de Igualdad vigentes) a que digan qué otra cosa, además del SEXO de las partes, ha de ser considerado por la justicia para determinar que estamos ante un caso de VIOLENCIA DE GÉNERO. ¿En qué consiste, pues, la tan traída y llevada "especialización"?

Esa especialización sin duda sería necesaria si se hace una LEY CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO en serio... Pues en tal caso los jueces, fiscales y abogados tendrán que dirimir si se trata de malos tratos producidos por un varón a su pareja POR MOTIVOS RELACIONADOS CON EL MACHISMO, por un deseo de dominación machista o bajo unas circuntancias de desequilibrio de poder machistas... Nada de eso es necesario que sea objeto de investigación hoy por hoy... Simplemente se presupone, lo cual es un PREJUICIO estúpido... y constituye una afrenta al intelecto así como una vulneración de los derechos fundamentales de las personas... Se atribuye de forma GRATUITA el carácter de MACHISTA a quien muy probablemente no lo sea... Eso es un insulto intolerable por parte de la LEY.
Por otra parte, no sorprende lo más mínimo que la violencia verdaderamente machista no se haya atenuado lo más mínimo tras la entrada en vigor de la LIVG, pues las sanciones legales son exactamente las mismas si se trata de un machista que si se trata de un varón igualitario, con lo que el machista condenado no tiene motivación alguna para modificar su actitud machista. La única motivación que recibe es para lamentar su condición de varón, lo cual compartirá con todos los varones igualitarios condenados por igual motivo: son varones. Evitar su condición de varón (no elegida) tiene difícil solución. Y parece que sería más fácil modificar esta ley eliminando su carácter sexista y convirtiéndola en una auténtica ley contra la violencia de género, contra la violencia machista. Tal vez así los machistas se darían al fin por aludidos, y dejarían de estar camuflados entre el resto de varones gracias, precisamente, al carácter sexista de la Ley Integral contra la Violencia de Género...

Pero si la actual ley no persigue toda la "violencia de género"... ni tampoco la "violencia de género" (violencia machista) en la pareja... ¿Diremos que lo que persigue es la "violencia contra la mujer" en la pareja? Eso ya se parece más a la verdad. Sin embargo, ha de decirse que la ley ha establecido tales medidas sexistas en su elaboración, que llamar "violencia" a todo lo que se considera DELITO en ella es excesivo. Los asesinatos (que siempre se esgrimen para justificar esa ley) no la hacen necesaria en absoluto, pues esos delitos se penan en el Código Penal sin distinción de sexo... Lo que aporta esa ley es un trato desigual en delitos menores... Las faltas han pasado a ser consideradas delitos en caso de que quien las cometa sea un varón (es lo que se llama DERECHO PENAL DE AUTOR, al modo nazi o estalinista). De manera que sujetar un brazo sin lesión, o amenazar "levemente" con un "te vas a enterar" son hoy por hoy delitos de varón... Incluso está más penada (véase el artículo 38) una amenaza leve de un varón que una amenaza "leve" con armas de una mujer (¿es posible una amenaza leve con armas?). Si la amenaza "leve" de ella es sin armas, no es delito. Por supuesto, las coacciones leves (¿?) de un varón son delitos (artículo 39), mientras que las de una mujer no lo son. Por tanto, no se protege a la mujer de la "violencia", sino del simple CONFLICTO con su pareja masculina, que siempre llevará las de perder en él... La LIVG se ha presentado como una ley contra el asesinato de mujeres, pero es, en realidad, una ley que el lobby feminista pone al servicio de las mujeres en divorcios conflictivos, un instrumento para llevar a tribunales especiales (donde se lleva lo penal y lo civil), con perspectiva de "género", lo que deberían ser procesos civiles de divorcio... Un modo de garantizar a la madre la custodia de los hijos y, así, las pensiones y el piso. Un modo de impedir las custodias compartidas, que la Ley de Divorcio de 2005 restringe a un acuerdo previo entre las partes. Un modo de impedir cualquier resolución de los conflictos por la vía civil de la mediación y el acuerdo... El acusado es expulsado a las tinieblas exteriores. Un "machista maltratador". Y si reclama justicia y que quiere seguir siendo padre de sus hijos... entonces se dice que sólo desea seguir maltratando; y que el "pretendido SAP" es sólo un "constructo" de "postmachistas" que no se resignan a perder los privilegios del machismo... Para difundir estas consignas falaces e inhumanas se recurre a todos los mecanismos difamatorios imaginables. Esa es la realidad de la LIVG, señoras y señores... Por eso no se ha desarrollado la legislación sobre mediación que preveía la Ley de Divorcio de 2005: porque esa Ley de Divorcio y la Ley Integral de Violencia de Género (diciembre de 2004) son, en realidad, radicalmente contradictorias, como advertía ya María Sanahuja cuando ambas eran aún proyectos de ley...

Por si hay alguna duda respecto a que LA LIVG OBLIGA A LOS TRIBUNALES a considerar "violencia machista" actos que ni son realmente dignos de ser considerados delitos de maltrato ni, como he repetido, tienen tampoco atisbo alguno de machismo, he aquí las declaraciones del FISCAL DECANO DE AVILÉS: "No sé si arreglamos mucho agravando las penas para infracciones nimias o de poca trascendencia. No digo que no tenga que haber una sanción, pero la mayoría de lo que vemos aquí no son casos relacionados con un reflejo de la superioridad del hombre sobre la mujer, sino que son conductas en plano de igualdad. Te ves obligado por ley a pedir pena y a criminalizar a gente que realmente no es maltratadora. Habría que penar conductas de maltrato, no discusiones de pareja".

Una ley que convierte en "violencia machista" un caso de una pareja con Altheimer mientras deja sin los beneficios legales de la lucha contra el machismo a una violada por un desconocido, ¿bajo qué clase de dogmatismo se sustenta? ¿Por qué no se publica el número de asesinados por sus parejas femeninas (van 16 a mediados de octubre en 2010)? ¿Por qué no se investiga y publica el impacto que esta ley y sus injusticias tienen en los suicidios de varones denunciados en España? Estas exigencias han sido formuladas por la Plataforma Ciudadana por la Igualdad (pincha en estos dos enlaces y lee la noticia) impulsada por el juez Francisco Serrano. Esperamos respuestas...

La ley convierte en un delincuente violento a quien comete una falta. No contenta con ello, le insulta gratuitamente hablando de violencia "MACHISTA". Y como resultado tenemos en España un sinnúmero de MACHISTAS MALTRATADORES. Todo ello sin que ningún juez haya tenido jamás que probar que hay un contexto machista en el caso juzgado, y tratándose a menudo de simples faltas que se han convertido en delitos por arte de birlibirloque... Imagínense lo que puede llegar a ocurrir si, habida cuenta la irreflexividad demostrada hasta ahora por estas personas, la pretensión de Immaculada Montalbán es extender esta "protección" para "todas las mujeres, aunque no hayan tenido relación afectiva con el agresor". ¿Quién sabe lo que estaría pensando cuando dijo "todas las mujeres"? ¿Todas?... Lo legítimo sería extenderlo a las violaciones, la coacción en la prostitución, el acoso sexual, la ablación o cualquier otro acto de violencia de género (machista). Pero ya digo que no las tengo todas conmigo. Estas personas descerebradas son muy capaces de pretender denominar "violencia de género" a cualquier acto de violencia en el que un varón se muestre agresivo con una mujer. Para muestra, la petición en este sentido formulada por el Gobierno de Canarias. Ya imagino a un varón condenado tras discutir con su vecina por el volumen de la música. Ella no comete delito alguno, pero él será un machista maltratador... Ya ocurre lo mismo con la LIVG en la pareja. Y se pretende extenderlo fuera de la pareja...

Fíjense que ni he mencionado el asunto de las denuncias falsas (no es necesario denunciar en falso, pues todo es delito si se trata de un varón -pincha-, pero existen demasiadas denuncias falsas, por supuesto, además de las infundadas y las ilegítimas que propicia la LIVG -pincha-) relacionadas con los intereses de las denunciantes en los procesos de divorcio y, por supuesto, con el negocio de las subvenciones a las asociaciones feministas bajo el criterio del número de denuncias formuladas (que no de condenas)... Pero esto ha de mencionarse (pincha)... Pues acaso por ahí encontremos una explicación que permita siquiera comprender tal grado de insensatez, de ignorancia conceptual y emocional... tales abusos a los padres... y a sus hijos...y a su familia completa. Vidas rotas sin una explicación racional que el TOTALITARISMO FEMINISTA se niega a dar una y otra vez de forma maliciosa. Se está hurtando un debate público y abierto que es una EXIGENCIA DEMOCRÁTICA.